APARTADO B UNIDAD 2
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APARTADO B UNIDAD 2
Buenos días. En este pequeño vídeo os voy a introducir en la segunda parte de
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la unidad 2. La primera parte ya debería de estar más o menos estudiada en la
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que se os explican los tipos de sociedad y los requisitos que cumple cada una de
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ellas y en esta segunda parte lo que vamos a ver es toda la
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documentación jurídica y empresarial que va detrás de la constitución de una
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sociedad así como los organismos a los que hay que dirigirse para la
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constitución de una sociedad. Bueno, en esta primera dipositiva tenéis
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unos puntos generales que se corresponden más o menos a la orden de
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los apuntes y que son los que vamos a tener que estudiar en profundidad y que
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son los que os voy a introducir yo en este pequeño vídeo.
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Bien, el primer punto que tenemos que estudiar es la documentación necesaria
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para la constitución de una sociedad y para ello tenemos que pensar, tenemos que
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hacer una reflexión del tipo de sociedad que queremos crear y para hacer esta
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reflexión tenemos que tener en cuenta una serie de criterios a la hora de
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establecer qué sociedad queremos crear y cuáles son estos criterios. Bueno, pues
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la actividad que vamos a realizar, el número de socios, si lo quiero hacer yo
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mismo con mi capital y con mi patrimonio como persona física o quiero
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adquirir capital del exterior, de otros socios externos, el grado de
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responsabilidad que quiero tener sobre mis bienes personales, de forma
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que me llevará a crear una sociedad con una personalidad jurídica diferente a mi
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personalidad física y sobre todo también tener en cuenta las necesidades de
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inversión iniciales, es decir, cuánto capital se necesita para crear el modelo
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de negocio que estoy pensando en llevar a cabo. En función de eso elegiremos el
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tipo de sociedad que más se ajuste a nuestro proyecto económico.
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El procedimiento de constitución de una sociedad es similar para todos los
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tipos de sociedades con sus pequeños detalles de cada uno de ellos, que lo
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veréis en los apuntes, pero lo normal es que haya que pasar siempre por
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estas fases. En primer lugar, solicitar al registro mercantil un certificado en el
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que se declare que no existe ninguna otra sociedad con el nombre de la que
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queremos nosotros constituir. En segundo lugar, un certificado de una
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entidad bancaria a nombre de la nueva sociedad en la que esté reflejado el
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capital inicial necesario para el arranque de nuestra
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empresa, la realización de una escritura de
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constitución de nuestra sociedad, la liquidación del impuesto sobre
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transmisiones y actos jurídicos documentados. Este impuesto, de alguna
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forma, están traspasadas las competencias a las comunidades autónomas, pero como
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norma general se suele establecer un 1% del capital
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social para todo tipo de operaciones societarias, no sólo para la constitución
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de las sociedades, sino también si existe una escritura de ampliación de
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capital o de reducción de capital, normalmente se suele aplicar un 1% del
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valor. Por supuesto, tenemos que pasar por el
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registro mercantil provincial, el registro mercantil de la provincia en la
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que se constituye nuestra sociedad, para inscribir a nuestra sociedad, y en
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la Hacienda, en la agencia tributaria, tenemos que solicitar nuestro número
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fiscal, que será el que identifique a nuestra sociedad
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de forma inequívoca. Igual que nosotros, como personas físicas, tenemos
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nuestro número de identificación fiscal, pues las personas jurídicas, las
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empresas, también tienen su número fiscal, y eso se tramita en la
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agencia tributaria correspondiente.
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Las documentaciones, las gestiones obligatorias o la
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documentación obligatoria que tenemos que hacer en las distintas entidades,
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bueno, aquí tenéis, en la agencia tributaria, por supuesto, lo que ya hemos
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dicho de obtener el número de identificación fiscal, además tenemos que
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obtener el censo de alta de la actividad que queremos realizar, el censo de alta
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de empresarios. En el Ayuntamiento tendremos que tramitar cualquier licencia
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de obra o cualquier licencia de apertura, y por supuesto la licencia para
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tramitar el impuesto de actividades económicas, que es un impuesto local.
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Luego tendremos que hacer las gestiones en la Tesoría de la Seguridad Social.
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Inicialmente, obtener una cuenta de cotización para cotizar como empresa y
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para cotizar con nuestros empleados, en el caso de que los hubiera, y también
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tendremos que realizar una serie de tramitaciones en las consejerías de
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trabajo de las comunidades autónomas, relacionadas sobre todo con aspectos del
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personal, de inspección del trabajo, tipo de trabajadores, y una serie de
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información que tenemos que dar de cara a que siempre estemos cumpliendo
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la normativa con respecto a los trabajadores que tenemos contratados.
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También tendremos que tener una serie de libros obligatorios, los libros
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contables, que básicamente son el libro diario, el libro de inventario de
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las cuentas anuales, así como los libros de las cuentas oficiales recogidos en el
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Plan General Contable. Tenemos que llevar un libro de actas, de
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todas las actas celebradas de los consejos de administración que se puedan
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hacer en nuestra sociedad, un libro de registro de socios, en los que se van
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anotando los nuevos y los antiguos socios que vayan, de alguna forma, formando
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parte de nuestra sociedad, y un libro de registro de las acciones nominativas, en
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caso de que las hubiera. Si tenemos un modelo de sociedad, acorde con esto.
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También veremos quiénes son las figuras registradoras de la propiedad y los
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registros mercantiles. Bueno, hablaremos de los registros mercantiles, tanto el
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registro mercantil central como el registro mercantil provincial, y hablaremos
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también de las figuras de los federatarios públicos y de los notarios.
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En los apuntes está bien explicado. Esto es un breve resumen
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para orientaros, para ayudaros a orientaros al estudio de la unidad, y en
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cualquier caso, bueno, pues tenéis los apuntes, los foros para acudir a
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nosotras ante cualquier duda, y bueno, pues ya estamos terminando la unidad 2,
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así que mucho ánimo y a seguir con ello. Un saludo.
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- Alicia G.
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- 17 de enero de 2024 - 12:25
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