1 00:00:07,980 --> 00:00:13,460 Seguimos con ese tratamiento de datos personales dentro, en el ámbito de los centros educativos 2 00:00:13,460 --> 00:00:21,000 y qué datos personales vamos a recabar o va a tratar un centro, evidentemente, los de alumnos, los de familiares, 3 00:00:21,420 --> 00:00:25,539 pues para cumplir todas esas obligaciones que se van a derivar de la matrícula del alumnado, 4 00:00:26,059 --> 00:00:31,219 obligaciones que también vamos a tener con los empleados públicos para ejercer las competencias en materia de personal, 5 00:00:31,719 --> 00:00:33,399 tanto docente como no docente. 6 00:00:33,399 --> 00:00:40,979 Fijaros todos los datos personales que vamos a encontrarnos dentro de un centro 7 00:00:40,979 --> 00:00:44,179 Fijaros los expedientes, he hecho una relación 8 00:00:44,179 --> 00:00:48,759 Simplemente para que te veáis una muestra de todos los expedientes que manejáis en los centros 9 00:00:48,759 --> 00:00:54,079 Empezando por la escolarización del alumnado, el académico, los disciplinarios que se puedan incoar 10 00:00:54,079 --> 00:00:57,880 Los protocolos de acoso, reclamaciones de calificaciones, etc. 11 00:00:58,439 --> 00:01:03,060 Todos son actuaciones administrativas sujetas a la ley de protección de datos 12 00:01:03,920 --> 00:01:09,500 El proceso de admisión del alumnado quizás sea donde realmente tenemos que andar con mucha cautela 13 00:01:09,500 --> 00:01:12,480 porque evidentemente al ser un procedimiento de concurrencia competitiva 14 00:01:12,480 --> 00:01:15,900 ahí entra un principio que es el de publicidad e igualdad 15 00:01:15,900 --> 00:01:18,959 para evitar lógicamente que se haga con la máxima transparencia. 16 00:01:19,060 --> 00:01:22,799 Hay que dar transparencia al proceso pero al mismo tiempo tenemos que proteger datos personales. 17 00:01:23,400 --> 00:01:28,879 Bueno, pues lógicamente en principio se pueden publicar las listas como bien sabéis 18 00:01:28,879 --> 00:01:33,319 pero siempre se va a hacer, lógicamente, evitando identificar las personas 19 00:01:33,319 --> 00:01:37,459 y siempre haciéndolo en entornos seguros y con acceso restringido. 20 00:01:37,819 --> 00:01:42,480 La tecnología ahora lo permite y la Agencia Española de Protección de Datos 21 00:01:42,480 --> 00:01:45,819 ofreció un criterio práctico diciendo, bueno, pues publiquen ustedes 22 00:01:45,819 --> 00:01:49,299 del documento de identidad, del NIE, pasaporte o documento equivalente 23 00:01:49,299 --> 00:01:54,159 solo los cuatro dígitos que ocupan las oposiciones, cuarta, quinta, sexta y séptima. 24 00:01:54,159 --> 00:02:00,239 Eso evita de esa forma que se pueda identificar porque, insisto, el DNI es un dato personal. 25 00:02:01,420 --> 00:02:08,360 Como decía, se publican, como bien sabéis, en un entorno seguro como EducaMadrid con usuario y contraseña 26 00:02:08,360 --> 00:02:13,699 y si esa persona no tiene usuario y contraseña siempre se le va a intentar facilitar en el centro. 27 00:02:14,460 --> 00:02:21,259 Incluso la agencia permite que se puedan publicar en el interior del centro, pero en tablones, lógicamente, de acceso más restringido. 28 00:02:22,240 --> 00:02:28,460 Los listados, dice la agencia también, listados de alumnos se podrían colocar en las entradas a las aulas, 29 00:02:28,639 --> 00:02:34,379 en tablones de anuncios, más o menos lógicamente en los primeros días de curso, para en poco que se identifiquen. 