1 00:00:10,099 --> 00:00:15,480 En este último vídeo se van a desarrollar las distintas normativas existentes en el 2 00:00:15,480 --> 00:00:21,500 sector de la eficiencia energética. En primer lugar, se desglosarán el Real Decreto 47 3 00:00:21,500 --> 00:00:29,800 barra 2007 y el Real Decreto 235 barra 2013. En ello se desarrollarán a nivel estatal 4 00:00:29,800 --> 00:00:33,859 los procedimientos necesarios para la obtención del Certificado de Eficiencia Energética de 5 00:00:33,859 --> 00:00:39,020 Edificios. Además, se tratarán los distintos reglamentos técnicos en vigor en materia 6 00:00:39,020 --> 00:00:43,740 de eficiencia energética, tales como el Código Técnico de la Edificación y el Reglamento 7 00:00:43,740 --> 00:00:48,500 de Instalaciones Térmicas de Edificios. Por otra parte, hablaremos de la normativa 8 00:00:48,500 --> 00:00:53,600 autonómica de la Comunidad de Madrid y de las normativas a nivel europeo que pretenden 9 00:00:53,600 --> 00:00:59,100 instaurar el concepto de ahorro energético. Este Real Decreto, en vigencia hasta el 14 10 00:00:59,100 --> 00:01:07,099 de abril de 2013, traslada a la legislación española la Directiva 2002-91-CE del Parlamento 11 00:01:07,099 --> 00:01:12,079 Europeo en lo referente a la eficiencia energética. En él se establecen los procedimientos a 12 00:01:12,079 --> 00:01:16,120 seguir para proceder a la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva 13 00:01:16,120 --> 00:01:22,459 construcción. Este procedimiento será desarrollado por la comunidad autónoma correspondiente, 14 00:01:23,219 --> 00:01:26,900 al igual que el desarrollo de un registro de certificaciones para su control e inspección. 15 00:01:27,459 --> 00:01:33,459 En el Real Decreto 47-2007 se establecen por primera vez las bases para indicar los edificios 16 00:01:33,459 --> 00:01:39,620 que estarán sujetos a esta normativa. Además, se indican diversos artículos cuyos conceptos 17 00:01:39,620 --> 00:01:44,640 más importantes son los que se muestran en pantalla. Se establece dos procedimientos 18 00:01:44,640 --> 00:01:49,760 para establecer la calificación energética de un edificio, la opción general y la opción 19 00:01:49,760 --> 00:01:55,700 simplificada que hemos visto en vídeos anteriores. Se indica la necesidad de establecer la calificación 20 00:01:55,700 --> 00:02:01,980 energética del edificio en base de proyecto, construcción y como edificio terminado. Y 21 00:02:01,980 --> 00:02:07,159 se establece en 10 años la fecha límite de validez de los certificados. Pasados estos 22 00:02:07,159 --> 00:02:12,680 años se deberá proceder a su renovación. Mediante la aprobación de este Real Decreto 23 00:02:12,680 --> 00:02:18,800 se procede a la derogación del Real Decreto 47-2007, comentado en la diapositiva anterior. 24 00:02:20,520 --> 00:02:24,599 Durante el desarrollo de este se aprueba el procedimiento necesario para la certificación 25 00:02:24,599 --> 00:02:31,719 de la eficiencia energética. Se adopta de este modo la Directiva Europea 2010-31-UE 26 00:02:31,719 --> 00:02:39,139 que será tratada más adelante. De su contenido podemos destacar. Se aprueba el procedimiento 27 00:02:39,139 --> 00:02:43,180 necesario para la obtención del certificado de eficiencia energética en los edificios de 28 00:02:43,180 --> 00:02:48,780 nueva construcción y en aquellos ya existentes. El certificado de eficiencia energética será 29 00:02:48,780 --> 00:02:54,900 exigible para la firma de contratos de alquiler o compraventa a partir del 1 de junio de 2013 y la 30 00:02:54,900 --> 00:02:59,780 certificación de un edificio ya existente será llevado a cabo por un técnico competente que será 31 00:02:59,780 --> 00:03:05,800 elegido de manera libre por el propietario. Mediante la aprobación de este Real Decreto 32 00:03:05,800 --> 00:03:15,159 se deroga el anterior, el 235 barra 2013 de 5 de abril. Es importante mencionar que este 33 00:03:15,159 --> 00:03:20,879 Real Decreto se aprueba con el Gran Pacto Verde Europeo, donde se habla de una oleada 34 00:03:20,879 --> 00:03:25,860 de renovación. Aquí hacen hincapié en que la certificación energética de los edificios 35 00:03:25,860 --> 00:03:31,060 adquirirá un papel muy relevante dentro de esta oleada de renovación. 