1 00:00:00,560 --> 00:00:16,460 Hola, buenos días. Aquí os presento la siguiente parte del tema, que es, bueno, de la unidad 5, el PDF3, la contabilidad del subgrupo 63, que son los tributos, ¿vale? 2 00:00:16,660 --> 00:00:21,920 Vamos a ver en este vídeo, pues, cómo se contabilizan, cómo se tratan contablemente. 3 00:00:21,920 --> 00:00:26,120 Como siempre, en el aula virtual tenéis 4 00:00:26,120 --> 00:00:34,850 Aquí están las dos videoclases que ya he subido 5 00:00:34,850 --> 00:00:36,409 Una de compras, ventas y resistencias 6 00:00:36,409 --> 00:00:39,369 Otra de compras, gastos e ingresos 7 00:00:39,369 --> 00:00:41,310 Primero pongo el vídeo y después los recursos, ¿vale? 8 00:00:42,570 --> 00:00:45,649 Y ahora vamos con este, que subiré el vídeo delante, ¿vale? 9 00:00:46,530 --> 00:00:49,070 Contabilidad del grupo 63, tributos 10 00:00:49,070 --> 00:00:49,890 ¿De acuerdo? 11 00:00:50,530 --> 00:00:54,789 Vale, pues nos vamos a ir a ese documento concretamente 12 00:00:54,789 --> 00:01:01,509 Que es este, ¿vale? 13 00:01:01,649 --> 00:01:12,290 Contabilidad del grupo 63, tributos. Vale, pues empezamos. A ver, vamos a ver todos los que son impuestos. 14 00:01:12,689 --> 00:01:20,790 Básicamente, lo que son... Espera, te voy a quitarme de aquí. Me pongo más pequeña, más. Quito directamente, me quito. 15 00:01:21,769 --> 00:01:28,750 Vamos a ver todo lo que son impuestos, ¿vale? Lo que son tributos. No solamente impuestos, porque sabemos que los tributos son impuestos, 16 00:01:28,750 --> 00:01:32,590 son tasas, son contribuciones especiales, ¿vale? 17 00:01:32,909 --> 00:01:34,569 ¿Cómo se reflejan todas ellas? 18 00:01:35,670 --> 00:01:38,590 Y para ello vamos a utilizar dos cuentas, fundamentalmente, 19 00:01:38,709 --> 00:01:41,730 que son las 630 y las 631. 20 00:01:43,209 --> 00:01:46,810 Empezamos por las 631, que se llama Otros Tributos, 21 00:01:47,430 --> 00:01:50,310 que son todos, o sea, todos aquellos que nos podemos encontrar 22 00:01:50,310 --> 00:01:54,609 y que nos suenen a impuesto, que nos sean impuestos de sociedades, ¿vale? 23 00:01:54,609 --> 00:01:58,569 Impuestos sobre beneficios, que se va en otra cuenta, que es la 630. 24 00:01:59,569 --> 00:02:15,330 Por ejemplo, el impuesto de actividades económicas, el impuesto de bienes inmuebles, las tasas, el impuesto de residuos, el numerito, por ejemplo, el numerito de los coches, todo eso se consideran tributos y se van a llevar a la cuenta 631. 25 00:02:15,330 --> 00:02:30,689 Por supuestísimo no llevan IVA, ¿vale? Los tributos, los impuestos, solo faltaba que además del impuesto nos hicieran pagar el IVA. No llevan IVA ni para empresas ni para individuos, ¿de acuerdo? 26 00:02:30,849 --> 00:02:43,009 Con lo cual, si nos están cargando o nos están pasando un recibo al ayuntamiento del IBI, por ejemplo, pues lo que hacemos es que lo contabilizamos en la 631 y lo llevamos al banco porque normalmente se paga directamente, ¿vale? 27 00:02:45,330 --> 00:02:50,590 Este es un ejemplo con un importe. El IBI ha ascendido a 300 euros, pues 300 que salen de nuestro banco, ¿de acuerdo? 28 00:02:52,210 --> 00:02:57,789 Vale, la cuenta 630. La cuenta 630 se refiere al impuesto sobre beneficios. 29 00:02:58,669 --> 00:03:03,090 El impuesto de esta cuenta se utiliza solamente a final de año. ¿Por qué? 30 00:03:03,090 --> 00:03:12,150 Porque, como todos sabemos, a final de año nosotros regularizaremos nuestros gastos y nuestros ingresos para ver si hemos obtenido un beneficio o una pérdida. 