1 00:00:00,000 --> 00:00:09,260 En la educación española, el planteamiento de participación y los aspectos referentes 2 00:00:09,260 --> 00:00:13,660 a organización y gestión de los órganos de gobierno de los centros educativos, que 3 00:00:13,660 --> 00:00:20,260 estableció la ley del 85 de 3 de julio reguladora del derecho a la educación y que fue actualizada 4 00:00:20,260 --> 00:00:28,460 en 1995 por la ley que planteaba participación, evaluación y gobierno de centros docentes, 5 00:00:28,460 --> 00:00:33,180 incluyen en su esencia el desarrollo de un sistema de colaboración plural en que están 6 00:00:33,180 --> 00:00:39,660 presentes profesorado, alumnado, familias, personal de administración de servicios, 7 00:00:39,660 --> 00:00:45,300 representantes municipales, etc., llevando así todos los derechos constitucionalmente 8 00:00:45,300 --> 00:00:50,020 reconocidos a su aplicación práctica en el funcionamiento de los centros. 9 00:00:50,020 --> 00:00:55,060 Ese espíritu de presencia y participación colegiada en la organización y funcionamiento 10 00:00:55,060 --> 00:01:00,580 de estos ha estado presente desde entonces en nuestro sistema educativo y recogido y 11 00:01:00,580 --> 00:01:06,380 desarrollado en las distintas leyes educativas que han regido la educación de este país. 12 00:01:06,380 --> 00:01:12,140 Actualmente, la Ley Orgánica de 2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la 13 00:01:12,140 --> 00:01:19,980 Ley de 2006, denominada LOMLOE, realiza cambios parciales de la Ley de 2013 sobre la mejora 14 00:01:19,980 --> 00:01:27,420 de la calidad educativa, la LOMCE, es decir, modifica, corrige determinados aspectos relacionados 15 00:01:27,420 --> 00:01:32,500 con medidas académicas, diseño curricular, estructura de los ciclos y funcionamiento 16 00:01:32,500 --> 00:01:34,020 de los centros. 17 00:01:34,020 --> 00:01:38,580 El calendario establecido para su aplicación dicta que desde la entrada en vigor de la 18 00:01:38,580 --> 00:01:44,020 nueva ley se aplican las modificaciones relativas a la participación y competencias de los 19 00:01:44,020 --> 00:01:49,540 órganos colegiados, la autonomía de los centros, la selección de los directores, 20 00:01:49,540 --> 00:01:52,620 la admisión de alumnos, fundamentalmente. 21 00:01:52,620 --> 00:01:57,860 El objetivo de esta presentación tiene como fin el profundizar en la relevancia que tienen 22 00:01:57,860 --> 00:02:03,380 en el funcionamiento de un centro educativo los órganos colegiados y reflexionar sobre 23 00:02:03,380 --> 00:02:09,260 el necesario conocimiento y dominio de la maquinaria procedimental del funcionamiento 24 00:02:09,260 --> 00:02:14,340 interno de los mismos para abordar la práctica de su actuación con rigor. 25 00:02:14,340 --> 00:02:20,100 Analizaremos qué cambios establece esta nueva ley respecto a los órganos colegiados y qué 26 00:02:20,100 --> 00:02:24,140 implicaciones tiene sobre el funcionamiento de los centros. 27 00:02:24,140 --> 00:02:29,820 La organización y la gestión de los centros docentes tiene como protagonistas directos 28 00:02:29,820 --> 00:02:34,820 a los órganos colegiados de gobierno, consejo escolar y clustro de profesores. 29 00:02:35,140 --> 00:02:40,740 Estos son invariables, independientemente de las distintas reformas de las leyes educativas 30 00:02:40,740 --> 00:02:47,020 y son los matices específicos que éstas les han otorgado las que establecen las diferencias 31 00:02:47,020 --> 00:02:50,300 en sus actuaciones en los centros. 32 00:02:50,300 --> 00:02:55,840 Todas han reconocido en su descripción las cualidades de ejes esenciales en la organización 33 00:02:55,840 --> 00:02:58,340 y funcionamiento de los centros educativos. 34 00:02:58,340 --> 00:03:03,300 Es incuestionable que la participación de todos los sectores implicados en la vida escolar 35 00:03:03,340 --> 00:03:08,340 es puesta en práctica a través de su intervención de los órganos colegiados. 