formas jurídicas clase 24/02/21 - Contenido educativo
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Bueno, vamos a seguir.
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Se han puesto
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fiestas de exámenes en el aula virtual,
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¿vale? Ahora el examen
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final, que era,
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si no recuerdo mal,
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¿vale?
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Entonces,
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el examen final,
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ahora vamos a hacer el examen parcial
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mañana y pasado.
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El examen final será un filo, que será
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esto mismo, más lo que vemos.
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a partir de hoy
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voy a dar todas las clases online
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entonces
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bueno, las estaba como de antes
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pero ya os digo que a partir de hoy
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voy a dar las clases online porque nos queda una semana
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una semana y algo
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para meter contenido al examen final
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¿vale?
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el de mañana se hacen clases
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el de final también, todos se hacen en clase
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pero el de mañana
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solo versas sobre las nóminas
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y el tema 3
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¿vale?
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tema 3 y nómina
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tenéis una nómina para hacer
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que son
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6 puntos y 4 puntos
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tenéis de tipo test
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la nómina son
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6 puntos, 5 puntos hacer la nómina
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ya lo anticipo y un punto
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lo estoy anticipando
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tenéis que hacer por lo que hemos hecho en clase
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¿cuánto es el líquido?
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el neto, etc.
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la transferencia que tiene que hacer el empresario, etc.
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¿vale?
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¿cuánto es el líquido?
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cuatro puntos
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¿vale? son tipo tres
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o sea, una luna
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y el tipo tres
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la luna estaba en seis puntos
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y el otro fue tres
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ah, pero no, ¿tres tipo tres?
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sí, se quedó tres tipo tres
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tres tipo tres, ¿vale?
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entonces
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restando, como siempre
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en el final no voy a hacer tipo tres
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haré cosas más complicadas
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¿restando o restando?
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sí, sí, resta, sí resta
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Bueno, entonces, vamos a seguir y ahora vamos a ver con las formas jurídicas de la empresa.
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Las formas jurídicas.
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Formas jurídicas.
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A ver, las formas jurídicas empresariales, básicamente es que todas las empresas pueden tener denominaciones sociales distintas, pueden tener características jurídicas diferentes.
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Dependiendo qué tipo de empresa yo quiera montar, pues va a tener unas características determinadas por su forma jurídica.
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Antes de comenzar con los tipos de escuelas jurídicas que tenemos, con los tipos de empresas según su definición jurídica, lo que vamos a ver son los conceptos iniciales. Uno, el concepto de personalidad física y otro, el concepto de personalidad jurídica.
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a ver
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voy a correr
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personalidad física
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no se explica que existía
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no, quiero
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voy a volver
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personalidad física
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personalidad física
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tenemos dos tipos de personalidad
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bueno
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una personalidad
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es el sujeto
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que
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el otro
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tiene derecho
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y obligación
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eso es
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cada persona, personalidad, tiene
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unos derechos y otras obligaciones
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o derecho, debida de la obligación
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o tengo derecho
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o tengo obligación
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esta obligación no tengo en el mundo
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¿Vale? Entonces, tenemos dos tipos de personalidad, física y objetiva. La personalidad física sería aquella única personalidad que tiene derecho y obligación. ¿Vale? Una persona que tiene derecho y obligación.
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A ver, yo soy persona de vida física, soy una persona, como dice, de obligaciones.
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Entonces, toda persona que tiene obligaciones, es persona política, ¿vale?
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Y personalidad jurídica, ¿qué es?
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Es la personalidad, el objeto de las obligaciones, en este caso no es jurídica,
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y no es un conjunto de personas físicas, es un conjunto de personas físicas, la asesoría política.
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Entonces, si se obtuviera un ejército de personas de la política, conjunto de personas físicas,
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que se unen, que tienen derecho de obligaciones a aplicar los deportes.
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A ver, ¿los deportes tienen grupos para formar un equipo de tubos, por ejemplo?
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Sí, opciones. Sí, ¿no? Entonces, este es un punto para hacerlo.
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¿Oficinos y portavoz de la regla de la regla? ¿Se trata de una persona física o de otra persona física?
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un conjunto de personas físicas que se unen, forman un club, una asociación y tienen derecho de violación.
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A ver, otro ejemplo, algún ejemplo de algo que sea personalidad jurídica, que sea un conjunto de personas físicas
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que, como hemos dicho, tienen derecho de violación y se unen en un intervento.
