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UD 1 GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN - Contenido educativo
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Conceptos básicos en materia de prevención de riesgos laborales
Proyecto FP Madrid Digital.
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Recursos digitales y multimedia para formación profesional.
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Ciclo formativo de grado superior, prevención de riesgos profesionales.
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Módulo profesional 1, gestión de la prevención.
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Unidad didáctica 1, los riesgos laborales y su prevención.
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Capacidad terminal, que se pretende alcanzar con este vídeo, la 1.1.
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Distinguir los elementos básicos del ámbito de la prevención de riesgos.
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Abrimos el libro de gestión de la prevención por la unidad didáctica 1 y vamos a ver el vídeo 1
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relativo a los conceptos básicos en materia de prevención de riesgos laborales. Los objetivos
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que se pretenden alcanzar con este vídeo son tres. Uno, identificar los conceptos básicos que se
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utilizan en prevención de riesgos laborales. En segundo lugar, distinguir entre factor de riesgo
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peligro y riesgo laboral. Y por último relacionar entre sí los conceptos de factor de riesgo
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laboral o peligro, riesgo laboral y también el de medidas preventivas. En primer lugar
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vamos a ver de manera muy básica y también de manera general los conceptos que necesitamos
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conocer para empezar a trabajar en materia de prevención. Estos conceptos básicos están
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recogidos en el artículo 4 de la ley 31 barra 1995 de prevención de riesgos laborales y son
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los siguientes. Factor de riesgo laboral o peligro. A pesar de que la ley de prevención de riesgos
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laborales no habla literalmente de factor de riesgo laboral o peligro sino de condición de
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trabajo o de condición potencialmente peligrosa, nosotros preferimos utilizar este término para
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referirnos a cualquier fuente o causa de un riesgo laboral. Como vemos en el dibujo, si
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un trabajador utilizara una herramienta manual en su puesto de trabajo, como puede ser un
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martillo, esa utilización de la herramienta manual constituiría un factor de riesgo laboral
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o peligro, ya que de él podrían derivarse uno o varios riesgos laborales. En segundo
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lugar encontramos el concepto de riesgo laboral, el cual sí es definido literalmente por la ley
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de prevención como la posibilidad que existe de que un trabajador sufra un determinado daño
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derivado de su trabajo. En el caso anterior, ese riesgo laboral sería la posibilidad que tendría
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el trabajador de sufrir un golpe en la mano con la que sujeta la pieza sobre la cual está
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martilleando. Posteriormente encontramos el concepto de daño. El daño sería la materialización del
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riesgo laboral, esto es, si finalmente ese trabajador se llegará a lesionar en el dedo
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como consecuencia de esa utilización de la herramienta manual. Técnicamente, cuando el
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trabajador lo que sufre es una lesión y no una enfermedad o patología, a ese daño se le denomina
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accidente de trabajo de acuerdo con la ley de prevención. El último concepto que debemos
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conocer es el de prevención, con el que la ley pretende eliminar los riesgos laborales detectados
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o, al menos si no es posible, minimizarlos. Siguiendo con el ejemplo que estamos viendo,
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las medidas que podríamos adoptar para evitar los posibles golpes serían, entre otras, que el
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trabajador comprobase antes de utilizar dicho martillo que esa herramienta está en perfectas
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condiciones, como por ejemplo que su cabeza está firmemente ajustada al mango, agarrar el mango por
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el extremo o utilizar el martillo para la finalidad para la que ha sido diseñada, esto es para golpear
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y no para otra, como por ejemplo aflojar tuercas. Son muchos los factores de riesgo laboral a los
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que están expuestos los trabajadores en sus puestos de trabajo y dependiendo de la naturaleza
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de los mismos, los riesgos laborales a los que pueden dar lugar son también de muy variada
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naturaleza. Dichos factores de riesgo, no obstante, van a estar presentes en prácticamente
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todas las profesiones que conocemos, como vamos a ver a continuación.
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En el ámbito de las obras de construcción es muy frecuente la existencia de trabajos
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en altura, esto es, de trabajos que se realizan en alturas superiores a dos metros respecto
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al nivel del suelo, y ello constituye claramente un factor de riesgo, ya que dichos trabajos
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pueden provocar la caída del trabajador. Ese riesgo de caída a distinto nivel de llegarse
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a materializar puede dar lugar desde lesiones graves o muy graves, como contusiones, traumatismos,
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fracturas, hasta el propio fallecimiento del trabajador.
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En el ámbito sanitario destaca la presencia de los llamados factores de riesgo higiénicos.
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Estos factores de riesgo están especialmente relacionados con la exposición a agentes biológicos en el puesto de trabajo,
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tales como virus, bacterias...
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El riesgo principal derivado de esa exposición sería la posibilidad que tendría el trabajador
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de contraer una enfermedad o patología, cuyo rango de gravedad es amplio.
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Cuando el lugar de trabajo es una oficina, un despacho,
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destaca la presencia de los llamados factores psicosociales,
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que son aquellos relacionados con las características de la tarea realizada,
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por ejemplo, un ritmo elevado de trabajo,
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con las características de la organización,
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como la presencia de un clima laboral no adecuado,
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y también con las características que rodean al propio trabajador,
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como por ejemplo su dificultad para conciliar trabajo y vida personal.
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El riesgo principal derivado de todos esos factores psicosociales sería, además del estrés laboral, la insatisfacción laboral.
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En el ámbito de los profesionales de la conducción destacan los factores de tipo ergonómico,
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como el inadecuado diseño del asiento sobre el que el trabajador pasa largas horas al volante,
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lo que genera principalmente riesgos laborales de tipo músculo esquelético,
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como por ejemplo dolores lumbares y articulares y otros trastornos músculos esqueléticos.
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En el sector de la hostelería y sobre todo cuando el lugar de trabajo es la cocina,
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el peligro principal que tiene el trabajador es el de sufrir un contacto térmico,
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por ejemplo al introducir alimentos con cierta humedad en aceite muy caliente,
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lo que origina riesgos de quemaduras graves al contacto con la piel del trabajador.
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Debido a que, como hemos visto, los factores de riesgo o peligros y sus riesgos asociados están presentes en toda actividad laboral,
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es necesario saber que, para evitarlos o, al menos, para minimizarlos, es preciso adoptar medidas en todas las fases de actividad de la empresa, como por ejemplo,
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aunque la propia ley establece que deben prevalecer las medidas que protejan a todos los trabajadores,
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Es imprescindible proponer también medidas destinadas a proteger individualmente al trabajador, como por ejemplo la utilización de equipos de protección individual, tales como el uso de arnés para trabajos en altura o mascarilla cuando el trabajador esté expuesto a riesgos biológicos.
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En muchos casos, esas medidas requerirán una intervención sobre la propia organización, como cambios en la organización del tiempo de trabajo o en el diseño del puesto, de manera que dicho puesto de trabajo se adapte al trabajador que lo ocupa y no al contrario.
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En definitiva, la prevención tiene que estar destinada en todo momento a garantizar que el equilibrio entre trabajo y salud
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y, por tanto, a garantizar que el trabajador mantiene un completo estado de bienestar físico, mental y social.
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- Idioma/s:
- Subido por:
- Ana Isabel S.
- Licencia:
- Reconocimiento - No comercial - Sin obra derivada
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- Fecha:
- 22 de julio de 2024 - 18:17
- Visibilidad:
- Público
- Centro:
- IES BENJAMIN RUA
- Descripción ampliada:
- Recursosdigitalesfp
- Duración:
- 08′ 27″
- Relación de aspecto:
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- Resolución:
- 1920x1080 píxeles
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