1 00:00:07,540 --> 00:00:21,379 Los documentos organizativos del centro se encuentran regulados con carácter general en el título V de la Ley Orgánica 2.2006 de 3 de mayo de Educación, que lleva por título Participación, Autonomía y Gobierno de los Centros. 2 00:00:21,620 --> 00:00:37,000 En concreto, el capítulo II, en su artículo 120, apartado I, señala que los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente ley y en las normas que la desarrollen. 3 00:00:37,539 --> 00:00:51,359 Y el apartado segundo precisa, los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro. 4 00:00:51,359 --> 00:01:00,200 Por tanto, sin perjuicio del desarrollo que den a estos artículos las administraciones educativas, los documentos organizativos de los centros son 5 00:01:00,200 --> 00:01:07,739 Proyecto educativo, proyecto de gestión, normas de organización y funcionamiento 6 00:01:07,739 --> 00:01:13,120 La autonomía pedagógica del centro se concreta en su proyecto educativo 7 00:01:13,120 --> 00:01:19,879 Mucho más detallado tras la modificación del artículo 121.1 de la LOE, que debe recoger 8 00:01:20,659 --> 00:01:29,680 Los valores, los fines y las prioridades de actuación, es decir, la filosofía propia del centro que le confiere su personalidad específica 9 00:01:29,680 --> 00:01:43,519 La concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa, que corresponde fijar y aprobar al claustro, adaptados a las necesidades de su contexto educativo, en el marco de los valores, fines y prioridades antes expuestas. 10 00:01:44,400 --> 00:01:53,420 Esta concreción debe basarse en los principios objetivos y metodología propios de un aprendizaje competencial orientado al ejercicio de una ciudadanía activa. 11 00:01:53,739 --> 00:01:59,200 Asimismo, incluirá un tratamiento transversal de la educación en valores que incluya referencias a 12 00:01:59,200 --> 00:02:06,260 el desarrollo sostenible, la igualdad entre mujeres y hombres, la igualdad de trato y no discriminación 13 00:02:06,260 --> 00:02:11,680 y la prevención de la violencia contra las niñas y las mujeres, del acoso y del ciberacoso escolar, 14 00:02:12,280 --> 00:02:14,659 la cultura de paz y los derechos humanos. 15 00:02:15,460 --> 00:02:19,819 El PEC recogerá también la forma de atención a la diversidad del alumnado, 16 00:02:19,819 --> 00:02:26,060 Las medidas relativas a la acción tutorial, el plan de convivencia, el plan de lectura, 17 00:02:26,919 --> 00:02:33,099 las medidas académicas que se adoptarán para favorecer y formar en la igualdad, particularmente de mujeres y hombres. 18 00:02:33,840 --> 00:02:42,780 Un plan de mejora que se revisará periódicamente en el que a partir del análisis de los diferentes procesos de evaluación del alumnado y del propio centro, 19 00:02:42,780 --> 00:02:48,939 se planteen las estrategias y actuaciones necesarias para mejorar los resultados educativos 20 00:02:48,939 --> 00:02:54,060 y los procedimientos de coordinación y de relación con las familias y el entorno. 21 00:02:54,699 --> 00:03:00,219 El PEC deberá hacerse público con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. 22 00:03:01,340 --> 00:03:06,620 Deberá impulsarse la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria 23 00:03:06,620 --> 00:03:11,479 y de los de educación secundaria obligatoria, con objeto de que la incorporación de los 24 00:03:11,479 --> 00:03:15,120 alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva. 25 00:03:15,939 --> 00:03:20,699 Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias y el propio centro en los 26 00:03:20,699 --> 00:03:26,560 que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar 27 00:03:26,560 --> 00:03:29,300 para mejorar el rendimiento académico del alumnado. 28 00:03:30,000 --> 00:03:36,219 La autonomía de gestión económica del centro se concreta en su proyecto de gestión, que 29 00:03:36,219 --> 00:03:42,539 debe recoger, la ordenación y utilización de sus recursos, tanto materiales como humanos. 