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Capacitación Integral Docente (CID) - Yolanda Sánchez - ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

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Subido el 7 de noviembre de 2022 por EST ADMI D.G. DE BILINGÜISMO Y CALIDAD DE LA ENSEÑANZA

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En este apartado vamos a abordar algo tan importante como son los principios de equidad 00:00:00
e inclusión en nuestra práctica educativa. 00:00:11
Asegurar la inclusión y la equidad en educación supone hacer visibles las diferencias individuales 00:00:15
no como problemas que haya que solucionar, sino como oportunidades para enriquecer el 00:00:21
aprendizaje. 00:00:25
Las diferencias pueden actuar como una oportunidad para la innovación que puede beneficiar a 00:00:27
todos los alumnos independientemente de sus características personales y sus circunstancias 00:00:32
familiares. 00:00:37
En los últimos años han ido surgiendo diversos términos, equidad, inclusión, educación 00:00:38
inclusiva, que hacen necesario diferenciar lo que significa cada uno de ellos. 00:00:45
La equidad en educación supone conceder la misma importancia a la educación de todos 00:00:52
los estudiantes y fomentar la igualdad de oportunidades. 00:00:58
La inclusión es el proceso que ayuda a superar los obstáculos que limitan la presencia, 00:01:03
la participación y los logros de los estudiantes. 00:01:09
La educación inclusiva es la capacidad del sistema educativo para estar al alcance de 00:01:13
todos los alumnos. 00:01:18
Con objeto de proporcionar una educación adecuada a todo el alumnado, la equidad debe 00:01:20
constituir el marco de referencia en todos los procesos de enseñanza y aprendizaje, 00:01:26
pues todo alumno es susceptible de manifestar en algún momento de su escolaridad diferentes 00:01:33
necesidades educativas. 00:01:38
Atender a nuestros alumnos desde este enfoque supone adecuar nuestra práctica docente a 00:01:41
la diversidad de actitudes, intereses, expectativas y necesidades de todo el alumnado. 00:01:48
Priorizar la prevención y detección temprana de barreras para el aprendizaje y la participación 00:01:55
en el sistema educativo. 00:02:02
Entender la inclusión educativa como el proceso más apropiado para atender a las diferencias 00:02:05
individuales de nuestros alumnos, considerando que la modalidad de educación más inclusiva 00:02:09
es aquella que favorece y permite alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades 00:02:16
y su inserción más adecuada en la sociedad. 00:02:22
Tomar en consideración en los procesos de enseñanza y aprendizaje, además de la condición 00:02:26
del alumnado, las características de los contextos o entornos educativos en los que 00:02:31
se desarrollan las distintas actividades docentes. 00:02:37
Y facilitar una estructura y organización flexible, tanto del proceso de enseñanza-aprendizaje 00:02:41
como de la gestión de los recursos humanos y materiales disponibles. 00:02:48
Todos estos principios están recogidos en diversas legislaciones de carácter estatal 00:02:53
y de carácter autonómico. 00:02:59
Así, la Ley Orgánica 2 de 3 de mayo de 2006, de Educación, dedica el título segundo al 00:03:01
equidad educativa, y la Ley 1 de 10 de febrero de 2022, Maestra de Libertad de Lección Educativa 00:03:09
de la Comunidad de Madrid, recoge en su artículo 1 que el objeto de esta ley es asegurar y 00:03:16
garantizar un sistema educativo de calidad en condiciones de igualdad, quien contribuye 00:03:21
al desarrollo integral del alumnado y a su plena inclusión en la sociedad, e igualmente 00:03:27
en los regentes decretos por los que se establece la ordenación y el currículum de las etapas 00:03:32
de educación infantil y de educación primaria en la Comunidad de Madrid, también encontramos 00:03:37
los principios de equidad e inclusión recogidos en el articulado referido a la atención a 00:03:41
las diferencias individuales. 00:03:47
