1 00:00:02,419 --> 00:00:14,199 Soy María Quinta de Vardas, inspectora de Educación en la Comunidad de Madrid y formo parte de los ponentes que vamos a tratar un tema de creciente importancia en nuestra sociedad, como es la gestión diaria de la documentación en un centro educativo. 2 00:00:15,259 --> 00:00:24,100 Los centros docentes están legitimados por la disposición adicional XXIII de la Ley Urbánica de Educación para el tratamiento de los datos en el ejercicio de la función educativa. 3 00:00:24,920 --> 00:00:29,339 Dichos datos podrán hacer referencia al ámbito familiar, personal y social, al desarrollo 4 00:00:29,339 --> 00:00:33,420 de su escolarización, así como a aquellas otras circunstancias cuyo conocimiento sea 5 00:00:33,420 --> 00:00:36,640 necesario para la educación y orientación de los alumnos. 6 00:00:37,600 --> 00:00:42,000 Es importante destacar que la legitimación surge del ejercicio de la función educativa 7 00:00:42,000 --> 00:00:46,240 y que los padres o tutores y los propios alumnos deberán colaborar en la obtención de la 8 00:00:46,240 --> 00:00:47,960 información relacionada con este ejercicio. 9 00:00:49,140 --> 00:00:53,020 A su vez, los centros tienen la obligación de informar de la existencia de estos datos 10 00:00:53,020 --> 00:00:58,380 personales, de si existe obligación o no de facilitarlos, de los derechos de los interesados 11 00:00:58,380 --> 00:01:03,939 y dónde ejercerlos. También deben informar de la finalidad y licitud para la que se recaban 12 00:01:03,939 --> 00:01:08,840 los datos, de los destinatarios y de la identidad tanto del responsable de tratamiento como 13 00:01:08,840 --> 00:01:14,079 del delegado de protección de datos. Los centros docentes, en el ejercicio de sus funciones 14 00:01:14,079 --> 00:01:18,739 educativas y administrativas, manejan diversos documentos que contienen datos personales 15 00:01:18,739 --> 00:01:24,760 de alumnos, familia y personal docente y no docente. Los documentos oficiales de evaluación 16 00:01:24,760 --> 00:01:29,739 que contienen datos personales de los alumnos, tales como el acta de evaluación, el expediente 17 00:01:29,739 --> 00:01:35,319 académico, el historial académico, el informe de final de etapa y, en su caso, el informe personal 18 00:01:35,319 --> 00:01:41,319 por traslado, han de ser debidamente custodiados. La custodia, archivo y emisión de certificados 19 00:01:41,319 --> 00:01:46,159 de estos documentos corresponde a los propios centros, bajo la responsabilidad del secretario 20 00:01:46,159 --> 00:01:50,519 en los centros públicos o de la persona que asuma dichas funciones en centros privados. 21 00:01:52,060 --> 00:01:57,000 Los centros educativos también manejan datos considerados de categoría especial. Son datos 22 00:01:57,000 --> 00:02:01,980 que se encuentran en documentos como informes psicopedagógicos, informes médicos o certificados 23 00:02:01,980 --> 00:02:06,959 de discapacidad. La pérdida o filtración de estos documentos supone graves consecuencias 24 00:02:06,959 --> 00:02:11,080 para los responsables de tratamiento. Estos documentos deben estar informatizados por 25 00:02:11,080 --> 00:02:15,479 lo que debemos tener presentes los momentos en los que debemos protegerlos. Primero, cuando 26 00:02:15,479 --> 00:02:20,520 los nombramos. Como buena práctica, podemos poner al principio del nombre del archivo una cadena que 27 00:02:20,520 --> 00:02:25,539 advierta de su contenido confidencial. Segundo, cuando los abrimos, debemos tener precaución 28 00:02:25,539 --> 00:02:30,620 estableciendo contraseñas para su apertura. Tercero, cuando los guardamos, debemos hacerlo 29 00:02:30,620 --> 00:02:35,439 en los sistemas de nube o herramientas corporativas autorizadas por el responsable de tratamiento y no 30 00:02:35,439 --> 00:02:40,840 en las memorias USB. Si se debe conservar documentación en papel que no pudiera ser 31 00:02:40,840 --> 00:02:44,680 digitalizada debe custodiarse en habitaciones de acceso restringido 32 00:02:44,680 --> 00:02:49,419 dentro de armarios con llave como vemos que estos datos personales 33 00:02:49,419 --> 00:02:53,400 tienen la consideración de datos especialmente protegidos de hecho 34 00:02:53,400 --> 00:02:56,860 recientemente la delegación de protección de datos de la consejería de 35 00:02:56,860 --> 00:03:00,580 educación ciencia y universidades de la comunidad de mandil alerta sobre la 36 00:03:00,580 --> 00:03:04,599 importancia de evitar la publicación del número del documento nacional de 37 00:03:04,599 --> 00:03:07,900 identidad en los archivos en los que puede haber un acceso público 38 00:03:08,319 --> 00:03:11,180 estableciendo pautas para anonimizar el documento. 