36 00:03:31,560 --> 00:03:36,680 El Código Técnico de la Edificación establece en materia de seguridad y habitabilidad 37 00:03:36,680 --> 00:03:40,139 la normativa que debe cumplirse en la construcción de edificios. 38 00:03:41,099 --> 00:03:45,680 Para ello se tratará durante el desarrollo del mismo diversas exigencias básicas 39 00:03:45,680 --> 00:03:47,719 entre las que se encuentra el ahorro de energía. 40 00:03:48,120 --> 00:03:53,699 Básicamente, el desarrollo de esta normativa buscará promover un desarrollo energético sostenible 41 00:03:53,699 --> 00:03:57,879 a la vez que facilitar un hábitat confortable para el usuario. 42 00:03:58,259 --> 00:04:03,080 En el estudio del documento básico de ahorro energético se tratarán aspectos diversos 43 00:04:03,080 --> 00:04:05,680 como el establecimiento de las reglas y los procedimientos 44 00:04:05,680 --> 00:04:10,639 que permitirán cumplir con unas determinadas exigencias previamente establecidas. 45 00:04:11,680 --> 00:04:17,100 Estas exigencias se clasificarán en cinco secciones cuyo cumplimiento ratifican el ahorro energético. 46 00:04:18,399 --> 00:04:21,120 HE1. Limitación de demanda energética. 47 00:04:21,120 --> 00:04:31,339 Se establecen en esta exigencia los requisitos que deberán cumplir las envolventes de los edificios para proporcionar un adecuado bienestar térmico a los ocupantes del interior. 48 00:04:33,639 --> 00:04:36,939 HE2. Rendimiento de las instalaciones térmicas. 49 00:04:37,899 --> 00:04:43,720 Esta exigencia está encaminada a proporcionar a los usuarios del edificio un bienestar térmico adecuado. 50 00:04:45,300 --> 00:04:51,399 Tenemos que tener en cuenta que esta exigencia se desarrolla en el RITE, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. 51 00:04:51,399 --> 00:05:10,800 H.E.3. Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. Se desarrollarán aquí las características necesarias que deberá disponer el alumbrado para proporcionar al usuario una iluminación adecuada. Para ello se hará uso de un sistema que permita iluminar únicamente las zonas ocupadas y optimizar la luz natural. 52 00:05:10,800 --> 00:05:14,800 HE4, contribución solar mínima de ACS 53 00:05:14,800 --> 00:05:22,759 Mediante esta exigencia se darán las indicaciones para que aquellos edificios en los que se prevea el uso de ACS o bien de piscina cubierta 54 00:05:22,759 --> 00:05:26,560 una parte de la energía demandada se cubra mediante el uso de energía solar 55 00:05:26,560 --> 00:05:32,240 Y por último, EH5, contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica 56 00:05:32,240 --> 00:05:37,060 Se indicará en esta exigencia la inclusión de sistemas solares de captación 57 00:05:37,060 --> 00:05:41,040 y la transformación en energía eléctrica para su aprovechamiento posterior 58 00:05:41,040 --> 00:05:45,439 bien por el usuario o por su inclusión a la red eléctrica general 59 00:05:45,439 --> 00:05:52,819 Como vemos, el CTE y en concreto el documento básico de ahorro de energía 60 00:05:52,819 --> 00:05:56,459 será una herramienta indispensable a la hora de llevar a cabo 61 00:05:56,459 --> 00:06:00,500 la elaboración del certificado de eficiencia energética por parte de nuestros alumnos 62 00:06:00,500 --> 00:06:11,139 Por ello, será importante que hagamos hincapié como docentes en familiarizar al alumnado con su uso, ya que será un documento esencial en el desarrollo de este módulo. 63 00:06:11,459 --> 00:06:21,240 Mediante el Real Decreto 390-2021, se establece que será competencia de las comunidades autónomas llevar a cabo el procedimiento en materia de certificación energética. 64 00:06:21,240 --> 00:06:30,399 Se creará de este modo un registro que permitirá llevar a cabo los trabajos de inspección, control técnico y administración en lo referente a los certificados de eficiencia energética. 65 00:06:30,500 --> 00:06:42,959 Mediante la publicación de la Orden de 14 de junio de 2013, se crea el Registro Electrónico de Certificados para la Eficiencia Energética en Edificios de Nueva Construcción ubicados en terrenos de la Comunidad de Madrid. 66 00:06:44,100 --> 00:06:48,139 Además, se procede a regularizar su organización y funcionamiento. 67 00:06:48,139 --> 00:06:57,680 De este modo, la Comunidad de Madrid será la responsable de garantizar la información objetiva sobre la adquisición de nuevas viviendas, ya sean para alquiler o venta. 