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a ver, ahora se cura vos
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¿cubo se cura vos?
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una van a ser
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una van a ser
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una van a ser de la política
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porque la opresión
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la crítica que uno es
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conjunto, que la van a ser
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va a lograr unos fines
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que ya van a ser, yo te digo, van a ser
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dedicadas cuando es mínima
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que ya van a ser
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y no es de un estudio de la OEA
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¿vale?
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Una empresa, también una empresa, es más, en mi concreta, es una personalidad pública.
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Entonces, por ahí tenemos claveado que sea física o pública.
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Yo confundí personalidad pública con personas públicas empresariales,
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porque esto es como las empresas se pueden instituir de manera jurídica,
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que pueden ser personas físicas o jurídicas, dependiendo.
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Son uno o son un conjunto, ¿vale? Persona jurídica siempre es uno. Puede tener actividad empresarial o no. Persona jurídica es como una organización, ¿vale? Es una organización que tiene derechos y obligaciones.
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Entonces, cuando hablamos de forma jurídica, de lo que estamos hablando es de cómo las empresas se instituyen legalmente, ¿vale? Pueden ser personas jurídicas y personas físicas. Ejemplo de empresario que sea persona física, ¿alguien sabe? El Rubius, ¿qué es? Persona física o jurídica.
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física ¿no? porque teóricamente
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el autónomo, vamos a decir, los autónomos
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que es, aquí veis
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el autónomo
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es un tipo de persona jurídica
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que puede adquirir
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una persona para
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desempeñar su actividad comercial o precarial
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en este caso como solo es uno
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puede ser persona física
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y es el autónomo ¿vale?
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pero lo normal es que una
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empresa no solo sea
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una asociación de interés
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Entonces, si es una sociedad de intereses, lo normal es que sean personas jurídicas.
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Bueno, nos han traducido otro concepto para luego ver las características de las jornadas jurídicas
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para poder entenderlo.
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Entonces, vamos a ver, a través de esto, el concepto del patrimonio.
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Patrimonio.
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Así, a primero.
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A último.
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es el patrimonio de una persona física o política, no es igual. Personas físicas y
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políticas tienen derecho a la obligación. Entonces patrimonio es lo que tienen. Es una
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física o política. En dinero es patrimonio, por ejemplo. ¿Qué va a producir el patrimonio?
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La propiedad de la casa. La propiedad de la casa. La propiedad de la casa, ¿no? Entonces
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entonces, ¿cómo podemos decir patrimonio?
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un conjunto de todo
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de los que uno tiene
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el patrimonio, el conjunto de bienes
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que es de una personalidad
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de una persona, un tipo físico
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es el patrimonio
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entonces
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el patrimonio viene del padre
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del padre
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ahí es donde se escucha el abogado del padre
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entonces, antiguamente
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el patrimonio
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los padres de familia
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entonces
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es una palabra
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que es igualmente
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eso ya lo dije
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ahora debo habilitar
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a un mejor hombre
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para que se entienda
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claro, claro
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pero
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es la palabra
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que va a tener
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el padre de familia
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entonces
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activamente
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el padre de familia
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es el padre de familia
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y lo
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claro
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eso ya lo pasa
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después de España
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en otros sitios
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vale
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entonces
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tenemos
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cuatro formas
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jurídicas. Empresario individual autónomo, sociedad anónima, sociedad limitada y cooperativa.
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Hay más formas jurídicas, pero yo solo quiero destacar estas cuatro para que las
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conozcamos. A ver, luego, de estas cuatro formas jurídicas, estas cuatro formas tienen
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un interés mercantil. Estas asociaciones o estas formas jurídicas se establecen con
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objetivo de ganar dinero. Hay otras que no, que son, como el caso que ha dicho Pablo,
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no Miguel, perdón, el caso de las ONGs. Las ONGs son asociaciones o agrupaciones de interés
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social. Y estas son de interés mercantil. Entonces, vamos a ver la forma jurídica de
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interés mercantil. Cuando nosotros queremos montar una empresa y queremos ganar dinero,
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podemos constituir cada una de estas cuatro formas jurídicas.
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Las formas jurídicas tienen unas características,
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por eso tenemos que conocerlas,
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porque cada una implica una serie de condiciones
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y cada una está sujeta a unos derechos y a unas obligaciones distintas.
