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Cálculo de nóminas horas extraordinarias

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Subido el 7 de septiembre de 2023 por Aitziber N.

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Vamos a continuar con el tutorial número 4, cálculo de nóminas con horas extraordinarias. 00:00:00
Para ello vamos a hacer un supuesto práctico, pero antes hay que explicar los tipos de horas 00:00:06
extras que hay. Tenemos dos tipos de horas extras, las horas extras normales estructurales y las 00:00:10
horas extras de fuerza mayor. Las horas extras normales, las que conocemos habitualmente que 00:00:16
son las realizadas por encima de la jornada ordinaria, el exceso de jornada, tienen un 00:00:21
tope que podemos realizar al año. Está en un tope de 80 horas extras al año. Estas horas extras 00:00:25
pueden ser abonadas o pueden ser disfrutadas con tiempo de descanso. Si son disfrutadas con tiempo 00:00:31
de descanso, no entrarían en este contador de 80 horas extras al año. Si son abonadas, si no las 00:00:37
retribuyen, entonces sí, tenemos que realizar como máximo 80 horas al año. Los menores de edad tienen 00:00:43
prohibido realizar horas extras, al igual que los trabajadores nocturnos, que tampoco pueden realizar 00:00:49
horas extraordinarias ni los trabajadores a tiempo parcial, ya que los trabajadores a tiempo parcial 00:00:54
realizan horas complementarias. La hora extra se tiene que abonar al menos con precio de una hora 00:00:57
ordinaria. Lo que ocurre es que en la práctica se abonan a un precio superior porque al ser 00:01:05
voluntarias, si no se abonan a un precio superior, los trabajadores no querrían realizarlas. 00:01:09
Solamente son horas extras obligatorias las que se pactan en una cláusula del contrato o las que 00:01:15
se pactan también por convenio colectivo. Tenemos que distinguirlas de las horas extras por fuerza 00:01:20
mayor. Las horas extras por fuerza mayor son obligatorias y normalmente se suelen realizar 00:01:25
para reparar siniestros, daños extraordinarios, urgentes. Por ejemplo, a modo de poner un ejemplo, 00:01:30
este año con Filomena, con la Nevada, la Gran Nevada, en este caso, si esa Gran Nevada hubiera 00:01:36
entrado, por ejemplo, en una tienda de ropa y hubiera que salvar el género y reparar los daños 00:01:43
extraordinarios que ha podido causar la Nevada, en ese caso estaríamos hablando de las horas 00:01:48
extraordinarias por fuerza mayor. Este tipo de horas no tiene tope de realización, es decir, 00:01:51
no entran dentro del cómputo de las 80 horas al año y son obligatorias. Además, se abonan como 00:01:56
una hora ordinaria. El precio de la hora por fuerza mayor es como una hora ordinaria. Veremos 00:02:01
también que la cotización a la hora de realizar la nómina es distinta. Cuando para una hora extra 00:02:06
normal cotizamos un 4,7%, para una hora extra de fuerza mayor el tipo es del 2. Bien, vamos a 00:02:11
realizar un supuesto práctico. En este caso, Ana recibe en enero un salario base de 1.170 euros, 00:02:18
un plus convenio de 117 euros, un plus transporte de 65 euros y por horas extras, por fuerza no 00:02:23
mayor, entendemos que las extras normales, estructurales, un importe de 50 euros. Además, 00:02:28
tiene derecho a dos pagas extraordinarias de salario base más plus convenio. Bien, 00:02:35
tiene un IRPF de 10,94 y un contrato indefinido. Vale, pues vamos a confeccionar esta nómina. Lo 00:02:40
primero que necesitamos saber es el cálculo de bases, base de contingencias comunes, base de 00:02:45
contingencias profesionales, que en esta ocasión sí que vamos a tener en cuenta las horas extraordinarias, 00:02:49
la base del IRPF y la base de horas extraordinarias. Lo vemos aquí reflejado, para la base de 00:02:53
contingencias comunes, como ya sabemos, la fórmula matemática para esta base es la retribución mensual 00:02:59
más el prograteo de pagas extras, pero en la base de contingencias comunes no se emiten las horas 00:03:04
extraordinarias, porque ya sabemos que entran dentro de la base de contingencias profesionales. 00:03:10
Por tanto, para calcular la base de contingencias comunes tenemos que ir al enunciado del ejercicio, deberemos sumar el salario base de 1.170 euros más el plus convenio de 1.117 más el plus transporte de 65 y eso da un total de una retribución de 1.352 euros. 00:03:14
Además, hay que sumar la parte proporcional de pagas extras. 00:03:31
Como hemos visto en el enunciado del ejercicio, las pagas extras, las pagas extraordinarias, 00:03:34
están compuestas por salario base, es decir, 1.170 más plus convenio, 117. 00:03:39
Todo ello por dos y entre 12 meses. 00:03:44
Esto da lugar a un importe de 214,50. 00:03:46
Sumando la retribución mensual más la parte proporcional de pagas extraordinarias, 00:03:49
da lugar a una base de contingencias comunes de 1.566,50. 00:03:54
Para el cálculo de la base de contingencias profesionales, la fórmula que ya la conocemos es la base de contingencias comunes más horas extraordinarias, es decir, 1.566,50 más los 50 euros de las horas extraordinarias. 00:03:58
Nos vamos aquí a Devengos y lo vemos. Vemos cómo las horas extraordinarias están situadas aquí en Devengos. 00:04:14
bien pues ya tenemos la base de contingencias comunes y la base de contingencias profesionales 00:04:20
también tenemos la base de horas extraordinarias que es el importe de las horas extraordinarias 00:04:25
50 euros por último que es lo que tenemos aquí la base del irpf de momento la base del irpf va a 00:04:28
coincidir con el total de vengado cuando no coincidirá con el importe total de vengado 00:04:35
cuando tengamos algún concepto exento de tributación hasta el momento no hemos visto 00:04:39
ninguno por tanto la base de irpf va a coincidir con el total de vengado 1.402 una vez que tenemos 00:04:43
ya las bases calculadas, nos vamos a ir a deducciones. Vamos a aplicar los tipos a estas 00:04:50
bases. Por contingencias comunes, un 4,7 de 1.565,5. Por desempleo, un 1,55 de la base de 00:04:55
contingencias profesionales. Por formación profesional, un 0,10 de la base de contingencias 00:05:06
profesionales. Y las horas extras, al ser horas extras normales, al ser horas extras estructurales, 00:05:10
horas extras que no son de fuerza mayor, aplicaremos un 4,7 sobre la base de horas extras, 50 euros. 00:05:15
sumamos las aportaciones a la seguridad social nos da un total de 103,48 y ahora vamos a aplicar 00:05:20
el 10,94 a la base del IRPF esto dará lugar a 153,38 y sumamos el total a deducir ¿qué nos 00:05:26
quedaría? nos quedaría calcular el líquido a percibir el líquido a percibir como ya sabemos 00:05:34
es el bruto el total de vengado los 1.402 menos el total a deducir 256,86 y eso sería el líquido 00:05:38
a percibir, que da lugar a 1.145,14 euros. Si tenéis alguna duda, me lo comentáis por el aula virtual. 00:05:48
Subido por:
Aitziber N.
Licencia:
Reconocimiento
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Fecha:
7 de septiembre de 2023 - 16:01
Visibilidad:
Clave
Centro:
IES JOAN MIRO
Duración:
06′ 28″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
103.94 MBytes

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