31 00:03:12,150 --> 00:03:20,870 y sobre ese beneficio, sobre el beneficio, se aplicará un tanto por ciento que estipule en cada momento el gobierno 32 00:03:20,870 --> 00:03:27,509 y se aplicará ese porcentaje y ese porcentaje será el que habrá que pagar Hacienda, ¿vale? 33 00:03:27,590 --> 00:03:30,770 Si hay pérdida, lógicamente no se paga nada, ¿vale? 34 00:03:30,789 --> 00:03:37,990 Si el contraste entre los gastos, las cuentas de gestión, las cuentas de gastos y de ingresos resulta que sale pérdida, pues no se paga. 35 00:03:37,990 --> 00:03:58,189 Pero hay que tratarlo de una manera concreta, cualquiera de los casos. En primer lugar, lo primero que tenemos que hacer es que Hacienda, como ya os he dicho en el vídeo anterior, lo que quiere es tener antes, porque os he dicho que el impuesto de sociedades normalmente se liquida al final del ejercicio. 36 00:03:58,189 --> 00:04:16,949 ¿De acuerdo? Se paga. O sea, vosotros fijaos, estamos en un ejercicio económico, imaginaos, del 1 de enero al 31 de diciembre. El impuesto de sociedades se liquida con todo lo que ha pasado hasta 31 de diciembre. Y luego, si hay que pagar, se paga, te dejan para pagar hasta el 25 de julio del año siguiente. 37 00:04:16,949 --> 00:04:31,569 ¿Vale? Entonces, como Hacienda durante ese año en el que estamos en curso, en el transcurso, lo que quiere, o sea, no quiere esperar al 25 de julio del año siguiente para que tú le pagues un poquito, le pagues lo que vayas obteniendo. 38 00:04:31,569 --> 00:04:48,230 No, tiene prisa. Hacienda lo que quiere es que poco a poco tú, a lo largo del año, vayas determinando cuál será si vas a tener beneficio o cuál es el beneficio que has obtenido hasta un determinado periodo, hasta un determinado mes, para que le adelantes un poquito. 39 00:04:48,230 --> 00:05:09,209 ¿De acuerdo? Todo eso, todos esos adelantos que le vas a hacer, van a ir a cuenta, por supuesto, del impuesto de sociedades que harás al final. Pero, insisto, Hacienda lo que quiere es tener el dinero antes. Asegurarse que va a tener, que si tú está claro que vas a tener beneficios o has tenido beneficios durante el primer trimestre, por ejemplo, que le pagues antes. ¿De acuerdo? 40 00:05:09,209 --> 00:05:34,689 Por eso lo que hace es estipular tres pagos a cuenta, que se llaman, durante el ejercicio. Antes de que llegue final de ejercicio, tú tendrás que mirar a ver qué beneficio has tenido durante el primer trimestre, porque el primer pago a cuenta se hace del 1 al 20 de abril, con la información que tienes del primer trimestre, de enero, febrero y marzo. 41 00:05:34,689 --> 00:05:53,329 De tal manera que tienes que parar y decir, bueno, vamos a ver, ¿qué beneficios he obtenido yo durante este primer trimestre? Haces un pequeño cierre y en función de esos beneficios que he tenido, pues tengo que pagarle a Hacienda una cantidad, la que me diga el tanto por ciento que se os lo diré yo o incluso os diré el tanto por ciento que os diga yo. 42 00:05:53,329 --> 00:06:19,149 ¿Vale? Ese sería el primer pago a cuenta. ¿Cómo se contabiliza ese primer pago a cuenta? Pues os tiene que sonar esta cuenta 473 que la hemos utilizado, cuando la hemos utilizado, con las retenciones que nos hacen a nosotros, por ejemplo, cuando nosotros alquilamos, somos propietarios de un piso y el inquilino lo que hace es que no nos cobra todas las cantidades a nosotros, sino que le da a tienda una parte, ¿vale? 43 00:06:19,149 --> 00:06:39,370 Todo eso son trocitos que va cogiendo Hacienda, ¿vale? Que sabe que al final lo vas a tener que liquidar al final, pero bueno, que se quiere ir asegurando, ¿vale? Ese es el sentido. Entonces, utilizo la misma cuenta que utilizábamos antes, que era la 473, Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta, ¿vale? 44 00:06:39,370 --> 00:06:56,029 Que lo pongo en el debe porque es una cuenta de activo. ¿Por qué? Porque hasta que yo no haga la liquidación del impuesto de sociedades a final de año, en principio me lo debe, ¿vale? En principio me lo debe Hacienda porque todavía no está hecho, ¿de acuerdo? Lo mismo que en las retenciones. 