1 00:00:00,000 --> 00:00:05,400 Con tu libro de FP aprende a hacer nóminas de forma rápida y sencilla. 2 00:00:05,400 --> 00:00:09,640 Comenzamos con los de Bengos. 3 00:00:09,640 --> 00:00:14,400 Al confeccionar una nómina tienes que tener claro los pasos que debes seguir, que básicamente 4 00:00:14,400 --> 00:00:19,920 son tres, y para ello utilizaremos este resumen y un modelo de nómina para ir siguiendo las 5 00:00:19,920 --> 00:00:21,520 indicaciones. 6 00:00:21,520 --> 00:00:26,080 Te proponemos este que está confeccionado conforme a la legislación vigente, en el 7 00:00:26,080 --> 00:00:31,160 que además, para que puedas comprenderlo mejor, hemos indicado con formas y colores 8 00:00:31,160 --> 00:00:38,860 el lugar donde irían las bases, que serían aquí y aquí. 9 00:00:38,860 --> 00:00:43,760 Como ves, en la nómina hay varias partes, en la parte superior estaría el encabezado 10 00:00:43,760 --> 00:00:45,640 y el periodo de liquidación. 11 00:00:45,640 --> 00:00:50,080 Le siguen los de Bengos, son cantidades que irás generando a lo largo del mes por tu 12 00:00:50,080 --> 00:00:55,720 trabajo, son ingresos salariales y no salariales que forman parte del salario bruto, y a ese 13 00:00:55,720 --> 00:01:01,400 importe se le descontarían otras cantidades que son, por un lado, para que puedas recibir 14 00:01:01,400 --> 00:01:07,600 en el futuro prestaciones, tanto de la seguridad social como por desempleo o cursos de formación. 15 00:01:07,600 --> 00:01:12,440 Por otro lado, pagarás tu impuesto de la renta, también te descontarán algún anticipo 16 00:01:12,440 --> 00:01:18,640 que hayas pedido o si cobras en especie, y otros conceptos para que el resultado final 17 00:01:18,640 --> 00:01:23,740 sea el salario neto, lo que realmente vas a cobrar de la empresa en tu entidad bancaria 18 00:01:23,740 --> 00:01:26,340 que es la forma más habitual. 19 00:01:26,340 --> 00:01:31,700 En la parte de abajo es donde vamos a realizar el cálculo de las bases y donde podrás saber 20 00:01:31,700 --> 00:01:37,900 cuánto realmente cuesta un trabajador a la empresa. 21 00:01:37,900 --> 00:01:43,100 Vamos a seguir este esquema y lo vamos a ver de forma práctica. 22 00:01:43,100 --> 00:01:47,380 El primer paso hay que indicar los datos de la empresa, del trabajador y el periodo de 23 00:01:47,380 --> 00:01:50,860 liquidación, que puede ser por meses o por días. 24 00:01:50,860 --> 00:01:55,420 Lo vamos a hacer con el ejercicio final del libro calculando la nómina, por ejemplo, 25 00:01:55,420 --> 00:02:01,260 de una trabajadora llamada Lucía, en el mes de marzo y que tiene un contrato indefinido. 26 00:02:01,260 --> 00:02:04,700 En el encabezado vamos situando los datos de la empresa. 27 00:02:04,700 --> 00:02:10,820 En la parte de la izquierda serían, por ejemplo, estos. 28 00:02:10,820 --> 00:02:16,020 En la parte de la derecha comenzamos con los apellidos, su DNI y su número de la seguridad 29 00:02:16,020 --> 00:02:17,020 social. 30 00:02:17,540 --> 00:02:22,820 Y fíjate aquí, en la nómina aparece la categoría profesional y el grupo de cotización. 31 00:02:22,820 --> 00:02:27,540 Es importante saberlo porque te va a dar una pista de cómo va a ser tu remuneración. 32 00:02:27,540 --> 00:02:34,620 Si está entre los grupos 1 al 7, la remuneración es mensual, todos los meses cobrarás lo mismo. 33 00:02:34,620 --> 00:02:40,980 Y si está entre los grupos 8 y 11, la remuneración es diaria y puede variar ya que cobrarás 34 00:02:40,980 --> 00:02:44,220 según los días reales del mes. 35 00:02:44,220 --> 00:02:48,500 También, dependiendo de las funciones que vayas a desempeñar en la empresa, te asignarán 36 00:02:48,500 --> 00:02:50,460 un grupo u otro. 37 00:02:50,460 --> 00:02:55,780 Cuanto más alto estés situado en estos grupos, mayor es la titulación que te pedirán y 38 00:02:55,780 --> 00:02:58,700 el sueldo también será mayor. 