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Jerarquía Normativa

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Subido el 16 de noviembre de 2023 por Elena G.

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Hola a todos, vamos a aclarar qué es el principio de jerarquía normativa y cómo se aplica 00:00:00
en el derecho del trabajo. Dice el principio de jerarquía normativa que existe una jerarquía 00:00:09
dentro de las normas, es decir, que las normas están ordenadas en un orden jerárquico, 00:00:15
unas son más importantes que otras. Si hablamos de las leyes, que en el cómputo de leyes 00:00:20
entran muchas cosas, hablaríamos del derecho comunitario, hablaríamos de la constitución, 00:00:26
por debajo hablaríamos de las leyes ordinarias y orgánicas, etcétera, etcétera. Cuando 00:00:32
nosotros hablamos en el marco del derecho del trabajo de leyes, de lo que estamos hablando 00:00:38
como marco normativo mínimo es el estatuto de los trabajadores. En el ámbito profesional 00:00:45
existen otras normas que es el convenio, el contrato y los usos y costumbres. Y lo 00:00:55
que dice el principio de jerarquía normativa es que están ordenadas, como digo, de manera 00:00:59
jerárquica y que unas prevalecen sobre las otras. Sin embargo, si esto se aplicara en 00:01:04
el derecho del trabajo no tendría sentido la existencia de ninguna de estas normas de 00:01:10
rango inferior, porque prevalecería la de rango superior. ¿Qué dice la jerarquía 00:01:16
normativa en el ámbito del trabajo? Que las normas de rango inferior nacen para mejorar 00:01:22
a las de rango superior y que, por tanto, son las que hay que atender y seguir. Vamos 00:01:28
a poner como ejemplo, entonces de alguna manera se da la vuelta, vamos a pasar a la columna 00:01:35
de la derecha donde se invertiría esta escalera que os he dicho. En principio estarían al 00:01:39
principio los usos y costumbres, por debajo el contrato de trabajo, por debajo el convenio 00:01:47
colectivo y hemos dicho que como ley vamos a remitirnos siempre al estatuto de los trabajadores. 00:01:52
Vamos a verlo con un ejemplo. Imaginaros que el estatuto de los trabajadores, que es la norma 00:02:00
mínima, como digo, recoge en materia de vacaciones que tenemos 30 días de vacaciones anuales. 00:02:06
Nuestro convenio colectivo regula que los trabajadores que se rijan por ese convenio 00:02:14
tienen derecho a 34 días de vacaciones. Nosotros en su día, cuando firmamos el contrato de 00:02:21
trabajo con la empresa, acordamos que tendríamos 38 días de vacaciones, pero además con el tiempo 00:02:28
se ha instalado la costumbre en la empresa de que además de los días que tenemos por 00:02:37
contrato de trabajo, pues se cierra el día de noche buena y por tanto lo dan de vacaciones y 00:02:45
se cierra el día noche vieja y por tanto lo dan de vacaciones sumando entonces dos días más. En 00:02:53
este caso para este trabajador serían 40 días de vacaciones. Hemos hablado de muchas normas y 00:02:58
yo ahora os pregunto ¿cuál de las normas tendríamos que atender? Entendiendo que el 00:03:10
derecho del trabajo siempre está del lado del trabajador para defender aquello que es más 00:03:15
beneficioso para él, obviamente para el trabajador lo más satisfactorio es tener 40 días de vacaciones 00:03:20
y él tiene protegidos por contrato 38, luego en ningún caso se aplicaría el estatuto de los 00:03:31
trabajadores y el convenio colectivo. Es decir, en derecho del trabajo las normas de rango inferior 00:03:41
prevalecen sobre las de rango superior si es que lo que recogen es una mejora. Espero que 00:03:49
esta explicación os haya servido para aclarar y entender cómo se aplica la jerarquía normativa 00:04:00
en el ámbito del derecho laboral. Muchas gracias a todos, espero vuestras dudas a través del foro 00:04:06
y de las sesiones virtuales y nos vemos en el siguiente vídeo. Un saludo a todos. 00:04:12
Subido por:
Elena G.
Licencia:
Reconocimiento - No comercial
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4
Fecha:
16 de noviembre de 2023 - 14:58
Visibilidad:
Clave
Centro:
IES ENRIQUE TIERNO GALVAN
Duración:
04′ 23″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
83.52 MBytes

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