1 00:00:08,560 --> 00:00:16,859 Me corresponde realizar el desarrollo del capítulo del módulo 2, titulado Normativa reguladora de los centros educativos. 2 00:00:17,960 --> 00:00:31,019 El desarrollo se debe realizar siguiendo la propia denominación, en base al extenso tejido normativo que de forma muy poliédrica múltiple influye en los centros educativos. 3 00:00:32,020 --> 00:00:42,039 Quizá lo primero que debamos hacer al iniciar este tema es realizar una definición más o menos acertada de lo que es un centro educativo. 4 00:00:42,979 --> 00:00:58,179 Es verdad que los centros educativos tienen distintas características según multitud de criterios, enseñanzas que se imparten, turnos que albergan, recursos locales, lugar donde se ubican y un largo etc. 5 00:00:58,179 --> 00:01:06,819 La estructura del sistema educativo español, como el del resto de los países desarrollados, es variado y complejo. 6 00:01:07,840 --> 00:01:18,379 En la web de Euridice podéis realizar un interesante estudio y comparado de la estructura y de las políticas educativas de los países de la Unión Europea. 7 00:01:18,379 --> 00:01:35,700 De una forma gráfica, aparecen las enseñanzas de régimen general, dentro de las cuales se encuentra incluida la enseñanza básica, la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y la formación profesional básica, 8 00:01:35,700 --> 00:01:44,099 y también las enseñanzas de educación secundaria posobligatoria, el bachillerato, la formación profesional de grado medio 9 00:01:44,099 --> 00:01:52,959 y las enseñanzas artísticas profesionales, tanto de música y de danza como de artes plásticas y diseño de grado medio 10 00:01:52,959 --> 00:01:56,120 y las enseñanzas deportivas de grado medio. 11 00:01:57,239 --> 00:02:03,599 La educación superior la compone la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, 12 00:02:03,599 --> 00:02:10,680 la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y 13 00:02:10,680 --> 00:02:18,319 diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior. Las enseñanzas 14 00:02:18,319 --> 00:02:24,620 de idiomas, las enseñanzas artísticas y las deportivas tienen la consideración de enseñanzas 15 00:02:24,620 --> 00:02:32,539 de régimen especial. Con esta primera aproximación podemos definir a los centros educativos como los 16 00:02:32,539 --> 00:02:40,360 establecimientos en los que se hace efectivo el derecho a la educación y donde se desarrolla el 17 00:02:40,360 --> 00:02:48,259 servicio educativo, en nuestro caso el servicio público educativo. Esta puntualización considero 18 00:02:48,259 --> 00:02:56,659 que es importante. Los centros educativos, esos establecimientos, son herramientas para hacer 19 00:02:56,659 --> 00:03:02,159 posible para hacer efectivo el derecho a la educación recogido en nuestra Constitución 20 00:03:02,159 --> 00:03:10,780 en el artículo 27 y desarrollado con el criterio de jerarquía normativa en múltiples disposiciones. 21 00:03:11,879 --> 00:03:19,280 Nosotros, como docentes, somos de la misma forma agentes imprescindibles para hacer efectivo 22 00:03:19,280 --> 00:03:27,280 y posible ese derecho a la educación. Vosotros acabáis de superar un proceso selectivo para 23 00:03:27,280 --> 00:03:34,560 realizar esa tarea, ese servicio público educativo. No dudéis que si es necesario que esa tarea, 24 00:03:34,919 --> 00:03:41,500 esa trascendental tarea, la realizan los mejores profesionales, esa afirmación es más sólida y 25 00:03:41,500 --> 00:03:48,419 cobra un significado especial cuando ese servicio se realiza en un centro público. Vosotros habéis 26 00:03:48,419 --> 00:03:54,400 demostrado ser los mejores opositores y ahora debéis demostrar ser los mejores profesionales, 27 00:03:54,520 --> 00:04:02,479 porque en la enseñanza pública necesitamos a los mejores profesionales. Como os decía al principio, 28 00:04:02,659 --> 00:04:08,460 los centros educativos son entidades en los que se aunan distintas realidades. Vamos a analizar, 29 00:04:08,879 --> 00:04:13,759 no de forma muy exhaustiva, pues el tiempo es reducido, esas realidades para que podamos 30 00:04:13,759 --> 00:04:20,060 a hacernos una idea de la normativa que de