39 00:02:58,700 --> 00:03:01,220 Continuamos con el periodo de liquidación del ejemplo. 40 00:03:01,220 --> 00:03:06,820 Era el mes de marzo, así que completamos las casillas del 1 al 31 de marzo. 41 00:03:06,820 --> 00:03:12,500 Y aunque este mes tiene 31 días, el total de días será 30 al ser salario mensual, 42 00:03:13,500 --> 00:03:14,500 ¿recuerdas? 43 00:03:14,500 --> 00:03:19,220 Cobrará lo mismo los meses de febrero, marzo o abril. 44 00:03:19,220 --> 00:03:25,180 El segundo paso es calcular el total de vengado, que se hace con el salario base y los complementos. 45 00:03:25,180 --> 00:03:28,340 Vamos a ver cuáles son. 46 00:03:28,340 --> 00:03:33,540 El salario base viene fijado según la categoría profesional asignada en el convenio colectivo 47 00:03:33,540 --> 00:03:38,220 en base a las funciones que desempeñes en la empresa, y los complementos salariales 48 00:03:38,220 --> 00:03:41,100 se añaden al salario base. 49 00:03:41,100 --> 00:03:46,140 La suma de estos no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional, al SMI que 50 00:03:46,140 --> 00:03:51,100 se fija cada año, por ejemplo, 1.080 euros en 2023. 51 00:03:51,100 --> 00:03:56,560 Por lo tanto, el salario base puede ser menor al SMI, siempre que al añadirle complementos 52 00:03:56,560 --> 00:03:58,700 se llegue a ese salario mínimo. 53 00:03:58,700 --> 00:04:05,420 Por ejemplo, Roberto va a desempeñar funciones del Grupo 5, cuyo salario base son 950 euros, 54 00:04:05,420 --> 00:04:13,060 y para llegar al SMI de 1.080 le han añadido un plus de convenio de 130 euros. 55 00:04:13,060 --> 00:04:17,400 Estos complementos o pluses que aumentan el salario van en función tanto de la persona 56 00:04:17,400 --> 00:04:19,740 como del trabajo que vayas a realizar. 57 00:04:19,740 --> 00:04:24,340 Están los complementos personales, si hablas algún idioma, tienes algún título especial 58 00:04:24,340 --> 00:04:26,320 o antigüedad en la empresa. 59 00:04:26,320 --> 00:04:32,660 Los complementos por el puesto de trabajo, si es peligroso, tóxico, nocturno o a turnos. 60 00:04:32,660 --> 00:04:37,900 Complementos por cantidad y calidad de trabajo, si te dan incentivos para motivarte, si trabajas 61 00:04:37,900 --> 00:04:41,500 horas extra, si recibes comisiones por vender más. 62 00:04:41,500 --> 00:04:46,660 Y los complementos con vencimiento superior al mes, conocidos como las pagas extra. 63 00:04:46,660 --> 00:04:51,460 Como mínimo hay dos al año, una en Navidad y otra según el convenio colectivo, y las 64 00:04:51,460 --> 00:04:58,060 podremos cobrar en un pago único o de forma prorrateada, es decir, una parte cada mes. 65 00:04:58,060 --> 00:05:01,740 También hay otra como la paga de beneficios, conocida como la paga de marzo, puede ser 66 00:05:01,740 --> 00:05:06,540 una cantidad fija o un porcentaje sobre las ventas de la empresa, y otras gratificaciones 67 00:05:06,540 --> 00:05:07,740 que se acuerden. 68 00:05:07,740 --> 00:05:12,740 Ojo porque todos estos debengos cotizan tanto a la Seguridad Social como Hacienda, y los 69 00:05:12,740 --> 00:05:16,340 tendremos en cuenta en el cálculo de las bases. 70 00:05:16,340 --> 00:05:20,740 Hay otro tipo de complementos que son los no salariales o extrasalariales. 71 00:05:20,740 --> 00:05:25,580 Son complementos que tratan de indemnizarte por un gasto que has tenido a consecuencia 72 00:05:26,580 --> 00:05:33,860 Como por ejemplo el plus de transporte urbano y de distancia, locomoción, dietas, quebranto 73 00:05:33,860 --> 00:05:40,220 de moneda, desgaste de herramientas y ropa de trabajo. 74 00:05:40,220 --> 00:05:43,460 También hay otro tipo de prestaciones de la Seguridad Social que veremos en el tema 75 00:05:43,460 --> 00:05:49,380 11, como el nacimiento o cuidado del menor, el riesgo de embarazo e indemnizaciones por 76 00:05:49,380 --> 00:05:53,540 traslados, suspensiones o despidos que veremos en el tema 9. 