45 00:06:56,029 --> 00:07:11,750 Y se lo pago, sale de mi banco, ¿vale? De tal manera que yo en la 473 voy a tener un saldo, siempre, ¿vale? Por las retenciones que he hecho, por los alquileres, por las comisiones y todas estas cosas, más las que vaya haciendo a cuenta, ¿vale? 46 00:07:11,750 --> 00:07:14,670 este es un ejemplo con casos 47 00:07:14,670 --> 00:07:16,769 con números concretos, la empresa paga 48 00:07:16,769 --> 00:07:18,769 el 20 de abril a cuenta del impuesto 49 00:07:18,769 --> 00:07:20,629 sobre beneficios, el primer pago 50 00:07:20,629 --> 00:07:22,509 fraccionado o pago a cuenta, es lo mismo 51 00:07:22,509 --> 00:07:24,910 500 euros, pues lo reflejo en esta 52 00:07:24,910 --> 00:07:25,850 cuenta, vale 53 00:07:25,850 --> 00:07:29,800 aparece la cuenta 473 54 00:07:29,800 --> 00:07:31,860 que es lo que os acabo de decir 55 00:07:31,860 --> 00:07:34,079 y este es el ejemplo que os acabo de poner 56 00:07:34,079 --> 00:07:35,959 y de recordar del 57 00:07:35,959 --> 00:07:37,720 vídeo anterior, que 58 00:07:37,720 --> 00:07:39,519 acordaos que cuando había una 59 00:07:39,519 --> 00:07:41,660 un arrendamiento 60 00:07:41,660 --> 00:07:51,060 en el que me pagan a mí, a mí me van a retener, me van a hacer una retención, un pago a cuenta de mi impuesto de sociedades del tanto por ciento que corresponda, ¿de acuerdo? 61 00:07:51,199 --> 00:08:05,329 Y lo llevo a esa 473, de manera que esa 473 va aumentando poco a poco por el debe, ¿de acuerdo? Vale. Cálculo del impuesto, esto, vamos, todo esto que estoy diciendo es muy importante 62 00:08:05,329 --> 00:08:17,449 Precisamente por eso, porque luego cuando vayamos a hacer a 31 de diciembre la liquidación del impuesto de sociedades, las vamos a tener que tener en cuenta, esa 473 con su saldo deudor, porque el TBI va a ser mayor que la B. 63 00:08:18,709 --> 00:08:27,350 ¿Qué ocurre? Que a 31 de diciembre, lo que os digo, cogemos las cuentas del grupo 6 y del grupo 7, las cuentas que van a pérdidas y ganancias, y las contrastamos. 64 00:08:27,350 --> 00:08:50,149 ¿Qué sale beneficio? Es decir, que los ingresos son mayores que los gastos. ¿Qué sale beneficio? Pues tendremos una base imponible, ¿de acuerdo? Imaginaos en cantidades así pequeñas, que tenemos 5.000 de ingresos y 3.000 de gastos. Sale beneficio por 2.000 euros, ¿no? La base imponible serán 2.000 el beneficio. 65 00:08:50,149 --> 00:09:06,330 A esa base imponible hay que, Hacienda nos exige que le apliquemos un tipo impositivo, que para las pymes normalmente es el 25%, y es el que vamos a aplicar. En cualquier caso, si cambia o quiero modificarlo, yo lo pondré, pero vamos, en principio para las pymes es el 25%. 66 00:09:06,330 --> 00:09:34,730 Hay que calcular el 25% sobre esos 2.000 euros, que son 500 euros, nada menos, y se lo tenemos que ingresar a la hacienda. Eso es lo que saldría del total. ¿De acuerdo? ¿Qué pasa? Que como yo ya he ido anteriormente haciendo una serie de pagos a cuenta, a través de la cuenta 473, yo ya le he ido adelantando ese dinero. Pues le resto esas retenciones y pagos a cuenta, el saldo que tenga la 473. ¿Vale? Se lo resto. 