1 00:00:07,730 --> 00:00:12,789 Mi nombre es Susana Rodríguez y en este bloque de contenidos incluiremos tres videotutoriales 2 00:00:12,789 --> 00:00:17,769 sobre la convivencia en los centros educativos. A continuación se procederá a hacer un breve 3 00:00:17,769 --> 00:00:22,910 estudio de conjunto sobre la normativa que regula la convivencia escolar a nivel estatal 4 00:00:22,910 --> 00:00:29,550 y autonómico y sobre una norma en concreto, el Decreto 32 barra 2019 de 9 de abril, por 5 00:00:29,550 --> 00:00:33,630 el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de 6 00:00:33,630 --> 00:00:39,149 la Comunidad de Madrid. Siguiendo las cuestiones preliminares de esta última norma, uno de los 7 00:00:39,149 --> 00:00:44,429 retos más importantes con los que se enfrenta la sociedad es el de capacitar a sus ciudadanos para 8 00:00:44,429 --> 00:00:50,310 el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, así como para la prevención de conflictos y su 9 00:00:50,310 --> 00:00:56,170 resolución pacífica. Este reto se vuelve más importante cuando nos encontramos en una sociedad 10 00:00:56,170 --> 00:01:02,929 cambiante y cada vez más globalizada. De ahí que dispongamos de un amplio marco normativo que 11 00:01:02,929 --> 00:01:08,930 regula la convivencia en los centros. Comenzaremos pues hablando sobre las fuentes externas, 12 00:01:09,349 --> 00:01:13,890 es decir, aquella normativa que se ha creado fuera de nuestras fronteras y que España 13 00:01:13,890 --> 00:01:19,069 ha asumido como propia, ya sea por la firma de tratados bilaterales, la pertenencia a 14 00:01:19,069 --> 00:01:24,569 la Unión Europea o su adhesión a cualquier organismo internacional. Entre ellas debemos 15 00:01:24,569 --> 00:01:30,969 citar la Declaración de Incheon para la Educación 2030, cuyo contenido pretende garantizar una 16 00:01:30,969 --> 00:01:35,209 educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de 17 00:01:35,209 --> 00:01:40,230 aprendizaje para todos durante toda la vida. La Convención de los Derechos del 18 00:01:40,230 --> 00:01:44,150 Niño de Naciones Unidas, en la que se recoge la consideración del menor como 19 00:01:44,150 --> 00:01:49,989 un sujeto con derechos y por ello objeto de cuidado y protección. La Convención 20 00:01:49,989 --> 00:01:53,989 sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, el 21 00:01:53,989 --> 00:01:58,909 Comité de los Derechos del Niño número 55 y las conclusiones de la Unión 22 00:01:58,909 --> 00:02:07,849 Europea de 22 de septiembre de 1997 de seguridad en las escuelas. En ella se hace un llamamiento 23 00:02:07,849 --> 00:02:12,969 a los Estados miembros para que prosigan y en caso necesario mejoren sus actividades 24 00:02:12,969 --> 00:02:18,449 de fomento de seguridad en las escuelas, implementando estrategias de intercambio de información 25 00:02:18,449 --> 00:02:24,669 y experiencias y creando proyectos piloto. Ya expuestas las fuentes externas, a continuación 26 00:02:24,669 --> 00:02:29,810 se analizarán las internas, es decir, aquellas normas que han sido elaboradas dentro de nuestras 27 00:02:29,810 --> 00:02:35,849 fronteras, diferenciando a su vez entre su carácter inespecífico o transversal y específico. 28 00:02:36,409 --> 00:02:40,729 Asimismo, se diferenciará entre aquellas normas que han sido elaboradas en el marco 29 00:02:40,729 --> 00:02:45,129 normativo de la Administración General del Estado y aquellas que han sido aprobadas por 30 00:02:45,129 --> 00:02:48,889 la Comunidad de Madrid. Dentro de las fuentes internas inespecíficas, 31 00:02:49,349 --> 00:02:53,830 en el ámbito de la Administración General del Estado, debe hacerse alusión a las siguientes. 