36 00:03:08,340 --> 00:03:13,980 La nueva ley otorga mayores competencias y responsabilidades a los órganos colegiados. 37 00:03:13,980 --> 00:03:19,340 En la exposición de motivos en el preámbulo de la LOMLOE se justifica que en relación 38 00:03:19,340 --> 00:03:24,220 con la autonomía y gobierno de los centros, la LOMCE limitó la participación de los 39 00:03:24,220 --> 00:03:29,140 distintos sectores de la comunidad educativa, reduciendo las competencias de los órganos 40 00:03:29,140 --> 00:03:34,980 colegiados y transfiriendo parte de ellos a la dirección escolar, sobre cuya selección 41 00:03:34,980 --> 00:03:39,020 adquiría un mayor grado de control la administración educativa. 42 00:03:39,020 --> 00:03:43,840 Además de lo que establece la ley de educación que está en vigor, en el ámbito de gestión 43 00:03:43,840 --> 00:03:48,820 de la Comunidad de Madrid es de aplicación para estos órganos colegiados la normativa 44 00:03:48,820 --> 00:03:53,940 correspondiente a los distintos reglamentos orgánicos de organización y funcionamiento 45 00:03:53,940 --> 00:03:59,060 de los centros y las instrucciones que con carácter supletorio o complementario dicte 46 00:03:59,060 --> 00:04:01,100 la administración educativa. 47 00:04:01,100 --> 00:04:07,940 Tenemos para los institutos de educación secundaria el Real Decreto que regula el funcionamiento 48 00:04:07,940 --> 00:04:15,340 y organización de los centros del año 99, la Orden de 2000 y de 2003 para enseñanzas 49 00:04:15,340 --> 00:04:22,780 de adultos, el Real Decreto de 1986 para enseñanzas artísticas y el Real Decreto 50 00:04:22,780 --> 00:04:27,380 de 1988 para enseñanzas de idiomas. 51 00:04:27,380 --> 00:04:32,600 El Consejo Escolar y el Clostro de Profesores son en definitiva los responsables de la organización 52 00:04:32,600 --> 00:04:37,860 de los centros docentes y por lo tanto el conocimiento y ejecución de sus competencias 53 00:04:37,860 --> 00:04:41,940 son imprescindibles abordarlas con rigor para garantizar su funcionamiento. 54 00:04:42,060 --> 00:04:47,780 Por ello, todos los miembros de estos órganos colegiados deben prepararse para saber desarrollar 55 00:04:47,780 --> 00:04:51,900 sus cometidos de forma eficiente y rigurosa. 56 00:04:51,900 --> 00:04:56,940 Los órganos que componen el Consejo Escolar son el director del centro, que es el presidente, 57 00:04:56,940 --> 00:05:02,940 el jefe de estudios y el secretario que actúa como secretario del Consejo Escolar. 58 00:05:02,940 --> 00:05:07,740 Además están representantes del Ayuntamiento, el número de profesores que no podrá ser 59 00:05:07,740 --> 00:05:12,360 inferior a un tercio del total de los componentes del consejo elegidos por el claustro y en 60 00:05:12,360 --> 00:05:18,220 representación del mismo, un número de padres y de alumnos elegidos respectivamente por 61 00:05:18,220 --> 00:05:22,620 y entre ellos que no podrán ser inferior también a un tercio del total de los componentes 62 00:05:22,620 --> 00:05:29,700 del consejo y un representante del personal de administración de servicios del centro. 63 00:05:29,700 --> 00:05:33,580 El secretario actuará con voz pero sin voto. 64 00:05:33,660 --> 00:05:38,100 En el caso de los centros que imparten ciclos formativos de formación profesional y de 65 00:05:38,100 --> 00:05:43,980 artes plásticas y diseño, la norma recoge la posible incorporación al Consejo Escolar 66 00:05:43,980 --> 00:05:50,580 de un representante propuesto por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes 67 00:05:50,580 --> 00:05:52,820 en el ámbito de acción del centro. 68 00:05:52,820 --> 00:05:57,060 El alumnado puede ser elegido de cualquier curso de educación secundaria, pero en el 69 00:05:57,060 --> 00:06:02,060 caso de que fueran alumnos de primero o de segundo curso, éstos no pueden participar 70 00:06:02,060 --> 00:06:05,580 en la elección o el cese de quien ejerza la dirección. 