1 00:00:01,010 --> 00:00:04,830 En esta nueva cápsula sobre prevención de riesgos laborales vamos a tratar del derecho 2 00:00:04,830 --> 00:00:08,929 de los trabajadores a la vigilancia de la salud, artículo 22 de la ley de prevención 3 00:00:08,929 --> 00:00:13,169 de riesgos laborales. Estamos hablando de los reconocimientos médicos que se pueden 4 00:00:13,169 --> 00:00:18,329 realizar a los trabajadores en la empresa, es decir, en el centro de trabajo o en relación 5 00:00:18,329 --> 00:00:23,850 con la relación laboral. Se trata de un conjunto de actividades que vienen encaminadas directamente, 6 00:00:24,050 --> 00:00:28,390 pueden ser de carácter individual o colectivo, y vienen encaminadas directamente a, en primer 7 00:00:28,390 --> 00:00:32,789 lugar saber cuáles son los riesgos que efectivamente hay en el lugar de trabajo y cómo afectan a los 8 00:00:32,789 --> 00:00:37,429 trabajadores y en segundo lugar saber conocer cuál es el estado de salud de los trabajadores en 9 00:00:37,429 --> 00:00:42,649 relación con dichos riesgos o con nuevas tareas que se les puedan poner a realizar a partir de 10 00:00:42,649 --> 00:00:48,390 entonces. Estos reconocimientos médicos derivados del artículo 22 de la ley de prevención de riesgos 11 00:00:48,390 --> 00:00:53,210 laborales hemos de tener en cuenta en primer lugar que son voluntarios para el trabajador salvo que 12 00:00:53,210 --> 00:00:58,490 se dan una serie de excepciones, en una serie de casos concretos. Decimos que son voluntarios 13 00:00:58,490 --> 00:01:02,990 porque salvo en esos casos concretos en que son obligatorios, el trabajador no está obligado 14 00:01:02,990 --> 00:01:08,829 a realizárselos estos reconocimientos médicos y para realizarlos tiene que dar su consentimiento 15 00:01:08,829 --> 00:01:12,230 expreso, tiene que dar su consentimiento expreso que además tiene que ser un consentimiento 16 00:01:12,230 --> 00:01:16,209 informado, es decir, tiene que haber sido informado adecuadamente de cuáles son las 17 00:01:16,209 --> 00:01:22,370 pruebas efectivas que se les van a realizar. Y además este consentimiento es plenamente 18 00:01:22,370 --> 00:01:25,930 revocable en cualquier momento. Puede echarse atrás en cualquier momento y decir que no va a 19 00:01:25,930 --> 00:01:31,049 seguir realizando los reconocimientos médicos. Decíamos, estos reconocimientos médicos son 20 00:01:31,049 --> 00:01:35,530 voluntarios salvo en un caso, en determinados casos, en determinadas excepciones. Estas 21 00:01:35,530 --> 00:01:40,250 excepciones son las siguientes. En primer lugar, cuando el reconocimiento médico sea imprescindible 22 00:01:40,250 --> 00:01:45,109 para realizar la evaluación de riesgos laborales en el centro de trabajo. En segundo lugar, cuando 23 00:01:45,109 --> 00:01:49,829 el reconocimiento médico o de la falta del reconocimiento médico se puedan derivar peligros 24 00:01:49,829 --> 00:01:54,590 concretos para la persona del trabajador, para el resto de trabajadores y trabajadoras del centro 25 00:01:54,590 --> 00:01:59,909 de trabajo o para cualquier persona que está en relación con la empresa. Y en tercer lugar, pues 26 00:01:59,909 --> 00:02:07,549 por ejemplo, en el caso de que sea legalmente exigible porque se enfrente el trabajador en 27 00:02:07,549 --> 00:02:13,210 este centro de trabajo a unos riesgos específicos. Decíamos que es obligatorio en el caso de que 28 00:02:13,210 --> 00:02:17,509 pueda producirse un determinado peligro para el trabajador o para otras personas que estén en 29 00:02:17,509 --> 00:02:21,449 relación con la empresa y esta es una cláusula que se utiliza normalmente en relación con 30 00:02:21,449 --> 00:02:26,110 determinadas profesiones como puedan ser por ejemplo los