67 00:09:34,730 --> 00:09:48,830 Y si la 473 supongamos que tenía un saldo de 300 euros, porque se lo he ido pagando, he dicho que son 500 lo que debo, pues serán 500 menos los 300 que yo ya he ido pagando, con lo cual le deberé 200 a tienda. 68 00:09:49,389 --> 00:09:55,250 ¿De acuerdo? Por eso es tan importante la 473, las retenciones que nos vayan haciendo a cuenta del impuesto de sociedades. 69 00:09:55,250 --> 00:09:59,250 ¿Cuáles son los asientos contables? Pues de aquí me aprendo las cuentas 70 00:09:59,250 --> 00:10:03,350 En el debe yo voy a reflejar el impuesto corriente 71 00:10:03,350 --> 00:10:05,450 ¿Vale? Por el importe del impuesto 72 00:10:05,450 --> 00:10:09,570 El importe del impuesto que será este, claro 73 00:10:09,570 --> 00:10:11,409 En la base, ¿vale? 74 00:10:12,509 --> 00:10:15,389 El importe que sea, en este caso hemos dicho que eran 75 00:10:15,389 --> 00:10:19,690 5.000, no, 2.000, hemos dicho que era el beneficio 76 00:10:19,690 --> 00:10:21,570 Bueno, pues el impuesto corriente, 2.000 77 00:10:22,350 --> 00:10:36,570 Voy a cancelar la 473 por el saldo que tenga, lógicamente, porque es que no se lo voy a pagar todo a Hacienda, le voy a pagar lo que deba, menos lo que yo ya he ido pagando, que son la cuenta 473. 78 00:10:37,210 --> 00:10:45,269 Y la diferencia será lo que me quede por pagar al impuesto de sociedades, que se lleva la cuenta 4752 acreedora por impuesto de sociedades. 79 00:10:45,269 --> 00:10:56,250 Y de esta manera yo reflejo la deuda que debo a Hacienda el día 31 de diciembre y que lo pagaré antes del 25 de julio del año siguiente. 80 00:10:56,909 --> 00:11:06,669 Ejemplo, vamos a liquidar el impuesto 31 del 12 del 19. El resultado, es decir, el beneficio antes de calcular ningún impuesto son 100.000 euros. 81 00:11:07,289 --> 00:11:13,029 Es decir, se ha hecho el cálculo entre los ingresos, la diferencia entre ingresos y gastos y ha salido 100.000 euros. 82 00:11:13,029 --> 00:11:18,250 Las recepciones y pagos a cuenta que se han ido haciendo a lo largo del ejercicio han sido 8.000 83 00:11:18,250 --> 00:11:22,649 Es decir, la cuenta 473 tiene un saldo deudor de 8.000 84 00:11:22,649 --> 00:11:26,950 Y el tipo de impositivo que se aplica desde el impuesto es el 25% 85 00:11:26,950 --> 00:11:27,830 ¿Qué hacemos? 86 00:11:29,029 --> 00:11:32,570 Ponemos nuestro esquemita, base imponible van a ser 100.000 87 00:11:32,570 --> 00:11:33,429 ¿Vale? 88 00:11:33,750 --> 00:11:39,629 Que yo le aplico el tipo impositivo que es el 25% y me saldrá 25.000 89 00:11:39,629 --> 00:11:42,110 Eso es lo que teóricamente yo tengo que pagar a Hacienda 90 00:11:42,110 --> 00:11:42,769 ¿Vale? 91 00:11:43,029 --> 00:11:55,029 Si yo a eso tengo que tener en cuenta que ya he pagado una parte y como ya he pagado una parte, que está en la cuenta 473, le resto lo que haya en el saldo de la 473, que son 8.000. 92 00:11:55,029 --> 00:12:05,470 Le resto 8.000 y lo que queda a ingresar en Hacienda son las 17.000, que se lleva a la 472 para reconocer esa deuda con Hacienda. 93 00:12:05,470 --> 00:12:30,429 El asiento utilizo el impuesto de corriente, que son los 25.000 euros, que es lo que me sale de multiplicar el beneficio por el tanto por ciento de impuesto, los 25.000, impuesto corriente, 473, 4752, 473 por lo que ya he pagado durante el ejercicio, de tal manera que esa cuenta se va a saldar, se va a quedar a cero, 94 00:12:30,429 --> 00:12:53,350 Y 4752, que aparecerá con un saldo acreedor de 17.000 euros y que se quedará ahí hasta que yo pague el año siguiente, ¿veis? Este es el 19, este es el 20, hasta que yo en julio lo pague, momento en el cual la cancelaré, se quedará a cero, 17.000, 4752 y, por supuesto, disminuirá mi banco, ¿vale? Por 17.000 euros. 