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Nómina 2023 (2) - Contenido educativo

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Subido el 13 de diciembre de 2023 por M.pilar M.

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Con tu libro de FP vas a aprender a hacer nóminas de forma rápida y sencilla. 00:00:00
En el ejemplo del libro teníamos que calcular la nómina de Lucía del mes de 00:00:05
marzo, tenía un contrato indefinido, era oficial administrativa y pertenecía al 00:00:09
grupo 5. 00:00:14
En el primer vídeo vimos hasta el cálculo del total de vengado, así que 00:00:15
continuamos con esta parte de abajo donde tenemos que calcular las 00:00:19
deducciones y las bases. 00:00:22
Si recuerdas, te proponíamos unos pasos a seguir para calcular estas deducciones, 00:00:26
era el tercer paso y hay varias bases. 00:00:30
Las bases de la seguridad social son tres, la de cotización por contingencias 00:00:33
comunes, profesionales y las horas extra y la base del IRPF. 00:00:38
¿Por qué se suelen abonar estas deducciones? 00:00:43
Si queremos recibir determinadas prestaciones tenemos que pagar impuestos, 00:00:47
aunque no vamos cada mes en persona a ingresarlos. 00:00:51
En la práctica es la empresa la que actúa como un agente recaudador y se 00:00:55
encarga de retener en la nómina de sus trabajadores unas determinadas 00:00:59
cantidades para ingresarlas después en la seguridad social y en Hacienda. 00:01:03
De tal forma que el total de vengado, ese salario bruto que hemos calculado en el 00:01:09
primer vídeo, tras quitar esas deducciones nos quedaría el salario neto o el líquido 00:01:12
a percibir qué es lo que realmente se cobra. 00:01:18
En el ejemplo práctico el total de vengado son 2.050 euros, pero ¿cuánto 00:01:22
realmente va a suponer esas deducciones? ¿Cuánto va a cobrar? 00:01:27
Tendremos que calcular las bases que se indican en esta parte donde aparecen coloreadas. 00:01:32
Vamos a calcular las bases y además tienes que prestar atención porque 00:01:38
vamos a comenzar por la parte de abajo. 00:01:42
La primera de las bases es la de contingencias comunes. 00:01:46
Esta base sirve de referencia para calcular futuras prestaciones de la 00:01:50
seguridad social que puedes llegar a cobrar en caso de tener algún accidente 00:01:53
no laboral, enfermedad común, tener hijos, alguna prestación de invalidez, viudedad, 00:01:57
orfandad o incluso jubilación. 00:02:03
Todas estas las verás más detenidamente en el tema de la seguridad social. 00:02:05
Siguiendo el ejemplo práctico del libro recuerda que las indicaremos en la parte 00:02:09
de abajo en la nómina, justamente aquí. ¿Cómo se calcula esta base? 00:02:13
Tiene dos partes. En la primera parte se calcula el importe mensual que será el 00:02:19
salario más los complementos salariales y los no salariales que coticen. 00:02:24
Y en la segunda parte, la prorata de las pagas extra, se suman. 00:02:29
Se comprueba que está entre unos límites y se aplican porcentajes. 00:02:33
Comenzamos viéndolo de forma práctica. En el importe de la remuneración mensual 00:02:38
sería el salario. ¿Cuál es el salario de Lucía? 00:02:42
1.320 euros. Así que lo indicaría en esta parte. 00:02:45
Le siguen los complementos salariales que serían todos estos de aquí. 00:02:50
Ojo, no se tendría en cuenta ni las pagas extra ni las horas extra. 00:02:54
Horas extra no, ya que no cotizan aquí y sí que se tienen en cuenta en las 00:02:59
siguientes bases. Y pagas extra tampoco en esta primera parte porque se tienen 00:03:03
en cuenta en la segunda. Así que el único complemento salarial que tenemos 00:03:08
