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VIDEO 25 FEBRERO - Contenido educativo
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Vale, a ver si se está grabando bien.
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Un segundillo.
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Supuestamente está todo correcto.
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Bueno, Sergio, ¿qué tal?
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¿Alguna duda?
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¿Alguna cosilla que me quieras preguntar?
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No, todo bien.
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Todo bien, ¿no?
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¿Estáis estudiando que no os pille el toro?
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Sí.
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Poco a poco.
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Al final...
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Hoy he hablado con Lucía, la chica que estoy sustituyendo.
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Esta mujer, creo...
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creo, me ha dicho que
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dos meses más, pero posiblemente sea
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todo el curso. Posiblemente os ponga yo el examen,
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¿vale? Por lo que a todos os digo, por favor,
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que ya os dije
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que me gustaba mucho como pregunta de desarrollo
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de contratos, el examen será tipo
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T y también parte de desarrollo.
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Y por favor, los contratos, como
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el padre nuestro, ¿vale? Que pues ya, que
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tienen mucha, mucha pinta que el examen lo voy a hacer
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yo definitivamente, ¿vale?
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Según he hablado
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esta mañana con esta mujer, voy a ser yo el que
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acabe con vosotros, ¿vale?
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o sea que por favor hacerme caso de lo que digo y cualquier duda me va preguntando vale los tipos
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de contrato luego también dije de otra cosa que le dije que también que me gustaba mucho en las
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partes de una nómina vale también lo comenté la parte de la nómina es más en un examen de
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recuperación que acaba de poner a lo opuesto la parte de la nómina va a correr la parte de la
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nómina o queréis repasarla no ya la tenemos no hay un vídeo puesto hay un vídeo subir hay un
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vídeo también el que se puso la grabación cualquier cosilla que alguien quiere el vídeo pues nada más
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que me lo diga vale que un vídeo de unos 10 minutos vale y nada dicho esto pues nada nos
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quedamos por el tema 9 que estamos ya con el tema 9 y nos quedamos por la extinción de los
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contratos de trabajo, ¿vale? El punto 3.0, la página 187. Voy a coger mi resumen y vamos
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a comenzar. Bueno, por lo que veo que no hay preguntas, continuamos, ¿vale? Vale. Extinción
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del contrato de trabajo. A ver, Sergio, ¿tú qué entiendes por extinción del contrato
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de trabajo? Por cierto, voy a poner también por si me queréis mandar WhatsApp. La extinción
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El extinción del contrato de trabajo, lógicamente, es cuando lo despiden o cuando nos vamos nosotros voluntariamente. ¿Y qué pasa? Pues la extinción del contrato de trabajo supone el fin de la relación surgida entre el empresario y el trabajador. Las causas de este exceso son las siguientes.
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Pues puede ser por voluntad de ambas partes, por voluntad del trabajador o extinción tras el traslado o modificación sustancial. O acordele que la modificación sustancial, bueno, por traslado es que nos cambien a otro sitio, a otro lugar y no nos interesa que nos cambie a otro sitio porque nos mandan muy lejos y automáticamente se extingue la relación laboral.
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se llegan a un acuerdo y se extingue. Y luego, modificación sustancial, por ejemplo, la
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empresa está en crisis, tiene que hacer una reducción de jornada y nos están diciendo
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que nos tienen que poner ahora, en vez de jornada completa, media jornada o a dos tercios,
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por ejemplo. Y automáticamente digo que a dos tercios, que va, yo por eso no te trabajo.
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Entonces, automáticamente, pues lo mismo, hay que llegar a un acuerdo, o tanto por ambas
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partes o que acepte el empresario, que acepte el trabajador y si no hay acuerdo automáticamente
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se tiene que denunciar, ¿no? ¿Vale? En este caso sería la denuncia por parte del
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trabajador. ¿Qué nos dice? Voluntad de ambas partes, ¿vale? Cuando estamos en los dos
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de acuerdo, ¿vale? Pues son de mutuo acuerdo, causas consignadas en el contrato y expiración
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del tiempo de contrato. Lógicamente, si nos ponen un contrato de seis meses y nos dicen
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que no vamos a continuar y que es un contrato de seis meses y se acaba y no nos renueva,
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no podemos hacer nada, por ejemplo.
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¿Qué ha conseguido el contrato?
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Pues que se especifique que es un trabajo temporal,
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por ejemplo, el turrón.
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Pues el turrón, ¿qué pasa?
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Que se trabaja después de agosto, por septiembre,
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hasta que acaba la campaña,
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hasta básicamente el día 6 de enero,
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desde el año siguiente, hasta que acaba Navidad.