muy distintas dimensiones, perfiles o si me 31 00:04:20,060 --> 00:04:27,360 lo permitís capas conforman la realidad de los centros educativos. Vamos a intentar diseccionar 32 00:04:27,360 --> 00:04:34,300 las dimensiones o capas más importantes. Todas estas dimensiones son importantes aunque 33 00:04:34,300 --> 00:04:42,009 unas nos afectan y dirigen nuestra labor más que otra. La primera dimensión o capa la 34 00:04:42,009 --> 00:04:49,230 constituye de forma nuclear la normativa general y la que fundamenta que en los centros educativos 35 00:04:49,230 --> 00:04:56,529 se materialice el derecho a la educación. La normativa al más alto nivel es la Constitución 36 00:04:56,529 --> 00:05:04,170 Española de 1978 y en concreto el artículo 27 y toda la normativa general que de una forma 37 00:05:04,170 --> 00:05:11,029 jerárquica desarrolla las normas de convivencia generales y la educación en nuestra sociedad. 38 00:05:11,029 --> 00:05:17,629 el Código Civil, el Código Penal y el desarrollo reglamentario general de nuestro sistema educativo. 39 00:05:18,410 --> 00:05:26,170 En ese marco, podemos definir al sistema educativo como el conjunto de principios jurídico-administrativos 40 00:05:26,170 --> 00:05:32,069 con los que una sociedad organiza la educación en un momento determinado de su historia. 41 00:05:32,949 --> 00:05:38,110 Como normativa, podemos citar la Constitución Española de 1978, 42 00:05:38,110 --> 00:05:44,189 El Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil 43 00:05:44,189 --> 00:05:48,350 La Ley Orgánica 10 del 95 del Código Penal 44 00:05:48,350 --> 00:05:54,550 La Ley Orgánica 8.1985 Reguladora de Derecho a la Educación 45 00:05:54,550 --> 00:05:57,310 La Ley 2.2006 de Educación 46 00:05:57,310 --> 00:06:02,790 Modificada recientemente por la Ley Orgánica 3.2020 Lobloe 47 00:06:02,790 --> 00:06:08,110 La Ley Orgánica 5.2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. 48 00:06:10,269 --> 00:06:18,930 En la siguiente dimensión o capa podemos encontrar la normativa que delimita esos establecimientos como recursos estructurales. 49 00:06:19,829 --> 00:06:26,269 No entraré en la normativa de edificaciones o de habilitación y contratación de los distintos suministros, 50 00:06:26,269 --> 00:06:35,509 pero es importante tener en cuenta que los centros educativos cuentan con una normativa específica sobre requisitos mínimos. 51 00:06:36,649 --> 00:06:49,509 Son la normativa que regula las dimensiones de las aulas, las bibliotecas, los laboratorios, las salas de informática, tecnología, patios, talleres, despachos, gimnasios y un largo etc. 52 00:06:49,509 --> 00:07:06,569 En este caso, la normativa concreta es el Real Decreto 132 del año 2010, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, 53 00:07:07,269 --> 00:07:18,009 la educación primaria y la educación secundaria, que también abordan de forma general los requisitos de los centros que imparten bachillerato y formación profesional. 54 00:07:18,629 --> 00:07:37,189 También el Real Decreto 1558 del año 2005, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros Integrados de Formación Profesional, modificado posteriormente por el Real Decreto 564 del año 2010. 55 00:07:37,189 --> 00:07:51,870 También el Real Decreto 303 del 2010, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2.2006 de Educación. 56 00:07:53,069 --> 00:08:01,550 Otra dimensión o capa podríamos centrarla en los sujetos de ese servicio educativo, nuestros alumnos, 57 00:08:01,550 --> 00:08:09,889 mayoritariamente menores de edad pero en ocasiones también mayores de edad. Existen unos criterios 58 00:08:09,889 --> 00:08:16,910 generales de intervención a modo de principios, el interés superior del menor, la obligación como 59 00:08:16,910 --> 00:08:23,550 consecuencia de proteger a los menores, de escucharles, de informarles. En esta normativa 60 00:08:23,550 --> 00:08:30,870 se encuentran por ejemplo cuestiones tan concretas como las obligaciones del ciudadano y del deber 61 00:08:30,870 --> 00:08:40,669 de reserva. Toda persona u autoridad, especialmente aquellas que por su profesión, oficio o actividad 62 00:08:40,669 --> 00:08:47,990 detecten