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Entonces, primero vamos a ver el empresario individual autónomo.
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Este, concretamente, es persona física.
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Porque es únicamente de una persona, ¿vale?
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Este es persona física.
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Número de socios.
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Cuando hablamos de socios, hablamos de los propietarios de la empresa.
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Entonces, en el caso del autónomo, solo hay un propietario de la empresa.
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Propietario, aquel que le pertenece el patrimonio de la empresa, ¿vale?
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Aquel que tiene derechos y deberes sobre los bienes que tiene la empresa, sobre el patrimonio.
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Un socio, solo un propietario.
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Porque si vosotros montáis una empresa como autónomos, sois los únicos propietarios, que no jefes.
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Jefes, puede haber jefes que no sean propietarios y puede haber propietarios que sean a la vez jefes.
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Vale, el jefe es el que gestiona, la empresa y el propietario es el que tiene la propiedad.
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Son cosas que pueden estar separadas y unidas.
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Lo normal en un autónomo es que seas propietario y seas jefe, porque vas a ser tú el que va a trabajar también, lo más normal. Entonces, serás propiedad, esa empresa será propiedad tuya y serás el administrador, porque lo normal es que seas tú el único que trabaje.
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Aún así, el autónomo, que ahí no viene, lo digo, puede contratar trabajadores. El autónomo puede contratar trabajadores, pero esa contratación de trabajadores no son socios, son empleados. Quiero decir, no son propietarios. Si el autónomo contrata un trabajador, esos trabajadores no son socios, no son propietarios de la empresa, son trabajadores que reciben un salario por el trabajo.
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Por ejemplo, voy y pongo un taller, pongo autónomo, pongo el taller, me pongo yo de jefe y empiezo a trabajar yo solo en el taller, ¿vale? Empiezo a trabajar yo solo. De repente me empiezan a ir bien las cosas y tengo una demanda, significa que hay mucha gente que quiere ir a mi taller, pero no tengo mano suficiente, yo únicamente no puedo acaparar todo el trabajo que me surge.
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Pues decido contratar a otro mecánico que se dedique también a trabajar.
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¿Qué ha pasado?
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A ese mecánico que yo he trabajado, yo le pago un sueldo,
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pero ese mecánico no es socio de la empresa, ¿vale?
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Está asalariado por parte mía.
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Eso le puedo hacer siendo autónomo.
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Pero lo fundamental es que es un único socio, que es una física.
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Entonces, luego pone capital.
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¿Qué es el capital?
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el capital
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¿a alguien se le ocurre que es el capital?
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el dinero, justo
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es el dinero que aporta
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el empresario
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el propietario, mejor dicho
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en el momento de constituir
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la empresa, si yo quiero montar
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si yo quiero ser autónomo
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¿ya os acordáis cómo nos hacíamos autónomos?
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¿os acordáis?
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¿qué es lo que había que hacer?
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¿de la hacienda y qué más?
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la seguridad social
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y luego más historias, ¿no?
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pero fundamentalmente
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hacienda y seguridad social
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cuando no se da de alta la seguridad social
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no te exigen que pongas dinero
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te están diciendo
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no requiere que tú como autónomo
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pongas nada de dinero
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significa que no deposites dinero
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en la constitución de tu empresa
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porque tú te das de alta
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en la seguridad social
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la seguridad social te dice
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no hace falta que deposites dinero
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porque hay otras formas jurídicas
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que nosotros tenemos que depositar dinero
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en esta concreta
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entonces pone capital
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no existe mínimo legal
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implica que no tengo que aportar
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dinero, que yo puedo montar la empresa
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con cero euros
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aunque no tenga, cero euros
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con cero euros puedo montar la empresa
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como autónomo
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y luego responsabilidad
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es un concepto que está
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relacionado
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con el patrimonio
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una empresa
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hemos dicho en este caso
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personas físicas, las personas físicas y jurídicas
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son sujetos de derechos
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y obligaciones, entonces
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el autónomo tiene una serie
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de derechos y una serie de obligaciones
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¿qué obligaciones tiene por ejemplo
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el autónomo en el caso
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de que yo tengo un taller y tengo un empleado
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¿qué obligaciones pues tengo yo?