68 00:06:58,500 --> 00:07:00,680 Este registro tendrá diversas funciones. 69 00:07:01,740 --> 00:07:06,139 Por un lado, únicamente incluirá información sobre la eficiencia energética del edificio. 70 00:07:07,459 --> 00:07:10,620 Será de obligada inscripción por parte del promotor o del propietario 71 00:07:10,620 --> 00:07:17,160 y deberá realizarse en los formatos que se incluyen en la resolución del 19 de julio de 2013. 72 00:07:17,660 --> 00:07:23,600 Esta tramitación de registro podrá llevarse a cabo a partir de dos vías, 73 00:07:24,339 --> 00:07:27,079 bien por presentación telemática en la página web 74 00:07:27,079 --> 00:07:39,259 o mediante presentación presencial, donde toda la documentación deberá ser presentada en el registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. 75 00:07:40,259 --> 00:07:46,319 La Unión Europea, en su compromiso por luchar contra el cambio climático, no deja de fijar nuevos objetivos. 76 00:07:47,399 --> 00:07:56,100 Existe un compromiso de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 40% de aquí a 2030, en comparación con 1990. 77 00:07:57,920 --> 00:08:03,220 También de aumentar un 27% la cuota de aprovechamiento de las fuentes de energía renovable. 78 00:08:04,420 --> 00:08:10,959 Y, por supuesto, de reducir el consumo energético mediante la mejora de la eficiencia energética en un 27%. 79 00:08:10,959 --> 00:08:24,399 Por tanto, el objetivo de la Directiva 2018-844 de la Unión Europea es establecer un sistema energético sostenible, competitivo y descarbonizado de aquí a 2050. 80 00:08:25,339 --> 00:08:30,480 Algunos de los objetivos que se plantean en la Directiva 2018 son los que aparecen en pantalla. 81 00:08:31,660 --> 00:08:34,460 El primero, descarbonizar el parque inmobiliario. 82 00:08:34,899 --> 00:08:41,200 El 50% del consumo de energía final en la Unión Europea se atribuye a la calefacción y refrigeración. 83 00:08:42,220 --> 00:08:46,240 De este 50%, el 80% se consume en los edificios. 84 00:08:47,440 --> 00:08:51,879 Por tanto, se debe renovar el parque inmobiliario existente desde un punto de vista energético. 85 00:08:51,879 --> 00:08:58,360 También hace hincapié en el acceso igualitario a la financiación para la renovación de los edificios de la Unión Europea. 86 00:08:59,000 --> 00:09:05,620 El acceso igualitario a la financiación es el primer requisito imprescindible para abordar la renovación profunda del parque inmobiliario. 87 00:09:06,600 --> 00:09:11,440 Los edificios existentes deben ser rehabilitados para alcanzar el estándar de consumo casi nulo de energía 88 00:09:11,440 --> 00:09:19,100 y para ello es necesario adoptar medidas que permitan que dicha renovación se pueda realizar también en las situaciones más desfavorecidas. 89 00:09:19,759 --> 00:09:27,399 Estas situaciones pueden ser los edificios con peor rendimiento, los consumidores que sufren pobreza energética o las viviendas sociales. 90 00:09:27,740 --> 00:09:35,019 La calidad edificatoria contribuye al confort y al bienestar. Garantizar un aislamiento completo y homogéneo del edificio es la clave. 91 00:09:35,700 --> 00:09:41,940 Financiación inteligente para edificios inteligentes. Los mecanismos que propone para la renovación energética de los edificios son 92 00:09:41,940 --> 00:09:45,019 Fomento de las hipotecas que premien la eficiencia energética 93 00:09:45,019 --> 00:09:51,360 Y promoción pública de las inversiones para un parque edificatorio eficiente desde el punto de vista del consumo energético 94 00:09:51,360 --> 00:09:54,879 Y por último, la electromovilidad vinculada a los edificios 95 00:09:54,879 --> 00:10:00,419 Es decir, desarrollo de infraestructuras para la recarga inteligente de vehículos eléctricos 96 00:10:00,419 --> 00:10:03,279 Tanto en edificios residenciales como no residenciales 97 00:10:03,279 --> 00:10:11,580 Espero que este vídeo os haya ayudado a conocer la extensa normativa existente en materia de eficiencia energética y energías renovables 98 00:10:11,580 --> 00:10:16,919 Sin embargo, tengo que recalcar la necesidad y la importancia que posee el gasto energético 99 00:10:16,919 --> 00:10:20,940 para mantener el nivel de confort adecuado dentro de un edificio 100 00:10:20,940 --> 00:10:25,700 y este debe ser el objetivo clave que debemos transmitir a nuestros alumnos.