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Paloma Ferreño - La Programación de un Módulo - Contenido educativo

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Subido el 6 de mayo de 2024 por Mediateca ismie

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En este segundo bloque del curso nos vamos a dedicar a profundizar en la programación de 00:00:01
un módulo, en el establecimiento de unas pautas para su elaboración, así como en el contenido 00:00:10
que debe abarcar la misma. Cada ciclo formativo debe disponer de una programación coordinada por 00:00:15
el equipo directivo y realizada de forma colegiada por los departamentos que imparten enseñanzas en 00:00:22
dicho ciclo formativo. Debe recoger, entre otros elementos, las programaciones de cada uno de los 00:00:27
módulos profesionales incluidos en el ciclo. La programación didáctica de cada módulo es 00:00:33
una guía pedagógica, como se decía en el bloque anterior, y además debe considerarse en su 00:00:38
elaboración que es el instrumento que permite informar y orientar al alumnado. Debe ser diseñada 00:00:43
de forma colegiada por los profesores que imparten dicho módulo profesional en el mismo ciclo. Cada 00:00:49
módulo dispondrá de una única programación, aunque lo impartan varios docentes en distintos 00:00:55
grupos. Su estructura debe recoger todos los elementos contemplados en la normativa y podría 00:01:00
organizarse considerando los siguientes apartados. A. Objetivos del ciclo a alcanzar con el módulo. 00:01:06
B. Competencias profesionales, personales y sociales a adquirir. C. Resultados de aprendizaje. 00:01:12
D. Criterios de evaluación. E. Contenidos y temporalización. F. Unidades didácticas o de 00:01:19
trabajo, G, metodología didáctica, H, evaluación. De todos los elementos curriculares descritos en 00:01:26
esta posible estructura de la programación, hay uno al que nos hemos referido y que la propia 00:01:33
norma se refiere como el eje vertebrador de la misma, y son los resultados de aprendizaje, 00:01:38
cuyo análisis será clave para la incorporación con coherencia del resto de los elementos. 00:01:43
Los objetivos generales y las competencias del título a las que se contribuye a alcanzar con 00:01:49
la formación del módulo y que deben definirse en la programación, son aquellos que ya vienen 00:01:54
recogidos en el anexo 1 del Real Decreto por el que se establece cada uno de los títulos de la 00:02:00
formación profesional, en el apartado Orientaciones Pedagógicas. Vienen, por tanto, establecidos en la 00:02:05
normativa. Los resultados de aprendizaje que deben recogerse a continuación también se encuentran en 00:02:11
el Real Decreto de Título para cada uno de los módulos. Aunque el alumno debe lograr todos los 00:02:17
resultados de aprendizaje al final del curso para demostrar haber alcanzado los objetivos 00:02:22
generales correspondientes y las competencias asociadas, debe considerarse que puede que no 00:02:26
todos los resultados de aprendizaje tengan la misma importancia en relación a la adquisición 00:02:32
de dichas competencias. Y es por ello que deben ponderarse, se les debe asignar un peso que debe 00:02:38
decidir el profesorado en función a este criterio. Esta es la primera decisión que debe tomar el 00:02:45
profesorado en el diseño de la programación. En cuanto a los criterios de evaluación, en el 00:02:50
apartado siguiente, son los indicadores que permiten valorar si estos resultados de aprendizaje 00:02:55
se han conseguido y en qué medida. Aparecen asociados en el Real Decreto a cada uno de los 00:03:00
resultados. Del mismo modo que anteriormente, puede que no todos los criterios contribuyan 00:03:05
de igual modo al logro de su resultado de aprendizaje. Su ponderación es la siguiente 00:03:10
de decisión que debe tomar el profesorado. Debe prestarse especial atención, por tanto, 00:03:16
a su análisis, valorando su nivel de complejidad y avanzando en el tipo de tareas que exigen 00:03:21
diseñar en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Guiarán la selección de los contenidos en 00:03:26
las unidades didácticas o de trabajo y el diseño de los instrumentos de evaluación 00:03:31
adecuados. En lo relativo a la incorporación de los 00:03:35
contenidos asociados al módulo, que vienen definidos en el decreto que determina el plan 00:03:37
de estudios. Corresponde su distribución en relación a los resultados de aprendizaje y los 00:03:42
criterios de evaluación seleccionados en las distintas unidades didácticas o de trabajo. En 00:03:49
este momento comienza el diseño de las unidades didácticas o de trabajo a las que se dedicará el 00:03:55
próximo bloque de contenido. Debe distribuirse el número de horas asignadas al módulo en el 00:04:00
decreto del plan de estudios entre estas unidades y decidir la secuencia en la que se abordarán las 00:04:06
mismas. Deben establecerse en los resultados de aprendizaje que se tratarán en cada unidad, 00:04:11
teniendo en cuenta que todos deben trabajarse durante el curso escolar y deben asociarse los 00:04:17
contenidos que se desarrollarán en cada una de ellas en relación a estos resultados de 00:04:22
aprendizaje seleccionados. Todo esto se describirá de manera más detallada en el bloque siguiente. 00:04:26
Subido por:
Mediateca ismie
Licencia:
Reconocimiento - Compartir igual
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Fecha:
6 de mayo de 2024 - 0:10
Visibilidad:
Público
Centro:
ISMIE
Duración:
04′ 42″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
658.39 MBytes

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