1 00:00:06,259 --> 00:00:10,140 Vamos a presentar el primero de los bloques de este curso, de título Programación por 2 00:00:10,140 --> 00:00:14,359 competencias en la formación profesional, que tiene como objetivo profundizar en el 3 00:00:14,359 --> 00:00:18,620 contexto normativo y pedagógico de la programación por competencias en esta etapa. 4 00:00:19,960 --> 00:00:24,519 Comenzando por la normativa que regula la formación profesional, a nivel nacional cabe 5 00:00:24,519 --> 00:00:29,760 destacar la convivencia de dos leyes orgánicas que constituyen la norma básica. Por un lado, 6 00:00:29,980 --> 00:00:35,780 la Ley Orgánica de Educación, la Ley 2.2006, la LOE, con las modificaciones introducidas en 7 00:00:35,780 --> 00:00:41,380 la misma por la Ley Orgánica 3 de 2020, la conocida como LONLOE. Y por otro lado, la 8 00:00:41,380 --> 00:00:45,539 reciente Ley Orgánica 3-2022, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional. 9 00:00:46,359 --> 00:00:52,399 Esta normativa se concreta en el Real Decreto 659-2023, por el que se desarrolla la ordenación 10 00:00:52,399 --> 00:00:57,479 del sistema de formación profesional a nivel nacional. En la Comunidad de Madrid, hasta 11 00:00:57,479 --> 00:01:01,679 que se produzca el desarrollo de esta nueva normativa, la vigente se corresponde con lo 12 00:01:01,679 --> 00:01:10,140 descrito en el decreto 63 de 2019 y en la orden 893 de 2020. Finalmente y al efecto de elaborar 13 00:01:10,140 --> 00:01:14,099 las programaciones didácticas de cada uno de los ciclos formativos debe considerarse el real 14 00:01:14,099 --> 00:01:19,120 decreto por el que se establece el título de carácter nacional que recoge los elementos básicos 15 00:01:19,120 --> 00:01:25,519 del currículo y el decreto por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios de 16 00:01:25,519 --> 00:01:31,120 cada ciclo formativo que concreta los aspectos de los mismos e incorpora los elementos curriculares 17 00:01:31,120 --> 00:01:36,519 de los módulos propios de la comunidad. En la página web de la Comunidad de Madrid se puede 18 00:01:36,519 --> 00:01:42,140 encontrar acceso a toda la legislación vigente en materia de formación profesional, así como una 19 00:01:42,140 --> 00:01:47,459 ficha informativa de cada uno de los títulos en los que se encuentra la referencia legislativa 20 00:01:47,459 --> 00:01:53,280 correspondiente, así como otra información útil para el diseño de la programación didáctica. 21 00:01:54,000 --> 00:01:59,299 La norma recoge los elementos mínimos que se deben incluir en la programación de cada módulo y dice 22 00:01:59,299 --> 00:02:05,480 textualmente. Las programaciones de los módulos profesionales tendrán en cuenta los resultados 23 00:02:05,480 --> 00:02:11,800 de aprendizaje y los criterios de evaluación establecidos en el título. Desarrollarán los 24 00:02:11,800 --> 00:02:19,000 objetivos generales y tomarán como referencia las competencias profesionales, personales y sociales 25 00:02:19,000 --> 00:02:25,000 incluidas en el perfil profesional. Los objetivos se refieren a los logros que el alumno alcanzará 26 00:02:25,000 --> 00:02:30,020 al finalizar el ciclo, las competencias profesionales, personales y sociales describen el conjunto 27 00:02:30,020 --> 00:02:34,379 de conocimientos y destrezas que permiten responder a los requerimientos del sector 28 00:02:34,379 --> 00:02:41,219 productivo. Ambos, objetivos generales y competencias, se describen para el ciclo formativo en el 29 00:02:41,219 --> 00:02:46,460 real decreto correspondiente al título. Analizando estos dos