En este marco, nos tenemos que preguntar cómo podemos llevar a cabo una verdadera práctica 00:03:49
educativa bajo los principios de la equidad y la inclusión. 00:03:54
El punto de partida será la identificación de barreras para el aprendizaje y la participación 00:03:59
que afronta nuestro alumnado, entendiendo estas como las dificultades existentes en 00:04:04
el centro escolar que condicionan las posibilidades del alumnado para aprender, estar presente 00:04:10
y participar en la vida escolar. 00:04:17
Las barreras pueden estar provocadas por factores provenientes del centro o el entorno educativo 00:04:20
o por factores provenientes de las condiciones personales de los alumnos. 00:04:27
La prevención, detección e identificación de estas barreras forman parte de la función 00:04:32
docente al tener asignada la responsabilidad de la tutoría de sus alumnos, la dirección 00:04:39
y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo y debe realizarse 00:04:45
lo más temprano posible. 00:04:51
Es una tarea que incumbe a cada centro en su conjunto y a cada profesor en particular 00:04:54
y también se ha de realizar en estrecha colaboración con las familias y con otros 00:04:59
profesionales que participan en el proceso educativo, destacando en esta colaboración 00:05:04
la que se lleva con los servicios y profesionales especializados en orientación, ya que nos 00:05:11
asesorarán al profesorado y proporcionarán estrategias para la identificación de estas 00:05:17
barreras. 00:05:23
Las barreras para el aprendizaje y la participación pueden estar provocadas por factores provenientes 00:05:24
del propio centro educativo, como son la cultura y la tradición escolar, valores, creencias 00:05:29
y actitudes que hay en el centro, la organización del centro, es decir, la planificación de 00:05:36
los tiempos y los espacios, coordinación, el régimen de funcionamiento y también las 00:05:42
propias prácticas educativas que se generan en el aula, las actividades del proceso de 00:05:48
enseñanza-aprendizaje, recursos didácticos, los acompañamientos de los alumnos... 00:05:53
Del mismo modo, estas barreras también pueden estar provocadas por las condiciones personales 00:05:59
del alumno. 00:06:04
Lo primero que tenemos que tener en cuenta al hablar del alumnado es que cada alumno 00:06:06
es único y diferente y que todo nuestro alumnado puede requerir nuestra atención por afrontar 00:06:12
barreras en algún momento de su escolarización, por lo que tenemos que tener en cuenta a todos 00:06:18
desde la consigna de la prevención y la detección. 00:06:24
Sin embargo, si existe un alumnado que por sus condiciones personales más frecuentemente 00:06:28
afronta barreras para el aprendizaje y la participación, es aquel con necesidad específica 00:06:34
de apoyo educativo, lo que exige que nos detengamos en estos alumnos. 00:06:39
La Ley Orgánica 2 de 3 de mayo de 2006 de Educación destaca que a fin de garantizar 00:06:45
la equidad educativa, unos grupos de alumnos que requieren una atención educativa diferente 00:06:53
a la ordinaria, por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo. 00:06:59
Concretamente tras la redacción dada por la Ley Orgánica 3 de 29 de diciembre de 2020 00:07:05
y que la modifica, incluye dentro de este alumnado al siguiente. 00:07:10
En primer lugar, alumnado con necesidades educativas especiales, es aquel que afronta 00:07:16
barreras que limitan su acceso, presencia o participación, derivadas de discapacidad 00:07:21
u otros trastornos graves de conducta, trastornos de la comunicación y del lenguaje, bien por 00:07:28
un periodo de escolarización o a lo largo de toda ella y que requiere determinados apoyos 00:07:34
y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje 00:07:39
adecuados a su desarrollo. 00:07:46
Los alumnos que nos encontramos más frecuentemente en las aulas pertenecientes a este colectivo 00:07:48
serían aquellos que presentan discapacidad auditiva, motora, intelectual o visual, trastorno 00:07:53
