1 00:00:02,799 --> 00:00:14,800 Soy María Cinta de Vargas, inspectora de Educación de la Comunidad de Madrid y formo parte de los conentes que vamos a tratar un tema de creciente importancia en nuestra sociedad, la protección de datos y su dimensión jurídica. 2 00:00:15,800 --> 00:00:27,500 El artículo 82 del Reglamento General de Protección de Datos establece la responsabilidad de los responsables encargados de tratamiento de datos personales cuando se produzca un daño como consecuencia del incumplimiento de esta normativa. 3 00:00:28,059 --> 00:00:32,539 En concreto, reconoce el derecho de cualquier persona que haya sufrido un perjuicio a obtener 4 00:00:32,539 --> 00:00:37,979 una indemnización de responsable o del encarnado de tratamiento que haya vulnerado el reglamento. 5 00:00:39,079 --> 00:00:43,380 Este principio de responsabilidad objetiva refuerza la protección de los derechos de 6 00:00:43,380 --> 00:00:48,840 los ciudadanos en la Unión Europea, exigiendo que las organizaciones que manejan datos personales 7 00:00:48,840 --> 00:00:51,479 respondan por sus acciones o negligencias. 8 00:00:52,600 --> 00:00:57,100 Sin embargo, la aplicación de esta normativa en el ámbito español no es una simple traslación 9 00:00:57,100 --> 00:01:01,399 automática del derecho europeo, sino que se inserta dentro de la potestad jurídica 10 00:01:01,399 --> 00:01:05,760 del Estado español como sujeto soberano de derecho público. Esto implica que aunque 11 00:01:05,760 --> 00:01:10,040 el ordenamiento general de protección de datos es directamente aplicable, su ejecución 12 00:01:10,040 --> 00:01:14,500 y desarrollo normativo se producen dentro del marco del ordenamiento jurídico español. 13 00:01:15,879 --> 00:01:20,480 En este sentido, la Ley Orgánica 3 barra 2018 de 5 de diciembre de protección de datos 14 00:01:20,480 --> 00:01:24,900 personales y garantía de los derechos digitales es el instrumento a través del cual España 15 00:01:24,900 --> 00:01:29,379 adapta y concreta las disposiciones del reglamento a su realidad jurídica y administrativa. 16 00:01:30,120 --> 00:01:34,280 Además, la Agencia Española de Protección de Datos, como autoridad independiente, ejerce 17 00:01:34,280 --> 00:01:39,260 la potestad sancionadora del Estado, garantizando el cumplimiento del reglamento con pleno respeto 18 00:01:39,260 --> 00:01:41,219 a la soberanía española en la materia. 19 00:01:42,780 --> 00:01:47,239 La Agencia Española de Protección de Datos no concede indemnizaciones a los afectados 20 00:01:47,239 --> 00:01:48,959 por los daños que puedan haber sufrido. 21 00:01:49,519 --> 00:01:54,500 La compensación económica debe reclamarse por vía judicial según el ordenamiento jurídico 22 00:01:54,500 --> 00:02:00,359 español. En el ámbito educativo, los centros públicos y privados, sean o no concertados, 23 00:02:00,799 --> 00:02:05,439 están sujetos a las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos, al tratar datos 24 00:02:05,439 --> 00:02:10,860 personales de alumnos, familias y personal docente y administrativo. Los centros privados, 25 00:02:11,020 --> 00:02:15,319 en el ejercicio de sus actividades docentes, están obligados a cumplir con la normativa de 26 00:02:15,319 --> 00:02:20,159 protección de datos, pues deben garantizar la confidencialidad, seguridad y correcta gestión 27 00:02:20,159 --> 00:02:26,099 de los datos personales de alumnos, empleados y terceros. Un particular afectado puede poner 28 00:02:26,099 --> 00:02:30,560 una denuncia en la Agencia Española de Protección de Datos y el centro puede ser multado si 29 00:02:30,560 --> 00:02:35,280 ha cometido una infracción de la normativa aplicable. Si el particular quiere reclamar 30 00:02:35,280 --> 00:02:40,020 una responsabilidad civil indemnizatoria, debe acudir a la jurisdicción civil por demanda 31 00:02:40,020 --> 00:02:45,919 de responsabilidad extra contractual. Cuando se trata de la administración pública, los 32 00:02:45,919 --> 00:02:49,860 funcionarios públicos tienen el deber de garantizar el cumplimiento de la normativa 33 00:02:49,860 --> 00:02:54,280 en materia de protección de datos personales vinculados por el Estatuto Básico del Empleado 34 00:02:54,280 --> 00:03:00,240 Público. El particular o la propia Administración pueden poner una denuncia en la Agencia