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a veces se le ocurre alguna obligación mía
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como jefe, como empresario
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en mi taller
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¿qué obligación es esta?
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¿puedo no pagar al trabajador?
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a ver, por poder puede
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pero no puede
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es una obligación pagar al trabajador
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¿y qué derecho tienes
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a cambio de pagar al trabajador?
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que el trabajador
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vaya 40 horas a la sanada
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y trabaje conforme a lo que
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¿Vale? Esos son sus derechos.
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Y tienes otras obligaciones que son pagas.
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¿Qué pasa? Hay veces que el empresario
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no cumple las obligaciones.
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Ese es un caso de una obligación. ¿Qué otras
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obligaciones tiene? Pagar hacienda.
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Pagar hacienda es otra obligación.
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¿Vale? El público
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tiene que pagar hacienda. Ahora la hacienda
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andorra. ¿Vale? Eso es
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otra obligación. Entonces,
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¿yo puedo no cumplir las obligaciones?
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¿Por qué podría no cumplir
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las obligaciones? ¿A quién se le ocurre algo?
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¿por qué podría yo no pagar
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ni al trabajador ni a la hacienda?
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¿por qué puede?
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porque va a la quiebra, por ejemplo
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me va mal la empresa y no puedo pagar
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entonces
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yo debo dinero, si no cumplo
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las obligaciones concretamente
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debo dinero al trabajador
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y debo dinero a la hacienda
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entonces yo tengo una responsabilidad ahí
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quiero decir
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tengo una obligación de pagar
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¿qué pasa?
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La responsabilidad que viene ahí te pone el socio es responsable con todo su pie. Eso significa que en el caso de incumplir mi obligación, en el caso concreto de esta forma jurídica de expresar autónomo, en el caso de incumplir mi obligación, yo respondo para saldar esta deuda con todos mis bienes presentes y futuros.
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¿Qué quiere decir eso?
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Que si me va mal la empresa, soy autónomo y tengo que pagar al trabajador,
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y tengo que pagar Hacienda,
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me va a venir Hacienda y, por ejemplo, a lo mejor me va a embargar la cuenta.
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¿Qué significa embargarme?
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Que me va a bloquear el dinero que tengo en cuenta y te va a cobrar lo que le corresponda.
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O la mujer, si no es suficiente, que tenga una casa, pues me la va a quitar.
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O tenga un coche, me lo va a quitar.
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imagínate esto, hoy no tengo nada
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es presente y futuro, hoy no tengo nada
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por lo que pagar mis deudas
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o el centro de 1, 2, 3, 4, 5 años
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cuando tenga dinero
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o tenga una casa, lo que sea
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eso me lo van a embargar
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y se va a pagar por lo que me han embargado
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a trabajadores, profesores
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a la gente que llueve
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entonces
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problema de empresarios autónomos
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que si le va mal
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respondo con todo lo que tiene
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presentes y futuros
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¿y por qué respondo con todos mis bienes?
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porque así no me exige el capital
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ahora veremos las próximas
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las siguientes palabras jurídicas
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que uno va respondiendo
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dependiendo del capital
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¿vale? entonces
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vamos a ver
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sociedad de responsabilidad limitada
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como dice su nombre, en este caso
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la responsabilidad
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está limitada, en el caso anterior
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¿no? en autónomo
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no está limitada la responsabilidad
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en este sitio
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entonces, número de socios
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a ver, estas tres que quedan aquí
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son todas personalidades
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jurídicas, aunque aquí pongan
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número de socios y uno
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por el mínimo uno, porque puede ser
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uno, pero lo normal es que
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sea una agrupación de socios, que sean
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varios, por eso es personalidad
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jurídica, pero uno podría
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montar una sociedad limitada
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una única
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Esto no es jubilado. Entonces, hay de los capitales. Ahora, en este caso, si nos exigen un mínimo de 3.000 euros, si yo quiero montar la sociedad de responsabilidad limitada, también podéis hacerlo.
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y claro que es una sociedad
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de responsabilidad
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¿vale?
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es una de las bonitas
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es típica de las monedas
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con el batismo
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¿vale?
00:21:07
entonces el mínimo
00:21:10
hay que estar en 3.000 euros
00:21:11
claro
00:21:14
aquí no se obligan a aportar dinero
00:21:15
aquí ya te dije
00:21:17
para constituir una sociedad de responsabilidad limitada
00:21:19
tienes que entregar 3.000 euros
00:21:22
se le da a la Constitución.
