REPASO NOMINAS FOL - Contenido educativo
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Hola, a continuación vamos a explicar cómo vamos a realizar la nómina de ejemplo de FOL.
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Empezamos leyendo el anunciado.
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Calcula el salario neto del mes de marzo de un trabajador del grupo 6 con un contrato indefinido y que cobra
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salario base 1.000 euros, plus convenio 100 euros, plus de nocturnidad 80 euros,
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dietas de comida por valor de 120 euros por 6 días
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200 kilómetros que ha realizado con su coche
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con un valor de 0,19 euros el kilómetro
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horas extras por valor de 100 euros
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y dos pagas extras de salario base cada una
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que no están prorrateadas
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y vemos que es el mes de marzo
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retención del IRPF del 15%
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Segunda parte del ejercicio
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realiza el embargo mensual de la nómina
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que se le puede realizar sabiendo que el SMI es igual a 1.080 euros.
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Para realizar la nómina siempre procedemos de la misma manera.
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En primer lugar, vamos a calcular el total de vengado y lo vamos a pasar a la hoja de nóminas.
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Total de vengado.
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Diferenciamos entre percepciones salariales y extrasalariales.
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Recordamos que las salariales son salario en sí y las extrasalariales son indemnizaciones.
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Salariales serían el salario base, 1.000 euros, plus convenio, 100 euros, plus nocturnidad creo que era 80 euros y horas extras, 100 euros
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¿Qué ocurre con las pagas extras? Que no se pagan puesto que no están prorrateadas y estamos hablando del mes de marzo
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hablo del total de vengado. Extrasalariales 120 euros de las dietas y 38 euros de multiplicar 0,19
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euros el kilómetro por 200 kilómetros. Sumo todas estas cuantías y obtengo un total de vengado o
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salario bruto de 1.438 euros. Siguiente paso, lo llevo a limpio a la hoja de nóminas, voy
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trasladando aquí todas las cantidades. Percepciones salariales, 1.000 euros salario base, plus convenio
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100, plus nocturnidad 80, horas ordinarias 100, dietas 120, kilometraje 38, total de vengado 1.438
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euros. Para la segunda parte, que es el total a deducir, tengo en primer lugar que calcular las
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diferentes bases. La primera base que tengo que calcular, la base de cotización de contingencias
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comunes. ¿Qué sumo? Sumo las percepciones salariales, los 1.000 euros más los 100 más los 80. Las horas
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extras nunca irán a la base de cotización de contingencias comunes. En cambio, la prorata de
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pagas extras siempre, independientemente de que estén prorrateadas o no, siempre van a la base
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de cotización de contingencias comunes. ¿Cómo calculo la prorata de pagas extras? Serían 1.000 euros
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el salario base por dos pagas entre 12 meses, 166,67. ¿Qué me quedaría sumar para la base de
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cotización de contingencias comunes, las extrasalariales? ¿Qué ocurre en este caso con
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las extrasalariales? Los 20 euros diarios no superan el mínimo legal diario de 26,67, con lo
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cual no computará. Ya veremos que tampoco tributará para la base del IRPF. El kilometraje, los 0,19
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euros el kilómetro no superan el mínimo legal de 0,26 euros kilómetro con lo cual tampoco computarán
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para la base y tampoco tributarán. Sumamos teniendo en cuenta que las extrasalariales en este caso no
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van a ir a la base, sumamos todos los conceptos y tenemos una base de cotización de contingencias
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comunes de 1.346,67 euros. Siguiente base que tenemos que calcular, base de cotización, perdón,
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verifico antes las bases. El trabajador es del grupo 6, con lo cual está comprendido entre 1.260
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y 4.495,50. Los 1.346 están en esa cantidad. Únicamente podría pasar que estuviese por
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encima. Si estuviese por encima nunca cogeremos un valor superior de base a los 4.495,50. En este
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caso, como está comprendido, cogemos los 1.346,67 euros. Cálculo de la base de cotización de
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contingencias profesionales. Sería la base de cotización de contingencias comunes más las
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horas extras, es decir, 1.346,67 más 100. Un total de 1.446,67. En este caso tengo que verificar los
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topes. Serían 1.260 y 4.495,50. Estaría comprendido entre los topes. Siguiente base que necesito
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calcular la de horas extras es directamente el importe monetario a las horas extras, 100 euros,
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y por último la base IRPF. Sería el total de vengado, que en este caso son los 1.468 euros
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y en este caso tenemos que quitar las extras salariales, puesto que hemos comentado que ni cotizan ni tributan.
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Con lo cual me quedaría una base de IRPF de 1.280 euros.
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Ya tengo mis bases. ¿Cuál sería el punto siguiente? Realizar las deducciones.
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Las deducciones se dividen en dos elementos, aportaciones del trabajador a la seguridad social. Tenemos por contingencias comunes 4,8% sobre la base de cotización de contingencias comunes. Hacemos el cálculo, serían 64,64 euros.
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Desempleo, al ser un contrato indefinido, sería un 1,55% sobre la base de cotización de contingencias profesionales, 22,42 euros.
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Formación profesional, 0,1% sobre la base de cotización de contingencias profesionales, 1,45.
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Y horas extras, 4,7% sobre la base de horas extras, 4,7%.
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Total de aportaciones a la seguridad social, 92,51 euros.
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Nos quedaría la base de IRPF, 15% sobre la base de IRPF, que son 1.280 euros, 192 euros.
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Con lo cual tenemos el total de deducciones que serán 284,51 euros.
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Ya tenemos nuestro total de vengado y tenemos nuestro total de deducciones que ponemos en nuestra hoja en limpio de nómina.
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Aquí tenemos lo que hemos comentado pasado al invio y ya podemos obtener el total, el líquido total a percibir que será el total de vengado menos el total a deducir, es decir, 1438 menos 284,51, es decir, un total de 1153,49 euros, que sería el líquido o salario neto del trabajador.
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¿Qué ocurre en este caso? En principio la nómina estaría acabada, pero este trabajador sufre un embargo, con lo cual ¿cuánto se le podría embargar?
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Ya hemos dicho que el primer SMI está protegido frente a los embargos, es decir, de 0 a 1.080 euros no se le embargaría nada.
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Respecto al resto de la nómina tenemos los 1.153,49 euros netos menos 1.080 que sería el SMI 73,49 euros
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Le aplicamos un tipo del 30% y a este trabajador se le podría embargar un total de 22,047 euros
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Con lo cual, ¿qué cantidad real cobrará el trabajador? Pues los 1.153,49 menos 22,047, 1.131,44 euros.
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Espero que os haya sido de utilidad.
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- Idioma/s:
- Autor/es:
- Reyes Carrion
- Subido por:
- M.reyes C.
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- Reconocimiento - No comercial - Sin obra derivada
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- 13 de mayo de 2024 - 15:49
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