1 00:00:00,560 --> 00:00:10,150 Vamos a presentar el primero de los bloques de este curso, de título Programación por 2 00:00:10,150 --> 00:00:14,369 competencias en la formación profesional, que tiene como objetivo profundizar en el 3 00:00:14,369 --> 00:00:18,609 contexto normativo y pedagógico de la programación por competencias en esta etapa. 4 00:00:19,969 --> 00:00:24,510 Comenzando por la normativa que regula la formación profesional, a nivel nacional cabe 5 00:00:24,510 --> 00:00:29,769 destacar la convivencia de dos leyes orgánicas que constituyen la norma básica. Por un lado, 6 00:00:29,769 --> 00:00:36,109 la Ley Orgánica de Educación, la Ley 2-2006-LOE, con las modificaciones introducidas en la misma 7 00:00:36,109 --> 00:00:41,869 por la Ley Orgánica 3-2020, la conocida como LON-LOE. Y, por otro lado, la reciente Ley 8 00:00:41,869 --> 00:00:47,289 Orgánica 3-2022, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional. Esta normativa se 9 00:00:47,289 --> 00:00:53,109 concreta en el Real Decreto 659-2023, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de 10 00:00:53,109 --> 00:00:58,350 formación profesional a nivel nacional. En la Comunidad de Madrid, hasta que se produzca el 11 00:00:58,350 --> 00:01:04,170 desarrollo de esta nueva normativa, la vigente se corresponde con lo descrito en el decreto 63 de 12 00:01:04,170 --> 00:01:11,349 2019 y en la orden 893 de 2022. Finalmente y al efecto de elaborar las programaciones didácticas 13 00:01:11,349 --> 00:01:14,849 de cada uno de los ciclos formativos debe considerarse el real decreto por el que se 14 00:01:14,849 --> 00:01:21,069 establece el título de carácter nacional que recoge los elementos básicos del currículo y el 15 00:01:21,069 --> 00:01:25,909 decreto por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios de cada ciclo 16 00:01:25,909 --> 00:01:31,129 formativo que concreta los aspectos de los mismos e incorpora los elementos curriculares 17 00:01:31,129 --> 00:01:36,349 de los módulos propios de la comunidad. En la página web de la Comunidad de Madrid se 18 00:01:36,349 --> 00:01:40,950 puede encontrar acceso a toda la legislación vigente en materia de formación profesional, 19 00:01:41,670 --> 00:01:46,329 así como una ficha informativa de cada uno de los títulos en los que se encuentra la 20 00:01:46,329 --> 00:01:51,950 referencia legislativa correspondiente, así como otra información útil para el diseño 21 00:01:51,950 --> 00:01:57,370 de la programación didáctica. La norma recoge los elementos mínimos que se deben incluir en 22 00:01:57,370 --> 00:02:04,109 la programación de cada módulo y dice textualmente. Las programaciones de los módulos profesionales 23 00:02:04,109 --> 00:02:09,729 tendrán en cuenta los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación establecidos en el 24 00:02:09,729 --> 00:02:16,069 título. Desarrollarán los objetivos generales y tomarán como referencia las competencias 25 00:02:16,069 --> 00:02:23,310 profesionales, personales y sociales incluidas en el perfil profesional. Los objetivos se refieren 26 00:02:23,310 --> 00:02:28,150 a los logros que el alumno alcanzará al finalizar el ciclo. Las competencias profesionales, personales 27 00:02:28,150 --> 00:02:33,449 y sociales describen el conjunto de conocimientos y destrezas que permiten responder a los 28 00:02:33,449 --> 00:02:39,449 requerimientos del sector productivo. Ambos, objetivos generales y competencias, se describen 29 00:02:39,449 --> 00:02:44,610 para el ciclo formativo en el real decreto correspondiente al título. Analizando estos 30 00:02:44,610 --> 00:02:50,090 dos elementos los objetivos parecen más fácilmente abordables desde las actividades de aprendizaje 31 00:02:50,090 --> 00:02:55,389 que se pueda plantear en el aula y se orientan a la consecución de las competencias que requieren 32 00:02:55,389 --> 00:03:01,849 más de un entorno laboral para su desempeño. Constituirán por tanto un referente en la 33 00:03:01,849 --> 00:03:07,669 elaboración de la programación. En cuanto a los resultados de aprendizaje se describen no ya para 34 00:03:07,669 --> 00:03:13,530 el ciclo sino para cada uno de los módulos que componen cada ciclo. El real decreto correspondiente 35 00:03:13,530 --> 00:03:18,669 incorpora para cada módulo que integra el ciclo formativo sus propios resultados de aprendizaje. 36 00:03:19,370 --> 00:03:25,729 Estos constituyen el verdadero eje vertebrador de la programación. Son aquellas capacidades y 37 00:03:25,729 --> 00:03:32,009 conocimientos que los alumnos deben adquirir para lograr los objetivos planteados. Los criterios de 38 00:03:32,009 --> 00:03:36,229 evaluación son las concreciones, los indicadores que permiten valorar si los resultados de 39 00:03:36,229 --> 00:03:42,969 aprendizaje se han conseguido y expresan el nivel aceptable del mismo. Estos resultados de aprendizaje 40 00:03:42,969 --> 00:03:48,069 y los criterios de evaluación asociados son los que nos orientan en la selección de los 41 00:03:48,069 --> 00:03:54,030 contenidos, la metodología, el diseño de las actividades y los procedimientos e instrumentos 42 00:03:54,030 --> 00:03:59,710 de evaluación que deben constituir cada unidad didáctica de las que compondrán la programación 43 00:03:59,710 --> 00:04:05,370 del módulo. La programación didáctica es, por tanto, un instrumento específico de planificación, 44 00:04:06,110 --> 00:04:10,669 desarrollo y evaluación de cada uno de los módulos que componen el ciclo formativo. 45 00:04:11,509 --> 00:04:16,470 Debe acogerse a lo dispuesto en la normativa vigente y resultar coherente con las circunstancias 46 00:04:16,470 --> 00:04:21,829 en que se produce la actividad docente, el tipo de centro y su proyecto educativo y las 47 00:04:21,829 --> 00:04:23,930 características y necesidades del alumnado. 48 00:04:24,829 --> 00:04:29,769 La programación de un módulo constituye el eje de la planificación didáctica y parte 49 00:04:29,769 --> 00:04:34,769 de la reflexión y el análisis de los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación 50 00:04:34,769 --> 00:04:37,170 a desarrollar en la acción formativa. 51 00:04:37,170 --> 00:04:50,029 A partir de este análisis se deberá decidir qué contenidos y en qué momento se incorporan para generar un proceso de enseñanza-aprendizaje continuado, coherente y competencial. 52 00:04:50,949 --> 00:05:03,610 Se deberán definir las actividades, los materiales curriculares que le dan soporte y las técnicas e instrumentos de evaluación que garanticen la adquisición de los resultados de aprendizaje y, por tanto, de los objetivos del módulo. 53 00:05:03,610 --> 00:05:09,209 Estas decisiones de carácter metodológico son las más importantes que debe tomar el 54 00:05:09,209 --> 00:05:14,970 profesorado a la hora de diseñar una programación, ya que los elementos curriculares, objetivos, 55 00:05:14,970 --> 00:05:20,550 competencias, resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y contenidos, 56 00:05:20,550 --> 00:05:24,589 como hemos visto en este bloque, vienen definidos en la propia normativa.