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Una vez que acaba Navidad, lógicamente,
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pues la gente se va al paro.
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Y ahí está puesto el contrato.
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Un contrato de trabajo durante seis meses, pero a partir de esos seis meses, fuera. O igual que, por ejemplo, un trabajador de un hotel que empieza la campaña de verano y automáticamente dice, mira, tú vas a entrar en mayo porque no hace falta ya refuerzo, pero, y va a entrar, por ejemplo, de cabarero, pero ya sabes que en septiembre, cuando empieza a aflojar la cosa, a medida de finales de septiembre, para el 1 de octubre ya está en la calle. Eso es lo que hay. Y eso no lo ponen por contrato, no lo pueden hacer.
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¿Voluntad del trabajador? Pues una emisión. Tú empiezas a trabajar en un trabajo,
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ves que las condiciones no te gustan, que no estás de acuerdo con lo que estás cobrando
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y te sale un trabajo mejor y automáticamente tú también te puedes coger e irte.
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Ahora mismo actualmente pasa muchísimo eso. Hay mucha gente que pide automáticamente la emisión
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y se va a otro puesto de trabajo. Pero aquí os voy a dar un consejo.
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Ya no viene en el libro, pero a nivel de ayudaros a vosotros a nivel personal.
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Que sepáis que cuando tú pides a una empresa decir que te vas a otra empresa, tenéis que estar mínimo tres meses.
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Si tú te vas a otra empresa, o por ejemplo, tú dimites y dices que me voy a la empresa aunque sea en mi casa y que no quiero trabajar.
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Si tú haces eso, no tienes derecho a paro si te vas tú, en el caso de que tú dimitas.
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ahora, si tú también coges
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te vas a otra empresa a trabajar
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y en esa empresa
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duran menos de tres meses, automáticamente
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también que sepáis
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que también, siempre que sea
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empresa privada, ojo, es lo que estoy hablando
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también que sepas que tampoco tienes derecho
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a paro, ¿vale?
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que lo sepáis, cuando os cambiéis
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os tenéis que garantizar que vais a aguantar
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por lo menos tres meses en el trabajo nuevo
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¿vale, Sergio?
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es una faena porque te la juegas
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Yo lo he hecho, yo me he cambiado unas cuantas veces, pero cuando era joven no tenía hijos, no tenía mujer, no tenía tantas cargas familiares. Y bueno, si estás viviendo con tu familia o con tu padre, medio lo puedes hacer, pero cuando ya estás con muchas cargas y te estás jugando los bigotes, como yo digo, hay que tener cuidado con esas cosas, a no ser que las condiciones sean muy, muy malas.
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¿qué más?
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voluntad de trabajador, vicedivisión
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extinción causal, por alguna causa se puede
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extinguir, o extinción
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por ejemplo, tras el traslado
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o modificación sustancial
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lo que hemos dicho, nos reduce la jornada
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por ejemplo, en vez de que sea una jornada completa
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dos tercios, por ejemplo
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y como ganamos menos y trabajamos menos, pues no nos interesa
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oye, mira, yo con esto, por ejemplo, no llego a final de mes
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y esto no me interesa
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pues esto mismo, no quiero seguir con el trabajo
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luego tenemos
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luego tenemos también despido
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también por voluntad
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de la empresa
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despido por ejemplo disciplinario, imagínate que
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por ejemplo llega una persona que está borracha
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por ejemplo y llega y le falta el respeto
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al jefe y insulta a los compañeros
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o se pelea con un compañero
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automáticamente por esa mala actuación
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por esa mala actitud que estás teniendo en la empresa
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pues también te pueden hablar un procedimiento también disciplinario
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y lo que nos vaya a la calle
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pues vale, sin indemnización
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luego también despido
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por causa objetiva, por ejemplo,
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por un... porque, por ejemplo,
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la empresa va económicamente mal, se está vendiendo
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mal, por una organización o reestructuración
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de la empresa, ¿qué se tiene que
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hacer para que la empresa no se vaya a pique?
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Por ejemplo, o cuando se produce
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por ejemplo una fusión de dos empresas grandes,
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que se suele reducir el personal.
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Y luego también por los
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despidos colectivos, pues lo mismo, despidos colectivos
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es despidos de más de cinco personas,
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cuando son despidos de
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mucha gente,
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muchos trabajadores,
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Y estos despidos colectivos, pues lo mismo, ¿no? Ya lo veremos más adelante, que se tienen que poner de acuerdo los sindicatos y está todo un punto de acuerdo cuando se hacen estos despidos.
