1 00:00:00,000 --> 00:00:11,500 Buenos días a todos. ¿Qué hemos dedicado al desempleo? 2 00:00:12,199 --> 00:00:18,640 Corresponde al apartado 7, concretamente al 7.1, que es donde se trabajan los aspectos que hemos incluido en esta actividad. 3 00:00:19,539 --> 00:00:25,519 El problema dice lo siguiente. Un trabajador que ha sido contratado por un contrato para la obtención de la práctica profesional. 4 00:00:26,120 --> 00:00:30,420 Recordamos que este contrato es aquel que podemos firmar una vez que hemos terminado el ciclo formativo 5 00:00:30,420 --> 00:00:34,939 y puede durar como máximo un año. Entonces la empresa la ha contratado con ese máximo de un año, 6 00:00:34,939 --> 00:00:41,700 pero al finalizar no le ofrecen un contrato y por lo tanto no pueden convertirlo en indefinido. 7 00:00:42,280 --> 00:00:44,619 ¿Qué ocurre? Que esta persona entonces va al paro. 8 00:00:45,600 --> 00:00:51,200 Anteriormente tenía trabajado, como veis aquí, tres años y cuatro meses en otra empresa. 9 00:00:51,500 --> 00:00:56,460 Por lo tanto, sumando el año que ha trabajado y los tres años y cuatro meses de otras empresas, 10 00:00:56,619 --> 00:01:02,439 le corresponde que en los últimos seis años ha cotizado un total de cuatro años y cuatro meses. 11 00:01:03,219 --> 00:01:09,319 Entonces, recordamos que el desempleo lo que tiene en cuenta son tus últimos seis años de trabajo, lo que has trabajado en ese periodo de tiempo. 12 00:01:10,739 --> 00:01:14,680 Mínimo hay que trabajar un año para tener derecho a una prestación contributiva. 13 00:01:15,239 --> 00:01:19,379 Entonces, si tengo menos de un año, no tendré derecho a desempleo. Además, lo ves aquí en la tabla. 14 00:01:19,640 --> 00:01:27,500 Desde 360 hasta 539, ¿vale? Va bien. Pero si tengo menos de 360, no tengo derecho a la contributiva. 15 00:01:27,500 --> 00:01:35,120 Si ha autotipado ayudas, pero a la contributiva, es decir, a la aportación que realizamos de la nómina por desempleo, a esa no tendríamos derecho. 16 00:01:36,359 --> 00:01:48,819 Entonces, damos un dato muy importante, que es la suma de la base de cotización de contingencias profesionales de los últimos seis meses, sin incluir horas extras, siempre va a ser así, son 10.000 euros. 17 00:01:48,819 --> 00:02:02,579 Es decir, ha sumado todas las bases de cotización profesional de los últimos seis meses y da 10.000 euros. Entonces, decimos que calculemos la cuantía y la duración del desempleo, que lo tenemos aquí por partes. 18 00:02:02,579 --> 00:02:17,159 Primero, porcentaje del desempleo. Tenemos dos porcentajes, que ahora lo veremos en el ejercicio cuando lo pongamos en la pizarra o compartamos la pizarra. Del día 1 al 180 corresponde el 70% de la base reguladora que yo calcularé en el último apartado. 19 00:02:17,159 --> 00:02:30,759 Y del día 181 en adelante, como máximo va a ser 2160, le corresponderán un 60% de la base reguladora que calcularemos. Y eso, insisto, que lo haremos ahora. 20 00:02:30,759 --> 00:02:45,340 Luego la duración y en este caso cuánto tiempo tendrá derecho a cobrar la prestación según lo cotizado. Y aquí vamos a la pizarra. ¿Por qué? Porque en esta parte hemos calculado la duración de la prestación. 21 00:02:45,340 --> 00:02:55,180 Para ello tenemos que coger los cuatro años y los cuatro meses que corresponden, multiplicarlos por días, o sea, transformarlo en días, para poder ir a esta tabla y comparar. 22 00:02:55,759 --> 00:03:05,439 Entonces, como veis, los cuatro años, o en este caso, un año son 360 días, pues ¿qué tengo que hacer? Multiplicar cuatro años por 360. 23 00:03:05,439 --> 00:03:21,060 No por 365, sino por 360. ¿Por qué? Porque la mayoría de cotizaciones son mensuales, es decir, son 30 días. Si multiplicamos 30 días por 12, 360. Por lo tanto, multiplicamos 4 años por 360 y da 1.440 días. 24 00:03:21,860 --> 00:03:29,900 Pero además tiene 4 meses. Pues lo mismo. Como un mes tiene 30 días, multiplicamos 4 por 30 y nos da 120 días. 25 00:03:30,439 --> 00:03:36,740 ¿Qué es lo que tenemos que hacer finalmente? Sumar ambas cifras, lo que tengo en años y lo que tengo en meses. 