1 00:00:00,800 --> 00:00:12,949 En este vídeo vamos a completar la contabilización del arrendamiento financiero y el arrendamiento 2 00:00:12,949 --> 00:00:19,920 operativo que comenzamos en el vídeo anterior. Este segundo ejemplo presenta la compra de un 3 00:00:19,920 --> 00:00:24,760 vehículo industrial mediante la firma de un contrato de leasing con opción de compra. La 4 00:00:24,760 --> 00:00:30,500 particularidad de este caso es que se trata de cuotas semestrales y prepagables, lo que implica 5 00:00:30,500 --> 00:00:35,359 que las cuotas se pagan al principio de cada periodo y que la primera cuota no tiene interés. 6 00:00:35,359 --> 00:00:42,219 Al igual que en el ejemplo anterior, contabilizaremos los dos primeros años para una adecuada comprensión del supuesto 7 00:00:42,219 --> 00:00:47,969 Comenzamos contabilizando el año X0 8 00:00:47,969 --> 00:00:56,990 En la fecha de compra, 1 del 5 del X0, contabilizamos el valor al contado del bien en la cuenta 2.18 elementos de transporte 9 00:00:57,270 --> 00:01:03,149 Teniendo como contrapartida en la cuenta 524 acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo 10 00:01:03,149 --> 00:01:07,129 El importe de las dos cuotas de capital que vencen en el año X0 11 00:01:07,129 --> 00:01:13,750 y que vienen dadas en el cuadro de financiación, recogiendo en la cuenta 174 el resto de la deuda. 12 00:01:15,569 --> 00:01:21,790 A continuación, en la misma fecha, 1 del 5 del X0, contabilizamos el pago de la primera cuota, 13 00:01:22,209 --> 00:01:27,609 que al ser prepagable no tiene intereses, puesto que se paga en el mismo momento de la firma del contrato. 14 00:01:28,790 --> 00:01:31,769 Respecto al método de amortización que seguimos en el primer ejemplo, 15 00:01:32,349 --> 00:01:35,609 en este caso no realizamos un primer asiento de imputación de intereses, 16 00:01:35,609 --> 00:01:42,230 puesto que esta primera cuota no los tiene. La cuota 2 vence en el mes de noviembre de este 17 00:01:42,230 --> 00:01:47,849 mismo año. Ahora sí realizamos un primer asiento de imputación de los intereses de esta cuota 2, 18 00:01:47,849 --> 00:01:53,269 recogidos en el cuadro de financiación y los contabilizamos como gasto de ejercicio en la 19 00:01:53,269 --> 00:02:03,569 cuota 6.6.2 con abono a la cuenta 524 y con fecha 31 del 10 del X0. Con fecha 1 del 11 del X0, 20 00:02:03,569 --> 00:02:09,069 contabilizamos el pago de la cuota 2 con un asiento exactamente igual al realizado al pagar 21 00:02:09,069 --> 00:02:14,949 la cuota 1. Recordemos que contabilizando con este método de primero imputar intereses y después 22 00:02:14,949 --> 00:02:22,370 pagar cuotas el asiento del pago de estas siempre es el mismo. Pasamos ahora a los asientos de cierre 23 00:02:22,370 --> 00:02:27,229 de ejercicio correspondientes al leasing. A diferencia del ejemplo 1 que vimos en el vídeo 24 00:02:27,229 --> 00:02:33,030 anterior en el que coincidían pago de cuotas con cierre de ejercicio en este caso la siguiente 25 00:02:33,030 --> 00:02:40,750 cuota, la 3, se pagará ya en el año X1. Pero desde el pago de la anterior cuota, la 2, a partir del 26 00:02:40,750 --> 00:02:46,689 1 del 11 del X0, comienzan a devengarse los intereses de la cuota 3, que se pagarán el 1 27 00:02:46,689 --> 00:02:52,629 del 5 del X1. Pero parte de estos intereses, los correspondientes a los meses de noviembre y 28 00:02:52,629 --> 00:02:58,849 diciembre del año X0, aplicando el principio del devengo, tienen que contabilizarse como gasto del 29 00:02:58,849 --> 00:03:06,449 ejercicio X0. Para ello, el 31 del 12 del X0 realizamos el asiento de imputación de 30 00:03:06,449 --> 00:03:12,110 intereses de estos dos meses. Primero calculamos los intereses correspondientes a los dos meses. 31 00:03:12,930 --> 00:03:17,870 Para ello multiplicamos el total de intereses correspondiente a la cuota 3 por dos sextos 32 00:03:17,870 --> 00:03:24,550 y lo contabilizamos como gasto del ejercicio en la cuenta 6 y 2, con abono la cuenta 524, 33 00:03:24,550 --> 00:03:28,669 ya que el pago de los mismos se producirá con la cuota 3 en el corto plazo. 