en esta nómina es solamente el plus de convenio. Así que lo indicamos. 00:03:12
Y ahora tendríamos que sumar los complementos no salariales que coticen. 00:03:17
Nos vamos a la parte de la nómina y tenemos las dietas y el plus de transporte. 00:03:22
Dietas no cotizan, si recuerdas, hasta 26,67 no cotizaban. 00:03:27
En este caso son 20 euros al día. Así que no cotiza. ¿Y no se incluyen? 00:03:32
El plus de transporte sí que cotiza, así que se añade también a esta fórmula. 00:03:37
Sumamos todo y son 1.590 euros. 00:03:42
En la segunda parte tenemos que calcular el importe de la prorata de las pagas extra. 00:03:46
Si miras en esta parte de arriba, se calcula utilizando una fórmula. 00:03:50
La paga extra por dos entre 12 meses que tiene el año. 00:03:55
Atentos porque la paga extra podría ser del salario base y de algún complemento. 00:03:59
Habrá que mirar el convenio colectivo. 00:04:03
Lo hemos calculado antes, eran 220 euros, así que lo indicamos. 00:04:05
Sumo las dos cantidades y ya tengo la primera base, 1.810 euros. 00:04:10
Pero antes de aplicar porcentajes tenemos que comprobar esta base. 00:04:15
La base que acabamos de calcular son 1.810 euros, tendría que estar entre unos límites. 00:04:19
Miramos la tabla de la seguridad social. 00:04:25
En el ejemplo práctico Lucía pertenecía al grupo 5, 00:04:28
así que el máximo y mínimo serían estos. 00:04:31
Como podemos comprobar, la base que acabamos de calcular sí que está comprendida entre estos límites, 00:04:34
así que se pueden aplicar los porcentajes. 00:04:40
Recuerda que las bases se indican dos veces, en la parte de abajo y en la parte de arriba, 00:04:45
y los porcentajes irían justo al lado. 00:04:51
Para la trabajadora iría arriba, un 4,8, que iría aquí, 00:04:55
y para la empresa un 24,1, que iría aquí abajo. 00:05:01
Ambas incluyen el mecanismo de equidad intergeneracional que garantiza el sistema de pensiones. 00:05:06
La siguiente base a calcular es la de cotización por contingencias profesionales. 00:05:13
Esta base se utiliza para saber cuánto vas a cobrar en caso de baja o incapacidad temporal 00:05:18
si sufres algún accidente de trabajo o enfermedad profesional. 00:05:23
Las veremos más adelante, ya te adelanto que cobraremos un 75% de esta base 00:05:27
desde el día siguiente al accidente, o un 100% si así lo establece el convenio colectivo, 00:05:32
siendo la empresa la que asuma ese 25% de diferencia. 00:05:38
¿Cómo se calcula? Muy fácil, la base anterior que acabamos de calcular, 00:05:42
la de contingencias comunes, más las horas extra. 00:05:47
Comprobamos que esté comprendida entre unos topes y aplicamos porcentajes. 00:05:51
En ejemplo práctico la base anterior eran 1.810 euros, 00:05:56
le sumamos las horas extra, que son 100 euros, y nos da 1.910 euros. 00:06:01
Miramos que esté entre esos límites, sí que está, así que aplicamos los porcentajes en la nómina. 00:06:07
Atentos porque son 4 conceptos y aquí tenemos 3. 00:06:14
Indicamos los cálculos en esta parte para que así los tengas localizados y reunidos en el mismo documento. 00:06:19
Recuerda que las bases siempre se ponen abajo y arriba, justamente en este lugar que está indicado para ello. 00:06:25
Iría aquí y también arriba dos veces. Aplicamos los porcentajes. 00:06:32
Primer concepto, el desempleo. 00:06:38
Recuerda que hay que tener en cuenta el tipo de contrato que tiene, 00:06:40
si es indefinido es menor, ya que tienen menos probabilidad de ir al paro. 00:06:44
En este caso Lucía tiene un contrato indefinido, así que se aplica el 1.55 para ella y el 5.50 para la empresa. 00:06:49
