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Marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.(II)

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Subido el 4 de marzo de 2022 por Ignacio A.

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Mentores Módulo 2

Continuamos en este segundo vídeo analizando los títulos primero a tercero del Decreto 00:00:07
32 barra 2019 por el que se regula la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de 00:00:13
Madrid. 00:00:18
A lo largo del presente vídeo vamos a analizar tres títulos del Decreto 32 que resultan 00:00:20
esenciales para comprender cómo funciona un centro educativo y de qué mecanismos dispone 00:00:26
el docente para participar, intervenir y desempeñar su día a día en su puesto de trabajo. 00:00:31
Analizaremos el título primero, relativo a derechos y deberes de todas las personas 00:00:37
que conforman la comunidad educativa, alumnos, padres o tutores, profesores y personal de 00:00:41
administración y servicios. 00:00:46
El título segundo se centra en la promoción de la convivencia. 00:00:49
Y finalmente, el título tercero, que también analizaremos en esta sesión, describe todos 00:00:52
y cada uno de los agentes de la convivencia escolar, incluidos también los agentes externos 00:00:58
al centro, cuya labor es clave para garantizar y mejorar la convivencia en los centros educativos 00:01:03
de la Comunidad de Madrid. Comenzamos analizando el título primero. El 00:01:09
decreto 32 barra 2019, en lo que respecta a la enumeración de derechos y deberes de 00:01:14
los miembros de la comunidad educativa, apuesta no por crear ex novo una enumeración de nuevos 00:01:19
derechos y deberes, sino que retoma lo establecido en el año 1985 por la LODE. Se trata de un 00:01:25
título que enuncia derechos y deberes de cada uno de los miembros de la comunidad educativa 00:01:33
a modo de marco general que permita guiar la convivencia diaria de todos en un instituto, 00:01:37
en un conservatorio, en una escuela de idiomas, en un centro de personas adultas, en definitiva 00:01:44
en cualquier centro educativo. De hecho, el propio decreto en el artículo 4, relativo 00:01:49
a derechos del alumnado, recuerda que toma estos derechos de los artículos 6 y 8 de 00:01:54
la LODE. Entre ellos podemos citar los siguientes. Todo el alumnado de la Comunidad de Madrid tiene 00:02:00
derecho a recibir una formación integral de calidad y en condiciones de equidad que contribuya 00:02:06
al pleno desarrollo de su personalidad. Los alumnos tienen asimismo derecho a ser respetados por todos 00:02:12
los miembros de la comunidad educativa, a la protección contra toda agresión física, emocional, 00:02:18
moral o de cualquier otra índole, a ser educado en igualdad de derechos y oportunidades entre 00:02:24
mujeres y hombres, a manifestar libremente sus opiniones de manera individual y colectiva, 00:02:29
a participar a través de sus representantes en el consejo escolar, en la elaboración 00:02:36
del plan de convivencia y a formular las propuestas de mejora sobre el mismo. 00:02:41
Debemos tener también en cuenta los deberes del alumnado, recogidos en el artículo 5 00:02:45
de este decreto. Cabe señalar que son deberes del alumnado esforzarse y estudiar para conseguir 00:02:50
el máximo desarrollo de sus capacidades. Este derecho básico se concreta en otras 00:02:57
obligaciones que el alumno debe tener en cuenta en su desempeño en la vida escolar. Así, 00:03:03
debe asistir a clase con regularidad y puntualidad según el horario establecido, colaborar en 00:03:09
la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetar al profesorado y el 00:03:15
derecho de sus compañeros a la educación, debe conservar y hacer un buen uso de las 00:03:21
instalaciones del centro y del material didáctico. Deben seguir las directrices del profesorado 00:03:26
respecto a su educación y aprendizaje, cumpliendo las tareas formativas que se le encomienden. 00:03:31
Deberá participar en las actividades formativas y especialmente las escolares y complementarias. 00:03:37
Son también deberes de los alumnos el respetar la libertad de conciencia, las convicciones 00:03:43
religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad 00:03:48
educativa. Deben respetar asimismo la igualdad de derechos entre mujeres y hombres y todos 00:03:53