Española 35 00:03:00,240 --> 00:03:05,039 de Protección de Datos que instará a la Administración a adoptar medidas correctivas 36 00:03:05,039 --> 00:03:10,159 que eviten futuras infracciones en lugar de ser multada directamente. La compensación 37 00:03:10,159 --> 00:03:14,300 económica que pueda solicitar un particular que vea dañados sus derechos o intereses 38 00:03:14,300 --> 00:03:19,060 debe reclamarse por vía patrimonial ante la Consejería con competencias en materia 39 00:03:19,060 --> 00:03:23,099 de Educación, según lo establecido en la ley que regula el régimen jurídico del sector 40 00:03:23,099 --> 00:03:25,219 público, la ley 40 barra 2015. 41 00:03:26,319 --> 00:03:30,479 Si no se obtiene una respuesta favorable o no se acuerda a la indemnización, una vez 42 00:03:30,479 --> 00:03:35,020 agotada la vía administrativa, el interesado puede recurrir a la vía judicial ante los 43 00:03:35,020 --> 00:03:38,879 tribunales de lo contencioso administrativo para solicitar la compensación de los daños. 44 00:03:40,180 --> 00:03:43,800 Por otro lado, el incumplimiento de las funciones y obligaciones de un funcionario público 45 00:03:43,800 --> 00:03:47,800 pueden derivar en la apertura de un procedimiento disciplinario sancionador para el funcionario, 46 00:03:48,400 --> 00:03:52,060 pues se debe valorar si estas actuaciones se realizan en el ejercicio de sus funciones 47 00:03:52,060 --> 00:03:54,400 y si se considera que ha incumplido sus deberes. 48 00:03:54,919 --> 00:03:59,479 No guardar el obligado sigilo sobre asuntos que el funcionario conoce por razón de su cargo, 49 00:04:00,139 --> 00:04:04,919 la falta de diligencia en la custodia de secretos oficiales cuando ello provoca su filtración, 50 00:04:05,520 --> 00:04:09,599 la negligencia en la custodia de secretos que conoce por efecto de su ejercicio profesional 51 00:04:09,599 --> 00:04:13,620 siempre que causen su publicación, difusión o conocimiento indebido, 52 00:04:14,099 --> 00:04:16,920 son actuaciones que pueden referir reproches administrativos. 53 00:04:17,800 --> 00:04:23,819 También puede ocurrir que la responsabilidad sea de los propios alumnos y, en su caso, de los padres como civilmente responsables. 54 00:04:24,939 --> 00:04:36,399 Acosar a otras personas, intimidarlas, discriminarlas, expresar una burla o publicar contenidos sensibles a través de redes sociales y otros servicios de Internet pueden vulnerar derechos de terceros e ir contra la ley. 55 00:04:37,000 --> 00:04:47,620 Los menores de edad, mayores de 14 años, también responden por los delitos como el acoso, las amenazas o la difusión o reenvío de imágenes que menoscaden gravemente la intimidad de una persona. 56 00:04:48,379 --> 00:04:52,899 Los daños y perjuicios materiales y morales causados a terceros por menores de edad como 57 00:04:52,899 --> 00:04:57,139 consecuencia de estas conductas pueden dar lugar a responsabilidad civil de la que se 58 00:04:57,139 --> 00:04:58,899 hacen cargo los padres o tutores. 59 00:04:59,959 --> 00:05:04,199 Las acciones por las que se inflige la protección de datos y con ello el tráfico jurídico 60 00:05:04,199 --> 00:05:08,439 suponen un grave perjuicio para terceros que puede tener consideración penal si estas 61 00:05:08,439 --> 00:05:11,480 acciones están quitificadas como delito en la legislación vigente. 62 00:05:12,360 --> 00:05:16,279 En estos casos es determinante que el uso fraudulento o comisivo se realice con dolo, 63 00:05:16,279 --> 00:05:20,300 es decir, con interés de dañar, que haya reiteración o un beneficio económico. 64 00:05:21,180 --> 00:05:25,959 La responsabilidad jurídica en materia de protección de datos es un aspecto esencial en el ámbito educativo. 65 00:05:26,540 --> 00:05:30,019 Todos los centros educativos, independientemente de su naturaleza jurídica, 66 00:05:30,500 --> 00:05:33,519 están obligados a proteger los datos personales que manejan. 67 00:05:34,279 --> 00:05:38,800 Incumplir la norma vigente puede conllevar sanciones impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos 68 00:05:38,800 --> 00:05:41,240 y reclamaciones civiles por vía judicial o penal, 69 00:05:41,800 --> 00:05:45,259 y en el caso de los funcionarios públicos, también disciplinaria. 70 00:05:45,259 --> 00:05:47,300 Muchas gracias por su atención.