71 00:06:05,580 --> 00:06:11,180 Todas las medidas que se adopten deberán ser aprobadas por consenso, no obstante la 72 00:06:11,180 --> 00:06:17,100 Administración Educativa es la responsable de regular las mayorías necesarias para la 73 00:06:17,100 --> 00:06:19,180 adopción de decisiones. 74 00:06:19,180 --> 00:06:23,220 El Consejo Escolar del centro tiene las siguientes competencias. 75 00:06:23,220 --> 00:06:29,100 El texto que viene subrayado en la presentación que ustedes están viendo son los cambios 76 00:06:29,100 --> 00:06:35,140 que introduce la LOMLOE con respecto de la LOMCE. 77 00:06:35,140 --> 00:06:40,860 Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo 3 del título 78 00:06:40,860 --> 00:06:43,340 5 de la Ley Orgánica. 79 00:06:43,340 --> 00:06:48,300 Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias 80 00:06:48,300 --> 00:06:54,980 del claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. 81 00:06:54,980 --> 00:06:59,740 Proponer las candidaturas a la dirección y a los proyectos de dirección presentados 82 00:06:59,740 --> 00:07:02,380 por los candidatos. 83 00:07:02,380 --> 00:07:06,180 Participar en la selección del director o directora del centro en los términos que 84 00:07:06,180 --> 00:07:08,660 la presente ley establece. 85 00:07:08,660 --> 00:07:14,260 Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo, en su 86 00:07:14,260 --> 00:07:18,900 caso previo acuerdo de sus miembros adoptado por mayoría de dos tercios. 87 00:07:18,900 --> 00:07:24,180 Proponer la revocación del nombramiento del director o directora. 88 00:07:24,180 --> 00:07:29,820 Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la ley y disposiciones 89 00:07:29,820 --> 00:07:31,860 que se desarrollan en la misma. 90 00:07:31,860 --> 00:07:38,780 Impulsar y adoptar el seguimiento de las medidas educativas que fomentan el reconocimiento 91 00:07:38,780 --> 00:07:42,140 y protección de los derechos de la infancia. 92 00:07:42,140 --> 00:07:46,860 Proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable, la convivencia 93 00:07:46,860 --> 00:07:52,420 en el centro, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la no discriminación, la prevención 94 00:07:52,420 --> 00:07:57,580 al acoso escolar y la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos, 95 00:07:57,580 --> 00:08:01,060 todos en el ámbito de la vida personal, familiar y social. 96 00:08:01,060 --> 00:08:06,780 Conocer las conductas contrarias a la convivencia y aplicación de las medidas educativas de 97 00:08:06,780 --> 00:08:12,380 mediación y correctoras, velando porque se ajusten a la normativa vigente. 98 00:08:12,380 --> 00:08:17,460 Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director o directora correspondan a conductas 99 00:08:17,460 --> 00:08:22,700 del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el consejo escolar 100 00:08:22,700 --> 00:08:29,440 a instancias de padres, madres o tutores legales, o en su caso del alumnado, podrán revisar 101 00:08:29,440 --> 00:08:35,180 la decisión adoptada y proponer en su caso las medidas oportunas. 102 00:08:35,180 --> 00:08:39,900 Fijar las directrices para la colaboración con fines educativos y culturales, con las 103 00:08:39,900 --> 00:08:44,700 administraciones locales y con otros centros, entidades y organismos. 104 00:08:44,940 --> 00:08:49,620 Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento 105 00:08:49,620 --> 00:08:55,340 escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el 106 00:08:55,340 --> 00:08:56,340 centro. 107 00:08:56,340 --> 00:09:00,620 Elaborar propuestas e informes a iniciativa propia o a petición de las administraciones 108 00:09:00,620 --> 00:09:05,740 competentes sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, 109 00:09:05,740 --> 00:09:11,380 así como sobre otros aquellos aspectos relacionados con la calidad de la misma. 