contabilidad inmovilizado - Contenido educativo
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contabilidad inmovilizado
En esta unidad vamos a analizar la contabilización del inmovilizado material, tanto en su alta
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como en su baja. El Plan General de Contabilidad nos proporciona la definición de inmovilizado
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material como los bienes pertenecientes al activo no corriente de la empresa, es decir,
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aquellos bienes que participarán en el proceso productivo y cuya permanencia en la empresa
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será superior a una en. El Plan General de Contabilidad de Pymes regula el inmovilizado
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material en sus normas de registro y valoración segunda y tercera. La valoración inicial será por
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su coste, ya sea coste de producción o precio de adquisición. El precio de adquisición incluye
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el precio una vez minorado por los posibles descuentos, más los gastos hasta que el bien
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está en condiciones de funcionamiento. A continuación, habla de su valoración posterior,
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en la que hace referencia a conceptos como amortización y deterioro de valor que se
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analizan en otra unidad. Encontramos cuentas de inmovilizado en los subgrupos 21, 22 y 23,
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siendo las del subgrupo 21 inmovilizado material las que utilizaremos en esta unidad. Junto con
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ellas encontraremos sus correspondientes contrapartidas en cuentas de pasivo y activo
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en el momento de comprar y vender, así como los resultados obtenidos en la venta de dichos
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elementos. Este primer ejemplo consiste en la compra de una máquina, incluyéndose en la factura
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unos gastos de instalación y montaje. Tal y como establece la norma de registro y valoración
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segunda, el precio de adquisición de la máquina estará compuesto por el valor de la misma más los
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gastos de instalación y montaje. Por tanto, el importe a contabilizar en la cuenta 213 maquinaria
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es de 31.000 euros. Contabilizaremos también el IVA soportado correspondiente a la compra y la
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contrapartida en el haber es la cuenta proveedores de inmovilizado a corto plazo que recoge el total
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de la deuda. Posteriormente pagamos al proveedor de inmovilizado el importe de la deuda. En este
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ejemplo nos encontramos con la compra de unos ordenadores. En la factura se incluye un descuento
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comercial y el mantenimiento de los ordenadores durante un año. Aplicando las normas de valoración
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del inmovilizado material para calcular el precio de adquisición de los ordenadores hay que aplicar
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el descuento comercial que restará el precio de los ordenadores. En el caso del mantenimiento ese
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no es un gasto necesario para que el bien esté en condiciones de funcionamiento por lo que no
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formará parte del precio de adquisición de los mínimos. Este gasto se contabilizará en la cuenta
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622 gastos de reparación y conservación como un gasto del ejercicio. Vemos en este caso una venta
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de maquinaria. Tal y como establecen las normas de valoración sobre inmovilizado, estos bienes
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serán de baja por su valor contable. El valor contable es el precio de adquisición menos la
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amortización acumulada menos las correcciones valorativas. Como comentamos anteriormente,
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sobre amortizaciones y correcciones valorativas hablaremos en una unidad posterior. Ahora lo que
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necesitamos saber es que al producirse la venta del inmovilizado hay que dar de baja a este por
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su precio de adquisición y además dar de baja su amortización y corrección valorativa
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si la tuviese. En la contabilización de esta venta damos de baja por el haber la cuenta
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de maquinaria por su valor de adquisición y damos de baja por el debe la cuenta de amortización
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acumulada. Como veremos más adelante se trata de una cuenta correctora de activo que funciona
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como una cuenta de pasivo. La venta de inmovilizado está sujeta a IVA por lo que la base
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imponible para el cálculo del mismo es el precio de venta, 7.000 euros. Para saber el resultado de
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la operación tendremos que comparar el precio de venta, 7.000 euros, con el valor contable del bien,
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que es igual al precio de adquisición, 15.000, menos la amortización acumulada, 10.000, resultando
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en este caso un beneficio de 2.000 euros, que se contabiliza en la cuenta 771. El derecho de cobro
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sobre la venta, que es igual al precio de venta más el IVA, se contabiliza en la cuenta 543,
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créditos por enajenación del inmovilizado material. Este tercer ejemplo presenta la
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compra-venta de un vehículo industrial con la particularidad de que antes de la compra la
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sociedad compradora realiza un anticipo para la futura compra. Primero contabilizamos el anticipo
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en el debe de la cuenta 239, anticipos para inmovilizaciones materiales. Esta cuenta de
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activo genera un derecho para la empresa a descontar ese anticipo en el momento de la
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compra. Tal y como se regula en el artículo 75 de la ley de IVA, los anticipos deben a IVA y
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además requerirían de una factura por parte de la empresa vendedora. La contrapartida del anticipo
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es la cuenta del proveedor de inmovilizado. Posteriormente se contabiliza la salida del
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anticipo por el banco. Después se produce la compra del inmovilizado descontando en la factura
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el anticipo ya entregado. La base del IVA será el precio del vehículo menos el importe del anticipo,
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puesto que éste ya de vengo vivo. A continuación se paga la factura de la compra. Aunque explicaremos
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el tema de las amortizaciones en una unidad posterior, al cierre del ejercicio se debe
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contabilizar la pérdida de valor del inmovilizado. Al ser una amortización lineal, la cuota anual de
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amortización es igual al precio de adquisición dividido por los años de vida útil. Como en este
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caso la compra se realiza el 1 de mayo, no es una cuota de un año entero, sino sólo la que
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corresponde a 8 meses. El gasto se contabiliza en la cuenta 681, amortización del inmovilizado
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material, siendo la contrapartida para la amortización acumulada la cuenta 2818, amortización
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acumulada de elementos de transporte. Pasamos a contabilizar el año X1, que es el año de la
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venta. Antes de vender un inmovilizado siempre hay que amortizar la parte correspondiente del año
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hasta el momento de la venta. En este caso son 10 meses, los que corresponden al año X1. A
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continuación, contabilizamos la venta dando de baja el inmovilizado por su precio de adquisición
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y la amortización acumulada hasta ese momento. El IVA se calcula sobre el precio de venta que
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es la base imponible. La diferencia entre el precio de venta y el valor contable es el resultado de la
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siendo en este caso una pérdida que se contabiliza en la cuenta 671 pérdidas
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procedentes del inmovilizado material. Finalizamos cobrando 90 euros.
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- Jesús Martín Sierra
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- Fecha:
- 27 de mayo de 2024 - 20:28
- Visibilidad:
- Clave
- Centro:
- IES LUIS BUÑUEL
- Duración:
- 07′ 45″
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
- Resolución:
- 1920x1080 píxeles
- Tamaño:
- 77.82 MBytes
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