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Subido el 2 de marzo de 2024 por Susana M.

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Por último, vamos a hacer una breve referencia a todas las herramientas que, en este caso, la Consejería ha puesto a disposición de los docentes para la actividad docente, para la gestión de los centros. 00:00:07
Herramientas que, en principio, han venido a hacernos fácil la vida, aunque en algún momento la complican. 00:00:20
En principio, es cierto que realmente la Consejería exige que se utilice, lógicamente, la plataforma de gestión raíces y la plataforma educativa corporativa de Educamadrid. 00:00:24
No obstante, admite que para aquellos servicios que no puedan prestarse a través de EducaMadrid, 00:00:37
se podrá hacer uso de recursos complementarios, pero que la autoridad educativa habilite. 00:00:43
Por lo tanto, ya parece que exige una previa autorización y no, lógicamente, vamos a poder con libertad utilizar cualquier herramienta. 00:00:49
Y además, estos recursos complementarios los va a incluir en una página, los va a inscribir y nos facilita incluso el propio enlace. 00:00:57
incluso va más allá y dice bueno en aquellos casos en que los centros públicos 00:01:04
deban emplear otras aplicaciones educativas que consideren necesarias 00:01:10
porque tienen que justificarse esa necesidad también lo va a permitir 00:01:15
pero con previa autorización de la consejería 00:01:19
es importante que sepamos que necesitamos esa autorización previa 00:01:22
e incluso advierte y dice absténganse de emplear aplicaciones no corporativas 00:01:26
o recursos complementarios que exijan adherirse a las condiciones del prestador 00:01:33
y que no permitan suscribir un contrato de encargo de tratamiento. 00:01:37
Pensar que esas plataformas o esas herramientas, lógicamente, exigen, 00:01:42
sería un encargado del tratamiento. 00:01:47
En ese caso, por lo tanto, hay que suscribir un contrato. 00:01:49
Y si esa empresa o esa entidad no se presta a ello, 00:01:51
en principio no podríamos utilizarlas. 00:01:54
Realmente, también en estos casos se exige elaborar un proyecto 00:01:58
que debe ser valorado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza. 00:02:01
Por lo tanto, simplemente nos quedamos con la idea de que cualquier recurso tecnológico 00:02:06
que vayamos a utilizar fuera de los oficiales o de los complementarios, 00:02:10
deberíamos solicitar esa autorización para poder utilizarlos en la actividad docente. 00:02:14
También en este caso ha sido la Delegada de Protección de Datos de Madrid 00:02:21
y yo por mi experiencia profesional os puedo decir que las comunicaciones entre los alumnos 00:02:25
en las familias deben producirse a través de, lógicamente, de los medios, 00:02:31
que en este caso la consejería ha puesto a disposición de los docentes, 00:02:36
el aula virtual o Roble, creo que son ahora en Madrid, 00:02:40
las que más se han extendido en los centros. 00:02:43
Evitemos toda la mensajería instantánea, redes sociales, 00:02:46
no os podéis ni imaginar a veces el problema que eso puede llegar a causar, 00:02:49
a veces dando lugar incluso a malentendidos en comunicaciones 00:02:54
entre un profesor, una profesora, un docente y un alumno. 00:02:57
Igualmente, cuando utilizamos el correo electrónico, 00:03:02
yo creo que ya somos todos conscientes 00:03:04
de que debe ser a través de las cuentas de EducaMadrid. 00:03:06
Y, bueno, no obstante, ya digo, tampoco la rigidez de la norma 00:03:09
no permite, no obstante, que excepcionalmente 00:03:12
se pueda crear un grupo de mensajería entre padres y profesores 00:03:15
en casos muy excepcionales, por una determinada actividad 00:03:19
o incluso entre un alumno y los padres de un alumno, 00:03:22
porque ese alumno presente algún tipo de necesidad educativa especial 00:03:26
que exija, lógicamente, un seguimiento, pero casos así muy excepcionales, incluso, como veis, 00:03:30
hay un informe sobre ese uso de la aplicación de la mensajería WhatsApp o Telegram. 00:03:35
La web del centro, pues igualmente es la web institucional, debe alojarse en la plataforma de EducaMadrid, 00:03:42
contiene información personal sobre el profesorado y los alumnos, podrá contenerla, 00:03:48