95 00:12:53,350 --> 00:12:58,309 eso hemos visto el caso en el que hay beneficio 96 00:12:58,309 --> 00:13:00,269 pero vamos a suponer que no hay beneficio 97 00:13:00,269 --> 00:13:03,629 que nosotros hacemos el 31 de diciembre nuestros cálculos 98 00:13:03,629 --> 00:13:05,990 y resulta que no ha habido beneficio 99 00:13:05,990 --> 00:13:12,179 hay que reflejarlo igualmente 100 00:13:12,179 --> 00:13:15,000 no pagaremos pero tendremos que reflejarlo 101 00:13:15,000 --> 00:13:18,019 y lo reflejaremos contablemente con las cuentas 102 00:13:18,019 --> 00:13:22,299 42745 que es crédito por pérdidas a compensar 103 00:13:22,299 --> 00:13:25,480 y por el haber 6301 impuesto diferido 104 00:13:25,480 --> 00:13:45,519 Es decir, lo que hacemos es, si cogemos la base imponible de lo que nos ha salido en la liquidación de ingresos menos gastos, pues va a salir negativa. Por ejemplo, al contrario, hemos tenido 5.000 de gastos y 3.000 de ingresos, pues va a salir menos 2.000. Bueno, pues 2.000 por el 0.25 serían 500, ¿no? 105 00:13:45,519 --> 00:14:03,879 Pero en negativo, por eso se invierte este asiento. Hay que reflejarlo y hay que ponerlo en un asiento y se pone así. Aquí pondríamos lo que salga de la base imponible por el 25%, ¿de acuerdo? Menos algo, pero no se pone en negativo, se pone en positivo. 106 00:14:03,879 --> 00:14:12,159 en esta cuenta y en el haber el impuesto que teóricamente las cuentas del grupo 6 siempre 107 00:14:12,159 --> 00:14:15,480 vienen por el debe, pero como en este caso es al contrario, lo que quiero poner es un 108 00:14:15,480 --> 00:14:21,559 menos gasto, como si dijéramos, y en este caso se utiliza la 6301 por el haber impuesto 109 00:14:21,559 --> 00:14:27,309 diferido. ¿Vale? Segundo asiento, ¿qué hacemos con las retenciones? Porque claro, 110 00:14:27,490 --> 00:14:31,330 independientemente de que nosotros a final de año hayamos tenido beneficio o pérdida, 111 00:14:31,450 --> 00:14:35,070 puede ser que hayamos tenido retenciones durante el año. Es decir, retenciones y pagos 112 00:14:35,070 --> 00:14:58,570 ¿Qué hacemos con esa cuenta? Entonces, lo que hacemos es utilizar la cuenta 47099 porque estas retenciones nos las va a tener que devolver Hacienda. Si a nosotros al final del ejercicio no nos sale a pagar porque tenemos pérdidas, las retenciones que nosotros hemos ido haciendo a lo largo del ejercicio Hacienda nos las tiene que devolver. 113 00:14:58,570 --> 00:15:20,009 Y la manera de decirlo, contablemente, es, por supuesto, anulando la 473 por el importe que tuviéramos, por las retenciones que hayamos hecho durante el ejercicio y dando de alta una cuenta de activo, Hacienda Pública deudora por devolución de impuestos, reflejando el derecho de cobro que tenemos con Hacienda. 114 00:15:20,009 --> 00:15:37,889 Es decir, que Hacienda nos debe la cantidad de retenciones y pagos a cuenta que hayamos hecho a lo largo del ejercicio. Ejemplo, liquidar y contabilizar el impuesto a 31 de diciembre. El resultado contable antes de impuesto, pérdidas, del 18 es de 1.500 en negativo porque son pérdidas. 115 00:15:37,889 --> 00:15:55,629 Entonces, si vamos a cuenta que hemos ido haciendo a lo largo del ejercicio, ha sido 8.000 y el tipo impositivo son 25.000. Hacemos la liquidación, siempre es igual. Base imponible menos 150.000. Tipo impositivo, ¿por qué no hay? Si es que no hay tipo impositivo, ¿por qué no tenemos que pagar? 