32 00:02:53,830 --> 00:03:00,590 La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, la Ley Orgánica para la Igualdad 33 00:03:00,590 --> 00:03:08,349 Efectiva de Mujeres y Hombres, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía 34 00:03:08,349 --> 00:03:13,189 de Derechos Digitales, la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la 35 00:03:13,189 --> 00:03:18,349 Adolescencia frente a la Violencia… Este texto, de reciente aprobación, introduce 36 00:03:18,349 --> 00:03:23,250 modificaciones en diversas normas, como por ejemplo la Ley Orgánica de Protección Jurídica 37 00:03:23,250 --> 00:03:30,310 del menor. En dicha ley se regula la sensibilización, prevención y detección precoz de la violencia 38 00:03:30,310 --> 00:03:36,710 infantil. Recoge la obligación de la Administración General del Estado de disponer de una estrategia 39 00:03:36,710 --> 00:03:41,569 de erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia, con especial incidencia 40 00:03:41,569 --> 00:03:47,110 en el ámbito familiar, educativo, sanitario, de los servicios sociales y de las nuevas 41 00:03:47,110 --> 00:03:52,150 tecnologías. Respecto a la prevención de la violencia en los centros educativos, se 42 00:03:52,150 --> 00:03:57,849 completa el marco establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica de Educación de 2006, 43 00:03:58,530 --> 00:04:03,870 al establecer, junto con el plan de convivencia allí previsto, la necesidad de protocolos 44 00:04:03,870 --> 00:04:09,889 específicos de actuación frente a indicios de abuso y maltrato, acoso escolar, ciberacoso, 45 00:04:10,349 --> 00:04:15,830 acoso sexual, violencia de género y cualquier otra forma de violencia. El capítulo dedicado 46 00:04:15,830 --> 00:04:20,790 a las nuevas tecnologías promueve un uso seguro y responsable de Internet por parte 47 00:04:20,790 --> 00:04:25,670 de los niños, adolescentes, las familias y profesionales que trabajan con menores de 48 00:04:25,670 --> 00:04:30,889 edad. Y se prevé el desarrollo de campañas educativas sobre los riesgos derivados de 49 00:04:30,889 --> 00:04:35,509 un uso inadecuado de la red que puedan generar fenómenos de violencia sexual contra los 50 00:04:35,509 --> 00:04:40,910 niños y adolescentes, como el ciberbullying, el grooming, la ciberviolencia de género 51 00:04:40,910 --> 00:04:45,569 o sexting, así como el acceso y consumo de pornografía entre menores de edad. 52 00:04:45,569 --> 00:04:50,829 En este bloque de normas debemos hacer referencia también a la Ley de Medidas de Protección 53 00:04:50,829 --> 00:04:55,250 Integral contra la Violencia de Género y a la Ley de Fomento de la Educación y la 54 00:04:55,250 --> 00:04:56,089 Cultura de la Paz. 55 00:04:56,670 --> 00:05:01,629 A su vez, dentro de estas fuentes inespecíficas, ya en el contexto de la Comunidad de Madrid, 56 00:05:02,129 --> 00:05:03,629 han de destacarse las siguientes. 57 00:05:04,269 --> 00:05:09,009 La Ley de Garantías de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. 58 00:05:09,629 --> 00:05:14,910 Dicha ley establece que las acciones que se promuevan por las administraciones públicas 59 00:05:14,910 --> 00:05:19,990 para la atención de la infancia y la adolescencia, deberán responder a los siguientes principios. 60 00:05:20,850 --> 00:05:26,389 Deberá primar el interés superior del menor sobre cualquier otro interés. Deberá velarse 61 00:05:26,389 --> 00:05:31,449 por el pleno ejercicio de los derechos subjetivos del menor y, en todo caso, el derecho a ser 62 00:05:31,449 --> 00:05:35,689 oído en cuantas decisiones le incumben, en los términos establecidos en el Código 63 00:05:35,689 --> 00:05:42,029 Civil. Y deberá eliminarse cualquier forma de discriminación y garantizarse el carácter 64 00:05:42,029 --> 00:05:47,069 eminentemente educativo de cuantas medidas se adopten, para que partiendo de la