una situación de riesgo o posible desamparo de una persona menor de edad, lo 63 00:08:47,990 --> 00:08:54,029 comunicarán a la autoridad o sus agentes más próximos sin perjuicio de prestarles 64 00:08:54,029 --> 00:09:00,990 el inmediato auxilio. O un requisito que os sonará y que ha sido recogido posteriormente 65 00:09:00,990 --> 00:09:08,409 en la reciente Ley Orgánica 8.2021. Será requisito para el acceso y ejercicio a las 66 00:09:08,409 --> 00:09:15,090 profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores el no haber sido 67 00:09:15,090 --> 00:09:22,169 condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual que incluye 68 00:09:22,169 --> 00:09:28,669 la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución 69 00:09:28,669 --> 00:09:35,009 y explotación sexual y corrupción de menores, así como por la trata de seres humanos. A 70 00:09:35,009 --> 00:09:40,429 tal efecto, quien pretende el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá 71 00:09:40,429 --> 00:09:45,830 acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro 72 00:09:45,830 --> 00:09:54,730 Central de Delincuentes Sexuales. Esos detalles que os he relatado pertenecen al artículo 13 de 73 00:09:54,730 --> 00:10:02,549 la Ley Orgánica 1.1996 de 15 de enero de protección jurídica del menor de modificación parcial del 74 00:10:02,549 --> 00:10:09,929 Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. También está dentro de esta normativa la Ley 6 75 00:10:09,929 --> 00:10:15,950 del 95 de Garantía de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad 76 00:10:15,950 --> 00:10:22,029 de Madrid, la Ley 4.2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y 77 00:10:22,029 --> 00:10:28,889 su Integración Social y la recientemente promulgada Ley Orgánica 8.2021 de Protección 78 00:10:28,889 --> 00:10:32,590 Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. 79 00:10:33,309 --> 00:10:38,570 Y en una nueva dimensión podemos analizar básicamente la normativa que nos influye 80 00:10:38,570 --> 00:10:46,169 a los agentes, a los trabajadores que realizamos ese servicio público educativo. Es la dimensión 81 00:10:46,169 --> 00:10:53,149 que podemos denominar como orientada a los agentes. La normativa es variada y desarrolla 82 00:10:53,149 --> 00:10:59,509 nuestros derechos y deberes como funcionarios y como empleados públicos. De esta forma, 83 00:10:59,509 --> 00:11:04,710 como empleados públicos como pertenecientes a un cuerpo docente de carácter nacional, 84 00:11:04,710 --> 00:11:09,070 desarrollando nuestra labor en una comunidad autónoma, 85 00:11:09,789 --> 00:11:15,370 nos afecta, entre otras, la Ley 1.1986, de 10 de abril, 86 00:11:15,850 --> 00:11:18,509 de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. 87 00:11:19,250 --> 00:11:23,610 El Real Decreto Legislativo 5.2015, de 30 de octubre, 88 00:11:23,690 --> 00:11:25,990 por el que se aprueba el texto refundido 89 00:11:25,990 --> 00:11:29,350 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, 90 00:11:29,350 --> 00:11:31,669 el EBEP, que ya se ha mencionado, 91 00:11:31,669 --> 00:11:47,370 O el Real Decreto Legislativo 2.2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, pues en los centros educativos también existen otros profesionales con dependencia de normativa distinta. 92 00:11:47,370 --> 00:11:53,570 En esta dimensión, existe una variada normativa que también nos puede afectar. 93 00:11:53,570 --> 00:12:14,529 La Ley 53 de 1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o el Decreto 33 de 1986, por el que se aprueba el reglamento del régimen disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado. 94 00:12:14,529 --> 00:12:21,870 En esta dimensión también podemos incluir los acuerdos sectoriales o los convenios colectivos 95 00:12:21,870 --> 00:12:33,110 Los centros educativos son también unidades administrativas integradas jerárquicamente en una estructura para realizar el servicio y atender al ciudadano 96 00:12:33,110 --> 00:12:54,850 Como tales unidades administrativas debemos mencionar básicamente como normativa la Ley 39.2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40.2015 de la misma fecha 1 de octubre del régimen jurídico del sector público. 