1 00:00:00,000 --> 00:00:12,560 Continuamos en este último vídeo, analizando el título cuarto del Decreto 32-2019, modificado 2 00:00:12,560 --> 00:00:18,080 por el Decreto 60-2020 de 29 de julio, por el que se regula la convivencia en los centros 3 00:00:18,080 --> 00:00:20,240 educativos de la Comunidad de Madrid. 4 00:00:20,240 --> 00:00:23,720 Este título contiene todas las cuestiones relativas a las conductas contrarias a la 5 00:00:23,720 --> 00:00:28,960 convivencia, medidas aplicables y procedimientos de intervención en un centro educativo. 6 00:00:28,960 --> 00:00:33,240 El principio de autonomía de los centros permite a cada uno de ellos elaborar su plan 7 00:00:33,240 --> 00:00:38,720 de convivencia acorde a la realidad específica en la que vive el centro, tipo de enseñanza, 8 00:00:38,720 --> 00:00:44,120 de alumnado, entorno socioeconómico o proyectos específicos del centro. 9 00:00:44,120 --> 00:00:48,620 Ello implica también que como organismo público deba respetar el principio de transparencia 10 00:00:48,620 --> 00:00:54,160 de la administración, elaborando este plan de convivencia, tal como esta norma refleja, 11 00:00:54,160 --> 00:00:59,640 teniendo a la disposición de la comunidad educativa y aplicándolo adecuadamente. 12 00:00:59,640 --> 00:01:04,160 A continuación iremos desgranando los diferentes capítulos del título cuarto. 13 00:01:04,160 --> 00:01:10,360 El capítulo 1, relativo a las conductas contrarias a la convivencia, se divide en varias secciones. 14 00:01:10,360 --> 00:01:15,080 La sección primera, que abarca únicamente el artículo 31, establece el marco general 15 00:01:15,080 --> 00:01:19,040 de las conductas contrarias a las normas de convivencia. 16 00:01:19,040 --> 00:01:24,640 Así establece que para garantizar la convivencia, el clima de aprendizaje y el respeto de todos 17 00:01:24,640 --> 00:01:30,160 los derechos de la comunidad educativa, los centros en el marco de su autonomía elaborarán 18 00:01:30,160 --> 00:01:36,120 las normas de organización y funcionamiento y corregirán los actos contrarios a las normas 19 00:01:36,120 --> 00:01:41,480 de convivencia que realicen los alumnos, pues para el profesorado y el personal de administración 20 00:01:41,480 --> 00:01:45,480 y servicios la vía disciplinaria es otra. 21 00:01:45,480 --> 00:01:51,240 Todos los actos del alumnado tienen que producirse en el horario lectivo y en el recinto escolar. 22 00:01:51,240 --> 00:01:54,840 También se tendrán en cuenta, de cara a la aplicación de este decreto, los actos 23 00:01:54,840 --> 00:01:59,120 que se realicen fuera del centro durante el desarrollo de actividades complementarias 24 00:01:59,120 --> 00:02:03,520 extraescolares o durante la prestación de servicios complementarios. 25 00:02:03,520 --> 00:02:08,440 En todo caso, el apartado 2 de este artículo amplía el radio de acción de la aplicación 26 00:02:08,440 --> 00:02:13,080 del plan de convivencia e agradia también a las conductas de los alumnos que, aunque 27 00:02:13,080 --> 00:02:17,560 llevadas a cabo fuera del recinto escolar, estén motivadas o relacionadas con la vida 28 00:02:17,560 --> 00:02:22,600 del centro y afecten a los derechos de algún miembro de la comunidad educativa o impliquen 29 00:02:22,600 --> 00:02:26,600 riesgo para su seguridad e integridad física o moral. 30 00:02:26,600 --> 00:02:32,000 Debemos referirnos también a la situación en la que nos encontramos ante actos constitutivos 31 00:02:32,000 --> 00:02:33,360 de delito. 32 00:02:33,360 --> 00:02:38,080 En estos casos los profesores, el equipo directivo o cualquier persona que tuviera conocimiento 33 00:02:38,080 --> 00:02:42,720 de hechos delictivos, tiene la obligación de ponerlos en conocimiento de los cuerpos 34 00:02:42,720 --> 00:02:46,560 de seguridad correspondientes o del Ministerio Fiscal. 35 00:02:46,560 --> 00:02:51,160 Ello significa que, como docentes, siempre debemos poner en conocimiento de nuestro superior 36 00:02:51,160 --> 00:02:56,800 jerárquico en el centro o, en el caso de hechos delictivos, ante las autoridades, todas 37 00:02:56,800 --> 00:03:02,040 las conductas que, teniendo conocimiento de ellas, sean contrarias a la convivencia. 