sanitarios, los vigilantes de seguridad 31 00:02:26,110 --> 00:02:32,050 o los conductores ya sea de metro, autobús o de cualquier otro tipo de transporte público. ¿Cuáles 32 00:02:32,050 --> 00:02:37,009 son los requisitos para la realización del reconocimiento obligatorio? Es decir, una vez que 33 00:02:37,009 --> 00:02:40,990 sea determinado que el reconocimiento es obligatorio, ¿qué requisitos tiene que cumplir la empresa para 34 00:02:40,990 --> 00:02:45,349 poder llevar a efecto este reconocimiento? En primer lugar, tiene que haber una intervención 35 00:02:45,349 --> 00:02:49,169 de los representantes de los trabajadores que tienen que tener audiencia previa a la 36 00:02:49,169 --> 00:02:53,550 realización, tienen que tener derecho a una audiencia previa a la realización del reconocimiento, 37 00:02:53,650 --> 00:02:58,550 a poder decir cómo quieren que se haga, a poner las pegas que vean con respecto a cómo 38 00:02:58,550 --> 00:03:03,889 se va a efectuar efectivamente esos reconocimientos. En segundo lugar, no tiene que haber otra 39 00:03:03,889 --> 00:03:07,469 alternativa menos gravosa para el trabajador. Si puedo saber cómo es el estado de salud 40 00:03:07,469 --> 00:03:11,830 del trabajador de otra manera, pues obviamente no será necesario realizar las pruebas médicas 41 00:03:11,830 --> 00:03:16,289 o los reconocimientos médicos específicos. En tercer lugar, y esto tiene que quedar muy claro, 42 00:03:16,509 --> 00:03:21,050 el reconocimiento médico en el ámbito laboral lo tiene que realizar el personal sanitario con 43 00:03:21,050 --> 00:03:26,150 formación técnica y con conocimientos suficientes y capacidad acreditada para llevarlo a cabo. Es 44 00:03:26,150 --> 00:03:30,789 decir, no lo puede hacer cualquier persona y no lo puede hacer obviamente gente que no tenga la 45 00:03:30,789 --> 00:03:35,810 cualificación necesaria para ello. Además, el reconocimiento deberá ser inicial, antes de empezar 46 00:03:35,810 --> 00:03:40,810 a trabajar y también posterior a la realización de cualquier tipo de tarea novedosa que pueda 47 00:03:40,810 --> 00:03:47,849 representar un riesgo distinto además es obligatorio para la empresa guardar toda la documentación 48 00:03:47,849 --> 00:03:53,629 relativa a los reconocimientos médicos tener acceso a ella que no se pierda y en último lugar 49 00:03:53,629 --> 00:03:59,349 hemos de tener también presente que los reconocimientos de los datos personales que 50 00:03:59,349 --> 00:04:03,270 deriven de los reconocimientos los datos personales relativos al trabajador que han derivado de las 51 00:04:03,270 --> 00:04:07,710 pruebas médicas de los reconocimientos médicos que se han realizado son absolutamente confidenciales 52 00:04:07,710 --> 00:04:21,829 y sólo pueden estar en manos, sólo pueden ser conocidos por los sanitarios que hayan realizado el reconocimiento, por las autoridades sanitarias, por las autoridades médicas y el propio trabajador afectado o trabajadora. 53 00:04:21,829 --> 00:04:25,490 Estos son más o menos la regulación de los reconocimientos médicos 54 00:04:25,490 --> 00:04:30,550 Hemos de tener también presente que en el caso de que el trabajador se niegue a realizarse el reconocimiento médico 55 00:04:30,550 --> 00:04:34,870 En el caso de que sea obligatorio, muy probablemente pudiera ser despedido 56 00:04:34,870 --> 00:04:38,089 Lo cual debe ser tenido en cuenta también por los trabajadores y trabajadoras 57 00:04:38,089 --> 00:04:43,589 Pues bueno, esto ha sido un poco lo que teníamos que contar respecto a los reconocimientos médicos 58 00:04:43,589 --> 00:04:48,149 Esperamos que haya sido de vuestro interés y continuaremos con estas cápsulas posteriormente 59 00:04:48,149 --> 00:04:48,769 Muchas gracias