30 00:02:34,800 --> 00:02:38,180 Bueno, dice que sí, que en principio eso no vulnera la ley de protección de datos, 31 00:02:38,180 --> 00:02:43,159 pero que por el tiempo imprescindible, una vez que ya el curso arranca, pues ya los alumnos saben cuál es su aula. 32 00:02:43,740 --> 00:02:48,039 Y lo mismo ocurre con el comedor escolar, fijaros los menús, parece una tontería, 33 00:02:48,039 --> 00:02:53,620 pero al final hay distintos menús adaptados a personas con problemas de intolerancia o alguna patología. 34 00:02:54,080 --> 00:03:02,379 Como es un dato personal, la salud, el menú puede revelar que ese alumno tiene un determinado problema, una patología o una intolerancia. 35 00:03:02,800 --> 00:03:10,000 Por lo tanto, igualmente, los listados de menús especiales se deben, de alguna forma, codificar, pero evitar que aparezca el nombre del alumno. 36 00:03:11,099 --> 00:03:16,139 En convocatorias de becas y ayudas volvemos a encontrarnos que la ley de transparencia y la ley de protección de datos 37 00:03:16,139 --> 00:03:21,500 vuelven a entrar un poco en conflicto, lógicamente como procedimiento también de concurrencia 38 00:03:21,500 --> 00:03:26,780 competitiva exige transparencia, publicidad, igualdad, pero la ley de protección de datos 39 00:03:26,780 --> 00:03:31,879 igualmente nos va a obligar a que esos listados se publiquen con la información mínima para 40 00:03:31,879 --> 00:03:37,599 evitar que se pudiera determinar capacidad económica, discapacidades, por lo tanto siempre 41 00:03:37,599 --> 00:03:42,439 se van a dar resultados globales y no el parcial según baremo porque eso podría llevar a 42 00:03:42,439 --> 00:03:45,979 que otros ciudadanos pudieran saber que en el pobre baremo 43 00:03:45,979 --> 00:03:49,919 que hay algún tipo de circunstancia personal que no interesa. 44 00:03:50,900 --> 00:03:52,740 Los expedientes de escolarización, 45 00:03:53,419 --> 00:03:56,379 también es el primer expediente que abrimos a un alumno 46 00:03:56,379 --> 00:03:58,280 a raíz, lógicamente, de su admisión. 47 00:03:58,860 --> 00:04:02,780 Contiene la matrícula, fijaros, toda la documentación que lleva anexa, 48 00:04:02,919 --> 00:04:05,659 cuánta información de familia, del propio alumno, 49 00:04:06,560 --> 00:04:08,439 nos encontramos con informes médicos, 50 00:04:08,599 --> 00:04:09,879 sentencias de separación de divorcio, 51 00:04:09,879 --> 00:04:12,080 toda esa información debe estar muy custodiada 52 00:04:12,080 --> 00:04:16,939 la delegación de protección de datos está pidiendo la digitalización del documento, 53 00:04:17,240 --> 00:04:20,759 que se devuelva el original, que es lo que ya todas las administraciones están haciendo, 54 00:04:21,600 --> 00:04:24,860 lógicamente lo llevamos en papel, se digitaliza y se devuelve el original 55 00:04:24,860 --> 00:04:27,720 para evitar, lógicamente, conseguir una mayor protección. 56 00:04:28,240 --> 00:04:30,720 O sea, eso yo creo que ya, ese paso ya lo hemos dado 57 00:04:30,720 --> 00:04:34,860 y sabemos que cuanto menos papel, menos obligaciones de custodia. 