espectroautista, trastornos graves de la conducta, trastornos graves del lenguaje y la comunicación 00:08:01
o pluridescapacidad. 00:08:08
En segundo lugar, alumno con necesidades educativas asociadas a retroso madurativo, derivadas 00:08:10
de un retraso en la adquisición de los hitos del desarrollo en uno o varios ámbitos del 00:08:15
mismo, necesitando más tiempo del esperado por su edad. 00:08:20
Alumnado con necesidades educativas asociadas a trastornos del desarrollo del lenguaje y 00:08:24
la comunicación, por dificultades persistentes en la producción fonológica, fluidez y organización 00:08:30
temporal del habla que interfiere la comunicación verbal de los mensajes. 00:08:38
Alumnado con necesidades educativas asociadas a trastornos de atención, por presentar un 00:08:44
patrón persistente de falta de atención y o hiperactividad impulsividad que afecta 00:08:50
de manera directa y significativa al funcionamiento académico y social en el entorno escolar. 00:08:56
Alumnado con necesidades educativas asociadas a trastornos de aprendizaje, por dificultades 00:09:03
significativas y persistentes en el aprendizaje de habilidades académicas que afectan a la 00:09:08
lectura, escritura, sentido numérico, cálculo o razonamiento matemático. 00:09:14
Alumnado con necesidades educativas por integración tardía en el sistema educativo español o 00:09:23
por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje. 00:09:28
Se refiere a alumnos que por proceder de otros países o por cualquier otro motivo 00:09:32
se incorporan de forma tardía al sistema educativo español que en ocasiones se acompaña 00:09:37
del desconocimiento del idioma. 00:09:44
Alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa, especialmente debido a factores sociales, factores 00:09:47
culturales o factores étnicos. 00:09:55
Alumnado en situación de vulnerabilidad por condiciones personales de salud, principalmente 00:09:58
por circunstancias personales sobrevenidas relacionadas con el ámbito de la salud. 00:10:05
Y alumnado con necesidades educativas asociadas a altas capacidades intelectuales. 00:10:10
Una vez identificadas las barreras para el aprendizaje y la participación, el profesorado 00:10:18
debe atender a las diferencias individuales del alumnado. 00:10:25
Las medidas educativas de atención a estas diferencias individuales podrán ser ordinarias 00:10:29
o más específicas para las condiciones personales señaladas anteriormente. 00:10:37
Dentro de las medidas ordinarias, los centros docentes podrán ordenar y disponer una organización 00:10:42
de los espacios y de los tiempos y decidir la metodología más adecuada para beneficio 00:10:49
de todo el alumnado. 00:10:56
La organización que se acuerde posibilitará el refuerzo o el enriquecimiento del aprendizaje 00:10:58
de manera individual o colectiva, con desdoblamiento de grupos de alumnos, agrupamientos flexibles 00:11:04
o agrupación de materias en ámbitos, en función de la normativa vigente y el funcionamiento 00:11:11
de cada enseñanza. 00:11:18
Además de las medidas que se adopten por parte del centro, el profesorado puede adecuar 00:11:20
la programación didáctica y planificar el proceso de enseñanza-aprendizaje con la inclusión 00:11:26
de actividades y situaciones de aprendizajes diversas y contextualizadas e impulsar distintas 00:11:32
metodologías que se acompañen de diferentes agrupamientos dentro del aula. 00:11:39
Sin perjuicio de la aplicación de medidas educativas ordinarias a todo el alumnado, 00:11:46
se arbitrarán por parte de los centros medidas educativas específicas que podrán aplicarse 00:11:52
al alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria. 00:11:58
Así, para cada uno de los grupos de este alumnado que hemos descrito anteriormente, 00:12:04
se contemplan una serie de diferentes medidas en función de las características individuales 00:12:09
de cada uno. 00:12:14
De modo general, podemos citar, por ejemplo, las siguientes medidas. 00:12:16