77 00:05:53,540 --> 00:05:59,620 Y atención porque no todos cotizan si hay unos límites y son estos. 78 00:05:59,620 --> 00:06:05,860 Desde el año 2012-2014 prácticamente cotizan todos, aunque hay unos límites exentos. 79 00:06:05,860 --> 00:06:11,700 Especialmente presta atención a los más habituales, al plus de locomoción o kilometraje, 80 00:06:11,700 --> 00:06:17,140 cuyo límite exento ha aumentado hasta 0,26 euros el kilómetro. 81 00:06:17,140 --> 00:06:21,460 Hasta 0,26 no cotizaría, el resto sí. 82 00:06:21,460 --> 00:06:26,180 Por ejemplo imagina que tienes que desplazarte a otra localidad por trabajo y lo haces con 83 00:06:26,180 --> 00:06:27,180 tu coche. 84 00:06:27,180 --> 00:06:34,620 La empresa decide pagarte a 0,30 euros el kilómetro, hasta 0,26 no cotizaría, el resto 85 00:06:34,620 --> 00:06:36,780 hasta 0,30 sí. 86 00:06:36,780 --> 00:06:41,860 Lo mismo ocurre con las dietas, para que no coticen hay dos límites que surjan en un 87 00:06:41,860 --> 00:06:47,220 municipio diferente a donde está ubicada la empresa o el trabajador y el importe. 88 00:06:47,380 --> 00:06:53,740 Si es para comer, hasta 26,67 euros al día no cotizarían, el resto sí. 89 00:06:53,740 --> 00:06:58,420 Y si es para dormir, 53,34 euros al día. 90 00:06:58,420 --> 00:07:03,820 Estos son los límites y hay algunos más, vamos a verlo de forma práctica. 91 00:07:03,820 --> 00:07:09,100 Retomamos el ejercicio planteado de la nómina de Lucía, tiene un salario base de 1.320 92 00:07:09,100 --> 00:07:10,100 euros. 93 00:07:10,100 --> 00:07:13,860 Vamos indicando las cantidades en esta parte de los debengos. 94 00:07:14,300 --> 00:07:18,700 Salario base lo indicamos aquí, 1.320 euros. 95 00:07:18,700 --> 00:07:26,140 Tiene un plus de convenio, 150, sería complemento salarial, lo indicamos aquí. 96 00:07:26,140 --> 00:07:32,940 Horas extraordinarias, sería salarial y además también tiene su propio apartado, 100 euros. 97 00:07:32,940 --> 00:07:38,420 Pagas extra, tiene dos al año, son gratificaciones extraordinarias, también tiene su propio 98 00:07:38,420 --> 00:07:44,460 apartado, aquí, y las cobra de forma prorrateada, con lo cual un poquito de esta paga iría 99 00:07:44,460 --> 00:07:45,820 este mes. 100 00:07:45,820 --> 00:07:52,380 Se calculan de esta forma, dos pagas de 1.320 euros, que es el salario base, entre 12 meses 101 00:07:52,380 --> 00:07:55,660 que tiene el año, 220 euros. 102 00:07:55,660 --> 00:08:01,980 Cobra dietas, sería complemento no salarial, ya que indemniza un gasto sufrido a consecuencia 103 00:08:01,980 --> 00:08:03,260 del trabajo. 104 00:08:03,260 --> 00:08:07,340 Se indican dentro de este apartado, indemnizaciones o suplidos. 105 00:08:07,340 --> 00:08:12,420 Recibirá 140 euros de 7 días, al día le sale a 20 euros. 106 00:08:12,420 --> 00:08:17,380 Como hemos dicho, hasta 26,67 no cotizarían, estaría exento. 107 00:08:17,380 --> 00:08:22,620 Puedes indicarlo entre paréntesis para tenerlo presente a la hora de calcular las bases. 108 00:08:22,620 --> 00:08:26,060 También cobra un plus de transporte, sería no salarial. 109 00:08:26,060 --> 00:08:30,340 También lo indemniza por un gasto que ha tenido, en este caso sí que cotiza de forma 110 00:08:30,340 --> 00:08:31,340 íntegra. 111 00:08:31,500 --> 00:08:37,460 La nómina tiene una retención del IRPF del 15%, que no se indicaría en los debengos, 112 00:08:37,460 --> 00:08:43,140 sino en las deducciones, con lo cual, al no tener ninguna cantidad más, lo sumamos todo 113 00:08:43,140 --> 00:08:47,700 y nos da un total debengado de 2.050 euros. 114 00:08:47,700 --> 00:08:51,840 Tenemos esta primera parte calculada, así que a practicar los debengos y a por el segundo 115 00:08:51,840 --> 00:08:52,340 vídeo.