97 00:12:54,850 --> 00:13:09,909 La Ley 39 hace un desarrollo de lo que se denomina ADEXTRA, es decir, las obligaciones que las unidades administrativas y un centro educativo lo es, como os he dicho, tiene con los ciudadanos. 98 00:13:09,909 --> 00:13:17,029 quienes pueden actuar como interesados, cómo se realiza la representación ante la administración, 99 00:13:17,929 --> 00:13:24,350 los derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones públicas, el deber de resolver, 100 00:13:24,350 --> 00:13:34,350 o en concreto, como detalle, el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. 101 00:13:34,350 --> 00:13:41,730 públicas. La ley 39, en su artículo 14, nos obliga a comunicarnos electrónicamente con las 102 00:13:41,730 --> 00:13:48,289 administraciones como empleados para los trámites y actuaciones que realicemos por razón de nuestra 103 00:13:48,289 --> 00:13:56,850 condición de empleado público. Y la ley 40-2015 hace un desarrollo denominado ad intra, es decir, 104 00:13:56,850 --> 00:14:04,509 cómo se organiza la unidad administrativa, los órganos, la asignación y desarrollo de las 105 00:14:04,509 --> 00:14:10,809 competencias, la delegación, la vocación, la suplencia, el funcionamiento de los órganos 106 00:14:10,809 --> 00:14:17,149 colegiados, funciones de la presidencia, del secretario, cómo se realizan las convocatorias, 107 00:14:17,769 --> 00:14:25,690 actas, los motivos para la abstención o los motivos para la recusación, etc. En la dimensión 108 00:14:25,690 --> 00:14:32,570 relativo a la organización escolar se concretan las normas que afectan a la organización de los 109 00:14:32,570 --> 00:14:40,710 recursos en los centros educativos. Regulan los órganos colegiados, la organización, selección y 110 00:14:40,710 --> 00:14:47,690 renovación de los consejos escolares de los centros, la organización y funcionamiento de los claustros 111 00:14:47,690 --> 00:14:54,970 de profesores, la organización de los miembros del equipo directivo, los órganos de coordinación 112 00:14:54,970 --> 00:15:00,710 docente, la comisión de coordinación pedagógica, las juntas de profesores o los departamentos 113 00:15:00,710 --> 00:15:09,149 didácticos. En esta dimensión o capa, la normativa que podemos mencionar también es variada. El Real 114 00:15:09,149 --> 00:15:16,750 Decreto 83 de 1996, por el que se aprueba el reglamento orgánico de los institutos de educación 115 00:15:16,750 --> 00:15:25,110 secundaria. La orden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que 116 00:15:25,110 --> 00:15:29,769 regulan la urbanización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria 117 00:15:29,769 --> 00:15:37,370 vigente en virtud de la orden de 29 de febrero de 1996 y las tradicionales instrucciones 118 00:15:37,370 --> 00:15:43,570 de comienzo de curso. En este curso concreto, las instrucciones de las viceconsejerías 119 00:15:43,570 --> 00:15:51,049 de política educativa y de organización educativa de 23 de junio de 2021 sobre comienzo del curso 120 00:15:51,049 --> 00:15:57,669 escolar en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid. En estos 121 00:15:57,669 --> 00:16:04,330 momentos existe también otra normativa de carácter coyuntural, quiero pensar que es así, que afecta 122 00:16:04,330 --> 00:16:10,629 a los centros educativos por la situación higiénico-sanitaria. En este curso son, por ejemplo, 123 00:16:10,629 --> 00:16:16,330 de aplicación, la resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de 124 00:16:16,330 --> 00:16:23,610 Organización Educativa de 23 de junio de 2021, por la que se dictan instrucciones sobre medidas 125 00:16:23,610 --> 00:16:31,269 organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente al COVID-19 para centros 126 00:16:31,269 --> 00:16:39,190 educativos en el curso 21-22, así como toda la influencia y modificación establecida por la 127 00:16:39,190 --> 00:16:45,730 normativa específica de sanidad que afecta a los centros educativos. Las órdenes que 128 00:16:45,730 --> 00:16:50,110 periódicamente promulga la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas 129 00:16:50,110 --> 00:16:56,230 preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una 130 00:16:56,230 --> 00:17:04,990 vez finalizado la prórroga del estado de alarma declarado por Real Decreto 926 de 25 131 00:17:04,990 --> 00:17:11,069 de octubre del año 2020. También la resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política 132 00:17:11,069 --> 00:17:17,750 Educativa y de Organización Educativa de 4 de octubre de 2021 sobre medidas de prevención, 133 00:17:18,069 --> 00:17:23,849 higiene y promoción de la salud frente al COVID-19 en relación con el uso de mascarillas 134 00:17:23,849 --> 00:17:31,230 en centros educativos durante el curso 21-22. No podemos olvidar que el desarrollo normativo 135 00:17:31,230 --> 00:17:37,289 es un complejo proceso vivo y cambiante, sujeto a las iniciativas del legislador. 136 00:17:38,069 --> 00:17:42,390 Y por último, y de gran trascendencia para nuestra labor, la dimensión académica. 137 00:17:43,150 --> 00:17:47,829 Esta dimensión, que marca, estructura y vertebra nuestra labor y nuestro trabajo, 138 00:17:48,410 --> 00:17:51,450 se encuentra en estos momentos en situación de cambio y renovación, 139 00:17:52,069 --> 00:17:57,650 tras la publicación de la Ley Orgánica 3.2020 de Modificación de la Ley Orgánica de Educación, 140 00:17:57,650 --> 00:18:09,130 En el próximo curso escolar se implantarán las nuevas enseñanzas en los cursos impares y en el curso 2022-2023 en los cursos pares. 141 00:18:09,210 --> 00:18:24,730 No obstante, y en aplicación de la disposición final quinta de la Ley Orgánica 3-2020, ya han entrado en vigor aspectos tan importantes como la participación y competencias del Consejo Escolar, claustro y director, 142 00:18:24,730 --> 00:18:42,650 La autonomía de los centros docentes. Los criterios para la selección del director o directora de los centros públicos. La admisión de alumnos. Las modificaciones introducidas en la evaluación y condiciones de promoción de las diferentes etapas educativas. 143 00:18:42,650 --> 00:18:49,650 las modificaciones introducidas en las condiciones de titulación de educación secundaria obligatoria, 144 00:18:50,849 --> 00:18:58,650 ciclos formativos de grado básico y bachillerato y las condiciones de acceso a las diferentes enseñanzas. 145 00:19:00,470 --> 00:19:05,529 A fecha de hoy, el tejido y desarrollo normativo que nos afecta es el siguiente. 146 00:19:05,529 --> 00:19:18,450 El Real Decreto 1105 del año 2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el Currículo Básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. 147 00:19:18,849 --> 00:19:29,529 El Decreto 48 del año 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria. 148 00:19:29,529 --> 00:19:38,789 El Decreto 52 del mismo año 2015, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del bachillerato. 149 00:19:39,390 --> 00:19:49,569 La Orden 2398 del 2016 de 22 de julio de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, 150 00:19:50,289 --> 00:19:58,490 por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en la educación secundaria obligatoria. 151 00:19:58,490 --> 00:20:15,269 La Orden 2582-2016 de 17 de agosto de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el bachillerato. 152 00:20:15,269 --> 00:20:21,730 No puedo dejar de insistir en la importancia de esta normativa en los centros educativos. 153 00:20:22,549 --> 00:20:28,549 Establece la estructura curricular de las enseñanzas, las cargas horarias de las distintas materias, 154 00:20:29,130 --> 00:20:33,369 los requisitos de matrícula, las convalidaciones o excepciones. 155 00:20:33,890 --> 00:20:38,750 La forma de atender a la diversidad, tan importante en los centros educativos, 156 00:20:38,750 --> 00:20:41,650 en tanto que es diverso nuestro alumnado. 157 00:20:41,650 --> 00:20:56,670 la atención a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, la atención a los alumnos de compensatoria, a los alumnos de altas capacidades o a los alumnos con necesidades educativas especiales. 