39 00:03:12,360 --> 00:03:17,800 En el día a día de un centro docente pueden darse situaciones que generen incertidumbre con respecto a la protección de datos. 40 00:03:18,419 --> 00:03:23,259 Por ejemplo, cómo proceder el caso de trasladar información a padres separados. 41 00:03:23,919 --> 00:03:26,060 Esta es una situación habitual en los centros. 42 00:03:26,659 --> 00:03:31,000 En los supuestos de patria potestad compartida, con independencia de quién tenga la custodia, 43 00:03:31,520 --> 00:03:35,360 ambos progenitores tienen derecho a recibir la misma información sobre sus hijos, 44 00:03:35,960 --> 00:03:40,000 salvo que se aporte una resolución judicial que establezca la privación de la patria potestad 45 00:03:40,000 --> 00:03:44,300 a alguno de los progenitores o algún tipo de medida penal de prohibición de comunicación, 46 00:03:44,460 --> 00:03:47,400 en cuyo caso no podemos facilitarle esa comunicación. 47 00:03:48,360 --> 00:03:53,400 Otra situación que podemos encontrar en los centros educativos es la solicitud de traslado de información 48 00:03:53,400 --> 00:03:56,180 de los alumnos a las fuerzas y cuerpos de seguridad. 49 00:03:57,020 --> 00:03:59,699 En estos casos, la comunicación de datos es obligatoria, 50 00:03:59,919 --> 00:04:04,139 siempre que sea necesaria para la prevención de un peligro real para la seguridad pública 51 00:04:04,139 --> 00:04:06,080 o para la represión de infracciones penales. 52 00:04:06,659 --> 00:04:09,580 Por ello, la petición debe ser concreta, específica y motivada 53 00:04:09,580 --> 00:04:12,939 y es aconsejable que el centro documente la comunicación de estos datos. 54 00:04:13,819 --> 00:04:16,420 Con respecto a los datos que se comunican a los servicios sociales, 55 00:04:16,699 --> 00:04:20,180 estos deben facilitarse siempre que sea para la determinación o tratamiento 56 00:04:20,180 --> 00:04:23,860 de situaciones de riesgo o desamparo que son competencia a los servicios sociales. 57 00:04:24,519 --> 00:04:27,300 La comunicación estaría legitimada en el interés superior del menor 58 00:04:27,300 --> 00:04:29,720 y no se necesita el consentimiento de los interesados. 59 00:04:29,720 --> 00:04:34,860 La difusión de imágenes de los menores es otro aspecto de interés para docentes en 60 00:04:34,860 --> 00:04:39,040 los centros educativos. Para dar difusión de las imágenes de los alumnos es preciso 61 00:04:39,040 --> 00:04:43,199 contar con el consentimiento informado de los alumnos de 14 años o de sus representantes 62 00:04:43,199 --> 00:04:47,819 legales en el caso de que sean menores de SADA. Antes de publicar la imagen de un alumno 63 00:04:47,819 --> 00:04:51,720 en redes sociales se debe reflexionar sobre la finalidad de la publicación de la foto 64 00:04:51,720 --> 00:04:56,360 o el vídeo. Por ello, si la finalidad es compartir con las familias de los alumnos 65 00:04:56,360 --> 00:05:01,259 sus actividades educativas o extraescolares, se recomienda que se haga compartiendo el contenido 66 00:05:01,259 --> 00:05:06,100 en una nube de clase del portal educativo a la que solamente se pueda acceder con usuario y 67 00:05:06,100 --> 00:05:11,319 contraseña. Si la finalidad de la publicación es dar a conocer aspectos del funcionamiento del 68 00:05:11,319 --> 00:05:16,000 centro y las actividades que se realizan para promoción del propio centro, se tratará de evitar 69 00:05:16,000 --> 00:05:21,300 las imágenes de los alumnos. En definitiva, la protección de datos en el ámbito educativo es 70 00:05:21,300 --> 00:05:27,199 responsabilidad fundamental que debemos asumir con rigor y conocimiento. Cada situación que 71 00:05:27,199 --> 00:05:30,959 implica el tratamiento de información personal de los alumnos y sus familias debe abordarse 72 00:05:30,959 --> 00:05:35,540 desde el respeto a la normativa vigente, garantizando siempre que su uso sea legítimo 73 00:05:35,540 --> 00:05:40,360 y necesario. En el caso de la difusión de imágenes de menores, es imprescindible contar 74 00:05:40,360 --> 00:05:46,100 con el consentimiento adecuado y utilizar canales seguros para su publicación. En un entorno cada 75 00:05:46,100 --> 00:05:50,980 vez más digitalizado, la protección de datos no es solo una obligación legal, sino también una 76 00:05:50,980 --> 00:05:55,300 muestra de compromiso con la confianza de las familias y el bienestar de los alumnos. 77 00:05:55,819 --> 00:05:57,100 Muchas gracias por vuestra atención.