00:21:24
¿Pero por qué?
00:21:26
Porque la responsabilidad está limitada
00:21:28
al capital que aporto.
00:21:30
Está limitada al capital.
00:21:33
Ejemplo.
00:21:35
Vamos a suponer.
00:21:36
Aporto sus creencias en el mundo.
00:21:38
En día de la Constitución
00:21:43
voy a la Constitución del Cachín
00:21:44
pago la escritura de la Constitución del Cachín
00:21:46
y aporto
00:21:48
aporto al capital
00:21:50
al año
00:21:52
después de mayo
00:22:00
mi actividad
00:22:02
no es la de clase
00:22:05
y luego tengo una deuda
00:22:06
por hacienda por dentro
00:22:09
de una hacienda
00:22:13
de deshidro
00:22:15
tengo que hacer la expresión
00:22:17
cuánto
00:22:21
tengo
00:22:23
cuánto pago a hacienda
00:22:25
si me desponjabilidad
00:22:27
a fina le debo 10.000
00:22:29
¿vale? y yo he aportado un capital
00:22:37
de 3.000, en este caso
00:22:39
la responsable de intimidad
00:22:41
está ajustado al capital
00:22:43
que yo he aportado
00:22:45
¿cuánto va a cobrar la tienda?
00:22:46
en libras
00:22:51
¿cuánto va a cobrar la tienda?
00:22:52
¿cuánto me va a exigir?
00:22:57
100.000
00:23:00
capital 3.000
00:23:01
el capital es
00:23:04
si dicen que con la vía
00:23:06
iniciada, el capital ha cortado
00:23:09
y yo quiero
00:23:10
¿por qué voy a responder?
00:23:13
¿por todo mi bien es como el autor?
00:23:16
no
00:23:19
¿por qué voy a responder?
00:23:19
¿por qué responde aquí?
00:23:23
la responsabilidad
00:23:26
la responsabilidad
00:23:27
la responsabilidad
00:23:28
entonces, ¿cuánto va a cobrar
00:23:29
la tienda?
00:23:32
el capital
00:23:34
la tienda se lo va a poder
00:23:35
cobran 3.000 euros
00:23:38
y tú
00:23:40
te la vas a pagar
00:23:42
con prestación
00:23:43
y los otros 7.000
00:23:45
te la vas a pagar
00:23:47
¿vale?
00:23:48
porque tu responsabilidad
00:23:50
es el capital
00:23:51
pues si yo me pido
00:23:52
a mi capital
00:23:55
que aporte 3.000 euros
00:23:56
significa que
00:23:57
si no deuda
00:23:59
solo
00:24:00
más que la fecha de 10.000
00:24:02
solo se va a poder
00:24:03
dar 3.000
00:24:04
¿vale?
00:24:05
En la sociedad mexicana puedo aportar más dinero.
00:24:08
No solo 3.000, a partir de 3.000.
00:24:13
Si yo uso 3.000, 4.000, 5.000, 100.000, 2.000, 3.000.
00:24:15
¿Por qué realmente?
00:24:20
A ver, esta es una sociedad específica para empresas de tamaño indiano.
00:24:21
¿Por qué?
00:24:27
Porque una empresa grande generalmente no se hace de la sociedad mexicana.
00:24:27
Para la parte de esto, el capital que veis, también denominado capital social,
00:24:32
es el dinero que el capital se aporta a los propietarios, los campos de dinero son los propietarios.
00:24:41
entonces
00:24:59
se puede vivir
00:25:02
y ahora
00:25:05
por la u
00:25:08
o
00:25:11
o
00:25:14
laura
00:25:17
o
00:25:20
o
00:25:23
porque los militares van a aportar dinero
00:25:26
van a todo aportar dinero
00:25:28
es como si hubiera comprado
00:25:30
¿qué he comprado yo?
00:25:32
el 50% de la empresa
00:25:35
si ya compro una lauda
00:25:37
entonces
00:25:40
el capital social
00:25:43
se puede vivir
00:25:46
en participación
00:25:48
puede vivir en participación
00:25:50
esto
00:26:01
es el resultado
00:26:02
de dividir
00:26:05
capital social entre números
00:26:07
¿sabes?