110 00:09:11,380 --> 00:09:15,900 Valorar el proyecto de presupuestos del centro y cualesquiera otras que sean atribuidas 111 00:09:15,900 --> 00:09:18,460 por la administración educativa. 112 00:09:18,460 --> 00:09:24,060 Con estas competencias, la LONLOE claramente otorga a los consejos escolares de los centros 113 00:09:24,060 --> 00:09:27,660 mayores responsabilidades y capacidad de decisión. 114 00:09:27,660 --> 00:09:34,460 Las elecciones de los consejos escolares se realizan para constituir consejos escolares 115 00:09:34,460 --> 00:09:40,860 de los centros de nueva creación, los nuevos centros que resulten de un proceso de desdoblamiento 116 00:09:40,860 --> 00:09:45,580 o desglose o de integración o fusión, y a los que se les haya asignado un número 117 00:09:45,580 --> 00:09:52,620 de código de identificación, de centro, se consideran también centros de nueva creación. 118 00:09:52,620 --> 00:09:57,900 Para renovar a los consejeros que han cumplido el mandato para el que fueron elegidos, los 119 00:09:57,900 --> 00:10:03,460 centros renuevan los miembros electos de sus consejos escolares por mitades cada dos años. 120 00:10:03,460 --> 00:10:09,100 Son excepciones por tener un periodo de mandato de consejo escolar de dos años, las escuelas 121 00:10:09,100 --> 00:10:14,580 infantiles casas de niños, los centros públicos de enseñanzas artísticas superiores y los 122 00:10:14,580 --> 00:10:19,060 centros de educación de personas adultas, y fundamentalmente las escuelas oficiales 123 00:10:19,060 --> 00:10:20,420 de idiomas. 124 00:10:20,420 --> 00:10:26,060 Para cubrir las vacantes que se hubieran producido en un sector del consejo escolar y no existieran 125 00:10:26,060 --> 00:10:31,020 candidatos de las últimas elecciones realizadas para sustituirlos, los candidatos elegidos 126 00:10:31,020 --> 00:10:35,980 para cubrir las vacantes finalizarían su mandato en la fecha en la que hubiera concluido 127 00:10:35,980 --> 00:10:39,220 el de los consejeros del sector a los que sustituyan. 128 00:10:39,220 --> 00:10:44,380 En los centros públicos de enseñanzas artísticas no se contempla en el procedimiento de elección 129 00:10:44,380 --> 00:10:50,140 para cubrir las vacantes de un sector, sino la sustitución por los candidatos con mayor 130 00:10:50,140 --> 00:10:51,940 número de votos. 131 00:10:51,940 --> 00:10:56,820 Las elecciones de los consejos escolares de centros con carácter general se realizan 132 00:10:56,820 --> 00:11:00,100 durante el primer trimestre del curso académico. 133 00:11:00,100 --> 00:11:05,540 La normativa que regula el proceso electoral de los consejos escolares sostenidos con fondos 134 00:11:05,540 --> 00:11:10,740 públicos se rige por los reglamentos que regulan la composición y el funcionamiento 135 00:11:10,740 --> 00:11:12,940 de los consejos escolares. 136 00:11:12,940 --> 00:11:18,860 Recientemente el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid ha publicado orientaciones sobre 137 00:11:18,860 --> 00:11:23,580 las elecciones a consejos escolares 2021-2022. 138 00:11:23,580 --> 00:11:28,660 Les invito a que las consulte para aclarar cuestiones relacionadas con este proceso. 139 00:11:28,660 --> 00:11:30,820 Hablemos del clustro de profesores. 140 00:11:30,820 --> 00:11:36,260 El clustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el 141 00:11:36,260 --> 00:11:41,900 gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su 142 00:11:41,900 --> 00:11:46,660 caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro. 143 00:11:46,660 --> 00:11:48,820 ¿Qué profesores lo constituyen? 