elementos, los objetivos 30 00:02:46,460 --> 00:02:50,900 parecen más fácilmente abordables desde las actividades de aprendizaje que se pueda 31 00:02:50,900 --> 00:02:55,900 plantear en el aula y se orientan a la consecución de las competencias que requieren más de 32 00:02:55,900 --> 00:03:02,300 un entorno laboral para su desempeño. Constituirán, por tanto, un referente en la elaboración 33 00:03:02,300 --> 00:03:05,860 de la programación. En cuanto a los resultados de aprendizaje, 34 00:03:06,000 --> 00:03:10,680 se describen no ya para el ciclo, sino para cada uno de los módulos que componen cada 35 00:03:10,680 --> 00:03:16,840 ciclo. El real decreto correspondiente incorpora para cada módulo que integra el ciclo formativo 36 00:03:16,840 --> 00:03:22,300 sus propios resultados de aprendizaje. Estos constituyen el verdadero eje vertebrador de 37 00:03:22,300 --> 00:03:28,039 la programación. Son aquellas capacidades y conocimientos que los alumnos deben adquirir 38 00:03:28,039 --> 00:03:33,500 para lograr los objetivos planteados. Los criterios de evaluación son las concreciones, 39 00:03:33,639 --> 00:03:37,639 los indicadores que permiten valorar si los resultados de aprendizaje se han conseguido 40 00:03:37,639 --> 00:03:43,979 y expresan el nivel aceptable del mismo. Estos resultados de aprendizaje y los criterios de 41 00:03:43,979 --> 00:03:49,979 evaluación asociados son los que nos orientan en la selección de los contenidos, la metodología, 42 00:03:50,639 --> 00:03:56,300 el diseño de las actividades y los procedimientos e instrumentos de evaluación que deben constituir 43 00:03:56,300 --> 00:04:02,159 cada unidad didáctica de las que compondrán la programación del módulo. La programación didáctica 44 00:04:02,159 --> 00:04:08,080 es, por tanto, un instrumento específico de planificación, desarrollo y evaluación de cada 45 00:04:08,080 --> 00:04:13,479 uno de los módulos que componen el ciclo formativo. Debe acogerse a lo dispuesto en la normativa 46 00:04:13,479 --> 00:04:19,699 a vigente y resultar coherente con las circunstancias en que se produce la actividad docente, el 47 00:04:19,699 --> 00:04:23,920 tipo de centro y su proyecto educativo y las características y necesidades del alumnado. 48 00:04:24,839 --> 00:04:29,779 La programación de un módulo constituye el eje de la planificación didáctica y parte 49 00:04:29,779 --> 00:04:34,779 de la reflexión y el análisis de los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación 50 00:04:34,779 --> 00:04:40,699 a desarrollar en la acción formativa. A partir de este análisis se deberá decidir qué 51 00:04:40,699 --> 00:04:46,339 contenidos y en qué momento se incorpora para generar un proceso de enseñanza-aprendizaje 52 00:04:46,339 --> 00:04:54,180 continuado, coherente y competencial. Se deberán definir las actividades, los materiales curriculares 53 00:04:54,180 --> 00:04:59,560 que le dan soporte y las técnicas e instrumentos de evaluación que garanticen la adquisición de 54 00:04:59,560 --> 00:05:06,060 los resultados de aprendizaje y, por tanto, de los objetivos del módulo. Estas decisiones de 55 00:05:06,060 --> 00:05:09,899 carácter metodológico son las más importantes que debe tomar el profesorado 56 00:05:09,899 --> 00:05:14,100 a la hora de enseñar una programación, ya que los elementos curriculares, 57 00:05:14,439 --> 00:05:20,019 objetivos, competencias, resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y 58 00:05:20,019 --> 00:05:24,060 contenidos, como hemos visto en este bloque, vienen definidos en la propia 59 00:05:24,060 --> 00:05:24,579 normativa.