Contenidos segunda edición
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el convenio, no voy a comentar nada más. Con respecto a las directrices de uso, pues
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ese es otro documento de los que tenéis en el aula virtual, tenéis también acceso desde
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el lugar donde accedéis a los servicios, ahí tenéis acceso a los tres documentos,
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tanto el convenio, las directrices de uso y a la política de privacidad. Y las directrices
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de uso lo que tenéis fundamentalmente es algunos aspectos importantes que tenéis que tener en
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cuenta, pues lo primero que es una herramienta complementaria a la plataforma tecnológica de
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EducaMadrid, lo segundo que todos aquellos que quieran utilizar los servicios deben hacerlo bajo
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el convenio firmado como decía antes, la tercera cuestión importante es que las credenciales que
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se van a utilizar son las credenciales de EducaMadrid, es decir que se va a entrar con las
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contraseñas de EducaMadrid y, bueno, por supuesto que no debe utilizarse para introducir información
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personal, del historial académico, de los alumnos, etcétera, en ningún caso. Y, bueno, aquí tenéis
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también las, digamos que en las directrices, las condiciones básicas ya resumidas, ¿vale? Una
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Un elemento importante que hay que tener en cuenta es que estas herramientas de Workspace no tienen correo electrónico de Google, es decir, van a través del correo electrónico de EducaMadrid, por lo tanto, no se puede acceder a un correo de Gmail, de Gmail, como queráis llamar, porque está deshabilitado para estas cuentas.
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Esto introduce elementos importantes que ya iremos comentando a lo largo de todo el curso, pero tenemos que tenerlo claro desde el principio.
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De privacidad, por supuesto, claro, de manejo de datos con respecto a Educamadrid. Bueno, con respecto a Educamadrid no, con respecto al uso de estas plataformas dentro de la plataforma de Educamadrid.
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Es decir, dentro de los convenios que firma Educa Madrid o que firma la consejería con el resto de empresas. Estas políticas lo que determinan es el uso de las aplicaciones y las plataformas que son ajenas a las que son corporativas.
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Una de las cosas importantes, pues, que esta ley de protección de datos nos permite, o sea, no nos permite, es en principio muy restrictiva y esto tenemos que tenerlo presente. Es muy restrictiva, pero siempre lo ha sido. Es decir, no es que ahora de repente aparezca estas restricciones.
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Nosotros no podemos, como docentes, publicar las notas de los alumnos, pues tampoco podemos calificar los trabajos de los alumnos dentro de la plataforma. No podemos calificarlo de manera numérica. No podemos introducir, como he dicho antes, ninguna nota numérica específica de cada alumno.
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No podemos introducir nada referente al historial académico. Lo que sí podemos introducir es retroalimentaciones en positivo. Es decir, podemos introducir a través de rúbricas o a través de otro tipo de cuestiones calificaciones cualitativas que determinen cómo es el progreso del trabajo del alumno.
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Esto, hago hincapié, echo hincapié en una serie de cosas en esta edición porque ya surgieron en la edición pasada y son las que más controversia generan.
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Claro, el hecho de no poder poner notas en los trabajos de los alumnos echa un poco para atrás porque parece que dices, hombre, damos un paso atrás con respecto a lo que teníamos.
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Antes, en los servicios que utilizábamos de Google Workspace con nuestros servidores de centro, con la forma que lo utilizáramos, poníamos las notas. Bueno, hay que tener claro que es que lo que nos restringe la protección de datos es a poner esas notas.
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No es que lo restrinja ahora este convenio, sino que es una restricción ya previa. Por eso es importante tenerlo bien presente. Esta restricción es tan estricta como que nosotros no podemos poner las notas en el corcho del aula, pero tampoco podemos cantarlas.
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Pues eso lo hacemos habitualmente a lo mejor, pero no entra dentro de la ley de protección de datos. Eso es una cosa que tiene que quedar clara desde el principio.
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Bueno, pues con respecto a esto tendremos que buscar alternativas de calificación, de calificación no numérica, de calificación cualitativa, rúbricas que nos permitan decirles al alumno que sigue trabajando en ello porque todavía no has conseguido llegar a entregar un trabajo en condiciones o lo que sea.
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Es decir, ese tipo de cuestiones es lo que tenemos que plantear a partir de ahora. Pero ya digo, he dicho a partir de ahora, pero en el fondo lo que quiero decir es que lo tenemos que haber hecho desde siempre.