los demás derechos fundamentales de los integrantes de la comunidad educativa, evitando cualquier 00:03:59
tipo de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier circunstancia personal 00:04:04
o social del individuo. Están obligados también a respetar el proyecto educativo del centro 00:04:10
y en su caso el carácter propio del mismo, de acuerdo con la normativa vigente. Y además 00:04:16
deben respetar las normas de convivencia, así como las de organización y funcionamiento 00:04:21
del centro educativo. Están obligados también a comunicar al personal del centro las posibles 00:04:26
situaciones de acoso o que puedan poner en riesgo grave la integridad física o moral 00:04:32
de otros miembros de la comunidad educativa que presencien o de las que sean conocedores. 00:04:36
El capítulo tercero habla sobre los derechos de los padres o tutores, entre los cuales 00:04:41
destacamos el de que sus hijos reciban una educación con garantías de calidad, igualdad 00:04:46
y equidad conforme a los fines establecidos en la Constitución, a recibir información 00:04:51
sobre las normas de convivencia del centro, a colaborar con los centros en la prevención 00:04:57
y corrección de las conductas contrarias a la convivencia, a participar en la elaboración 00:05:02
del plan de convivencia, entre otros. Tanto los derechos como los deberes de los padres 00:05:07
quedan recogidos en los artículos 6 y 7 del decreto. Entre sus deberes debemos señalar 00:05:12
la importancia de promover en sus hijos, el respeto a las normas de convivencia y el cuidado 00:05:18
a las instalaciones y materiales del centro. El capítulo cuarto menciona, asimismo, los 00:05:23
derechos y deberes del profesorado y, finalmente, el capítulo cinco enumera los derechos y 00:05:29
deberes del personal de administración y servicios, todos ellos definidos en los artículos 00:05:34
de 8 a 11 del presente decreto. El título segundo se centra en la promoción 00:05:39
de la convivencia, esto es, en la elaboración de diferentes planes de coordinación, seguimiento 00:05:44
y mejora de la convivencia del centro, estableciendo al mismo tiempo las necesarias actuaciones 00:05:49
y medidas de apoyo que se requieran. 00:05:54
Respecto de las actuaciones y medidas de apoyo dirigidas a la comunidad educativa, son especialmente 00:05:57
relevantes la realización de actuaciones formativas para el personal docente en materia 00:06:02
de convivencia, la formación del alumnado en aquellos contenidos y competencias que 00:06:07
les permitan la promoción de la cultura de la paz y la resolución de conflictos o 00:06:11
el asesoramiento a los equipos directivos y comunidad educativa ante posibles casos 00:06:16
de acoso. Aspecto fundamental en la promoción de la 00:06:21
convivencia es la planificación, coordinación y seguimiento de la misma, todos ellos aspectos 00:06:24
relacionados con la elaboración, implementación y evaluación del Plan de Convivencia del 00:06:29
centro. Para ello, el artículo 12 del Decreto 32 barra 2019 establece qué es, para qué 00:06:34
sirve, quién debe elaborar, quién debe aprobar y dónde se enmarca el plan de convivencia 00:06:41
de un centro. Así, el plan de convivencia es el documento en el que se fundamenta y 00:06:46
se concreta el modelo de convivencia de cada centro. En él se coordinan las acciones de 00:06:51
toda la comunidad educativa para construir un clima que garantice una educación para 00:06:56
todos y favorezca la prevención y el tratamiento educativo de los conflictos de convivencia 00:07:00
escolar. El plan de convivencia forma parte del proyecto 00:07:06
educativo y sus concreciones y desarrollos se incorporarán en la programación general 00:07:09
anual de cada curso escolar. La contribución final de un plan de convivencia es esencialmente 00:07:15
preventiva, orientada a concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la adecuada 00:07:21
convivencia escolar, el fomento de los valores, las actudes y las experiencias que permitan 00:07:27
mejorar el grado de conocimiento, aceptación y cumplimiento de las normas. Pretende, asimismo, 00:07:32
promover la sensibilización en la comunidad educativa que favorezca la convivencia pacífica, 00:07:39
que respete la diversidad, que fomente la igualdad y que prevenga la violencia de género 00:07:44
y los comportamientos xenófobos, racistas y contrarios a la convivencia propia de una 00:07:50