evidentemente, si se trata de una web en abierto, necesitamos el consentimiento, 00:03:55
ya veíamos que era necesario ese consentimiento, lógicamente al no tener un acceso restringido 00:03:59
y por el contrario si la información está restringida, pues en ese caso sí que es cierto que no sería necesario 00:04:04
ese consentimiento expreso porque se entiende que la información que se va a alojar en esa web 00:04:10
es para uso educativo exclusivamente, pero sí es conveniente que se va a facilitar el nombre del profesor, 00:04:15
del tutor, se dé el correo electrónico, no el personal, 00:04:22
Entendido, serán los correos electrónicos corporativos de los docentes. 00:04:25
En la web del centro se podrá publicar información, fotografías, 00:04:30
todas esas grabaciones que se han hecho y esos vídeos, 00:04:34
igualmente podrán ser publicadas con su consentimiento previo, 00:04:38
si son identificables, e insisto, el delegado de protección de datos 00:04:42
aconseja que el alumno no sea identificado en esas fotos. 00:04:46
en principio también se podrán publicar datos personales en el blog educativo del centro 00:04:52
con las mismas exigencias, con el consentimiento previo 00:04:57
salvo que sea lógicamente un acceso restringido 00:05:01
y en cuanto al blog del profesor, aquí sí que tanto la Agencia Española de Protección de Datos 00:05:03
como la Delegada de Madrid de Educación 00:05:09
dice que el blog del profesor es un medio de información y comunicación 00:05:11
que pertenece al docente y por lo tanto es el único responsable de su contenido 00:05:14
Y está obligado, lógicamente, a aplicar la normativa de protección de datos y a pedir el consentimiento de los alumnos, en este caso, si va, lógicamente, a publicar algún dato personal. El centro se queda al margen igualmente. 00:05:19
Al final también no olvidemos la técnica de la disociación o anonimización, 00:05:35
como así lo llama la norma, la ley, 00:05:40
consiste en que vamos a publicar datos de alumnos, datos de docentes, 00:05:42
pero lo vamos a hacer de una forma anonimizada, si es posible, 00:05:46
para evitar, lógicamente, su identificación. 00:05:49
Si se consigue aplicar esa técnica, no haría falta el consentimiento 00:05:51
porque ya no es identificable. 00:05:56
Las redes sociales, qué deciros del peligro que últimamente 00:05:58
acorremos todos, no solamente nuestros alumnos, en principio las redes sociales son muy peligrosas 00:06:02
porque de alguna forma no tenemos ya control sobre esa información y por eso el delegado de protección de datos 00:06:08
de alguna forma exige que se abstengan de publicarse datos personales o contenidos audiovisuales 00:06:14
que permitan identificar a los alumnos en redes sociales. 00:06:21
Ya digo que aunque la normativa de protección de datos admite que se pueda publicar con el consentimiento 00:06:26
podemos pensar, bueno, es que si el alumno consiente, ¿por qué no voy a poder publicarlo en red social? 00:06:31
Si el alumno está encantado, tiene 15 años, lo consiente. 00:06:36
Igualmente, va a contribuir a la formación de huella digital y no es recomendable. 00:06:41
Ese alumno el día de mañana le podría suponer un problema, por tanto, es mucho mejor evitar cualquier. 00:06:45
Los eventos escolares, como ya os comentaba, pues muy bien, los familiares van a tener acceso a esas grabaciones. 00:06:52
el problema va a ser su divulgación 00:06:58
y ya digo, es una responsabilidad ya de los familiares 00:07:01
si no respetan lógicamente la normativa 00:07:03
y toda esta información personal con la que comenzamos 00:07:06
y que decíamos que está muy protegida 00:07:09
y que evidentemente para que esté protegida 00:07:11
hay que tomar medidas de seguridad 00:07:15
las medidas de seguridad no aparecen en la ley 00:07:17
al final la ley lo que pide es que se conserve la confidencia 00:07:19
y se garantice la integridad, la confidencialidad 00:07:22
que se proteja lógicamente un uso correcto por las personas autorizadas, poco más dice la ley, por lo tanto aquí son los expertos en informática los que tendrán que poner los medios adecuados y la forma más segura por lo tanto de conservar cuando hablamos de papel es digitalizarlos, 00:07:24