58 00:04:35,959 --> 00:04:40,459 El expediente académico, pues igualmente es el siguiente expediente que tenemos de un alumno 59 00:04:40,459 --> 00:04:44,639 y evidentemente su contenido viene determinado por la normativa, poco hay que saber, 60 00:04:44,779 --> 00:04:48,500 pero es verdad que toda la información que contiene ese expediente es un dato personal, 61 00:04:49,079 --> 00:04:52,660 debe ser conservado y custodiado por el centro y nunca puede ser destruido, 62 00:04:53,160 --> 00:04:58,040 ni siquiera petición del interesado, porque la administración siempre tiene que disponer de esa información 63 00:04:58,040 --> 00:05:03,040 para futuras reclamaciones o incluso que alguien pueda solicitar dentro de 20 años 64 00:05:03,040 --> 00:05:09,339 que en un certificado académico porque yo estudié en ese centro, por lo tanto siempre lo vamos a conservar. 65 00:05:09,339 --> 00:05:32,040 A este expediente académico vamos a ejercer ya derechos, derechos de acceso, evidentemente los alumnos mayores de 14 años y los padres o tutores en el caso de que sean menores de edad, nadie más puede acceder a ese expediente por muy abuelo y familiares que sean, salvo que tengan una autorización y lo acrediten, si tienen una autorización acreditada pues en ese caso se podrían acceder. 66 00:05:32,040 --> 00:05:41,500 El informe psicopedagógico da muchísimos también problemas, porque bueno, en principio los padres tienen derecho a una copia del informe, 67 00:05:41,500 --> 00:05:50,560 pero a veces quieren mucho más allá, quieren todo a la batería de pruebas que se ha realizado el alumno, no, eso no forma parte ya del informe, 68 00:05:51,079 --> 00:05:55,220 en principio se va a entregar a los padres siempre una copia, padres o tutores legales, 69 00:05:55,220 --> 00:06:00,819 salvo que en el informe contenga una información que pudiera comprometer al menor frente a sus padres 70 00:06:00,819 --> 00:06:04,639 cuando hay situaciones de maltrato o alguna situación en el ámbito familiar. 71 00:06:04,639 --> 00:06:08,220 En ese caso se podría negar una copia del informe psicopedagógico 72 00:06:08,220 --> 00:06:11,779 alegando que existe un interés más digno de protección. 73 00:06:12,019 --> 00:06:15,319 Y por supuesto el informe nunca debe ser destruido o cancelado 74 00:06:15,319 --> 00:06:19,120 aun cuando los padres se opongan a él, nunca lo vamos a cancelar 75 00:06:19,120 --> 00:06:23,540 para evitar lógicamente y enfrentarnos a posibles reclamaciones. 76 00:06:24,519 --> 00:06:30,199 La publicación de calificaciones, que antiguamente esto no presentaba ningún problema en estos tiempos, 77 00:06:30,439 --> 00:06:35,819 las calificaciones constituyen también un dato personal del alumno, una información de carácter personal 78 00:06:35,819 --> 00:06:40,500 que también debe estar protegida y por lo tanto debe garantizarse el acceso restringido. 79 00:06:41,600 --> 00:06:46,139 Y viene a decir la agencia que si se dicen en clase de forma oral que se hagasen hacer comentarios. 80 00:06:46,139 --> 00:06:53,279 Por lo tanto, se podría dar en clase, pero de alguna forma lo recomendable es que se haga a través 81 00:06:53,279 --> 00:07:00,420 de los medios establecidos oficialmente como Roble, Aula Virtual o la carpeta compartida de Club. 82 00:07:01,579 --> 00:07:06,879 Los exámenes y trabajos de aula ocurren lo mismo, forman parte de todo el expediente académico del alumno, 83 00:07:06,980 --> 00:07:12,240 esa información académica, igualmente está protegida por la normativa de protección de datos, 84 00:07:12,240 --> 00:07:18,519 solamente los interesados padres, alumnos o sus padres podrían tener derecho a un acceso. 