1 00:00:00,410 --> 00:00:06,190 En este pequeño vídeo vamos a daros unas orientaciones básicas sobre el decreto 15-2007. 2 00:00:07,150 --> 00:00:11,910 Este decreto es el marco regulador de la convivencia en los centros de la Comunidad de Madrid. 3 00:00:13,009 --> 00:00:14,929 Existen diferentes tipos de faltas. 4 00:00:15,810 --> 00:00:19,089 Faltas leves, faltas graves y faltas muy graves. 5 00:00:19,890 --> 00:00:24,230 Vamos a explicar los casos más comunes, las faltas leves y las faltas graves. 6 00:00:25,370 --> 00:00:26,410 Faltas leves. 7 00:00:26,410 --> 00:00:31,469 Las faltas leves son cualquier infracción a las normas de conducta del plan de convivencia 8 00:00:31,469 --> 00:00:36,750 cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave. 9 00:00:37,929 --> 00:00:38,929 Faltas graves 10 00:00:38,929 --> 00:00:46,850 Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no estén justificadas. 11 00:00:47,929 --> 00:00:55,189 Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio. 12 00:00:56,770 --> 00:01:02,390 Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. 13 00:01:03,369 --> 00:01:08,930 Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro. 14 00:01:10,230 --> 00:01:14,230 Los daños causados en las instalaciones o el material del centro. 15 00:01:15,290 --> 00:01:20,370 Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. 16 00:01:20,370 --> 00:01:27,290 La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de conducta 17 00:01:27,290 --> 00:01:33,549 Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar 18 00:01:33,549 --> 00:01:36,629 que no constituya falta muy grave según el decreto 19 00:01:36,629 --> 00:01:42,090 La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves 20 00:01:42,090 --> 00:01:47,129 El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve 21 00:01:48,129 --> 00:01:53,269 Vamos a comentar ahora las sanciones que corresponden a los diferentes tipos de faltas. 22 00:01:54,150 --> 00:02:00,989 Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en el reglamento de régimen interno. 23 00:02:01,730 --> 00:02:05,750 Entre las sanciones que se contemplan en el reglamento se incluirán las siguientes. 24 00:02:07,030 --> 00:02:09,210 Amonestación verbal o por escrito. 25 00:02:10,669 --> 00:02:15,830 Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o el director. 26 00:02:15,830 --> 00:02:20,729 la privación de tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. 27 00:02:22,090 --> 00:02:25,250 Permanencia en el centro después de la jornada escolar. 28 00:02:26,250 --> 00:02:32,969 La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización de la jornada. 29 00:02:34,229 --> 00:02:37,509 La realización de tareas o actividades de carácter académico. 30 00:02:38,629 --> 00:02:42,210 Las sanciones correspondientes a las faltas graves serán las siguientes. 31 00:02:42,210 --> 00:02:53,189 Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o el director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata 32 00:02:53,189 --> 00:02:57,530 Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar 33 00:02:58,830 --> 00:03:07,610 Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o a reparar los daños causados o a mejorar el entorno ambiental del centro 34 00:03:07,610 --> 00:03:15,289 Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias por un periodo máximo de un mes 35 00:03:15,289 --> 00:03:21,710 Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos 36 00:03:21,710 --> 00:03:27,210 Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos 37 00:03:27,210 --> 00:03:32,710 A la hora de imponer las sanciones debemos tener en cuenta las circunstancias atenuantes 38 00:03:32,710 --> 00:03:40,490 El arrepentimiento espontáneo, la ausencia de intencionalidad o la reparación inmediata del daño causado 39 00:03:40,490 --> 00:03:46,669 De la misma forma, también debemos tener en cuenta las circunstancias agravantes 40 00:03:46,669 --> 00:03:50,650 La premeditación y la reiteración 41 00:03:50,650 --> 00:03:56,349 El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas 42 00:03:56,349 --> 00:04:00,889 De menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro 43 00:04:00,889 --> 00:04:07,990 Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro 44 00:04:07,990 --> 00:04:17,470 Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, condiciones políticas, morales o religiosas 45 00:04:17,470 --> 00:04:24,550 así como por padecer discapacidad física o psíquica o por cualquier otra condición personal o circunstancia social 46 00:04:25,430 --> 00:04:31,370 Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa. 47 00:04:31,970 --> 00:04:37,230 Los alumnos que infringan las normas de conducta están obligados a reparar los daños. 48 00:04:38,509 --> 00:04:40,490 Esto se hará en las siguientes circunstancias. 49 00:04:41,149 --> 00:04:45,769 Cuando causen daños individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, 50 00:04:46,050 --> 00:04:51,930 a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. 51 00:04:51,930 --> 00:04:57,230 o también en conductas tipificadas como agresión física o moral a sus compañeros 52 00:04:57,230 --> 00:04:59,449 o demás miembros de la comunidad educativa. 53 00:05:00,250 --> 00:05:05,509 En estos casos deberán reparar los daños o hacerse cargo del coste económico de su reparación 54 00:05:05,509 --> 00:05:07,870 y restituyéndolo sustraído en su caso. 55 00:05:08,629 --> 00:05:12,569 También por la reparación del daño moral o mediante presentación de excusas 56 00:05:12,569 --> 00:05:17,230 y el reconocimiento de la responsabilidad en los actos, en público o en privado, 57 00:05:17,230 --> 00:05:23,970 según la naturaleza de los hechos y de acuerdo con lo que determine el órgano competente para imponer la corrección. 58 00:05:25,149 --> 00:05:28,110 Para aplicar las sanciones por faltas leves o faltas graves, 59 00:05:28,769 --> 00:05:35,370 tendremos que seguir el procedimiento ordinario recogido en los artículos 20 y 21 del decreto. 60 00:05:36,389 --> 00:05:42,810 Si queréis tener toda la información, os recomendamos que consultéis el decreto 15-2007 de 19 de abril, 61 00:05:42,810 --> 00:05:47,930 así como las orientaciones para su aplicación publicadas por la Comunidad de Madrid. 62 00:05:49,430 --> 00:05:52,810 Esperamos que este pequeño vídeo os haya resultado de utilidad. 63 00:05:54,189 --> 00:05:55,889 Muchas gracias por vuestra atención.