1 00:00:04,780 --> 00:00:09,179 En primer lugar, antes de empezar a hablar sobre protección de datos, me gustaría presentarme. 2 00:00:09,759 --> 00:00:15,279 Me llamo Lucía Atena y actualmente soy la delegada de protección de datos de la Consejería de Educación. 3 00:00:15,779 --> 00:00:20,780 Pero no soy la delegada de los datos que se traten en el ámbito de la consejería, 4 00:00:21,219 --> 00:00:27,519 sino que también del tratamiento que se hace en todos los centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid. 5 00:00:28,359 --> 00:00:33,020 Por ese motivo, quería que supierais que yo soy vuestra delegada de protección de datos 6 00:00:33,020 --> 00:00:37,079 y que podéis acudir a mí y a mi equipo siempre que lo necesitéis, 7 00:00:37,539 --> 00:00:42,880 ya que mi labor, tal y como establece la normativa, es de asesoramiento y formación. 8 00:00:43,340 --> 00:00:45,920 En definitiva, que estamos aquí para ayudaros. 9 00:00:46,420 --> 00:00:51,200 Para que os deis cuenta de la importancia que tiene la materia de la que voy a hablaros, 10 00:00:51,600 --> 00:00:54,979 es preciso que os haga alusión a la Constitución Española, 11 00:00:55,439 --> 00:01:01,719 ya que en su artículo 18 hace mención al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar 12 00:01:01,719 --> 00:01:07,620 y a la propia imagen como derecho fundamental de todos los españoles. Además de la Constitución 13 00:01:07,620 --> 00:01:13,819 española, hay más normativa que protege estos derechos fundamentales. En primer lugar, 14 00:01:14,299 --> 00:01:19,780 hay que hacer alusión al Reglamento General de Protección de Datos, aprobado en 2018 15 00:01:19,780 --> 00:01:25,180 por la Unión Europea, y que sienta las bases de aplicación de la normativa en protección 16 00:01:25,180 --> 00:01:31,079 de datos. En nuestro país se aprobó la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía 17 00:01:31,079 --> 00:01:37,040 de los derechos digitales, que desarrolla la normativa europea y que incorpora un título 18 00:01:37,040 --> 00:01:43,599 muy interesante relativo a los derechos digitales, haciendo especial mención a la protección 19 00:01:43,599 --> 00:01:47,980 de los menores en Internet. La Agencia Española de Protección de Datos como autoridad de 20 00:01:47,980 --> 00:01:53,040 control ha elaborado una guía para centros educativos, que es de gran utilidad y que 21 00:01:53,040 --> 00:01:58,959 os recomiendo que consultéis. Está publicada en su página web. Para resolver dudas y buscar 22 00:01:58,959 --> 00:02:04,140 asesoramiento más concreto, la Delegación de Protección de Datos ha elaborado una página 23 00:02:04,140 --> 00:02:09,560 web en materia de protección de datos. Está en el entorno de EducaMadrid y allí podéis 24 00:02:09,560 --> 00:02:16,099 encontrar informes jurídicos, preguntas frecuentes, novedades y formación. Por último, no dejéis 25 00:02:16,099 --> 00:02:20,740 de consultarnos ante cualquier dificultad en nuestro buzón de correo electrónico 26 00:02:20,740 --> 00:02:28,039 protecciondatos.educacion.madrid.org. Antes de nada, es preciso hacer alusión a lo que 27 00:02:28,039 --> 00:02:33,840 es un dato personal. Parece un concepto sencillo, pero a veces no lo es tanto. El propio Reglamento 28 00:02:33,840 --> 00:02:39,080 General de Protección de Datos ha definido el concepto de dato personal como toda información 29 00:02:39,080 --> 00:02:45,680 sobre una persona física identificada o identificable. Se considera persona física identificable 30 00:02:45,680 --> 00:02:52,039 toda persona cuya identidad pueda determinarse directa o indirectamente, en particular mediante 31 00:02:52,039 --> 00:02:58,460 un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificador, datos de localización, 32 00:02:58,919 --> 00:03:03,759 un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, 33 00:03:03,960 --> 00:03:10,020 fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona. Es decir, 34 00:03:10,479 --> 00:03:15,740 un dato numérico como es el NIA del alumno es un dato personal y también sus iniciales y en 35 00:03:15,740 --> 00:03:20,159 definitiva cualquier elemento propio de su identidad que pudiera identificarle de alguna 36 00:03:20,159 --> 00:03:25,400 manera. Por tanto, debemos ser conscientes de que el concepto de dato personal es realmente 37 00:03:25,400 --> 00:03:30,560 amplio y que incluye algunas características propias del alumno como pueden ser su expediente 38 00:03:30,560 --> 00:03:35,819 académico, su rendimiento escolar o sus trabajos. No podemos olvidar que estamos hablando de 39 00:03:35,819 --> 00:03:40,879 un colectivo vulnerable, tal y como lo establece la propia normativa, ya que en muchas ocasiones 40 00:03:40,879 --> 00:03:45,280 estamos tratando con menores de edad. Así, el propio Reglamento General de Protección 41 00:03:45,280 --> 00:03:49,819 de Datos establece una especial protección a este colectivo, ya que considera que los 42 00:03:49,819 --> 00:03:54,479 niños pueden ser menos conscientes de los riesgos, consecuencias, garantías y 43 00:03:54,479 --> 00:03:58,659 derechos sobre el tratamiento de sus datos personales. Por tanto, al tratar 44 00:03:58,659 --> 00:04:03,400 datos que no son nuestros y que son en muchas ocasiones de menores, es 45 00:04:03,400 --> 00:04:08,240 preciso que seamos todavía más cuidadosos. Entonces, ¿cómo podemos evitar 46 00:04:08,240 --> 00:04:13,280 riesgos en el tratamiento de datos personales? En primer lugar, anonimizando. 47 00:04:13,719 --> 00:04:17,759 Es decir, que sea imposible la identificación de la persona que estamos 48 00:04:17,759 --> 00:04:23,959 hablando, que no pudiera ser ni identificada ni identificable. Sabemos que esto es prácticamente 49 00:04:23,959 --> 00:04:29,379 imposible, ya que simplemente con el IP de un ordenador podríamos llegar a identificar 50 00:04:29,379 --> 00:04:36,639 a una persona. Pero cuanto más difícil sea la identificación de la persona, menos probabilidades 51 00:04:36,639 --> 00:04:41,560 tendremos de correr riesgos. En segundo lugar, el propio Reglamento General de Protección 52 00:04:41,560 --> 00:04:46,439 de Datos entiende que cuando hacemos un uso doméstico o personal de los datos personales 53 00:04:46,439 --> 00:04:52,879 no se produce un tratamiento de datos, es decir, cuando el dato no sale de nuestro ámbito doméstico y personal. 54 00:04:53,459 --> 00:04:59,680 Un ejemplo podría ser el caso de las fotografías que toman las familias en la función de Navidad del Centro, 55 00:05:00,240 --> 00:05:08,180 siempre que la finalidad sea para un uso personal, pero que en ningún caso podría aplicarse a la publicación de esa imagen en una red social. 56 00:05:08,180 --> 00:05:14,720 Por tanto, recordad que no hay tratamiento de datos personal cuando no existe dato personal, 57 00:05:14,899 --> 00:05:20,860 cuando no es posible la identificación de la persona y cuando el uso que va a hacerse es doméstico o personal. 58 00:05:21,639 --> 00:05:26,180 Los centros educativos están legitimados para el tratamiento de los datos personales. 