144 00:11:48,820 --> 00:11:52,940 Pues lo constituyen profesores titulares que imparten enseñanzas, profesores titulares 145 00:11:52,940 --> 00:11:59,820 que desempeñan tareas de apoyo a enseñanzas o modalidades educativas, profesores interinos, 146 00:11:59,820 --> 00:12:05,540 profesores sustitutos, profesores en comisión de servicios, educadores, profesores de extensiones 147 00:12:05,540 --> 00:12:10,980 y secciones de centros, profesores especialistas, profesores de religión, etc. 148 00:12:10,980 --> 00:12:16,300 El clustro está presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los 149 00:12:16,300 --> 00:12:20,180 profesores que prestan servicios en el centro. 150 00:12:20,180 --> 00:12:28,100 Las competencias que recoge la Ley Orgánica del 95 sobre participación, evaluación y 151 00:12:28,140 --> 00:12:34,220 gobierno de los centros docentes ya describía las competencias del claustro de profesores. 152 00:12:34,220 --> 00:12:39,420 Las leyes posteriores orgánicas mantienen prácticamente las mismas competencias al 153 00:12:39,420 --> 00:12:45,220 claustro de profesores con leves modificaciones promovidas por la Ley Orgánica de Educación 154 00:12:45,220 --> 00:12:46,220 de 2006. 155 00:12:46,220 --> 00:12:52,580 Por lo tanto, la LOMLOE no aporta nada nuevo a este órgano de gobierno. 156 00:12:52,580 --> 00:12:55,980 El claustro de profesores tiene las siguientes competencias. 157 00:12:55,980 --> 00:13:00,220 Formular al equipo directivo y al consejo escolar propuestas para la elaboración de 158 00:13:00,220 --> 00:13:04,100 proyectos del centro y la programación general anual. 159 00:13:04,100 --> 00:13:09,220 Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos 160 00:13:09,220 --> 00:13:11,180 y de la programación. 161 00:13:11,180 --> 00:13:16,500 Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los 162 00:13:16,500 --> 00:13:17,740 alumnos. 163 00:13:17,740 --> 00:13:23,100 Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y la investigación pedagógica. 164 00:13:23,100 --> 00:13:26,460 Y en la formación del profesorado del centro. 165 00:13:26,460 --> 00:13:32,180 Elegir a sus representantes en el consejo escolar del centro y participar en la selección 166 00:13:32,180 --> 00:13:33,620 del director. 167 00:13:33,620 --> 00:13:39,360 Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por 168 00:13:39,360 --> 00:13:41,020 los candidatos. 169 00:13:41,020 --> 00:13:46,380 Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento 170 00:13:46,380 --> 00:13:51,180 escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el 171 00:13:51,180 --> 00:13:52,580 centro. 172 00:13:52,580 --> 00:13:57,820 Informar las normas de organización y funcionamiento del centro. 173 00:13:57,820 --> 00:14:03,860 Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar porque 174 00:14:03,860 --> 00:14:07,180 éstas se abstengan a la normativa vigente. 175 00:14:07,180 --> 00:14:12,620 Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro y cualesquiera 176 00:14:12,620 --> 00:14:17,740 otras que le sean atribuidas por la administración educativa o por las respectivas normas de 177 00:14:17,740 --> 00:14:20,060 organización y funcionamiento. 178 00:14:20,060 --> 00:14:25,060 Constituidos los órganos colegiados en un centro y una vez concretadas las reuniones 179 00:14:25,060 --> 00:14:29,860 mínimas de obligada realización, interesa que los miembros del consejo escolar y del 180 00:14:29,860 --> 00:14:36,020 claustro de profesores conozcan de un modo detallado y práctico todo el proceso que 181 00:14:36,020 --> 00:14:41,420 la actuación de cada una de las sesiones en las que deben intervenir tienen que ejecutar. 182 00:14:41,420 --> 00:14:45,980 Hay una publicación muy interesante de la Dirección General de Centros Docentes de 183 00:14:45,980 --> 00:14:50,780 la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid de 2002, cuyo autor es Jerónimo 184 00:14:50,780 --> 00:14:52,700 Martín Torres. 185 00:14:52,700 --> 00:14:58,380 Su título es Actuación de los órganos colegiados en los centros educativos, problemática y 186 00:14:58,380 --> 00:14:59,780 respuestas. 