116 00:15:55,629 --> 00:15:58,730 La cuota líquida evidentemente será cero 117 00:15:58,730 --> 00:15:59,730 Si es que no hay que pagar nada 118 00:15:59,730 --> 00:16:01,330 Con lo cual 119 00:16:01,330 --> 00:16:03,809 Le restamos a esa cuota 120 00:16:03,809 --> 00:16:05,909 Que son cero, le restamos 121 00:16:05,909 --> 00:16:07,850 Lo que ya nosotros hemos pagado Hacienda 122 00:16:07,850 --> 00:16:09,110 Porque nos lo tiene que devolver 123 00:16:09,110 --> 00:16:11,549 Porque teóricamente no tenemos que pagar nada 124 00:16:11,549 --> 00:16:14,009 Y lo que sale es 125 00:16:14,009 --> 00:16:16,250 El negativo 8.000 porque nos lo tiene que devolver Hacienda 126 00:16:16,250 --> 00:16:17,950 Eso lo llevamos a un asiento 127 00:16:17,950 --> 00:16:19,649 Los asientos siempre van en positivo 128 00:16:19,649 --> 00:16:21,629 Aunque aquí pongamos el negativo 129 00:16:21,629 --> 00:16:23,629 Para enterarnos de que es 130 00:16:23,629 --> 00:16:27,629 pérdida, o sea, que nos tiene que devolver 131 00:16:27,629 --> 00:16:30,330 en los asientos siempre se ponen las cantidades en positivo 132 00:16:30,330 --> 00:16:33,669 no quiero haber un asiento con una cantidad 133 00:16:33,669 --> 00:16:35,289 en negativo porque no existe, ¿vale? 134 00:16:35,929 --> 00:16:39,789 ¿Cuál es el asiento que haremos? Bueno, pues el 31 de diciembre lo que diremos 135 00:16:39,789 --> 00:16:41,970 será crédito 136 00:16:41,970 --> 00:16:45,629 4745, crédito por pérdidas a compensar 137 00:16:46,230 --> 00:16:48,470 por la parte que 138 00:16:48,470 --> 00:16:51,769 teóricamente saldría de aplicar 139 00:16:51,769 --> 00:16:54,230 saldría de aplicar el 25% 140 00:16:54,230 --> 00:16:55,350 que se supone que se aplica 141 00:16:55,350 --> 00:16:57,710 a la base imponible, que serían 142 00:16:57,710 --> 00:17:00,029 37.500, ¿vale? 143 00:17:01,629 --> 00:17:04,509 Lo ponemos como crédito por pérdidas a compensar 144 00:17:04,509 --> 00:17:05,670 y 145 00:17:05,670 --> 00:17:07,829 el asiento este que hemos hecho aquí, ¿vale? 146 00:17:07,990 --> 00:17:08,829 Ahora un poco más arriba. 147 00:17:09,650 --> 00:17:10,950 Y aquí 148 00:17:10,950 --> 00:17:13,670 61 impuesto diferido. O sea, 149 00:17:13,829 --> 00:17:14,950 el mismo asiento, pero al contrario. 150 00:17:15,890 --> 00:17:17,309 Este que hemos hecho aquí arriba, 151 00:17:23,319 --> 00:17:25,480 bueno, este no, no lo... 152 00:17:25,480 --> 00:17:42,539 Bueno, hay que hacerlo al contrario, a ver, que me pierdo, que ya ahora me pierdo, no sé por dónde andaba, vale, ya estoy aquí, aquí es donde estábamos. 153 00:17:42,539 --> 00:17:58,279 A ver, los créditos por pérdidas a compensar, esto es una cuenta de activo, ¿vale? Es una cuenta de activo porque lo debe, o sea, es como si dijéramos el tanto por ciento que tendría que haber pagado si hubiera salido positivo. 154 00:17:58,279 --> 00:18:15,779 Como ha salido positivo, contablemente no lo pongo en negativo, sino que lo que hago es que utilizo la 6301 al contrario, porque ya os he dicho que la 600 normalmente va por el debe, y lo llevo al impuesto diferido. 155 00:18:15,779 --> 00:18:34,079 ¿Vale? Y el siguiente asiento que hago es anular, por supuesto, las retenciones que yo había pagado aquí, ¿vale? Anular las retenciones que tenía pagadas aquí por 8.000 euros y generar otro derecho de cobro con Hacienda que me lo devolverá, los 8.000 euros, ¿vale? 156 00:18:34,940 --> 00:18:37,039 Esto no se devuelve, esto no lo devuelve Hacienda. 