26 00:03:36,819 --> 00:03:46,360 Y me da un total de 1560 días. Entonces, teniendo en cuenta que he cotizado un total de 1560 días en los últimos 6 años, 27 00:03:46,360 --> 00:04:06,580 Podré ir a una tabla, que es la que hemos puesto en el ejercicio, para ver cuántos días me corresponde por desempleo. 1.560 está en el tramo que va desde 1.440 y 1.619 días. Y, por lo tanto, me corresponde, como veis aquí, un total de 480 días de prestación por desempleo. 28 00:04:06,580 --> 00:04:23,519 Se calcula en días. Aunque luego me pague mensualmente el SEPE o el INEM, yo siempre tengo derecho a días de prestación por desempleo. Y esto es lo que pedimos en el apartado 2 de la misma. 29 00:04:23,519 --> 00:04:40,319 Y ahora vamos a juntar el apartado 1 y el apartado 2 en este tercer punto que decimos cuál será la cuantía de la prestación que recibirá el trabajador. Lo tenemos calculado en la pizarra. En este caso está con mi letra, que escribo mucho peor que mi compañera, pero espero que se tienda. 30 00:04:41,120 --> 00:04:57,319 Bueno, calculamos. Hacemos el cálculo básico de lo que tenemos que hacer para esta prestación. Muy sencillito, muy fácil. Tenemos dos pasos o vamos a dejarlo solo en dos pasos. Primero calculamos la base reguladora. ¿Qué es una base reguladora? Es aquello que tenemos que calcular para luego aplicar los porcentajes que hemos hablado anteriormente. 31 00:04:57,319 --> 00:05:03,259 anteriormente. La base reguladora del desempleo se calcula de la siguiente manera. Cogemos 32 00:05:03,259 --> 00:05:07,420 la base de cotización profesional de los últimos seis meses y, como veréis en el 33 00:05:07,420 --> 00:05:13,879 ejercicio, la damos tal cual. Decimos la suma de la base de cotización de contingencias 34 00:05:13,879 --> 00:05:20,939 profesionales de los últimos seis meses es 10.000 euros. Y esta base la tenemos que dividir 35 00:05:20,939 --> 00:05:26,180 entre 180. Siempre, nunca cambia, siempre 180. Por lo tanto, los 10.000 que os damos 36 00:05:26,180 --> 00:05:37,000 ser enunciado entre 180 me da que tengo una base reguladora de 55,55 euros al día. Euros 37 00:05:37,000 --> 00:05:44,120 día, porque recordamos que si tengo 480 días de desempleo, la cuantía de la base reguladora 38 00:05:44,120 --> 00:05:49,519 también va a venir expresada en euros día. ¿Veis esa correlación? ¿Vale? Lo estamos 39 00:05:49,519 --> 00:05:54,180 aquí poniendo en vivo y en directo para que veáis exactamente que les corresponde 480 40 00:05:54,180 --> 00:05:59,920 180 días de desempleo, para la segunda parte que tenemos. 41 00:06:01,199 --> 00:06:05,240 Y segundo punto, calcular, en este caso, la cuantía. 42 00:06:05,500 --> 00:06:12,819 Ya tenemos la cuantía en base reguladora, pero no la tenemos transformada en los porcentajes que se tienen que aplicar para el desempleo. 43 00:06:13,459 --> 00:06:14,759 Siempre va a haber dos tramos. 44 00:06:14,759 --> 00:06:26,720 Del día 1 al 180, o lo que es lo mismo, los primeros 6 meses de prestación, tenemos que calcular un 70% de la base reguladora que hemos calculado en el apartado anterior. 45 00:06:26,720 --> 00:06:46,519 Entonces, 70 por 55,55 sale un total de 38,88 euros al día. Esto, como se va pagando mes a mes, durante los primeros seis meses, esta cantidad se multiplicaría por 30, lo que me dé, lo que yo recibiré dentro de cada mes que me va pagando los primeros seis meses. 46 00:06:47,100 --> 00:06:56,079 ¿Bien? ¿Qué ocurre a partir del mes 6? Que cobro un poquito menos. En este caso un 60%. Cuidado que esto cambió. Hace un par de años cambió. 47 00:06:56,079 --> 00:07:04,639 Antes era el 50%. Durante los años de la crisis, después de 2012, creo que lo cambiaron más o menos, se cobraba el 50% de la base reguladora. 