Si tuviese un contrato temporal se aplicarían estos otros dos tipos. 00:06:58
El siguiente concepto es por formación profesional. 00:07:03
Pagamos para recibir algún tipo de curso durante todo el año. 00:07:06
Se aplica el 0.1 para la trabajadora que iría aquí arriba y el 0.60 para la empresa abajo. 00:07:10
El tercer concepto para esta base es del FOGASA. 00:07:18
Solamente paga la empresa el 0.2% que estaría aquí abajo. 00:07:22
Te preguntarás que por qué lo paga solo la empresa, 00:07:27
porque es la única que podría ser insolvente y no poder pagar a sus trabajadores. 00:07:30
En este caso el FOGASA abonaría como máximo los cuatro últimos meses y las indemnizaciones a sus trabajadores. 00:07:34
No tiene sentido que el trabajador pague por si la empresa es insolvente. 00:07:41
Por este motivo solo paga la empresa. 00:07:45
Y para terminar con esta base faltaría el cuarto concepto que sería por A.T. y E.P. 00:07:47
¿Sabías que la empresa paga este porcentaje por si acaso tienes un accidente de trabajo o una enfermedad profesional? 00:07:55
Y además, a más riesgo, más paga. 00:08:02
Según la legislación se aplican diferentes tipos según la actividad y el Código CENAE. 00:08:05
Engloba dos conceptos, por I.T., Incapacidad Temporal e I.M.S., Invalidez, Muerte y Supervivencia. 00:08:10
Se aplicaría el porcentaje total. 00:08:17
Por ejemplo, actividades dedicadas al motor, si es venta, el 2,05. 00:08:20
Si es mantenimiento, el 4,45. 00:08:25
Los porcentajes más bajos, el 1,5, donde hay menos riesgo son para actividades de educación, 00:08:29
sanitarias, residenciales, confecciones de prendas de vestir, oficina o fotografía. 00:08:36
Y las que más riesgo tiene pagan porcentajes más altos, como la construcción, estiva o pesca con el 6,7 00:08:43
y minería o extracción de piedra al 7,15%. 00:08:52
En el ejemplo del libro nos dice que Lucía se dedica a las artes gráficas, así que la empresa pagará un 2% en este concepto. 00:08:57
Aplicamos entonces este porcentaje, iría en esta parte de abajo 00:09:06
y ya tenemos todas las cantidades de la base de cotización de contingencias profesionales, 00:09:10
así que vamos a la siguiente de horas extra. 00:09:15
Esta es la base más sencilla, ya que solamente tenemos dos tipos de horas extra, 00:09:20
las normales y las de por fuerza mayor que pagan una cantidad menor. 00:09:24
Aplicamos importe por el porcentaje. 00:09:28
En el ejemplo del libro nos dice que cobra 100 euros de horas extra, así que esta sería la base. 00:09:31
Serían normales y aplicaríamos estos dos porcentajes. 00:09:37
En la nómina, como todas las bases, se indican abajo y arriba. 00:09:42
La trabajadora pagaría el 4,7 y la empresa el 23,6. 00:09:47
La última base que vamos a calcular es la del IRPF, impuesto de la renta de las personas físicas. 00:09:54
Como sabes, es un dinero que pagamos Hacienda todos los meses a cuenta de este impuesto que es progresivo. 00:10:00
Si ganas más, pagas más. 00:10:06
Y puede alcanzar incluso el 47% si ganas más de 300.000 euros al año. 00:10:08
¿Cómo se calcula? 00:10:14
Con el salario bruto, el total de vengado, 00:10:16
y nos permiten descontar algunas cantidades como dietas o locomoción si está justificada mediante factura u otros límites. 00:10:18
Lo más frecuente en la nómina está entre el 2 y el 24%, 00:10:25
aunque este porcentaje dependerá de la situación laboral que tengamos, del nivel de ingresos o de las cargas familiares. 00:10:29
Cuantos más hijos o más personas dependientes tengamos a nuestro cargo, el porcentaje será menor. 00:10:36
Y cuanto más nivel de ingresos, el porcentaje será mayor. 00:10:42
Se suele ir regularizando y hay que estar atentos de este porcentaje. 00:10:46