157 00:18:37,180 --> 00:18:43,960 Esto se queda aquí, los créditos por pérdidas a compensar, es decir, lo que hubieras tenido que pagar, ¿vale? 158 00:18:44,180 --> 00:18:47,059 En caso de haber tenido beneficios, esto no te lo devuelve Hacienda. 159 00:18:47,160 --> 00:18:49,039 Se queda ahí y ahora veremos cómo se regulariza. 160 00:18:49,339 --> 00:18:53,940 Pero esto, lo que anulo con la 473, sí te lo devuelve Hacienda, ¿vale? 161 00:18:56,380 --> 00:18:57,240 ¿Qué es lo que pongo aquí? 162 00:18:57,240 --> 00:19:02,519 Bueno, cuando Hacienda nos devuelva las retenciones, lo hará ingresando en la cuenta del banco, que será esta. 163 00:19:02,519 --> 00:19:12,380 Anularemos la deudora por devolución de impuestos y aumentará nuestro banco porque no lo devuelve. 164 00:19:13,279 --> 00:19:17,880 Vamos a suponer que hay beneficio y compenso la base imponible negativa del año anterior. 165 00:19:18,420 --> 00:19:23,880 Esto de aquí es lo que se llama base imponible negativa del año anterior, 166 00:19:23,880 --> 00:19:43,859 Que me sirve para compensar si hay beneficios en ejercicios anteriores, o sea, si en ejercicios posteriores tengo beneficios, ¿vale? Esa base la compenso, ¿vale? La que me ha salido negativa, las pérdidas, o sea, de alguna manera se compensan las pérdidas de otros ejercicios, ¿vale? 167 00:19:43,859 --> 00:20:00,380 Entonces, suponemos que hay un beneficio y que compenso la base imponible negativa del año anterior. Aquí hay que hacer los asientos. El primero, hago el asiento contrario que hice, doy de baja el crédito que tenía del año anterior, ¿vale? Es decir, este asiento. 168 00:20:00,380 --> 00:20:20,779 Al contrario, 631, 4745. Este asiento de aquí le doy la vuelta, lo doy de baja, ¿vale? Y doy de alta de nuevo la regularización de mi contabilizador impuesto, ¿vale? De este año. 169 00:20:20,779 --> 00:20:40,000 Es decir, como si hubiera tenido beneficio 630 en impuesto de vago corriente, la verga 473 por las recepciones y pagos a cuentas que ya he tenido yo en ese año y la creadora por impuesto de sociedades porque estamos diciendo que tenemos beneficio. 170 00:20:40,000 --> 00:20:57,079 Es decir, lo primero que hacemos es revertir el anterior, el que teníamos por pérdidas a compensar y automáticamente después hacemos el normal, el impuesto de ese año, ¿de acuerdo? Concretamente. 171 00:20:57,079 --> 00:21:20,940 En un ejemplo se ve mejor. Liquidar el contabilizador del impuesto 31 del 12, sabiendo que el resultado contable beneficio ha sido de 200.000 euros. Las retenciones y pagos a cuentas de ese ejercicio han sido 2.000 euros. La base imponible negativa del año anterior, 150.000 a compensar. Y tipo impositivo, el 25%. 172 00:21:20,940 --> 00:21:23,660 Hacemos lo mismo de siempre, primero liquidamos 173 00:21:23,660 --> 00:21:25,400 Aparte, en una hojita 174 00:21:25,400 --> 00:21:28,180 Ponemos, resultado contable de este ejercicio 175 00:21:28,180 --> 00:21:29,359 Porque estamos haciendo el de este 176 00:21:29,359 --> 00:21:31,339 200.000 euros 177 00:21:31,339 --> 00:21:33,460 Vale, ahora es cuando 178 00:21:33,460 --> 00:21:34,539 Tengo en cuenta la base 179 00:21:34,539 --> 00:21:37,880 Imponible del año anterior que era negativa 180 00:21:37,880 --> 00:21:39,839 ¿Vale? Y lo pongo en negativo 181 00:21:39,839 --> 00:21:40,900 Menos 150 182 00:21:40,900 --> 00:21:43,420 ¿Cuál va a ser la base imponible total? 