00:26:08
si no ha cortado, ¿cuánto es el capital social
00:26:11
cortado?
00:26:13
100.000
00:26:14
¿cuánto es el número de hoy?
00:26:15
el número de hoy es 2
00:26:18
entre el número
00:26:20
entre el capital social
00:26:22
vale
00:26:23
capital
00:26:24
capital
00:26:27
entre el número
00:26:30
¿cuánto
00:26:31
cuartas participaciones
00:26:34
¿sabes?
00:26:37
significa
00:26:38
que en esta empresa
00:26:40
se han emitido más participaciones
00:26:42
en un general de 1.500
00:26:44
en una participación
00:26:46
en una red de laura que ganan 1.500
00:26:48
bueno, esto es lo que yo creo
00:26:50
que es el concepto
00:26:52
el concepto es la participación
00:26:54
es un documento
00:26:55
que tiene un acogido
00:26:57
que la acredita como propiedad
00:26:59
¿vale? y el documento
00:27:02
que tiene un importe
00:27:04
pues ya se hace la participación
00:27:06
pues lo haremos decir
00:27:10
que podría hacer las participaciones
00:27:11
en el sustituto de incremento
00:27:13
con tránsito y incremento de capital
00:27:15
imagina que necesito
00:27:16
financiación
00:27:18
pues yo puedo hacer
00:27:20
que la empresa en la que estábamos
00:27:23
pues siempre hubo
00:27:24
imagina hubo aportes a 3.500
00:27:26
o sea
00:27:29
un tercer propietario
00:27:31
¿Cuántas participaciones hay ahora?
00:27:32
Tres
00:27:36
¿Cuántos porcentajes de participaciones
00:27:36
Tienen cada uno?
00:27:41
Si la fuerza viviendo está bien, 33%
00:27:42
Cada uno viviendo, viviendo, viviendo
00:27:45
Cada uno tenemos
00:27:47
El 33% del poder de la empresa
00:27:48
Para decir esto
00:27:51
¿Cuál es la particularidad
00:27:53
De la sociedad de derechos?
00:27:56
La sociedad de derechos
00:27:57
Este tipo de sociedad
00:27:58
si yo, si nosotros queremos vender
00:28:01
una participación, imagínate
00:28:06
yo me quiero ir a la empresa
00:28:08
y oye, voy a vender mi participación
00:28:09
solo la puedo vender
00:28:11
si Laura y Hugo están de acuerdo
00:28:14
si no están de acuerdo, lo puedo
00:28:16
no puedo venderlo
00:28:17
libremente, tienen que estar de acuerdo
00:28:20
Laura y Hugo de que yo pueda vender mi participación
00:28:22
o, oye
00:28:24
necesitamos otro socio nuevo
00:28:26
no podemos los tres hablarlo
00:28:28
solo se puede hacer
00:28:30
si están los tres de acuerdo
00:28:32
y tendrá que ser otra persona más.
00:28:33
¿Vale? Y para vender mi parte
00:28:36
tenemos que estar de acuerdo
00:28:38
con los otros socios para que yo pueda
00:28:40
venderla. Si no, no puedo.
00:28:42
¿Vale?
00:28:45
Entonces, lo mismo.
00:28:46
A ver,
00:28:47
al estilo de responsabilidad limitada. Este también tiene
00:28:49
responsabilidad limitada al capital
00:28:51
aportado.
00:28:54
3.860.000
00:28:55
Mínimo
00:28:58
del socio. Igual que
00:29:00
puede ser un
00:29:01
pero claro, para constituir esta empresa
00:29:03
necesitamos que en el
00:29:05
100.000 euros, si no tenemos el 100.000 euros
00:29:07
no podemos montar la sociedad
00:29:09
¿y sobre qué responde? ¿cuál es la
00:29:11
responsabilidad de la sociedad hoy?
00:29:15
sobre el capital aportado
00:29:18
mismo que el padre antes
00:29:19
el poder
00:29:21
que ahora debemos hacer
00:29:22
80.000 euros
00:29:24
y el aportado es el 100.000
00:29:26
¿cuánto va a aportar la gente?