59 00:05:27,279 --> 00:05:30,100 Así viene recogido en la propia ley de educación. 60 00:05:30,819 --> 00:05:37,199 Podemos recoger datos y tratarlos, pero tenemos que atender a un principio muy importante en protección de datos, 61 00:05:37,199 --> 00:05:43,240 que es el principio de minimización. Es decir, siempre que vayamos a recoger un dato personal, 62 00:05:43,720 --> 00:05:49,180 nos tenemos que preguntar ¿para qué queremos ese dato? ¿Cuál es su finalidad? Y por tanto, 63 00:05:49,459 --> 00:05:54,720 no recoger datos que no vayamos a utilizar con seguridad. No debemos pedir datos que a lo mejor 64 00:05:54,720 --> 00:06:00,699 pudieran tener sentido en un pasado, pero que ahora no lo tienen. Podría poner el ejemplo del 65 00:06:00,699 --> 00:06:05,699 domicilio del alumno. A lo mejor en el pasado podría tener sentido recabar ese dato, ya que 66 00:06:05,699 --> 00:06:11,000 hacían envíos postales a las familias, pero a día de hoy las comunicaciones con las familias 67 00:06:11,000 --> 00:06:16,500 llevan otro cauce y a lo mejor podría no tener sentido recabar ese dato. Con esto no estoy 68 00:06:16,500 --> 00:06:21,399 diciendo que no pueda pedirse el domicilio a los alumnos, simplemente estoy invitando a hacer una 69 00:06:21,399 --> 00:06:27,600 reflexión cada vez que solicitemos un dato. Es muy importante que pensemos antes de pedir el 70 00:06:27,600 --> 00:06:32,259 dato si realmente es esencial para cumplir el objetivo que se pretende, ya que una vez que 71 00:06:32,259 --> 00:06:37,399 lo pedimos vamos a tener que protegerlo y aumentan las probabilidades de correr un riesgo 72 00:06:37,399 --> 00:06:42,639 de forma innecesaria. Llegado a este punto me gustaría transmitiros una idea que para 73 00:06:42,639 --> 00:06:48,040 mí es esencial en esta materia y es que me gustaría que fuerais conscientes de lo que 74 00:06:48,040 --> 00:06:53,279 valen nuestros datos y los datos de nuestros alumnos. Un ejemplo muy claro es que con nuestro 75 00:06:53,279 --> 00:06:59,519 nombre, dos apellidos y el DNI podrían hacer una suplantación de nuestra identidad y contratar 76 00:06:59,519 --> 00:07:05,319 un contrato de telefonía en nuestro nombre. Por ese motivo, la norma ha prohibido la publicación 77 00:07:05,319 --> 00:07:10,839 de forma conjunta del nombre, los dos apellidos y el DNI completo. Por otro lado, nuestros 78 00:07:10,839 --> 00:07:15,399 datos valen mucho dinero. Como probablemente habréis oído, los datos personales son el 79 00:07:15,399 --> 00:07:20,779 petróleo del siglo XXI y muchas empresas lo usan para ganar dinero. Por tanto, hay 80 00:07:20,779 --> 00:07:25,699 personas que están interesadas en nuestros datos para venderlos de forma delictiva. Con 81 00:07:25,699 --> 00:07:31,579 esto lo que quiero transmitir es que aunque pensemos que no porque no somos personas conocidas 82 00:07:31,579 --> 00:07:37,420 nuestros datos y la de nuestros alumnos son interesantes para determinadas personas por 83 00:07:37,420 --> 00:07:42,720 eso debemos protegerlos con proactividad como señala el propio reglamento general de protección 84 00:07:42,720 --> 00:07:48,220 de datos. Por tanto para proteger los datos que tratamos con proactividad como nos obliga el 85 00:07:48,220 --> 00:07:52,680 reglamento general de protección de datos hay que atender los posibles riesgos que puedan existir 86 00:07:52,680 --> 00:07:57,500 en el tratamiento. En primer lugar, atender a las posibles cesiones que se hagan de los 87 00:07:57,500 --> 