183 00:21:43,960 --> 00:21:44,740 50.000 184 00:21:44,740 --> 00:21:47,380 ¿Vale? Porque digamos que 185 00:21:47,380 --> 00:21:49,500 De alguna manera, si en un año tenemos 186 00:21:49,500 --> 00:21:51,599 pérdida, pues hombre, y al año siguiente 187 00:21:51,599 --> 00:21:53,940 beneficio, pues bueno, nos lo compensa 188 00:21:53,940 --> 00:21:55,660 un poco, ¿vale? No tenemos que pagar 189 00:21:55,660 --> 00:21:57,359 este año por los 190 00:21:57,359 --> 00:21:59,579 200.000 enteros, ¿vale? 191 00:21:59,920 --> 00:22:01,519 Sino por los 200.000 menos 192 00:22:01,519 --> 00:22:03,099 la pérdida que haya tenido el año anterior. 193 00:22:04,420 --> 00:22:05,180 A eso 194 00:22:05,180 --> 00:22:07,539 que sale, los 50.000, 195 00:22:07,539 --> 00:22:09,420 le aplico el tipo impositivo, que es el 196 00:22:09,420 --> 00:22:11,660 0,25, y lo que me saldrá de impuesto 197 00:22:11,660 --> 00:22:13,680 será 12.500, 198 00:22:13,940 --> 00:22:15,460 que es lo que me llevo a las 199 00:22:15,460 --> 00:22:17,200 630, ¿vale? 200 00:22:17,200 --> 00:22:40,579 Al impuesto diferido, que serán los 12.500, ¿vale? Tenemos que tener en cuenta, como os he dicho, que como teníamos una base negativa del año anterior, ¿vale? Y por lo tanto teníamos un asiento hecho ya, pero hecho al contrario de como está este. 201 00:22:40,579 --> 00:23:00,940 Lo teníamos hecho con esta forma, 4745 a 6301. Pues lo primero que hacemos es revertirlo, 6301 por 4745, ¿vale? Y sería por el importe de, por los 35.000 euros, por lo que tuviéramos, ¿vale? 202 00:23:00,940 --> 00:23:35,700 Y, posteriormente, haríamos nuestro impuesto de sociedades del año concreto del 2019. Hemos dicho que serían 12.500 el importe del impuesto a las 6.30, la 4.73 que yo he ido pagando durante el ejercicio, que hemos dicho que eran, no hemos dicho que eran ninguno, sí, 2.000 euros, que tendrán que aparecer. 203 00:23:37,019 --> 00:23:46,900 Aquí, que son los 2.000 euros de retenciones y pagos que se hayan realizado, los 2.000 euros, y lo que reste será lo que tenga que pagar de impuestos de sociedades. 204 00:23:46,900 --> 00:23:59,059 Y lo reconozco como una deuda, una cuenta de pasivo, con Hacienda, pero concretamente la 4752, porque es sobre el impuesto de sociedades, de 100.500. 205 00:23:59,059 --> 00:24:24,759 A continuación tenéis ejercicios, concretamente del grupo 63, de tributos. Están los planteamientos, o sea, están los enunciados y después están las soluciones, con lo cual los hacéis, los vais haciendo y primero yo lo haría desde luego, como siempre, yo solito, ¿vale? 206 00:24:24,759 --> 00:24:42,680 Y luego lo vais comprobando con los resultados y si hay, o con las soluciones, y si hay alguna duda o hay algo que queráis comentar, pues ya sabéis que tenéis los foros. 207 00:24:42,680 --> 00:24:46,319 el siguiente vídeo que vamos a 208 00:24:46,319 --> 00:24:48,200 que subiré 209 00:24:48,200 --> 00:24:49,359 será 210 00:24:49,359 --> 00:24:52,039 el de los gastos de personal, ¿vale? 211 00:24:52,279 --> 00:24:53,880 Cómo contabilizar los gastos 212 00:24:53,880 --> 00:24:56,079 de personal y las nóminas 213 00:24:56,079 --> 00:24:57,279 y todas estas cosas, ¿vale? 214 00:24:57,880 --> 00:24:59,640 Bueno, pues en el 215 00:24:59,640 --> 00:25:01,960 en el siguiente, a ver 216 00:25:01,960 --> 00:25:04,559 si los gastos de personal están en la plataforma, pues esto es lo que 217 00:25:04,559 --> 00:25:06,619 esto es lo que iremos viendo 218 00:25:06,619 --> 00:25:07,220 ¿de acuerdo? 219 00:25:08,059 --> 00:25:09,079 Bueno, pues hasta 220 00:25:09,079 --> 00:25:12,180 el ratón, que se me va el ratón un poquito 221 00:25:12,180 --> 00:25:15,000 Hasta el siguiente 222 00:25:15,000 --> 00:25:18,960 Hasta el siguiente vídeo 223 00:25:18,960 --> 00:25:20,539 De acuerdo, buen día