1 00:00:07,980 --> 00:00:21,339 Buenos días, mi nombre es Carmen Martínez y soy la encargada de ofreceros estos vídeos con una actividad formativa relacionada con vuestro curso de competencia digital C1. 2 00:00:23,079 --> 00:00:35,439 Mi responsabilidad consiste en enseñaros en qué márgenes o qué normativa tenemos que manejar en cada una de nuestras actuaciones dentro de la gestión diaria de los centros educativos. 3 00:00:36,359 --> 00:00:41,159 Como bien sabéis, existe un marco normativo cada vez más amplio 4 00:00:41,159 --> 00:00:45,219 y en materia de protección de datos se ha ido colando nuestra vida docente 5 00:00:45,219 --> 00:00:49,000 y es necesario que sepamos realmente manejarnos 6 00:00:49,000 --> 00:00:53,179 y yo creo que con estos vídeos vamos a pretender simplemente 7 00:00:53,179 --> 00:00:56,719 que tengáis ciertas cautelas para evitar infracciones 8 00:00:56,719 --> 00:01:01,460 que de alguna forma luego no puedan resolverse por la vía adecuada. 9 00:01:01,460 --> 00:01:10,219 Quiero comenzar intentando un poco señalaros que en ese marco normativo hay dos normas que presiden, 10 00:01:10,319 --> 00:01:15,019 que de alguna forma rigen ya la actuación de un centro de cualquier administración pública 11 00:01:15,019 --> 00:01:21,040 y como no la administración educativa, que es la normativa de transparencia y la normativa de protección de datos. 12 00:01:22,040 --> 00:01:28,819 La normativa de transparencia Comunidad de Madrid la reguló en el año 2019 con la ley que podéis ver. 13 00:01:28,819 --> 00:01:32,819 de alguna forma esa ley recoge lo que la ley estatal ya venía diciendo 14 00:01:32,819 --> 00:01:36,159 y fue una ley muy compleja cuando entró en vigor 15 00:01:36,159 --> 00:01:40,640 y a todos los que nos dedicábamos un poco a la gestión del ámbito educativo 16 00:01:40,640 --> 00:01:45,060 veíamos que en algún momento había como una especie de conflicto de normas 17 00:01:45,060 --> 00:01:50,500 mientras que una norma nos obligaba a mantener una máxima transparencia 18 00:01:50,500 --> 00:01:53,060 en toda la gestión, en nuestra información de los centros 19 00:01:53,060 --> 00:01:56,719 bueno, pues había otra norma que nos decía justo lo contrario 20 00:01:56,719 --> 00:02:16,939 Nos decían, no, no, protección de datos, custodia, conservación y eso nos llevó lógicamente a una situación muy difícil que agradecemos por eso que tanto el Consejo de Transparencia como la Agencia de Protección de Datos se pusieran de acuerdo, se sentaran y establecieran unos criterios conjuntos que podéis ver en su web si en algún momento necesitáis acudir. 21 00:02:16,939 --> 00:02:23,080 Pero la idea es que tengamos los conocimientos básicos para no tener que estar, lógicamente, nadando en leyes. 22 00:02:24,479 --> 00:02:31,900 Realmente, la ley de transparencia, en una pincelada, lo que pretendo deciros es que exige a toda la administración pública, 23 00:02:32,020 --> 00:02:35,819 administración educativa, concretamente, publicidad activa. 24 00:02:35,979 --> 00:02:42,979 Exige que todos los documentos que contienen, cualquiera que sea su formato, y que estén en poder de ese centro educativo, 25 00:02:42,979 --> 00:02:46,599 de la administración, se tenga esa publicidad activa. 26 00:02:46,599 --> 00:02:50,020 Por tanto, vamos a dar publicidad activa, lógicamente, a nuestro proyecto educativo, 27 00:02:50,860 --> 00:02:57,840 la PGA, no todo aquella, pero sí, y así, pues, muchísima información que tenemos en los centros. 28 00:02:58,719 --> 00:03:01,840 Igualmente, esa propia ley de transparencia exige publicidad pasiva, 29 00:03:01,979 --> 00:03:06,699 o sea, exige que si un ciudadano quiere tener acceso a una determinada documentación 30 00:03:06,699 --> 00:03:08,719 que obra en nuestro poder, tengamos que dársela. 31 00:03:09,180 --> 00:03:13,620 Pero claro, ahora, lógicamente, la ley de transparencia dice, bueno, 32 00:03:13,620 --> 00:03:18,500 hay una serie de límites como la seguridad del país y otros límites legales que aparecen, 33 00:03:19,039 --> 00:03:21,979 pero sobre todo hay un límite muy importante que es el que nos interesa 34 00:03:21,979 --> 00:03:27,120 y es que lógicamente no vamos a dar ninguna información pública que tengamos en los centros 35 00:03:27,120 --> 00:03:35,699 si contiene datos personales y eso ya nos lleva a hablar ahora de la Ley de Protección de Datos Personales 36 00:03:35,699 --> 00:03:42,439 y Garantía de los Derechos Digitales, una ley de 2018 sucesora de otra del año 99 37 00:03:42,439 --> 00:03:47,500 y que recoge la normativa europea que ha venido a establecer más obligaciones. 