85 00:07:18,519 --> 00:07:24,240 el tema de obtener una copia de los exámenes y trabajos de aula 86 00:07:24,240 --> 00:07:26,899 bueno, es un tema donde la agencia deja muy claro 87 00:07:26,899 --> 00:07:29,459 que eso no se rige por la normativa de protección de datos 88 00:07:29,459 --> 00:07:31,000 se rige por la normativa educativa 89 00:07:31,000 --> 00:07:33,300 y en todo caso por la normativa administrativa 90 00:07:33,300 --> 00:07:35,160 pero eso es un tema que daría mucho que hablar 91 00:07:35,160 --> 00:07:38,079 pero en principio os puedo decir que sí que es verdad 92 00:07:38,079 --> 00:07:41,540 que los padres como deben participar en el proceso de enseñanza 93 00:07:41,540 --> 00:07:43,720 negarles una copia de un examen 94 00:07:43,720 --> 00:07:45,480 cuando lo que tienen es interés por conocer 95 00:07:45,480 --> 00:07:48,459 como el desarrollo, como el rendimiento de su hijo 96 00:07:48,459 --> 00:07:52,420 en principio habría que decir que sí que tienen derecho a obtener una copia 97 00:07:52,420 --> 00:07:54,459 y ya digo, no en base a la ley de protección de datos 98 00:07:54,459 --> 00:07:56,399 pero sí en base a la normativa educativa 99 00:07:56,399 --> 00:08:00,079 y los proyectos y trabajos de fin de grado hay que tener cuidado 100 00:08:00,079 --> 00:08:01,660 porque además de la ley de protección de datos 101 00:08:01,660 --> 00:08:04,319 se rigen por la ley de propiedad intelectual 102 00:08:04,319 --> 00:08:07,040 por lo tanto el alumno es el autor de ese trabajo 103 00:08:07,040 --> 00:08:10,079 y habría que tener mucho cuidado en su tratamiento 104 00:08:10,079 --> 00:08:13,839 los expedientes disciplinarios de los alumnos 105 00:08:13,839 --> 00:08:17,360 pues sobra decir que tienen un carácter muy reservado 106 00:08:17,360 --> 00:08:23,660 que solamente van a tener acceso a esos expedientes los alumnos, sus progenitores, padres, tutores, 107 00:08:24,540 --> 00:08:31,120 que deben adoptarse las garantías oportunas para también preservar el derecho a la intimidad de los declarantes. 108 00:08:31,600 --> 00:08:37,460 Fijaros, un expediente disciplinario por acoso escolar o por cualquier otro hecho de cierta gravedad, de cierta relevancia. 109 00:08:38,100 --> 00:08:43,519 Los menores que declaran se sienten a veces muy amenazados cuando van a declarar contra otro compañero. 110 00:08:43,519 --> 00:08:49,299 Por lo tanto, la ley de agencia de protección de datos exige que se garantice esa intimidad. 111 00:08:49,679 --> 00:08:55,399 Es verdad que el alumno expedientado va a tener acceso al expediente, a una copia, evidentemente se tiene que defender, 112 00:08:55,559 --> 00:09:00,720 el derecho de defensa es un derecho constitucional, pero es que los menores que declaran deben ser protegidos, 113 00:09:00,879 --> 00:09:06,320 al igual que se les protege en juicio, también en el ámbito de un disciplinario habrá que proteger su intimidad 114 00:09:06,320 --> 00:09:09,259 para evitar que luego puedan suponer un riesgo para ellos. 115 00:09:09,259 --> 00:09:15,580 Los protocolos de acoso escolar también han generado mucha polémica 116 00:09:15,580 --> 00:09:19,279 porque las familias tienen mucho interés en acceder al protocolo 117 00:09:19,279 --> 00:09:21,460 y no tienen derecho de acceso 118 00:09:21,460 --> 00:09:24,799 El derecho de acceso del que hemos hablado en materia de protección de datos 119 00:09:24,799 --> 00:09:28,100 no existe aquí porque esto no es un procedimiento administrativo 120 00:09:28,100 --> 00:09:29,399 esto es una investigación 121 00:09:29,399 --> 00:09:31,899 Esto si lo lleváramos al ámbito judicial 122 00:09:31,899 --> 00:09:35,240 es lo