individualidad 65 00:05:47,069 --> 00:05:52,350 del menor se procure su socialización. En este bloque de normas debemos hacer referencia 66 00:05:52,350 --> 00:05:59,129 también a la Ley 2-2010 de Autoridad del Profesor. Esta norma responde a la necesidad 67 00:05:59,129 --> 00:06:04,649 objetiva de adoptar medidas legales para reforzar la autoridad de maestros y profesores, con 68 00:06:04,649 --> 00:06:09,490 el fin de garantizar el derecho individual a la educación, mejorar la convivencia en 69 00:06:09,490 --> 00:06:15,089 los centros educativos y aumentar la calidad de la enseñanza. Debemos citar también la ley de 70 00:06:15,089 --> 00:06:21,610 identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación y la ley de protección integral 71 00:06:21,610 --> 00:06:29,029 contra la LGTBI-fobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual, así como 72 00:06:29,029 --> 00:06:33,649 las instrucciones de la Dirección General de Centros Docentes relativas a la elaboración y 73 00:06:33,649 --> 00:06:38,709 revisión del Plan de Atención a la Diversidad en los centros educativos sostenidos con fondos 74 00:06:38,709 --> 00:06:44,730 públicos que imparten enseñanzas de educación infantil, primaria y secundaria de 19 de julio 75 00:06:44,730 --> 00:06:51,389 de 2005. A continuación, vamos a enumerar las fuentes específicas, es decir, aquellas que hacen 76 00:06:51,389 --> 00:06:56,569 alusión directa a la convivencia en los centros. De nuevo, se diferenciará entre aquellas normas 77 00:06:56,569 --> 00:07:01,870 que tienen ámbito nacional y aquellas otras que tienen ámbito autonómico. Entre las fuentes 78 00:07:01,870 --> 00:07:08,829 específicas de ámbito nacional, cabe destacar la Constitución Española de 1978, la Ley 79 00:07:08,829 --> 00:07:14,810 Orgánica 8-85 de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. Una ley que, aunque 80 00:07:14,810 --> 00:07:19,310 tenga ya más de tres décadas, sigue siendo un referente fundamental a la hora de velar 81 00:07:19,310 --> 00:07:26,769 por el funcionamiento de la comunidad educativa. La Ley Orgánica 2-2006 de 3 de mayo de Educación, 82 00:07:26,769 --> 00:07:33,670 en su texto consolidado con las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 3 barra 2020 de 29 de diciembre. 83 00:07:34,129 --> 00:07:39,269 En su articulado, esta ley orgánica introduce el plan de convivencia como instrumento fundamental 84 00:07:39,269 --> 00:07:41,589 para mantener un adecuado clima en los centros, 85 00:07:42,110 --> 00:07:46,170 debiendo elaborarse desde los principios de no discriminación e inclusión educativa. 86 00:07:46,589 --> 00:07:52,769 El cumplimiento de este plan de convivencia lo han de garantizar las normas de organización y funcionamiento de los centros, 87 00:07:52,769 --> 00:07:57,629 considerándose que serán de obligado cumplimiento para el conjunto de la comunidad educativa 88 00:07:57,629 --> 00:08:05,250 y atribuye competencias sobre la convivencia al consejo escolar, al claustro de profesores y a la dirección del centro. 89 00:08:06,110 --> 00:08:10,370 No debemos olvidar en este bloque de normas el Real Decreto 83-96 90 00:08:10,370 --> 00:08:14,490 por el que se aprueba el reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria 91 00:08:14,490 --> 00:08:19,649 y los Reales Decretos 1532 y 1533-86 de 11 de julio 92 00:08:19,649 --> 00:08:25,129 por los que se regulan las asociaciones de alumnos y las asociaciones de padres de alumnos. 93 00:08:25,589 --> 00:08:28,430 Entre las fuentes específicas dentro de la Comunidad de Madrid 94 00:08:28,430 --> 00:08:32,870 ha de citarse la que será nuestra norma estrella a lo largo de este bloque de contenidos, 95 00:08:33,370 --> 00:08:38,669 el Decreto 32 barra 2019, por el que se establece el marco regulador de la convivencia 96 00:08:38,669 --> 00:08:41,110 en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. 