38 00:03:48,659 --> 00:03:52,360 Organismos competentes que nos interesan, pues la Agencia Española de Protección de Datos, 39 00:03:52,460 --> 00:03:55,719 que es la que supervisa, vigila y sanciona, 40 00:03:56,400 --> 00:04:00,280 y el Delegado de Protección de Datos, en este caso de la Consejería de Educación de Comunidad de Madrid, 41 00:04:00,879 --> 00:04:04,099 que es una figura novedosa también introducida por ese reglamento europeo 42 00:04:04,099 --> 00:04:09,379 y que agradecemos todos los que nos dedicamos a esto porque nos soluciona muchas veces dudas 43 00:04:09,379 --> 00:04:12,719 que de alguna forma la ley no sabe, lógicamente, atender. 44 00:04:14,139 --> 00:04:17,519 En este primer vídeo vamos a trabajar primero unos conceptos básicos 45 00:04:17,519 --> 00:04:22,300 que luego nos van a ayudar a poder entender determinadas actuaciones que vamos a hacer. 46 00:04:22,860 --> 00:04:25,920 ¿Qué es un dato personal? Pues el concepto es muy amplio, 47 00:04:26,000 --> 00:04:30,399 dice toda información sobre una persona física que permita, lógicamente, 48 00:04:30,519 --> 00:04:33,279 determinar su identidad de una forma directa o indirecta. 49 00:04:33,439 --> 00:04:35,680 Puede ser el DNI, lógicamente, nombre y apellidos, 50 00:04:35,680 --> 00:04:40,220 y cualquier dato, profesión, genética, etc. 51 00:04:40,920 --> 00:04:43,540 En definitiva, cualquier dato que nos puede identificar. 52 00:04:44,540 --> 00:04:48,160 Dentro de esos datos personales hay unos que merecen una especial protección, 53 00:04:48,319 --> 00:04:51,240 que son los que ahora llamamos categorías especiales de datos, 54 00:04:51,439 --> 00:04:53,860 antes llamados datos especialmente protegidos. 55 00:04:54,819 --> 00:04:57,060 Evidentemente son todos los que revelan una información 56 00:04:57,060 --> 00:04:59,720 referida a nuestra esfera más íntima y personal, 57 00:04:59,980 --> 00:05:04,139 como es ideología, filiación, raza, salud, religión, creencias. 58 00:05:04,139 --> 00:05:22,920 Pero también se han sumado a ellos todos los datos biométricos y genéticos, también todo lo relativo a la comisión de infracciones penales o administrativas, o sea, nadie puede saber si yo tengo antecedentes penales o si lógicamente he sido sancionada en el ámbito disciplinario por la administración. 59 00:05:22,920 --> 00:05:26,379 es una información que igualmente merece una especial protección 60 00:05:26,379 --> 00:05:29,399 y al igual que la violencia de género 61 00:05:29,399 --> 00:05:33,060 un dato que no contempla realmente la ley de protección de datos 62 00:05:33,060 --> 00:05:34,800 por tanto si lo buscamos no lo vamos a encontrar 63 00:05:34,800 --> 00:05:38,740 pero si la ley de protección de víctimas del género le da una especial protección 64 00:05:38,740 --> 00:05:42,259 en este punto nos preguntamos todos 65 00:05:42,259 --> 00:05:44,699 ¿quién es el responsable de ese tratamiento de datos? 66 00:05:45,439 --> 00:05:47,439 bueno pues la ley viene a decir algo así como 67 00:05:47,439 --> 00:05:51,540 el órgano que decide la finalidad y el contenido y el uso de esos datos 68 00:05:51,540 --> 00:05:55,980 lógicamente el responsable del tratamiento es la administración educativa 69 00:05:55,980 --> 00:05:59,220 pero como persona jurídica, en este caso Comunidad de Madrid 70 00:05:59,220 --> 00:06:02,379 la Consejería de Educación ha designado a los directores generales 71 00:06:02,379 --> 00:06:05,920 de las distintas enseñanzas como los responsables del tratamiento 72 00:06:05,920 --> 00:06:09,240 por lo tanto no son responsables del tratamiento los docentes 73 00:06:09,240 --> 00:06:13,540 ni tampoco el director, ellos manejan el dato, llevan a cabo el tratamiento 74 00:06:13,540 --> 00:06:17,360 pero la responsabilidad realmente recae en la dirección general 75 00:06:17,360 --> 00:06:21,339 lógicamente si hay alguna incidencia siempre van a preguntar 76 00:06:21,339 --> 00:06:29,680 en ese caso a esa persona, a ese docente o a ese director, qué ha ocurrido, pedirán un informe para saber por qué ha habido alguna incidencia. 