158 00:20:56,670 --> 00:21:22,329 Y también, por ejemplo, el carácter de la evaluación, los resultados de la evaluación, las condiciones de promoción, las condiciones para la permanencia en un curso, la forma en la que se realizan las sesiones de evaluación por parte de los equipos docentes y, de gran importancia, los documentos y registros de evaluación y cómo cumplimentarlos. 159 00:21:22,329 --> 00:21:32,630 El expediente académico, las actas de evaluación, el informe personal por traslado, el consejo orientador o el historial académico de los alumnos. 160 00:21:33,250 --> 00:21:42,589 También, en esta concreta dimensión, el procedimiento concreto de revisión de las calificaciones finales y de las decisiones de promoción. 161 00:21:44,009 --> 00:21:51,769 Podéis comprobar que el tejido normativo que desarrolla esta dimensión es amplio y variado y nos afecta sustancialmente. 162 00:21:52,329 --> 00:22:03,269 También os puedo mencionar la Orden 1644 del año 2018 de 9 de mayo de la Consejería de Educación e Investigación 163 00:22:03,269 --> 00:22:10,089 por la que se determinan algunos aspectos de la incorporación tardía y de la reincorporación del alumnado 164 00:22:10,089 --> 00:22:16,289 a la enseñanza básica del sistema educativo español en los centros docentes de la Comunidad de Madrid 165 00:22:16,289 --> 00:22:22,490 y específicamente para el desarrollo curricular de la autonomía de los centros 166 00:22:22,490 --> 00:22:27,089 como desarrollo del artículo 6 bis de la Ley Orgánica de Educación 167 00:22:27,089 --> 00:22:36,170 la Orden 1459 del año 2015 de 21 de mayo de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte 168 00:22:36,170 --> 00:22:40,210 por la que se desarrolla la autonomía de los centros educativos 169 00:22:40,210 --> 00:22:45,410 en la organización de los planes de estudio de la educación secundaria obligatoria 170 00:22:45,410 --> 00:22:53,789 en la Comunidad de Madrid. La Orden 1513 del mismo año 2015 de 22 de mayo de la Consejería 171 00:22:53,789 --> 00:22:58,769 de Educación, Juventud y Deporte por la que se desarrolla la autonomía de los centros 172 00:22:58,769 --> 00:23:04,250 educativos en la organización de los planes de estudio del bachillerato en la Comunidad 173 00:23:04,250 --> 00:23:12,210 de Madrid. La Orden 2216 del año 2014 de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte 174 00:23:12,210 --> 00:23:18,349 por la que se establecen los requisitos y procedimientos para la implantación de proyectos propios 175 00:23:18,349 --> 00:23:21,869 en los centros que imparten enseñanzas de formación profesional 176 00:23:21,869 --> 00:23:28,269 y enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el ámbito de la Comunidad de Madrid. 177 00:23:28,730 --> 00:23:33,650 El compendio de todas estas dimensiones o capas, y de muchas otras, 178 00:23:34,390 --> 00:23:40,329 que he tenido que expurgar por la falta de tiempo o porque serán desarrolladas en otros capítulos 179 00:23:40,329 --> 00:23:46,150 o módulos de esta actividad formativa, como los documentos institucionales de los centros, 180 00:23:46,650 --> 00:23:51,990 la convivencia en los centros educativos o los procesos de admisión de alumnos, entre otros, 181 00:23:52,630 --> 00:23:58,730 son los que conforman la realidad de un centro educativo y se encuentran muy ligados con los 182 00:23:58,730 --> 00:24:05,089 que os he mencionado. Es evidente que los centros educativos son realidades complejas, 183 00:24:05,089 --> 00:24:16,730 donde desarrollan funciones los docentes de gran trascendencia para el desarrollo y progreso de la sociedad y para la felicidad de los sujetos, sus alumnos. 184 00:24:17,230 --> 00:24:21,789 No ha sido mi intención saturar con toda la información que os he trasladado. 185 00:24:22,509 --> 00:24:30,910 Es indudable que existe normativa de aplicación más cercana y cotidiana en nuestro trabajo, como profesores, como docentes. 186 00:24:31,730 --> 00:24:35,109 Considero que lo importante es conocer la normativa existente 187 00:24:35,109 --> 00:24:38,690 y tener la disposición de aplicarla y de buscarla 188 00:24:38,690 --> 00:24:41,890 para que el ejercicio del derecho a la educación 189 00:24:41,890 --> 00:24:46,170 se haga con los criterios de igualdad y calidad. 190 00:24:47,309 --> 00:24:49,470 Quedo a vuestra disposición. Muchas gracias.