97 00:08:41,870 --> 00:08:45,110 El Decreto 32 es una norma con escasos años de vigencia 98 00:08:45,110 --> 00:08:50,570 y que a su vez es el resultado de la fusión y reorganización de diferentes fuentes normativas 99 00:08:50,570 --> 00:08:55,870 que ya hemos citado, tanto de ámbito nacional como autonómico. Se trata de una norma que, 100 00:08:55,990 --> 00:09:01,049 por así decir, ordena el conjunto de aspectos que resultan fundamentales para regular la 101 00:09:01,049 --> 00:09:05,809 convivencia en cualquier centro educativo y que por ello debe resultar transparente 102 00:09:05,809 --> 00:09:10,929 y accesible para todos los miembros de la comunidad educativa. Finalizamos esta sesión 103 00:09:10,929 --> 00:09:17,169 con el estudio preliminar de este decreto, que abarca los artículos 1 y 2. El artículo 104 00:09:17,169 --> 00:09:21,889 1, relativo al objeto y ámbito de aplicación de este decreto, establece que tiene por objeto 105 00:09:21,889 --> 00:09:26,169 regular la convivencia escolar, concretar los derechos y deberes de los miembros de 106 00:09:26,169 --> 00:09:30,870 la comunidad educativa, así como establecer las normas y procedimientos para la resolución 107 00:09:30,870 --> 00:09:36,889 de los conflictos en el marco de la autonomía de los centros. A continuación, en los apartados 108 00:09:36,889 --> 00:09:42,070 segundo y tercero, establece cuál será su ámbito de aplicación y a este respecto se 109 00:09:42,070 --> 00:09:46,509 afirma que será de aplicación tanto en los centros públicos como en los centros privados 110 00:09:46,509 --> 00:09:52,950 concertados que impartan enseñanzas no universitarias, excluyendo explícitamente en las líneas 111 00:09:52,950 --> 00:09:58,730 subsiguientes a los centros privados no concertados. El artículo 2 hace referencia a los principios 112 00:09:58,730 --> 00:10:03,669 generales de la convivencia escolar y asegura que la Comunidad de Madrid se inspira en el 113 00:10:03,669 --> 00:10:09,450 artículo 120 del ALOE para confeccionarlos y enumerarlos. Estos principios generales de la 114 00:10:09,450 --> 00:10:14,809 convivencia escolar son los siguientes. La participación y la responsabilidad compartida, 115 00:10:15,470 --> 00:10:22,049 sociedad, comunidad educativa, el reconocimiento de la labor y autoridad del profesorado, tutores y de 116 00:10:22,049 --> 00:10:26,370 los miembros de los equipos directivos en la convivencia escolar y la necesaria protección 117 00:10:26,370 --> 00:10:32,289 jurídica a sus funciones, la autonomía de los centros para definir, impulsar y evaluar su propio 118 00:10:32,289 --> 00:10:37,509 marco de convivencia dentro de las disposiciones vigentes, la integración de la convivencia 119 00:10:37,509 --> 00:10:42,330 dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje, el compromiso con la prevención y eliminación 120 00:10:42,330 --> 00:10:48,230 del acoso escolar y ciberacoso, tanto dentro como fuera de las aulas, la resolución pacífica 121 00:10:48,230 --> 00:10:54,870 de los conflictos y el rechazo a cualquier forma de violencia y la protección a las 122 00:10:54,870 --> 00:10:59,309 víctimas. Observamos, por tanto, que el Decreto 32-2019 123 00:10:59,309 --> 00:11:04,330 recoge principios generales y aspectos también incluidos en otras normas. 124 00:11:05,070 --> 00:11:09,870 Finalizamos aquí la exposición del marco introductorio relativo a este bloque de contenidos 125 00:11:09,870 --> 00:11:14,230 y advertir finalmente que en los próximos vídeos continuaremos profundizando 126 00:11:14,230 --> 00:11:18,409 en el estudio del Decreto 32-2019 de 9 de abril. 127 00:11:19,009 --> 00:11:19,649 Muchas gracias.