77 00:06:30,620 --> 00:06:37,959 Y claro, surge otra figura que también nos preguntamos, el encargado del tratamiento, nos pensamos, pues entonces esos sí son los docentes, 78 00:06:38,379 --> 00:06:47,000 esos son el director, el equipo directivo, realmente no es así. El encargado del tratamiento, según la ley, es esa persona física o jurídica, 79 00:06:47,000 --> 00:06:52,019 una empresa, una entidad, que va a tratar datos personales por cuenta del responsable, 80 00:06:52,100 --> 00:06:54,579 o sea, porque le ha encargado que preste un servicio. 81 00:06:55,199 --> 00:06:59,560 Los ejemplos son muy ilustrativos, empresas de comedor escolar, empresas de transportes, 82 00:06:59,959 --> 00:07:02,800 las empresas colaboradoras en las FCTs, en formación profesional, 83 00:07:03,480 --> 00:07:07,600 en definitiva, colegios, a lo mejor en una movilidad internacional, un colegio extranjero, 84 00:07:08,220 --> 00:07:12,339 todas esas entidades, empresas, van a recibir datos personales 85 00:07:12,339 --> 00:07:18,079 y realmente para prestar ese servicio contratado y sería el encargado del tratamiento. 86 00:07:20,399 --> 00:07:25,579 Y bueno, ya que hablamos de tratamiento, eso nos lleva también a ver qué concepto legal, 87 00:07:25,579 --> 00:07:32,180 cómo se define ese tratamiento, pues mirad, tratamiento de datos es cualquier operación manual o automatizada 88 00:07:32,180 --> 00:07:39,379 que se realice con un dato, desde su recogida, registro, organización, comunicación, difusión 89 00:07:39,379 --> 00:07:45,079 y hasta su propia destrucción se considera tratamiento de datos y se considera comunicación 90 00:07:45,079 --> 00:07:50,420 de datos cuando se está revelando toda esa información a una persona distinta de su 91 00:07:50,420 --> 00:07:54,860 titular. Ahí es donde realmente las cautelas son muy necesarias porque sí que estamos 92 00:07:54,860 --> 00:08:00,180 dando a conocer datos que no nos pertenecen. Dice la ley, no se considera comunicaciones 93 00:08:00,180 --> 00:08:04,120 de datos cuando el propio interesado te está facilitando el dato, lógicamente, porque 94 00:08:04,120 --> 00:08:11,240 él te da su propia información y tampoco cuando estamos dando esa información o esos datos al encargado del tratamiento, 95 00:08:11,379 --> 00:08:16,019 si yo estoy dando un listado de alumnos usuarios del servicio de comedor al encargado de la empresa de comedor, 96 00:08:16,160 --> 00:08:21,699 evidentemente en ese caso no hay comunicación sino que hay obligación de darlos para que pueda prestar el servicio. 97 00:08:23,019 --> 00:08:29,060 Y la figura que os decía que de alguna forma ha sido muy relevante en estos últimos tiempos es el delegado de protección de datos 98 00:08:29,060 --> 00:08:33,980 que es esa persona, ese funcionario designado por la consejería 99 00:08:33,980 --> 00:08:37,059 que nos va a ayudar, que va a ser el que supervise el cumplimiento, 100 00:08:37,399 --> 00:08:39,440 el que va a asesorar a todos los responsables, 101 00:08:39,600 --> 00:08:41,320 el que va a resolver las dudas de los centros 102 00:08:41,320 --> 00:08:43,419 porque incluso facilita un correo electrónico 103 00:08:43,419 --> 00:08:45,419 para que podamos elevar consultas 104 00:08:45,419 --> 00:08:48,740 y para que las personas que consideren que se están infringiendo 105 00:08:48,740 --> 00:08:51,120 o vulnerando sus derechos puedan presentar una reclamación. 106 00:08:51,600 --> 00:08:54,820 Por lo tanto, tenemos siempre a disposición ese órgano asesor 107 00:08:54,820 --> 00:08:58,419 que nos va a ayudar en los momentos más controvertidos 108 00:08:58,419 --> 00:09:00,019 cuando tengamos una situación. 109 00:09:02,519 --> 00:09:06,419 Creo necesario que conozcáis y en base a estas guías y estas recomendaciones 110 00:09:06,419 --> 00:09:09,940 vamos a desarrollar el resto de vídeos de esta actividad formativa 111 00:09:09,940 --> 00:09:13,519 con los criterios que marca tanto la Agencia Española de Protección de Datos 112 00:09:13,519 --> 00:09:17,460 como el Delegado de Protección y todas las recomendaciones, informes 113 00:09:17,460 --> 00:09:21,179 que podáis ver en pantalla los vais a encontrar en su página web. 114 00:09:21,299 --> 00:09:25,299 Continuamente las están actualizando e interesa siempre recurrir a ellas 115 00:09:25,299 --> 00:09:27,480 para saber el criterio a aplicar. 116 00:09:28,419 --> 00:09:29,419 Gracias.