que le llamaríamos una investigación de la policía judicial 123 00:09:35,240 --> 00:09:37,399 que lógicamente es el secreto del sumario 124 00:09:37,399 --> 00:10:03,480 Bueno, pues si lo trasladamos al ámbito educativo, el protocolo de acoso escolar es eso, es un expediente informativo que recoge toda la información que se ha recogido en una investigación, con un carácter reservado, por lo tanto, solo van a acceder al protocolo de acoso escolar, en este caso, los funcionarios actuantes, o sea, los docentes que han llevado el protocolo, evidentemente, el equipo directivo, la inspección educativa y poco más. 125 00:10:03,480 --> 00:10:19,600 Y las familias van a ser informadas, porque el centro tiene obligación de informarles, hemos abierto el protocolo, vamos a tomar medidas educativas, disciplinarias, pero sin, lógicamente, entregar nunca una copia ni hablar de los alumnos que han sido investigados, salvo, lógicamente, de su hijo. 126 00:10:19,600 --> 00:10:27,769 también ahora que los ordenadores se han convertido en una herramienta educativa tan importante 127 00:10:27,769 --> 00:10:31,730 nos preguntamos si un docente puede acceder al ordenador de un alumno 128 00:10:31,730 --> 00:10:33,129 y ver sus accesos a internet 129 00:10:33,129 --> 00:10:34,730 evidentemente sí que se puede 130 00:10:34,730 --> 00:10:36,990 controlar el cumplimiento de sus obligaciones 131 00:10:36,990 --> 00:10:39,870 lo puede hacer siempre y cuando es bueno 132 00:10:39,870 --> 00:10:41,889 lo que viene a decir la agencia que se informe 133 00:10:41,889 --> 00:10:43,570 igual que pasa con los empleados públicos 134 00:10:43,570 --> 00:10:46,889 cuando se informe tanto a los docentes como al alumnado 135 00:10:46,889 --> 00:10:50,110 que la administración, en este caso el equipo directivo 136 00:10:50,110 --> 00:10:53,789 o quien corresponda, va a poder hacer ese control del equipo informático 137 00:10:53,789 --> 00:10:58,250 para ver qué uso se le está dando y, sobre todo, cuando se hay sospecha 138 00:10:58,250 --> 00:11:02,110 de un posible indicio de infracción penal incluso, ¿de acuerdo? 139 00:11:02,429 --> 00:11:05,529 Por tanto, sí que se pueden controlar los equipos informáticos. 140 00:11:06,370 --> 00:11:11,029 Igualmente, el móvil de los alumnos no es posible acceder a él, 141 00:11:11,129 --> 00:11:14,610 tiene información personal, salvo que tengamos su consentimiento. 142 00:11:15,450 --> 00:11:19,289 Y la agencia se permite decir que, excepcionalmente, cuando suponga un riesgo, 143 00:11:19,289 --> 00:11:22,690 vale, pero mirad, si tenéis que valorar esa situación 144 00:11:22,690 --> 00:11:26,110 es mucho mejor que esperéis que aparezcan los policías tutores 145 00:11:26,110 --> 00:11:29,450 que intervenga lógicamente alguien de la policía 146 00:11:29,450 --> 00:11:31,769 para que valore si confisca el móvil 147 00:11:31,769 --> 00:11:34,350 si no lo confisca porque puede ser una prueba de un delito 148 00:11:34,350 --> 00:11:37,750 pero es muy difícil, yo mi consejo de verdad 149 00:11:37,750 --> 00:11:39,750 es que no accedáis al móvil de un alumno 150 00:11:39,750 --> 00:11:42,769 que sí que lo confisquéis y que ese móvil solo lo puede abrir 151 00:11:42,769 --> 00:11:45,070 pues la fiscalía del menor, la policía 152 00:11:45,070 --> 00:11:47,909 o delante de sus padres con el consentimiento 153 00:11:47,909 --> 00:11:52,450 Pero insisto porque puede ser, lógicamente, puede volverse contra vosotros.