48 00:07:04,639 --> 00:07:08,319 Sin embargo, subió recientemente hasta el 60%. 49 00:07:08,319 --> 00:07:14,220 Entonces, cogemos y decimos del día 181 por un 1, 50 00:07:14,360 --> 00:07:17,379 pone de 180 por un 1, porfa, que me he colado yo. 51 00:07:18,259 --> 00:07:21,000 Vamos a hacer un pequeño fallo porque hasta 180 cobro el 70. 52 00:07:21,620 --> 00:07:24,439 Me he equivocado yo, pero veis que como todo tiene su función en la vida, 53 00:07:25,319 --> 00:07:27,360 pues ponemos un 1 alegremente y ya está. 54 00:07:27,360 --> 00:07:56,639 Entonces, desde el día 181 hasta el 480 se aplica un 60% de la base reguladora anterior. Entonces, desde el día 181 hasta el 480 cobraré un 33,33 euros al día, que multiplicado por 30, el INE me lo va pagando mensualmente hasta que ya se me agote la prestación por desempleo, que en este caso he ido generando dentro de los últimos 6 meses. 55 00:07:56,639 --> 00:08:04,300 Como decíamos, calculamos una base reguladora con euros al día, le aplicamos el porcentaje en cada uno de los tramos 56 00:08:04,300 --> 00:08:14,959 y como el SEPE o el INEM me paga al mes, lo que tenemos que hacer es multiplicar 38,88 y el 33,33 por los 30 al día del mes 57 00:08:14,959 --> 00:08:41,820 Y así recibiré del 1 al 180, es decir, el mes 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Esos 6 meses primero recibiré la cuantía de 1.166,40 euros. Y a partir del 181, es decir, mes 7, mes 8, hasta que corresponda al 480, recibiré un total del 999,09 euros. 58 00:08:41,820 --> 00:09:06,679 Entonces, una vez teniendo en cuenta lo que cobro cada mes, tenemos, y como veréis, y para ello me voy a los apuntes, tenéis aquí un enlace que os manda directamente a esta página, que es una página del SEPE, del Servicio Español Público de Empleo, donde te extravece unas cuantías máximas y mínimas que existen para las prestaciones contributivas por desempleo. 59 00:09:06,679 --> 00:09:20,059 En este caso, el trabajador, que lo hemos añadido ahora para que no haya ninguna duda, no tiene hijos. Lo hemos añadido aquí porque a lo mejor en el primer vídeo lo hemos añadido y como se va a ver que no existe, pues lo decimos claramente. No tiene hijos. 60 00:09:20,059 --> 00:09:30,019 Bien, entonces, al no tener hijos, esta persona tendrá que tener un mínimo de 560 euros y un máximo de 1.225. 61 00:09:30,659 --> 00:09:41,519 Entonces, volviendo al enunciado, como efectivamente ambas cantidades están entre el límite máximo o, en este caso, cuantía mínima y máxima, se aceptaría. 62 00:09:41,519 --> 00:09:43,860 Ponemos cara sonriente y para adelante 63 00:09:43,860 --> 00:09:46,559 Si me quedo corto, pues cobro 560 64 00:09:46,559 --> 00:09:52,700 Si me paso por arriba, me voy al máximo, que son 1.225 65 00:09:52,700 --> 00:10:02,759 Bien, en este caso, si tengo un hijo, la mínima sería 749 y la máxima es 1.400 66 00:10:02,759 --> 00:10:07,700 Y si tengo uno, en este caso más de un hijo, sería 749 67 00:10:07,700 --> 00:10:13,440 o bien, si tengo dos hijos o más, la máxima ascendería a 1.575. 68 00:10:13,899 --> 00:10:16,840 Este es un dato que no nos parece relevante de cara al examen. 69 00:10:17,259 --> 00:10:20,139 Nos queremos quedar con los primeros porcentajes para que quede claro. 70 00:10:21,120 --> 00:10:24,700 Primero, cómo se calcula, como veis que hemos preguntado, 71 00:10:26,600 --> 00:10:29,200 es decir, cómo se calcula qué porcentajes hay que aplicar, 72 00:10:29,940 --> 00:10:36,120 la duración de la prestación, teniendo en cuenta esta tabla que nos parece relevante de cara al examen, 73 00:10:36,120 --> 00:10:42,279 y además calcular la prestación que con dejarla en euros al día queda bien 74 00:10:42,279 --> 00:10:49,279 y luego lo único que sepa es que se paga por, en este caso mensualmente, habrá que multiplicarlo por 30. 75 00:10:49,919 --> 00:10:55,059 Con esto acabamos el ejercicio y en caso de que haya dudas estamos en contacto por el lado virtual.