30 00:03:43,719 --> 00:03:48,780 Los centros públicos podrán formular requisitos de titulación y capacitación profesional 31 00:03:48,780 --> 00:03:54,599 respecto de determinados puestos de trabajo del centro. Las administraciones educativas 32 00:03:54,599 --> 00:03:59,280 podrán delegar en los órganos de gobierno de los centros públicos las competencias 33 00:03:59,280 --> 00:04:04,780 que determinen, incluidas las relativas a gestión de personal, responsabilizando a 34 00:04:04,780 --> 00:04:11,080 directores de la gestión de los recursos puestos a disposición del centro. La Comunidad de Madrid 35 00:04:11,080 --> 00:04:17,139 no ha regulado el proyecto de gestión, por lo que los centros siguen usando presupuesto y cuenta 36 00:04:17,139 --> 00:04:22,720 de gestión. La autonomía de organización del centro se concreta en sus normas de organización 37 00:04:22,720 --> 00:04:29,740 y funcionamiento que deben recoger. Un plan de convivencia que incorporarán a la programación 38 00:04:29,740 --> 00:04:36,759 general anual y que recogerá todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un 39 00:04:36,759 --> 00:04:41,800 buen clima de convivencia dentro del centro escolar, la concreción de los derechos y 40 00:04:41,800 --> 00:04:48,240 deberes de los alumnos y alumnas, las medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento, 41 00:04:49,160 --> 00:04:54,040 la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos, con especial atención 42 00:04:54,040 --> 00:05:00,139 a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación. 43 00:05:00,720 --> 00:05:06,100 Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento. 44 00:05:07,000 --> 00:05:14,259 Deberán concretar los deberes de los alumnos y alumnas, las medidas correctoras en caso 45 00:05:14,259 --> 00:05:20,759 de incumplimiento, que tendrán un carácter educativo y recuperador y deberán ser proporcionadas 46 00:05:20,759 --> 00:05:26,199 a las faltas cometidas. Aquellas conductas que atenten contra la dignidad personal de 47 00:05:26,199 --> 00:05:30,740 otros miembros de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una 48 00:05:30,740 --> 00:05:35,519 discriminación o acoso, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus 49 00:05:35,519 --> 00:05:42,660 características personales, sociales o educativas, tendrán la calificación de falta muy grave 50 00:05:42,660 --> 00:05:49,180 y llevarán asociada como medida correctora la expulsión temporal o definitiva del centro. 51 00:05:49,180 --> 00:05:54,899 Las medidas correctoras por la Comisión de Faltas Leves serán inmediatamente ejecutivas. 52 00:05:55,360 --> 00:06:01,980 Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. 53 00:06:02,819 --> 00:06:11,819 En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes 54 00:06:11,819 --> 00:06:18,720 tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad iuris tantum o salvo 55 00:06:18,720 --> 00:06:23,019 prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos 56 00:06:23,019 --> 00:06:28,160 derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas. 57 00:06:28,740 --> 00:06:33,959 Las administraciones educativas regularán los protocolos de actuación frente a indicios 58 00:06:33,959 --> 00:06:40,740 de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra manifestación 59 00:06:40,740 --> 00:06:47,399 de violencia. También regularán los requisitos y las funciones que debe desempeñar el coordinador 60 00:06:47,399 --> 00:06:53,579 o coordinadora de bienestar y protección, que debe designarse en todos los centros educativos, 61 00:06:54,040 --> 00:07:00,620 públicos y privados. La concreción anual y la planificación de todos los aspectos relativos 62 00:07:00,620 --> 00:07:06,259 a la organización y el funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, 63 00:07:06,259 --> 00:07:12,180 las normas y todos los planes de actuación acordados y aprobados serán recogidos por 64 00:07:12,180 --> 00:07:18,779 los centros en una programación general anual. Recomendaciones para la elaboración de los 65 00:07:18,779 --> 00:07:24,800 documentos organizativos del centro. Los documentos deben ser redactados por el 66 00:07:24,800 --> 00:07:31,819 equipo directivo, pero no elaborados por él. Debe asegurarse el máximo debate y la máxima 67 00:07:31,819 --> 00:07:38,339 participación. Debe analizarse previamente en profundidad el contexto del centro para detectar 68 00:07:38,339 --> 00:07:44,100 las verdaderas necesidades del alumnado. Debe lograrse que el centro se convierta en una 69 00:07:44,100 --> 00:07:49,819 comunidad de aprendizaje que discute, decide, aplica, evalúa y rectifica bajo el liderazgo 70 00:07:49,819 --> 00:07:56,259 pedagógico de la dirección. Los documentos deben ser sometidos a evaluación constante y modificados 71 00:07:56,259 --> 00:08:02,079 en función de las conclusiones alcanzadas. Los planes de mejora deben concretar áreas 72 00:08:02,079 --> 00:08:09,220 de mejora, objetivos, indicadores de logro, actuaciones, tareas, responsables, temporalización, 73 00:08:09,839 --> 00:08:11,819 medidas de seguimiento y evaluación.