38 00:03:02,040 --> 00:03:06,480 La sección segunda de este primer capítulo habla sobre los tipos de conducta y las medidas 39 00:03:06,480 --> 00:03:07,920 correctoras. 40 00:03:07,920 --> 00:03:12,680 Las normas de convivencia del centro regularán las relaciones entre los miembros de la comunidad 41 00:03:12,680 --> 00:03:18,520 educativa, el uso y cuidado de los espacios y recursos del centro, la actitud y comportamiento 42 00:03:18,520 --> 00:03:24,480 durante las actividades lectivas, complementarias y extraescolares, la puntualidad y la asistencia 43 00:03:24,480 --> 00:03:30,960 y el uso de objetos y dispositivos que puedan obstaculizar el normal desarrollo de las actividades 44 00:03:30,960 --> 00:03:31,960 del centro. 45 00:03:32,360 --> 00:03:39,000 Así, teniendo en cuenta lo anterior, se concreta qué es una falta de disciplina, esto es, 46 00:03:39,000 --> 00:03:43,360 una norma contraria a las normas de convivencia del centro. 47 00:03:43,360 --> 00:03:47,720 Dichas faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. 48 00:03:47,720 --> 00:03:52,240 En relación a las medidas correctoras aplicables en el ámbito del centro, debemos conocer 49 00:03:52,240 --> 00:03:57,720 el abanico que el decreto establece en su articulado para cada tipo de falta. 50 00:03:57,720 --> 00:04:01,800 En este aspecto debemos tener en cuenta que debe existir correlación entre la conducta 51 00:04:01,800 --> 00:04:05,080 del alumno, el tipo de falta y la sanción impuesta. 52 00:04:19,080 --> 00:04:23,320 La sección tercera, relativa a los órganos competentes para adoptar y aplicar medidas 53 00:04:23,320 --> 00:04:28,960 correctoras y criterios de adopción y aplicación de las mismas, recuerda la condición de autoridad 54 00:04:28,960 --> 00:04:34,800 del profesor y remite en función de la tipificación de la falta al profesor, al tutor, al jefe 55 00:04:34,800 --> 00:04:39,000 de estudios o al director del centro para la imposición de la correspondiente medida 56 00:04:39,000 --> 00:04:40,400 correctora. 57 00:04:40,400 --> 00:04:44,480 Estas medidas correctoras deben aplicarse teniendo en cuenta los criterios generales 58 00:04:44,480 --> 00:04:49,200 definidos en los artículos 38 y 39 del decreto 32. 59 00:04:49,200 --> 00:04:54,720 Así, debemos tener presente que la imposición de medidas correctoras tendrá siempre carácter 60 00:04:54,720 --> 00:04:58,840 educativo y procurará la mejora de la convivencia en el centro. 61 00:04:58,840 --> 00:05:03,840 Se tendrán en cuenta los derechos de la mayoría y la proporcionalidad de la medida. 62 00:05:03,840 --> 00:05:08,040 Igualmente debemos recordar que no se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la 63 00:05:08,040 --> 00:05:13,440 educación obligatoria y que en los casos de absentismo o riesgo de abandono escolar 64 00:05:13,440 --> 00:05:18,200 se procurará que las medidas correctoras que se adopten eviten que se acentúen más 65 00:05:18,200 --> 00:05:19,640 estos problemas. 66 00:05:19,640 --> 00:05:24,640 Respecto de la aplicación de las medidas correctoras, no debemos olvidar que los padres 67 00:05:24,640 --> 00:05:29,960 estarán puntualmente informados si el alumno es menor de edad, la posibilidad de realizar 68 00:05:29,960 --> 00:05:34,720 exámenes durante algún periodo de expulsión y la garantía de puesto escolar en caso de 69 00:05:34,720 --> 00:05:36,000 cambio de centro. 70 00:05:36,000 --> 00:05:40,600 Tengamos en cuenta también que de los actos contrarios a la convivencia se pueden derivar 71 00:05:40,600 --> 00:05:42,480 responsabilidades. 72 00:05:42,480 --> 00:05:48,160 En este sentido, el decreto 32 deja claro que los alumnos están obligados a restituir 73 00:05:48,160 --> 00:05:54,120 cualquier pertenencia ajena que hubieran sustraído y a reparar los daños que causen 74 00:05:54,120 --> 00:05:59,880 individual o colectivamente de forma intencionada o por negligencia clave a las instalaciones, 75 00:05:59,880 --> 00:06:05,200 a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, 76 00:06:05,200 --> 00:06:10,480 o en su caso deberán contribuir al coste económico de su reparación, coste que deberán 77 00:06:10,480 --> 00:06:15,120 asumir los padres del alumno menor de edad sobre el que ejercen la patria potestad o 78 00:06:15,120 --> 00:06:16,120 la tutela. 