sociedad del siglo XXI. Por ello, el plan de convivencia debe incluir una serie de apartados 00:07:55
de forma preceptiva, entre ellos vamos a señalar los siguientes. El diagnóstico del estado 00:08:00
de la convivencia en el centro, los valores y objetivos en relación con el proyecto educativo 00:08:06
del centro, los derechos y deberes del alumnado y del resto de la comunidad educativa, las 00:08:11
estrategias de prevención y resolución de conflictos, las medidas correctoras aplicables 00:08:16
en caso de incumplimiento de las normas de convivencia, cuestión que se analizará en 00:08:21
la próxima sesión, el tratamiento diferenciado del acoso escolar, el ciberacoso, la violencia 00:08:26
de género y la LGTBI-fobia, recordad que en el material que se aporta para el alumnado 00:08:31
del curso os adjuntamos varias tablas y un enlace al texto legal para su consulta. Pero 00:08:37
este plan no puede quedarse en un mero documento que tiene como fin último presentarlo a una 00:08:42
instancia administrativa superior, sino que debe ser revisado, actualizado, mejorado y rectificado 00:08:48
en caso de no adecuarse a los estándares que exige nuestra sociedad actual. La elaboración del plan 00:08:55
de convivencia es una oportunidad clave para fortalecer la participación, sobre todo del 00:09:01
alumnado y de las familias que se pierde si se convierte en un mero documento administrativo. 00:09:07
En definitiva, el plan de convivencia deberá estar construido por toda la comunidad educativa, 00:09:13
a través de un proceso de reflexión conjunto con garantías de participación de todos 00:09:18
los sectores implicados en la vida del centro. Por tanto, la evaluación de la convivencia 00:09:24
en el centro requiere la elaboración de una memoria anual que analice el grado de implementación 00:09:29
y el nivel de consecución de los objetivos propuestos en dicho plan de convivencia, se 00:09:35
analicen las actuaciones realizadas y el grado de participación de los distintos sectores 00:09:40
de la comunidad educativa en ellas, se debe evaluar el proceso y los resultados y por 00:09:44
supuesto deben formularse propuestas de mejora aplicables a ese medio o sistema de convivencia 00:09:50
concreto. El título segundo también prevé en los artículos 14 y 15 la elaboración 00:09:56
y seguimiento de las normas de convivencia en el centro y en el aula. Antes de terminar 00:10:02
la presente sesión debemos analizar el título tercero, relativo a los agentes que intervienen 00:10:08
en la convivencia escolar, es decir, aquellas figuras que poseen entre sus funciones tareas 00:10:14
relativas al control, la vigilancia y la promoción de la convivencia en un centro educativo. 00:10:19
Entre ellos han de mencionarse, tal como cita textualmente el Decreto 32 barra 2019, el 00:10:25
Consejo Escolar y la Comisión de Convivencia, el claustro de profesores, el director del 00:10:31
centro, el jefe de estudios, el orientador, los tutores y profesores, otros profesionales 00:10:37
del centro como el personal de administración y servicios, el alumnado, los padres o tutores 00:10:43
y los agentes externos, entre ellos la propia administración educativa, el servicio de 00:10:49
inspección educativa y el observatorio de convivencia escolar en los centros docentes 00:10:54
de la Comunidad de Madrid. Cabe señalar que en los artículos 17 a 30 quedan definidas 00:10:58
las funciones de cada uno de ellos en materia de convivencia escolar. Finalizamos aquí 00:11:04
la segunda sesión relativa a los títulos primero, segundo y tercero del Decreto 32 00:11:08
barra 2019. Y recordamos que en la última sesión estudiaremos el título cuarto del 00:11:14
mismo documento, relativo al régimen disciplinario en el centro educativo, la tipificación de 00:11:19
faltas y el establecimiento de las correspondientes sanciones. Es pues un apartado clave al que 00:11:25
dedicaremos una sesión completa. Muchas gracias. 00:11:31
CC por Antarctica Films Argentina 00:11:38
Idioma/s:
es
Autor/es:
Susana Rodríguez Sánchez
Subido por:
Ignacio A.
Licencia:
Todos los derechos reservados
Visualizaciones:
7440
Fecha:
4 de marzo de 2022 - 9:48
Visibilidad:
Público
Centro:
Sin centro asignado
Duración:
11′ 43″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
677.37 MBytes

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