1 00:00:00,000 --> 00:00:06,340 Buenos días, chicos, chicas. Como os dije que iba a intentar grabar las clases, pues 2 00:00:06,340 --> 00:00:11,800 hoy vamos con huelga, que es la última parte de este segundo examen. Es muy sencillito, 3 00:00:11,800 --> 00:00:17,440 no va a crear ninguna dificultad, pero bueno, es importante que lo entendáis. En primer 4 00:00:17,440 --> 00:00:23,400 lugar, ¿qué es la huelga? Es un derecho, es un derecho reconocido, cuyo ejercicio, 5 00:00:23,400 --> 00:00:27,560 de quien la realiza, suspende del contrato de trabajo y la obligación de cotizar tanto 6 00:00:27,560 --> 00:00:33,080 para empresa como para trabajador. Aunque se suspende esta obligación de cotizar para 7 00:00:33,080 --> 00:00:39,280 ambos, el trabajador permanece en una situación de alta especial en la seguridad social. Esto 8 00:00:39,280 --> 00:00:44,960 lo vais a entender ahora más adelante con el ejercicio práctico. He cogido la nómina 9 00:00:44,960 --> 00:00:51,520 de la remesa de ejercicios, en concreto la número 13, de este trabajador. Lo primero 10 00:00:51,520 --> 00:00:57,040 que hay que hacer es calcular los días realmente trabajados. En este caso, como es la nómina 11 00:00:57,040 --> 00:01:02,160 de abril, son 30 días. Pues, de esos 30 días, ¿cuántos días este trabajador va 12 00:01:02,160 --> 00:01:07,520 a cobrar? En un primer momento, se tiene que tener en cuenta, los días de huelga les contarán 13 00:01:07,520 --> 00:01:12,920 de los días del mes. Este trabajador se cunda una huelga de 3 días. Por lo tanto, de los 14 00:01:12,920 --> 00:01:21,040 30, 3 hasta de huelga. Esos días no los va a cobrar. Y aparte, como es un trabajador 15 00:01:21,040 --> 00:01:26,880 de contrato indefinido, es decir, por cada 5 días le corresponden 2 días de descanso, 16 00:01:27,760 --> 00:01:34,840 por esos 3 días, ¿qué días se les van a descontar de descanso de la nómina total y qué no va a 17 00:01:34,840 --> 00:01:41,720 cobrar? Repito, ¿vale? Por cada 5 días, 2 días de descanso. Pues, por 3 días que ha estado el 18 00:01:41,720 --> 00:01:46,240 trabajador de huelga, se le van a restar también los días, la parte proporcional de los días de 19 00:01:46,240 --> 00:01:51,000 descanso, ¿vale? Es decir, se descontarán los días proporcionales que tiene de descanso por 20 00:01:51,000 --> 00:01:56,840 esos días de huelga. Si el trabajador ha estado 5 días de trabajo, por 5 días de trabajo tiene 21 00:01:56,840 --> 00:02:03,440 2 días de descanso, por 3 días de huelga tendrá x días de descanso, es decir, 1,2 días de descanso. 22 00:02:03,440 --> 00:02:14,440 Si sumamos los 3 días de huelga que le corresponden, 1,2 días de descanso, 23 00:02:14,440 --> 00:02:19,320 eso hace un total de 4 días de retribución menos por secundar la huelga, ¿vale? Por lo tanto, 24 00:02:19,320 --> 00:02:29,840 en los debengos, de acuerdo, lo multiplicaremos por 30 menos 4,2, que ha estado 3 días de huelga 25 00:02:29,840 --> 00:02:35,520 más 1,2 días de descanso, me corresponde, entre 30. Y eso me va a dar, de acuerdo, los debengos 26 00:02:35,520 --> 00:02:41,560 totales que este trabajador va a cobrar, ¿vale? Ahora sumamos otros pluses como las horas extras, 27 00:02:41,560 --> 00:02:46,760 que sobre las horas extras no se aplica, porque yo no puedo hacer horas extras cuando estoy de 28 00:02:46,760 --> 00:03:01,920 huelga, evidentemente. 1,591 euros, ¿vale? Más 120 euros de horas extra hacen un total de 1,711 29 00:03:01,920 --> 00:03:09,800 euritos que este trabajador se va a cobrar desde el aeropuerto este mes. Las bases, ¿vale? Importante 30 00:03:09,800 --> 00:03:15,720 las bases. Vamos por la base de contingencias comunes, que entran todos los complementos menos 31 00:03:15,720 --> 00:03:24,040 horas extras, que no se nos olvide. De los 1,850 que le corresponde, ¿de acuerdo? Como hemos hecho 32 00:03:24,040 --> 00:03:33,280 antes, 30 menos 4,2 entre 30, ¿vale? Esto hace un total de 1,591. No lo calculo ya. ¿Cómo se calcula 33 00:03:33,280 --> 00:03:38,600 el prorateo de pagas extra? Pues igual, ¿de acuerdo? Al final este trabajador tiene dos pagas 34 00:03:38,600 --> 00:03:46,640 extra de salario base más pluroconvenio, es decir, 1.600 euros, lo multiplico por 2, entre 12. 35 00:03:49,160 --> 00:03:55,960 Un total de 266,67, que no va a cobrar enteros, porque este trabajador ha estado de huelga, ¿vale? 36 00:03:55,960 --> 00:04:24,600 Por lo tanto, esto se multiplica por 30 menos 4,2 entre 30. Esto es igual a 129,33, más 2.591, 1.820 con 33. 37 00:04:25,960 --> 00:04:38,280 Solo nos quedaría la base de contingencias profesionales, que son 2.820 con 33, más los 120 euros de horas extra, 38 00:04:38,280 --> 00:04:49,320 que eso hace un total de 1.940 con 33, ¿vale? Y a partir de aquí ya podéis seguir solitos, porque solo hay que 39 00:04:49,320 --> 00:04:53,720 calcular deducciones. Pues nada, a darle duro, chicos y chicas.