00:29:29
en este caso
00:29:31
de obligo a la legislación
00:29:36
a aportar más
00:29:37
este tipo de sociedad
00:29:38
es para empresas más grandes
00:29:40
y hay otra diferencia
00:29:42
aquí no se miten
00:29:48
participaciones, aquí lo que se mite
00:29:49
son acciones
00:29:51
que es lo mismo que las participaciones pero con otro
00:29:52
las participaciones
00:29:55
hemos dicho que son
00:29:57
Es un documento que acredita que un adicto de tal es propietario por tal importancia, ¿vale? Dependiendo del capital que hayas aportado, pues tienes más participaciones o menos. Hay unas participaciones que significa que eres más propietario tú que otros.
00:29:59
Pues las acciones son lo mismo, exactamente igual. Una acción es un documento que refleja la participación que tiene cada uno en la empresa. ¿Qué diferencia? ¿Por qué entonces se llama una acción y otra participación? ¿Por qué hay una diferencia?
00:30:16
las acciones sí se pueden vender libremente
00:30:32
cosa que las participaciones no
00:30:35
yo, si hemos montado
00:30:37
la empresa Laura Ogo y yo
00:30:39
si yo quiero vender mis acciones
00:30:40
no tengo que hablar con mis socios
00:30:43
yo vendo cuando me da la gana
00:30:45
y da igual lo que ellos piensen
00:30:46
yo las vendo, cosa que la sociedad limitada
00:30:48
no
00:30:51
puedo vender y comprar cuando quiera
00:30:51
se compra y se vende en el mercado de acciones
00:30:54
entonces
00:30:57
¿qué problema puede tener esto?
00:30:59
a diferencia de la sociedad
00:31:01
limitada, que el control de la
00:31:03
empresa, claro, si se compra
00:31:05
en el mercado, el control de la
00:31:07
empresa lo puede tener gente de fuera
00:31:09
puede ser
00:31:11
si compra mucha
00:31:12
gente de fuera, mis acciones, el control
00:31:15
puede ser externo a la empresa
00:31:17
cosa que reposaría limitada el
00:31:19
control entre los propietarios de la
00:31:21
empresa, ¿sí?
00:31:23
el otro se vende libremente, entonces
00:31:26
es un problema, y luego por último la cooperativa
00:31:27
me voy a centrar un poco más
00:31:30
aquí
00:31:31
en el cooperativa
00:31:33
sí que no se puede hacer un acceso
00:31:35
en cooperativas no puede ser un acceso
00:31:37
y está
00:31:40
el capital aportado
00:31:41
está limitado a lo que uno ponga en los estatutos
00:31:43
los estatutos es un documento
00:31:46
que se hace
00:31:48
antes de constituir una sociedad
00:31:49
en el que reflejamos la forma
00:31:52
de futuro de la empresa
00:31:54
y eso lleva al registro mercantil
00:31:55
ahí ponemos todo
00:31:57
O sea, el capital que va a tener, el nombre de la empresa, quiénes son los socios, todo, se despeja todo. Entonces, bueno, si el estatuto viene despejado, ¿cuánto es el capital mínimo que aportamos? El capital en una cooperativa es el que quedamos. Y luego, la responsabilidad igual, limitada al capital. ¿Vale?
00:31:58
¿qué diferencia hay entre una cooperativa
00:32:19
y los otros tipos de sociedad?
00:32:22
la cooperativa
00:32:25
los propietarios de la cooperativa
00:32:26
son también
00:32:29
los trabajadores
00:32:30
¿sabes? entonces los trabajadores
00:32:31
son a la vez propietarios
00:32:34
cosas que las otras empresas
00:32:36
no, sí que se puede
00:32:38
dar el caso, por ejemplo, en el caso de la sociedad
00:32:40
anónima, que un trabajador
00:32:42
compre acciones de su empresa
00:32:44
y también sea propietario
00:32:46
pero no tiene por qué
00:32:47
En la cooperativa todos los que trabajan son propietarios, ¿vale? Todos los que trabajan. Aparte de esto, ¿qué otras ventajas tiene la cooperativa? Que independientemente del capital que tú hayas puesto en la empresa, porque en la cooperativa hay gente que pone capital y trabajo, hay gente que pone capital y trabajo, otros solo ponen trabajo, ¿vale?
00:32:49
Pues independientemente de eso, todo el mundo tiene un voto. En las decisiones de la empresa, en las cooperativas, se rigen por el principio democrático de una persona un voto. ¿Vale? Cosa que en la sociedad anónima, que hay juntas de accionistas, los votos van en función del número de acciones que tengas.