Por eso el delegado de protección de datos pide a los centros la mayor que se digitalicen todos los documentos en el aula virtual o en la nube de EducaMadrid y que se devuelvan los titulares, todos los originales, porque así evitamos el problema de la custodia, la conservación, incluso la propia destrucción de papel que cuantos centros plantean ese problema. 00:07:42
las medidas de seguridad también con los encargados del tratamiento 00:08:02
pues evidentemente hay que suscribir un contrato 00:08:07
donde aparezcan qué información se va a trasladar 00:08:09
vamos a pensar la empresa de comedor 00:08:12
qué medidas de seguridad va a tomar esa empresa 00:08:14
en principio es importante exigir luego la portabilidad 00:08:16
que toda esa información que se ha dado a esa empresa 00:08:22
pueda luego volver a devolverla 00:08:24
se puede garantizar la integridad y lógicamente su destrucción 00:08:26
cuando vamos lógicamente finaliza la contratación el encargado de tratamiento esa empresa que ha 00:08:30
prestado ese servicio de transporte comedor etcétera debe destruir toda la información 00:08:36
e incluso certificarlo o al menos que quede constancia documental de que se ha destruido 00:08:41
toda la información para evitar lógicamente cualquier riesgo. Insisto también podéis ver 00:08:45
que en la página web del delegado de protección de datos aparecen modelos de contratación y 00:08:51
aparece una guía para gestionar los posibles riesgos y ya por último podemos encontrarnos 00:08:56
como por muchas medidas de seguridad siempre puede haber una brecha de seguridad en algún momento 00:09:03
pues si eso ocurre lo que viene a decir el delegado de protección de datos es que hay que informar 00:09:08
inmediatamente al delegado de protección de datos en el correo electrónico o en el teléfono que 00:09:13
aparece en su web y cuando digo inmediatamente es inmediatamente porque el delegado de protección 00:09:19
de datos debe informar inmediatamente en el plazo de 72 horas a la agencia de protección 00:09:25
de datos. Junto a los contenidos que acabamos de ver aparece una relación de informes y 00:09:31
de recomendaciones del delegado de protección de datos que pueden ser de utilidad para profundizar 00:09:38
en aquellos aspectos que conseguiréis de interés. Tras este recorrido que hemos hecho 00:09:43
por la normativa, pues solo me queda deciros que realmente abarcar el conocimiento profundo 00:09:54
de la norma es muy difícil, la casuística y la realidad a veces supera todo y bueno, 00:10:02
pues en principio yo creo que podemos tener simplemente unas cautelas que son muy necesarias, 00:10:07
pero al final cuando nos encontramos con una situación complicada lo más prudente es 00:10:13
elevar consulta, elevar protección de datos, no precipitar, no ser reflexivos, porque al 00:10:16
Al final es verdad que vosotros que seguramente estáis en esta actividad formativa para la competencia digital tenéis más conocimiento de cómo se desborda y cómo la información se puede divulgar en un segundo. 00:10:21
Así que nada, desearos con esto que sigáis en esta actividad, que iniciéis proyectos, que digitalicéis a nuestros centros y que con esto lógicamente se utilice como una herramienta para un mayor conocimiento 00:10:34
y no para temer, no hay que temer a la normativa, además deciros también que en este caso la Agencia de Protección de Datos 00:10:47
en las administraciones nos cuida y no nos puede multar, por lo tanto, no solamente nos haría un requerimiento, 00:10:54
pero insisto, para mí lo peor de infringir una norma no es tanto la infracción de la norma como hacer daño, 00:11:01
vulnerar la intimidad de alguien, algún dato personal que trascienda y que sea de la esfera más íntima de una persona. 00:11:08
Por lo demás, las normas se vulneran, se corrige el error y nada más. 00:11:15
Así que animaros a seguir en lo que estáis haciendo, a formaros, porque eso mejora la educación y con ello la sociedad. 00:11:21
Subido por:
Susana M.
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Fecha:
2 de marzo de 2024 - 10:46
Visibilidad:
Público
Centro:
EST ADMI D.G. DE BILINGÜISMO Y CALIDAD DE LA ENSEÑANZA
Duración:
11′ 51″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
187.29 MBytes

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