1 00:00:00,430 --> 00:00:05,110 Vamos a continuar con el tutorial número 4, cálculo de nóminas con horas extraordinarias. 2 00:00:06,690 --> 00:00:10,910 Para ello vamos a hacer un supuesto práctico, pero antes hay que explicar los tipos de horas 3 00:00:10,910 --> 00:00:16,289 extras que hay. Tenemos dos tipos de horas extras, las horas extras normales estructurales y las 4 00:00:16,289 --> 00:00:21,989 horas extras de fuerza mayor. Las horas extras normales, las que conocemos habitualmente que 5 00:00:21,989 --> 00:00:25,670 son las realizadas por encima de la jornada ordinaria, el exceso de jornada, tienen un 6 00:00:25,670 --> 00:00:31,530 tope que podemos realizar al año. Está en un tope de 80 horas extras al año. Estas horas extras 7 00:00:31,530 --> 00:00:37,250 pueden ser abonadas o pueden ser disfrutadas con tiempo de descanso. Si son disfrutadas con tiempo 8 00:00:37,250 --> 00:00:43,070 de descanso, no entrarían en este contador de 80 horas extras al año. Si son abonadas, si no las 9 00:00:43,070 --> 00:00:49,070 retribuyen, entonces sí, tenemos que realizar como máximo 80 horas al año. Los menores de edad tienen 10 00:00:49,070 --> 00:00:54,429 prohibido realizar horas extras, al igual que los trabajadores nocturnos, que tampoco pueden realizar 11 00:00:54,429 --> 00:00:57,750 horas extraordinarias ni los trabajadores a tiempo parcial, ya que los trabajadores a tiempo parcial 12 00:00:57,750 --> 00:01:05,000 realizan horas complementarias. La hora extra se tiene que abonar al menos con precio de una hora 13 00:01:05,000 --> 00:01:09,379 ordinaria. Lo que ocurre es que en la práctica se abonan a un precio superior porque al ser 14 00:01:09,379 --> 00:01:13,939 voluntarias, si no se abonan a un precio superior, los trabajadores no querrían realizarlas. 15 00:01:15,459 --> 00:01:20,879 Solamente son horas extras obligatorias las que se pactan en una cláusula del contrato o las que 16 00:01:20,879 --> 00:01:25,620 se pactan también por convenio colectivo. Tenemos que distinguirlas de las horas extras por fuerza 17 00:01:25,620 --> 00:01:30,819 mayor. Las horas extras por fuerza mayor son obligatorias y normalmente se suelen realizar 18 00:01:30,819 --> 00:01:36,140 para reparar siniestros, daños extraordinarios, urgentes. Por ejemplo, a modo de poner un ejemplo, 19 00:01:36,719 --> 00:01:43,219 este año con Filomena, con la Nevada, la Gran Nevada, en este caso, si esa Gran Nevada hubiera 20 00:01:43,219 --> 00:01:48,260 entrado, por ejemplo, en una tienda de ropa y hubiera que salvar el género y reparar los daños 21 00:01:48,260 --> 00:01:51,560 extraordinarios que ha podido causar la Nevada, en ese caso estaríamos hablando de las horas 22 00:01:51,560 --> 00:01:56,019 extraordinarias por fuerza mayor. Este tipo de horas no tiene tope de realización, es decir, 23 00:01:56,359 --> 00:02:01,700 no entran dentro del cómputo de las 80 horas al año y son obligatorias. Además, se abonan como 24 00:02:01,700 --> 00:02:06,980 una hora ordinaria. El precio de la hora por fuerza mayor es como una hora ordinaria. Veremos 25 00:02:06,980 --> 00:02:11,400 también que la cotización a la hora de realizar la nómina es distinta. Cuando para una hora extra 26 00:02:11,400 --> 00:02:18,280 normal cotizamos un 4,7%, para una hora extra de fuerza mayor el tipo es del 2. Bien, vamos a 27 00:02:18,280 --> 00:02:22,840 realizar un supuesto práctico. En este caso, Ana recibe en enero un salario base de 1.170 euros, 28 00:02:23,120 --> 00:02:28,659 un plus convenio de 117 euros, un plus transporte de 65 euros y por horas extras, por fuerza no 29 00:02:28,659 --> 00:02:35,860 mayor, entendemos que las extras normales, estructurales, un importe de 50 euros. Además, 30 00:02:35,979 --> 00:02:39,960 tiene derecho a dos pagas extraordinarias de salario base más plus convenio. Bien, 31 00:02:40,080 --> 00:02:45,039 tiene un IRPF de 10,94 y un contrato indefinido. Vale, pues vamos a confeccionar esta nómina. Lo 32 00:02:45,039 --> 00:02:49,180 primero que necesitamos saber es el cálculo de bases, base de contingencias