Si es muy bajo, al año siguiente podríamos tener que pagar más. 00:10:49
Y si es muy alto, podrían devolvernos. 00:10:53
Si nos vamos al ejemplo práctico y seguimos esta fórmula, el total de vengado serían 2050 euros. 00:10:56
Restamos las dietas que no cotizaban, que son 140 euros, tendríamos una base de 1910 euros. 00:11:03
Si lo analizamos, tiene sentido que no paguemos por un dinero que no tenemos. 00:11:11
En este caso, Lucía, la trabajadora, ha tenido que salir de su localidad por trabajo, comer fuera y pagar esas dietas. 00:11:15
La empresa la indeniza por ello en la nómina. 00:11:22
No tiene sentido que pague impuestos por un dinero que no tiene realmente. 00:11:25
En el ejemplo práctico, la base de IRPF se indica como todas, abajo y arriba, y se le aplica el 15% de retención. 00:11:30
Este tipo solo se indica en la parte de arriba, ya que es la trabajadora la que tiene que pagar este impuesto, 00:11:38
no la empresa, abajo solo se indica a título informativo. 00:11:44
Y el último paso sería calcular los porcentajes y sacar las últimas conclusiones. 00:11:50
¡Vamos a ello! 00:11:55
Esta sería la parte más sencilla, porque solo hay que multiplicar base por tipo. 00:11:57
Empezamos por la parte de arriba y multiplicamos 1810 por 4,8%, 86,88 euros. 00:12:02
Hacemos lo mismo con las siguientes. 00:12:12
Sumamos estas cuatro y ya tenemos el total de aportaciones a la Seguridad Social, que son 123,1 euros. 00:12:16
Seguimos calculando el impuesto de la renta de Lucía, son 286,5 euros. 00:12:24
Ya no hay nada más, sumamos estas cantidades y nos da un total de deducciones que asciende a 409,6 euros. 00:12:30
Lo restamos al total de vengado y eso nos da un total de 1640,4 euros, que sería el líquido a percibir. 00:12:38
Indicamos la fecha, la trabajadora firmaría aquí y la empresa aquí y además pondría el sello. 00:12:46
Seguimos por la parte de abajo, también sería base por tipo, 1810 por 24,1% 00:12:55
y 1910 se multiplicaría por estos cuatro conceptos, los que se indican a la derecha con flechas. 00:13:04
Las horas extra también y esta última base del IRPF aquí no tiene ningún porcentaje, solo es informativa. 00:13:13
Se suman todas y nos salen estas cantidades. 00:13:21
No es necesario sumarlas, pero las vamos a sumar para sacar las últimas conclusiones. 00:13:25
Vamos a interpretar estos datos de la nómina. 00:13:31
Lucía va a cobrar en el mes de marzo 1640,4 euros, ya sea en su cuenta bancaria, que es lo más habitual, o en efectivo. 00:13:35
La empresa debe tener disponible esa misma cantidad para pagarle a ella 00:13:45
y además 618,34 euros, que es lo que le cuesta la seguridad social por tenerla contratada a ella, 00:13:50
123,1, que es lo que ella debería pagar a la seguridad social y por eso la empresa se lo retiene en la nómina, 00:13:57
286,5, que es su impuesto de la renta y la empresa lo descuenta para ingresarlo en Hacienda 00:14:06
y si lo sumamos todo, veremos que la empresa necesita casi 2700 euros disponibles, 00:14:14
que es el coste real de tener contratada a Lucía en el mes de marzo. 00:14:21
Y este es el resultado final. Si sigues los pasos es muy fácil, siempre es igual. 00:14:27
Así quedaría si utilizas algún soporte informático. 00:14:34
Ahora no lo dudes y ¡a practicar! 00:14:39
Idioma/s:
es
Autor/es:
TLFP
Subido por:
M.pilar M.
Licencia:
Reconocimiento - No comercial
Visualizaciones:
78
Fecha:
13 de diciembre de 2023 - 8:32
Visibilidad:
Público
Centro:
IES VALLECAS-MAGERIT
Duración:
14′ 44″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
38.11 MBytes

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