34 00:03:28,849 --> 00:03:35,490 A continuación reclasificamos las cuotas 3 y 4 de capital que vencen en el año X1 35 00:03:35,490 --> 00:03:41,909 Y por último contabilizamos la amortización del vehículo correspondiente a los 8 meses del año X0 36 00:03:41,909 --> 00:03:46,150 Desde que se firmó el contrato hasta el cierre del ejercicio 37 00:03:46,150 --> 00:03:51,759 Pasamos a contabilizar el año X1 38 00:03:51,759 --> 00:04:00,020 El primer asiento consistirá en el 30 de 4 del X1 imputar los intereses que faltan de la cuota 3 39 00:04:00,020 --> 00:04:03,639 y que corresponden a los meses de enero a abril del año X1. 40 00:04:04,159 --> 00:04:08,840 Para ello multiplicamos el total de intereses de la cuota 3 por 4 sextos 41 00:04:08,840 --> 00:04:14,979 y los contabilizamos al igual que antes en la cuenta 662 abonando en la cuenta 524. 42 00:04:16,279 --> 00:04:19,600 A continuación contabilizamos el apago de la cuota 3. 43 00:04:22,819 --> 00:04:29,959 Con fecha 30 del 10 del X1 imputamos la totalidad de intereses de la cuota 4 recogidos en el cuadro de financiación. 44 00:04:29,959 --> 00:04:36,639 A continuación, con fecha 1 del 11 del X1, contabilizamos el pago de la cuota 4 45 00:04:36,639 --> 00:04:42,540 Y llegamos al cierre del ejercicio para contabilizar los asientos correspondientes al leasing 46 00:04:42,540 --> 00:04:45,540 de la misma manera que lo realizado en el año X0 47 00:04:45,540 --> 00:04:50,040 Primero, imputamos los intereses correspondientes a la cuota 5 48 00:04:50,040 --> 00:04:53,040 devengados en noviembre y diciembre del año X1 49 00:04:53,040 --> 00:04:55,379 pero que se pagarán en el X2 50 00:04:56,100 --> 00:05:05,620 Para ello multiplicamos la totalidad de los intereses de dicha cuota recogidos en el cuadro de financiación, 1.240,75, por 2 sextos. 51 00:05:06,740 --> 00:05:12,980 Después reclasificamos la deuda de capital correspondiente a las cuotas 5 y 6 que vencen el siguiente año. 52 00:05:13,860 --> 00:05:16,779 Y por último contabilizamos la amortización de un año. 53 00:05:18,199 --> 00:05:22,459 Con estos asientos finalizaríamos la contabilización de estos dos años de ejemplo, 54 00:05:22,459 --> 00:05:26,920 siendo la contabilidad del año restante similar a estos dos años. 55 00:05:30,310 --> 00:05:33,189 Pasamos ahora al concepto de arrendamiento operativo. 56 00:05:34,089 --> 00:05:38,949 La diferencia fundamental con el arrendamiento financiero es que en este caso no se contempla 57 00:05:38,949 --> 00:05:42,769 al finalizar el contrato el pago de una opción de compra 58 00:05:42,769 --> 00:05:46,810 por lo que el bien objeto del mismo no pasará a ser propiedad de la arrendataria. 59 00:05:47,449 --> 00:05:53,449 En este caso todos los riesgos inherentes al bien objeto del contrato corren por cuenta del arrendador. 60 00:05:56,490 --> 00:06:00,329 Planteamos el caso de un renting, un arrendamiento operativo de un vehículo. 61 00:06:01,350 --> 00:06:07,129 En este caso, las cuotas de arrendamiento incluyen conceptos tales como mantenimiento, seguro, etc. 62 00:06:07,970 --> 00:06:14,350 El arrendamiento operativo se contabiliza como un gasto del ejercicio en la cuenta 621 Arrendamientos y Cargas. 63 00:06:15,290 --> 00:06:23,689 Este arrendamiento está sujeto a IVA, por lo que se contabiliza en la cuenta 472 el 21% de la base imponible, que es el importe de la cuota. 64 00:06:23,689 --> 00:06:31,009 La contrapartida es la cuenta de pasivo 410 a acreedores por prestación de servicios. 65 00:06:31,009 --> 00:06:36,850 A continuación contabilizamos el pago de la cuota a través del banco. 66 00:06:36,850 --> 00:06:41,870 En ningún momento se da de alta el bien común inmovilizado, simplemente se trata como un 67 00:06:41,870 --> 00:06:45,379 gasto del ejército.