comunes, base de 33 00:02:49,180 --> 00:02:53,240 contingencias profesionales, que en esta ocasión sí que vamos a tener en cuenta las horas extraordinarias, 34 00:02:53,759 --> 00:02:59,159 la base del IRPF y la base de horas extraordinarias. Lo vemos aquí reflejado, para la base de 35 00:02:59,159 --> 00:03:04,439 contingencias comunes, como ya sabemos, la fórmula matemática para esta base es la retribución mensual 36 00:03:04,439 --> 00:03:10,120 más el prograteo de pagas extras, pero en la base de contingencias comunes no se emiten las horas 37 00:03:10,120 --> 00:03:14,340 extraordinarias, porque ya sabemos que entran dentro de la base de contingencias profesionales. 38 00:03:14,340 --> 00:03:31,400 Por tanto, para calcular la base de contingencias comunes tenemos que ir al enunciado del ejercicio, deberemos sumar el salario base de 1.170 euros más el plus convenio de 1.117 más el plus transporte de 65 y eso da un total de una retribución de 1.352 euros. 39 00:03:31,840 --> 00:03:34,819 Además, hay que sumar la parte proporcional de pagas extras. 40 00:03:34,819 --> 00:03:38,699 Como hemos visto en el enunciado del ejercicio, las pagas extras, las pagas extraordinarias, 41 00:03:39,120 --> 00:03:44,560 están compuestas por salario base, es decir, 1.170 más plus convenio, 117. 42 00:03:44,699 --> 00:03:46,460 Todo ello por dos y entre 12 meses. 43 00:03:46,900 --> 00:03:49,080 Esto da lugar a un importe de 214,50. 44 00:03:49,539 --> 00:03:53,500 Sumando la retribución mensual más la parte proporcional de pagas extraordinarias, 45 00:03:54,159 --> 00:03:58,300 da lugar a una base de contingencias comunes de 1.566,50. 46 00:03:58,300 --> 00:04:13,659 Para el cálculo de la base de contingencias profesionales, la fórmula que ya la conocemos es la base de contingencias comunes más horas extraordinarias, es decir, 1.566,50 más los 50 euros de las horas extraordinarias. 47 00:04:14,439 --> 00:04:20,339 Nos vamos aquí a Devengos y lo vemos. Vemos cómo las horas extraordinarias están situadas aquí en Devengos. 48 00:04:20,339 --> 00:04:25,240 bien pues ya tenemos la base de contingencias comunes y la base de contingencias profesionales 49 00:04:25,240 --> 00:04:28,819 también tenemos la base de horas extraordinarias que es el importe de las horas extraordinarias 50 00:04:28,819 --> 00:04:35,480 50 euros por último que es lo que tenemos aquí la base del irpf de momento la base del irpf va a 51 00:04:35,480 --> 00:04:39,860 coincidir con el total de vengado cuando no coincidirá con el importe total de vengado 52 00:04:39,860 --> 00:04:43,540 cuando tengamos algún concepto exento de tributación hasta el momento no hemos visto 53 00:04:43,540 --> 00:04:50,160 ninguno por tanto la base de irpf va a coincidir con el total de vengado 1.402 una vez que tenemos 54 00:04:50,160 --> 00:04:55,879 ya las bases calculadas, nos vamos a ir a deducciones. Vamos a aplicar los tipos a estas 55 00:04:55,879 --> 00:05:06,240 bases. Por contingencias comunes, un 4,7 de 1.565,5. Por desempleo, un 1,55 de la base de 56 00:05:06,240 --> 00:05:10,579 contingencias profesionales. Por formación profesional, un 0,10 de la base de contingencias 57 00:05:10,579 --> 00:05:15,399 profesionales. Y las horas extras, al ser horas extras normales, al ser horas extras estructurales, 58 00:05:15,660 --> 00:05:20,319 horas extras que no son de fuerza mayor, aplicaremos un 4,7 sobre la base de horas extras, 50 euros. 59 00:05:20,319 --> 00:05:26,600 sumamos las aportaciones a la seguridad social nos da un total de 103,48 y ahora vamos a aplicar 60 00:05:26,600 --> 00:05:34,120 el 10,94 a la base del IRPF esto dará lugar a 153,38 y sumamos el total a deducir ¿qué nos 61 00:05:34,120 --> 00:05:38,180 quedaría? nos quedaría calcular el líquido a percibir el líquido a percibir como ya sabemos 62 00:05:38,180 --> 00:05:48,100 es el bruto el total de vengado los 1.402 menos el total a deducir 256,86 y eso sería el líquido 63 00:05:48,100 --> 00:05:56,339 a percibir, que da lugar a 1.145,14 euros. Si tenéis alguna duda, me lo comentáis por el aula virtual.