187 00:14:59,780 --> 00:15:05,180 Este texto analiza con precisión y rigor la complejidad que lleva implícita cualquier 188 00:15:05,180 --> 00:15:10,740 actuación de los órganos colegiados y la relevancia que tiene el que sus miembros conozcan 189 00:15:10,740 --> 00:15:13,780 cómo afrontar y ejecutar con rigor la misma. 190 00:15:13,780 --> 00:15:18,660 Desarrolla y describe de forma detallada la práctica de las actuaciones habituales 191 00:15:18,660 --> 00:15:21,260 y propias de estos órganos colegiados. 192 00:15:21,260 --> 00:15:26,020 Define que cualquier proceso de actuación de los órganos colegiados pasa por varias 193 00:15:26,020 --> 00:15:32,620 fases, desde la convocatoria, la adopción y toma de acuerdos, deliberaciones y votaciones 194 00:15:32,620 --> 00:15:36,980 concluyendo con el levantamiento del acta correspondiente en la que se recoge todo lo 195 00:15:36,980 --> 00:15:42,820 tratado en esta actuación, vigencia y efectos de los acuerdos adoptados, certificaciones 196 00:15:42,820 --> 00:15:43,820 de los mismos. 197 00:15:43,820 --> 00:15:50,060 A modo de ejemplo, esta propia convocatoria en sí es una diligencia de trascendencia 198 00:15:50,060 --> 00:15:53,580 que implica conocer de forma detallada cómo debe realizarse. 199 00:15:53,580 --> 00:16:00,140 Decisión de la convocatoria, clases de convocatoria, quién convoca y quién realiza la convocatoria, 200 00:16:00,140 --> 00:16:05,340 primera y segunda convocatoria, circunstancias del lugar y el tiempo de la misma, asuntos 201 00:16:05,340 --> 00:16:10,700 a tratar, orden del día, envío y recepción de la convocatoria y modelo de convocatoria, 202 00:16:10,700 --> 00:16:13,700 además de la documentación anexa a la misma. 203 00:16:13,700 --> 00:16:18,200 Este es un ejemplo sencillo que pone de manifiesto la dimensión de la ejecución de cualquier 204 00:16:18,200 --> 00:16:23,380 actuación y la importancia de conocer cómo se tienen que desarrollar los procesos regulados 205 00:16:23,380 --> 00:16:27,500 en los correspondientes reglamentos orgánicos de las distintas enseñanzas. 206 00:16:27,500 --> 00:16:32,500 En la publicación citada se abordan de forma muy práctica todos los procedimientos que 207 00:16:32,500 --> 00:16:37,980 implican las actuaciones de los órganos colegiados, incluso aportan modelos y asesoramiento de 208 00:16:37,980 --> 00:16:42,380 cómo abordar una correcta cumplimentación de la documentación. 209 00:16:42,380 --> 00:16:48,020 Para finalizar quiero insistir en que la doble función participativa y gestora en la que 210 00:16:48,020 --> 00:16:52,220 los distintos sectores de nuestra sociedad actual intervienen en la vida de los centros 211 00:16:52,220 --> 00:16:56,100 educativos es a través de estos dos órganos colegiados. 212 00:16:56,100 --> 00:17:01,740 La responsabilidad extraordinaria que tienen los órganos colegiados implica la gestión 213 00:17:01,740 --> 00:17:07,620 académica, económica y organizativa de los centros, por lo tanto el nivel de conocimiento 214 00:17:07,620 --> 00:17:13,820 que tienen que poseer o adquirir los responsables y miembros de estos órganos es fundamental 215 00:17:13,820 --> 00:17:16,620 para garantizar óptimos resultados. 216 00:17:16,620 --> 00:17:22,660 Este es el mensaje que les quiero trasladar al finalizar esta exposición, la trascendental 217 00:17:22,660 --> 00:17:28,480 importancia que la norma otorga a los órganos colegiados de los centros educativos, la concienciación 218 00:17:28,480 --> 00:17:34,300 y motivación que los miembros de estos órganos colegiados tienen que tener y conocer y dominar 219 00:17:34,300 --> 00:17:40,100 los procesos que gestionan las distintas actuaciones de los mismos que como hemos descrito 220 00:17:40,100 --> 00:17:43,420 encierran complejidad, exigencia y rigor. 221 00:17:43,420 --> 00:17:49,580 Les animo a que como partícipes de estos órganos colegiados se conciencien de su relevancia 222 00:17:49,580 --> 00:17:52,700 y se preparen para favorecer su buen funcionamiento.