00:33:11
si tienes el 51% de las acciones
00:33:32
como siempre digo aquí
00:33:34
controlas la empresa como quieres
00:33:35
el que manda eres tú
00:33:37
cosa que la cooperativa aparte de que no se puede tener
00:33:39
el 51% del capital
00:33:42
como está limitado
00:33:44
si tienes más que otro
00:33:45
imagínate yo aporto 1.500 euros y otra persona aporta 500
00:33:47
aún así
00:33:50
yo tengo un voto y la que ha aportado 500
00:33:52
es un voto
00:33:54
¿vale?
00:33:55
básicamente es eso
00:33:57
¿Qué era eso?
00:33:59
¿Era mucho eso?
00:34:00
La de los fondos de precios.
00:34:01
La de los fondos de precios.
00:34:03
Participaciones, bueno, sí, los derechos.
00:34:06
Los derechos de las acciones.
00:34:08
Esto ya acabamos.
00:34:11
Esto entra en plazo.
00:34:14
Le he dicho, tema 3 y nómina.
00:34:16
¿Saben qué viene? Sí.
00:34:19
Aquí, derecho de cohesión de acciones.
00:34:21
Si yo tengo una acción,
00:34:23
tengo derecho a recibir información
00:34:24
de la situación de la empresa,
00:34:26
si la empresa va bien o va mal
00:34:27
mediante los balances, las cuentas de resultados
00:34:30
las cuentas de resultados
00:34:32
es un documento en el que aparece lo que gana
00:34:33
la empresa, ¿vale?
00:34:36
luego tengo derecho a asistir
00:34:39
a la junta de accionistas
00:34:40
que es una asamblea general
00:34:41
en donde se ponen de acuerdo los diferentes
00:34:43
accionistas, claro, si yo tengo una opción
00:34:46
que representa el 0,001
00:34:48
del
00:34:51
porcentaje de propiedad de la empresa
00:34:52
mi voto es absurdo
00:34:54
no vale para nada. ¿Vale? Pero tengo derecho
00:34:56
a decir.
00:34:58
Derecho a recibir dividendos.
00:35:00
Los dividendos son...
00:35:03
¿Esto os lo explica alguna vez los dividendos
00:35:05
lo que son? No, ¿no?
00:35:06
Pues los dividendos. Cuando una empresa tiene
00:35:08
beneficios,
00:35:10
los que son los que llevan
00:35:12
a la empresa deciden si se reparte
00:35:14
parte de esos beneficios.
00:35:16
Entonces, si la empresa decide
00:35:19
repartir parte de los beneficios,
00:35:20
significa que yo como accionista
00:35:22
voy a recibir
00:35:24
esos beneficios en proporción a las acciones que yo tenga.
00:35:26
Ejemplo, tenemos 1.000 euros de beneficios.
00:35:30
La empresa es de Laura, Hugo y yo.
00:35:35
Cada uno tenemos una acción y decidimos repartir beneficios.
00:35:39
¿Cuánto dinero le corresponde a cada uno?
00:35:44
Si dividimos 1.000 entre 3, 333.
00:35:47
333,33 pesos.
00:35:54
pues significa que cuando repartan dividendos
00:35:56
de esos mil, cada accionista
00:35:59
cada propietario nos vamos a llevar
00:36:01
300 euros
00:36:03
¿vale? 333 euros
00:36:04
pero eso solo en el caso de que
00:36:06
la administración de la empresa lo decida
00:36:09
si no lo decide, no
00:36:10
¿vale? y luego
00:36:11
derecho a transmisión de acciones, lo que hemos hablado
00:36:14
yo tengo derecho a vender libremente
00:36:16
mis acciones, sin que mis socios
00:36:19
me digan nada
00:36:21
se las puedo vender a quien yo quiera
00:36:22
vale, yo creo que ya está con esto
00:36:24
dudas
00:36:27
- Idioma/s:
- Autor/es:
- Eduardo Orozco López
- Subido por:
- Eduardo O.
- Licencia:
- Dominio público
- Visualizaciones:
- 12
- Fecha:
- 24 de febrero de 2021 - 16:25
- Visibilidad:
- Clave
- Centro:
- IES PALAS ATENEA
- Duración:
- 36′ 36″
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
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