RESUMEN SALARIO EN ESPECIE - Contenido educativo
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A modo de resumen, viendo las tres percepciones de salario de una especie más importantes que hemos visto, recordaros que la vivienda, si su valor está revisado, hay que calcular el 5%, de esa percepción nos lo dará la parte anual, habría que dividirla entre 12 para calcular la parte mensual.
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Si está sin revisar, sería por el 10% entre 12. ¿Qué pasa? Que hay un mínimo, un mínimo que es el que va a computar advengos. ¿Cuál va a ser el mínimo? El mínimo va a ser el resto de percepciones.
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No entrarían nunca las horas extra, porque nosotros no sabemos con seguridad qué va a cobrar cada mes. Es decir, es importante que los complementos, las percepciones salariales que se perciban, sepa que las va a cobrar mes a mes.
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Es decir, los complementos salariales que se van a cobrar mes a mes. En este ejercicio hemos visto el salario base, plus convenio, plus transporte y las pagas extra. ¿Qué sabemos que va a cobrar también mes a mes?
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La parte proporcional del vehículo, que como hemos dicho también, y también lo hago a modo de resumen, va a ser de la parte de uso personal el 20%, entre 12, esa va a ser la parte computable mes a mes, y la parte anual simplemente es el 20% del uso personal.
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Y de los préstamos, recordaros que para calcular la parte que va a ir advengo mensual, hay que calcular el interés legal del dinero que nos lo dan, menos el interés de acuerdo a los que nos proporciona la empresa ese préstamo.
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Esa parte, es decir, el interés legal menos el interés que nos proporciona la empresa, lo multiplicamos por el préstamo y esa va a ser la parte anual. Esas dos partes del vehículo del préstamo serían las partes que computarían anualmente.
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Si todas las sumamos y luego lo dividimos, esos complementos, ese salario base, ese plus convenio, ese plus transporte, esas pagas extra, esa parte anual del vehículo y esa parte anual del préstamo, lo dimos entre 12, nos va a dar el límite al que como mucho puede ser cobrada advengo la vivienda.
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¿Qué pasa? Que si cuando hacemos el 10% de la parte de la vivienda no llega al límite, cogeremos esa parte. Si la supera, pues el límite que hemos dicho. Os lo voy a colocar aquí a modo de resumen.
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En el caso de estas tres partes de salario en especie, ambas van a ir a la seguridad social, tanto a contingencias comunes como a contingencias profesionales. ¿Qué ocurre?
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Que si es salario en especie no repercutido, es decir, que la empresa se va a hacer cargo de él, tendrá que aparecer un complemento o un ingreso a cuenta por el porcentaje de IRPF que haya este mes.
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En el ejercicio que hemos hecho era un 12%, pues de todo el salario en especie, de vivienda, coche y préstamo, que es lo que aparece en este ejercicio, haremos el 12%.
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Y eso será la parte de ingreso a cuenta, que luego, luego, en el líquido a percibir no se os tiene que olvidar quitarlo, porque es una parte que va a asumir la empresa.
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Si fuera repercutido, no aparecería ingreso a cuenta, pero sí aparecería en el líquido a percibir el porcentaje sobre el salario en especie que nos va a retirar la empresa para pagar el IRPF.
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Porque la empresa nos retiene un porcentaje mes a mes para pagar el IRPF, para que luego no nos pegamos el susto.
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En la base de IRPF, el salario en especie, el ingreso a cuenta, no aparecen, que no se nos olvide, os lo pongo también a continuación.
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Otras funciones de salario en especie que considero importante, el seguro de enfermedad, el seguro que nos paga la empresa cuando asisa, sanitas, cuando enfermamos.
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A la seguridad social va a ir íntegro y al IRPF cuando exceda de 500€ al año.
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Si la empresa nos ofrece acciones o participaciones, va a ir íntegro a la seguridad social y el exceso de 12.000€ al año va a ir al IRPF.
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Cheques restaurantes, a la seguridad social va a ir íntegro y el exceso de 11€ al día, al IRPF.
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En cuanto a la conciliación de la vida familiar, es decir, que nos pagan la guardería, el colegio de nuestro hijo o hija, va a ir íntegro a la seguridad social y va a estar exento para el IRPF.
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Y cuando son ayudas al estudio necesarias para el departamento de trabajo, va a estar exento tanto para seguridad social como para el IRPF.
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Esta tablita, o esto que os acabo de decir, lo tenéis en una hoja impresa que os di hace ya dos semanas, pero bueno, os lo recordaré y os diré que la saquéis.
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Un abrazote chicos y ¡a por ello!
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- Autor/es:
- ALVARO GOMEZ
- Subido por:
- Alvaro G.
- Licencia:
- Reconocimiento - No comercial
- Visualizaciones:
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- Fecha:
- 3 de noviembre de 2023 - 12:17
- Visibilidad:
- Clave
- Centro:
- IES DUQUE DE RIVAS
- Duración:
- 05′
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
- Resolución:
- 1920x1080 píxeles
- Tamaño:
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