00:08:03,240 datos. Tenemos que ser muy conscientes que las cesiones deben hacerse siempre que estén 88 00:08:03,240 --> 00:08:09,139 justificadas. Algunos ejemplos podrían ser estos. Las cesiones a Lampa del colegio, cuando 89 00:08:09,139 --> 00:08:14,819 ellos sean los que gestionan un servicio, como puede ser el servicio de comedor, pero 90 00:08:14,819 --> 00:08:20,100 para el resto de actividades de Lampa es preciso pedir consentimiento a los interesados. Se 91 00:08:20,100 --> 00:08:25,980 puede ceder datos a otras consejerías si está justificado y en la cesión de datos a la policía 92 00:08:25,980 --> 00:08:32,000 se puede ceder pero es preciso establecer un cauce siempre que exista una investigación abierta y que 93 00:08:32,000 --> 00:08:38,440 se solicite por escrito. Para evitar que los datos puedan recabar en manos equivocadas hay que atender 94 00:08:38,440 --> 00:08:45,840 a unas medidas de cautela. Algunas de ellas son las siguientes. No usar pendrive para compartir o 95 00:08:45,840 --> 00:08:51,259 trasladar información de profesores y alumnos. Es mejor utilizar la nube de EducaMadrid. En el 96 00:08:51,259 --> 00:08:57,240 caso de que fuera estrictamente necesario el uso de dispositivos externos, la información siempre 97 00:08:57,240 --> 00:09:03,399 debe estar cifrada. No dejar información encima de las mesas, descuidar los listados y hacer paso 98 00:09:03,399 --> 00:09:08,220 de mano a mano de la información de los alumnos. En definitiva, ser consciente de que un descuido 99 00:09:08,220 --> 00:09:12,919 en el tratamiento de los datos podría dar lugar a un incidente de seguridad. Por último, quería 100 00:09:12,919 --> 00:09:17,879 hacer alusión a la siguiente pregunta. ¿Qué podría ocurrir si hago un mal uso de los datos 101 00:09:17,879 --> 00:09:24,179 de los profesores o de los alumnos? En primer lugar, señalar que la Ley Orgánica de Protección 102 00:09:24,179 --> 00:09:30,519 de Datos no prevé una sanción económica a las administraciones públicas por el mal uso de los 103 00:09:30,519 --> 00:09:37,019 datos. Sí regula una resolución de apercibimiento y la posibilidad de que se proponga el inicio de 104 00:09:37,019 --> 00:09:42,899 actuaciones disciplinarias al funcionario. Lo que regula es una amonestación con denominación 105 00:09:42,899 --> 00:09:48,899 del cargo responsable y su publicación en el boletín que corresponda, la comunicación 106 00:09:48,899 --> 00:09:53,399 al defensor del pueblo y la publicación en la página web de la Agencia Española de 107 00:09:53,399 --> 00:09:59,100 Protección de Datos. Tenemos que hacer alusión al Código Penal en su título décimo, que 108 00:09:59,100 --> 00:10:03,539 regula los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y a la inviolabilidad 109 00:10:03,539 --> 00:10:08,899 del domicilio. Concretamente, su capítulo primero habla del descubrimiento y revelación 110 00:10:08,899 --> 00:10:16,659 de secretos en sus artículos 197 a 201 y agrava todas las penas cuando el delito lo 111 00:10:16,659 --> 00:10:21,080 cometen autoridades o funcionarios públicos. Se persigue de oficio y no es necesario denuncia. 112 00:10:21,460 --> 00:10:26,500 No podemos olvidar el deber que tenemos todos como funcionarios públicos de confidencialidad 113 00:10:26,500 --> 00:10:32,659 y de guardar secreto. Si tenéis dudas de cualquier tipo, por favor, no dudéis en consultarnos 114 00:10:32,659 --> 00:10:34,279 al buzón de protección de datos. 115 00:10:38,899 --> 00:10:42,860 CC por Antarctica Films Argentina