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Bueno, vamos a ver. Lo primero dice, ¿por qué no se puede poner las notas en EducaMadrid y en Claso?
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Bueno, esta pregunta creo que la había respondido. No sé si es que alguien la ha borrado porque ha considerado que mi respuesta sea...
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Quiero decir, que la haya borrado Iris, mi compañera o algo, porque haya considerado que mi respuesta no era adecuada.
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Pero la cuestión es que para poner las notas tenemos actividades evaluables en raíces. Ya sé que al principio cuesta hacerse a muchas plataformas, a muchos mecanismos, hay profesores que son muy reacios, pero en cuanto nos habituamos a hacer las cosas bien en su sitio es mucho más cómodo.
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Es decir, tenemos en raíces una posibilidad de hacer actividades evaluables que podemos ir calculando, es decir, podemos establecer los cálculos mediante los cuales se pondere la nota final a partir de esas actividades evaluables.
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Es decir, que a la larga lo que vamos a poder conseguir es que a partir de las actividades evaluables, que más o menos de un año para otro utilizamos las mismas, más o menos, es decir, exámenes, trabajos, pues a lo mejor puede haber un trabajo más, un trabajo menos, pero lo normal es que lo pondremos de la misma forma.
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Es decir, que los trabajos los pondremos, porque de hecho eso se establece por parte de los departamentos, etc. Por lo tanto, si nos acostumbramos a crear las actividades evaluables en raíces, a poner las notas en raíces, es lo conveniente, es decir, es lo que tenemos que hacer.
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No utilizar ni Moodle, ni EducaMadrid, ni Classroom, ni Teams, ni ninguna otra herramienta para ponerlas. Pero vamos, eso ya es una cuestión que cada uno tiene que organizar su trabajo.
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Bueno, se puede crear la página web del centro con Google Workspace, pues bueno, se puede
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crear una página web del centro con Google Workspace, con Google Sites, se puede.
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Otra cosa es que la página web institucional del centro tenga que estar dentro de EducaMadrid,
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Pero por poder tener una página, digamos, de algún tipo especial, como la institucional, pues yo creo que no hay ningún problema, claro, al principio.
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Los servidores, que en algunos casos incluso alguien había puesto por ahí que teníamos un dominio propio y además decía como institucional. No, no. Esto sí que tiene que quedar claro. Nunca ha sido institucional.
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Es decir, los servidores propios, es decir, los servidores que tenían los centros y que contrataban los centros con su usuario, con su servidor de IES tal, CP tal o como correspondiese, nunca han sido legales.
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Ni siquiera centros que detrás de proyectos de innovación han introducido este tipo de cuestiones y creían que la cobertura del proyecto de innovación les hacía que estos servidores fuesen legales, nunca lo han sido.
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Es decir, han existido, por supuesto, es decir, lo mismo que existieron en un inicio muchos servidores de Microsoft, de Teams, que no entraban dentro de la consejería, pues claro, cada uno se va apañando y haciendo lo que puede.
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Y es lógico, vamos, pero más allá de que sea lógico, no es legal. Eso tiene que quedar claro. Es decir, no entraba en ninguna cobertura legal y, bueno, pues estaba en un ámbito, digamos, alegal.
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No es que fuera ilegal, pero era ilegal, no estaba de ninguna forma y de una manera ni de otra, lo tenía nadie definido. ¿Qué pasa? Que ahora cuando se ha firmado el convenio, ahora sí, ahora sí que pasa a ser ilegal en principio, dentro entendámonos todos, pero sí que pasa a no estar de acuerdo con los principios del convenio,
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Lo que, como habéis visto al principio, decía claramente que quien quiera utilizar los servicios de Google Workspace,
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el centro de la Comunidad de Madrid que quiera utilizar los servicios de Google Workspace, tiene que hacerlo a través del convenio.
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Entonces, ya sí que se define una ilegalidad si se actúa afuera.
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Por lo tanto, no tiene que ser de hoy para mañana, pero sí que hay que entender que esto tiene que cambiar.
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En fin, como hay muchas intervenciones en ese sentido, yo bajo mi entendimiento os explico las cosas de forma llana, no pretendo convenceros de nada.
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- Autor/es:
- Daniel Esteban Roque
- Subido por:
- Daniel E.
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- 4 de abril de 2022 - 10:12
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