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Semana de la Constitución Colegio Lope de Vega - Contenido educativo
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Video resumen de las actividades realizadas para conmemorar el Aniversario de la Constitución 1978
Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación
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alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición
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de circunstancia personal o social. Artículo 15. Todos tienen derecho a la vida
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y a la integridad física y moral sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura
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ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo
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que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
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Artículo 16. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las
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comunidades sin más limitación en sus manifestaciones que la necesaria para el mantenimiento del
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orden público protegido por la ley.
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Punto 2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
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Punto 3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en
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cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones
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de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. Artículo 17.1. Toda persona
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tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la
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observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.
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Punto 2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la
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realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos y, en todo caso,
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en el plazo máximo de 72 horas. El detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición
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de la autoridad judicial. Punto 3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata
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y de modo que le sea comprensible de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo
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ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias
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policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca. Punto 4. La ley regulará
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un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial
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de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de
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duración de la prisión provisional.
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- Materias:
- Historia, Geografía
- Etiquetas:
- Experiencias educativas
- Niveles educativos:
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- Fecha:
- 11 de diciembre de 2024 - 17:31
- Visibilidad:
- Público
- Centro:
- CPR INF-PRI-SEC LOPE DE VEGA
- Duración:
- 02′ 46″
- Relación de aspecto:
- 0.56:1
- Resolución:
- 1080x1920 píxeles
- Tamaño:
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