79 00:06:16,120 --> 00:06:20,440 En relación a los procedimientos de intervención ante las acciones contrarias a la convivencia 80 00:06:20,440 --> 00:06:25,680 escolar, las secciones primera y segunda del capítulo segundo hacen referencia a los 81 00:06:25,680 --> 00:06:30,240 principios generales de la regulación de la convivencia, basados en el diálogo y la 82 00:06:30,240 --> 00:06:35,480 conciliación, la orientación y el carácter preventivo de la resolución de conflictos 83 00:06:35,480 --> 00:06:38,080 en la comunidad educativa. 84 00:06:38,080 --> 00:06:43,680 La sección tercera es la que regula el procedimiento disciplinario y distingue entre procedimiento 85 00:06:43,680 --> 00:06:49,440 disciplinario ordinario para las faltas leves y procedimiento disciplinario especial para 86 00:06:49,440 --> 00:06:51,840 las faltas graves y muy graves. 87 00:06:51,840 --> 00:06:56,720 Las medidas y los procedimientos de intervención dirigidos a reconducir conductas contrarias 88 00:06:56,720 --> 00:07:02,520 a la convivencia implican el desarrollo de un procedimiento administrativo, que debe 89 00:07:02,520 --> 00:07:07,480 aplicarse con pulcritud y siempre garantizando los derechos de todos los miembros de la comunidad 90 00:07:07,480 --> 00:07:10,200 educativa que se vean afectados. 91 00:07:10,200 --> 00:07:15,640 En primer lugar, con respecto a las faltas leves, así como graves y muy graves, si son 92 00:07:15,640 --> 00:07:21,000 evidentes y hay reconocimiento de las mismas por parte del alumno, como podéis ver el 93 00:07:21,000 --> 00:07:26,500 procedimiento es rápido, sencillo y en función de la tipificación de la falta, la intervención 94 00:07:26,500 --> 00:07:32,560 del profesor en el aula, del tutor o del jefe de estudios varía, aunque en todo caso los 95 00:07:32,560 --> 00:07:38,120 tutores de grupo serán siempre oídos e informados y siempre deberá existir comunicación por 96 00:07:38,120 --> 00:07:43,280 escrito al alumno y a los padres o tutores si este fuera menor de edad. 97 00:07:43,320 --> 00:07:47,760 En el caso del procedimiento especial, la instrucción de un expediente disciplinario 98 00:07:47,760 --> 00:07:53,520 conlleva para la administración educativa que lo instruye el respeto a una serie de garantías. 99 00:07:53,520 --> 00:07:59,800 El artículo 50 del decreto establece taxativamente todas estas premisas que como posibles futuros 100 00:07:59,800 --> 00:08:03,880 instructores debemos conocer en su totalidad. 101 00:08:03,880 --> 00:08:08,360 Este es el esquema procesal general en el que se establecen las fases y plazos en el 102 00:08:08,360 --> 00:08:12,000 supuesto de la comisión de faltas graves y muy graves. 103 00:08:12,000 --> 00:08:17,280 Como veis, a modo de escalera, la ecuación del expediente disciplinario y el nombramiento 104 00:08:17,280 --> 00:08:22,920 del instructor se comunicarán al alumno y si este es menor de edad también a sus padres. 105 00:08:22,920 --> 00:08:28,080 El instructor iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos y en un plazo 106 00:08:28,080 --> 00:08:33,160 no superior a cuatro días lectivos, desde que se le designó, notificará al alumno 107 00:08:33,160 --> 00:08:38,600 y a sus padres o tutores, si este fuera menor, el pliego de cargos. 108 00:08:38,600 --> 00:08:44,160 En él se expondrán con precisión y claridad los hechos imputados, las medidas correctoras 109 00:08:44,160 --> 00:08:48,680 que se podrían imponer, dando un plazo de cuatro días lectivos para alegar cuánto 110 00:08:48,680 --> 00:08:51,280 se estime pertinente. 111 00:08:51,280 --> 00:08:55,000 Debemos tener en cuenta que el instructor no podrá tomar declaración a ningún alumno 112 00:08:55,000 --> 00:08:59,720 menor de edad sin la autorización expresa de sus familias. 