Para el alumnado con necesidades educativas especiales, encontramos la realización de 00:12:21
adaptaciones curriculares, el apoyo específico por parte del profesorado especialista en 00:12:27
pedagogía terapéutica y audición y lenguaje, la aplicación de medidas específicas de 00:12:33
acceso al contexto escolar, incluidas las relacionadas con los procesos de evaluación 00:12:39
o la flexibilización de las enseñanzas. 00:12:45
En el caso de alumnado con necesidades educativas asociadas a altas capacidades intelectuales, 00:12:49
las medidas podrán consistir en el enriquecimiento curricular, la flexibilización de la duración 00:12:57
de las diferentes enseñanzas o, en algunos casos, la participación en el programa de 00:13:03
enriquecimiento educativo para alumnos con altas capacidades de la Comunidad de Madrid. 00:13:10
En el caso de alumnado con necesidades educativas asociadas a retraso madurativo, además de 00:13:17
las medidas ordinarias, se podrán plantear adaptaciones curriculares no significativas. 00:13:24
Por su parte, los alumnos con necesidades educativas asociadas a trastornos del desarrollo 00:13:31
del lenguaje y la comunicación, a trastornos de atención y a trastornos de aprendizaje 00:13:37
podrían ser objeto de aplicación de medidas específicas de acceso a los procesos de evaluación 00:13:44
y de adaptaciones curriculares no significativas. 00:13:50
Las medidas específicas para atender al alumnado con necesidades educativas por integración 00:13:54
tardía en el sistema educativo español o por desconocimiento grave de la lengua de 00:14:00
aprendizaje podrán ser el apoyo específico a las áreas, materias o ámbitos en un aula 00:14:05
de enlace o la escolarización en un curso inferior al que le corresponde por edad. 00:14:12
En cuanto al alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa, las medidas para atender a 00:14:19
estos alumnos se centrarán preferentemente en la atención educativa en grupos de apoyo 00:14:25
u aulas específicas en las etapas de educación primaria y educación secundaria obligatoria. 00:14:32
En el caso del alumnado en situación de vulnerabilidad por condiciones personales de salud, las medidas 00:14:40
específicas se concretan en la atención educativa en aulas hospitalarias ubicadas 00:14:48
en hospitales sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, hospitales de día 00:14:54
centros educativos terapéuticos y atención educativa en el domicilio del alumno mediante 00:15:00
el servicio de apoyo educativo domiciliario. 00:15:07
Como conclusión, es necesario destacar la responsabilidad que tenemos como docentes en 00:15:10
pro de la inclusión y la equidad. 00:15:17
El primer paso será tomar conciencia de que las barreras para la aprendizaje y la 00:15:21
de participación pueden provenir del centro escolar o de las condiciones personales de 00:15:26
los alumnos. 00:15:32
Como parte del centro escolar, nuestra primera tarea será siempre identificar estas barreras 00:15:33
en nuestro centro, en nuestra aula y en los procesos de enseñanza que llevamos a cabo. 00:15:40
En segundo lugar, no podemos olvidar que todos los alumnos y alumnas cuentan y todos cuentan 00:15:46
por igual, todos son diferentes y hay que atender a las diferencias individuales de 00:15:53
todo nuestro alumnado, sabiendo que cualquier alumno en cualquier momento puede precisar 00:15:59
una atención individualizada por afrontar barreras que limiten su aprendizaje y participación. 00:16:05
Más información www.alimmenta.com 00:16:16
Idioma/s:
es
Idioma/s subtítulos:
es
Subido por:
EST ADMI D.G. DE BILINGÜISMO Y CALIDAD DE LA ENSEÑANZA
Licencia:
Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
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Fecha:
7 de noviembre de 2022 - 13:01
Visibilidad:
Público
Centro:
EST ADMI D.G. DE BILINGÜISMO Y CALIDAD DE LA ENSEÑANZA
Duración:
16′ 21″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
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Tamaño:
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