113 00:08:59,720 --> 00:09:04,500 En el escrito de alegaciones podrá proponerse la prueba que se considere oportuna, que deberá 114 00:09:04,500 --> 00:09:09,300 aportarse o sustanciarse en el plazo de dos días lectivos. 115 00:09:09,300 --> 00:09:14,180 En los casos en los que tardarás la entrega del pliego de cargos, el alumno o sus padres 116 00:09:14,180 --> 00:09:19,140 reconozcan los hechos causantes, acepten las medidas correctoras propuestas y renuncien 117 00:09:19,140 --> 00:09:24,900 explícitamente y por escrito a formular alegaciones y a proponer prueba, el instructor dará por 118 00:09:24,900 --> 00:09:27,700 concluida la instrucción del expediente. 119 00:09:27,700 --> 00:09:33,000 A continuación el instructor formulará en el plazo de dos días lectivos la propuesta 120 00:09:33,000 --> 00:09:38,720 de resolución, que deberá contener los hechos o conductas que se imputan al alumno, 121 00:09:38,720 --> 00:09:44,600 la calificación de los mismos, las circunstancias atenuantes o agravantes si las hubiere, la 122 00:09:44,600 --> 00:09:49,800 medida correctora que se propone y además dará audiencia al alumno y si es menor de 123 00:09:49,800 --> 00:09:54,760 edad también a sus padres para comunicarles la propuesta de resolución y el plazo de 124 00:09:54,760 --> 00:09:59,840 dos días lectivos para alegar cuánto estimen oportuno en su defensa. 125 00:09:59,840 --> 00:10:04,680 En caso de conformidad y renuncia a dicho plazo, ésta deberá formalizarse por escrito. 126 00:10:20,400 --> 00:10:24,920 Con respecto al quinto paso relativo a la resolución del expediente, el instructor 127 00:10:24,920 --> 00:10:30,400 elevará al director del centro el expediente completo, incluyendo la propuesta de resolución 128 00:10:30,400 --> 00:10:33,400 y todas las alegaciones que se hubieran formulado. 129 00:10:33,400 --> 00:10:38,160 El director adoptará la resolución y pondrá en conocimiento del claustro de profesores 130 00:10:38,160 --> 00:10:40,480 y de las partes implicadas. 131 00:10:40,480 --> 00:10:45,200 El procedimiento deberá resolverse en el plazo máximo de 18 días lectivos desde la 132 00:10:45,200 --> 00:10:49,720 fecha del inicio del mismo, salvo en casos excepcionales en los que la complejidad de 133 00:10:49,720 --> 00:10:54,880 los hechos o la falta de colaboración de las partes implicadas lo impida. 134 00:10:54,880 --> 00:11:00,080 La resolución deberá estar suficientemente motivada, contendrá los hechos o conductas 135 00:11:00,080 --> 00:11:05,160 que se imputan al alumno, la valoración expresa de la prueba practicada, las circunstancias 136 00:11:05,160 --> 00:11:10,440 agravantes o atenuantes si las hubiere, los fundamentos jurídicos en que se basa la medida 137 00:11:10,440 --> 00:11:16,280 correctora impuesta, el contenido de la misma, su fecha de efecto y el órgano ante el que 138 00:11:16,280 --> 00:11:20,680 cabe interponer reclamación y el plazo para ello. 139 00:11:20,680 --> 00:11:25,000 Recordad que para la profundización en este ámbito, en el material que se aporta para 140 00:11:25,000 --> 00:11:30,120 el alumnado del curso, os adjuntamos varios esquemas y un enlace al texto legal para su 141 00:11:30,120 --> 00:11:31,760 consulta. 142 00:11:31,760 --> 00:11:36,640 Cabe advertir que, por falta de tiempo, no profundizaremos en el estudio de la subsección 143 00:11:36,640 --> 00:11:43,240 tercera, relativa a comunicaciones, reclamaciones, recursos, plazos y otros procedimientos. 144 00:11:43,240 --> 00:11:49,360 Finalmente concluir con la cita de la disposición adicional única relativa al absentismo escolar. 145 00:11:50,720 --> 00:11:57,360 Finalizamos aquí la última sesión relativa al estudio del título IV del Decreto 32-2019. 146 00:11:57,360 --> 00:12:01,880 Agradeceros vuestra atención y remitiros al aula virtual para la resolución de las 147 00:12:01,880 --> 00:12:06,040 tareas y cuestiones relativas a este bloque de contenidos y a cualquier otra duda que 148 00:12:06,040 --> 00:12:07,960 tengáis al respecto. 149 00:12:07,960 --> 00:12:08,960 Muchas gracias.