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¿Qué está pasando, por ejemplo, en la fábrica de Alemania de Audi y Volkswagen? Pues que están en guerra porque no quieren perder sus trabajos, sus derechos.
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¿Pero qué le pasa a la fábrica, a la marca? Pues que no se vende nada. Yo le puedo dar buena fe, que hasta el año pasado estuve trabajando también, y el anterior estuve trabajando en una empresa, en un concesionario de Audi.
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no se vendía nada y eso ha surgido
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y menos los coches eléctricos
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¿qué ha pasado? al no venderse, a venderse muy pocos coches
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y los coches eléctricos directamente
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estar listo de papeles que no los quiere nadie
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porque también son muy caros, es uno de los problemas que hay
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¿qué pasa?
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que no
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que al, que tiene que reducir la producción
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al reducir la producción porque no hay demanda de coches
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automáticamente se le pide gente
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¿no?
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la
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lo que es la demanda de trabajo de la empresa
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digamos lo que la empresa demanda de trabajadores va en función relacionado también con el nivel de
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producción que tengan y también con el nivel de demanda que tenga también si no vende pues
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no puede fabricar tanto tiene que fabricar menos lógicamente más cosas despido por fuerza mayor
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por ejemplo pues puede ser por ejemplo que hay una catástrofe hay un terremoto por ejemplo como
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pasó en Fukushima o, por ejemplo,
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como pasó, yo qué sé, una inundación.
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Yo, por ejemplo,
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o un incendio, y esto ya es instalaciones,
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yo, por ejemplo, puedo hablar de un caso
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personal, bueno, personal laboral
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más bien, que trabajé, cuando
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trabajaba en Toyota, hace ya muchos años, hace
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esto ya 18 años
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de esto, y pasó lo siguiente.
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Allí en Almería, pues, llovió muchísimo
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y yo estaba como vendedor de coches nuevos, ¿no?,
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en Toyota, y las instalaciones,
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todo lo que pasó en la exposición, se anheló
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de agua, se llenó todo de agua,
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Pues imaginaros, un mobiliario estropeado con el agua, las maderas estaban hinchadas, las puertas hinchadas también, luego también muchas costas también, los bajos se estropearon un poco, sobre todo a la hora de hacer un tratamiento especial para que no se echara nada a perder, en fin, un desastre.
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Pero bueno, al final nos tuvieron que decir que no se llegó a hacer un despido, pero sí que es verdad que hubo una suspensión por fuerza mayor y nos dijeron que nos fuéramos una semana a nuestra casa mientras recondicionaban las instalaciones.
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pero ¿qué pasa?
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imagínate que hay un terremoto
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y que la instalación a vez de mojarse, como en este caso
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se destruyen
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obviamente te tienen que despedir si no puedes trabajar
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¿cómo vas a trabajar si no hay?
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la nave ha desaparecido
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el lugar de trabajo ha desaparecido
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y luego también toda la herramienta que tú utilizabas también ha desaparecido
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¿cómo vas a realizar tu función si no puedes?
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automáticamente eso sería un despido
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por fuerza mayor
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luego tenemos la extinción
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por voluntad de ambas partes
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3.1
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Pues aquí tenemos, por mutuo acuerdo, de las partes. Son por causa consignado válidamente en el contrato y por expiración del tiempo convenido en el caso de los contratos temporales.
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Cuando es por expiración del tiempo convenido en los casos de contratos temporales, la indemnización a la que tenemos derecho son 12 días de indemnización de salario por cada año de servicio, ¿vale?
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Doce días, no son veinte, ¿vale? O de veinte días son doce, ¿vale? Por favor, que quede claro, ¿vale? Expiración del tiempo conveniente en el caso de contratos temporales, doce días de indemnización de salario por cada año de servicio, ¿vale?
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Vale. 3.2. Extinción por voluntad del trabajador. Pues tenemos por dimisión del trabajador, extinción causal. El trabajador puede solicitar jurídicamente la extinción del contrato para indemnización por despido en procedente. En estos casos, modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin tener en cuenta la legalidad.
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pues solo imaginaros, por ejemplo, que llegan ahora
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y el jefe, que muchas veces
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los jefes hacen lo que les da la gana
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lo puedo decir por experiencia, por desgracia
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así, dice, oye, mira, pues como
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me da a mí la gana y porque sí
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pues como ahora no me interesa tanto
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voy a aburrirte y voy a coger y en vez de, por ejemplo
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si estás en la oficina de contable
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por ejemplo, o administrativo
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te voy a poner de mozo al almacén
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para ver si te aburres, te cansas
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y te hartas de coger caja
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eso no se puede hacer, eso es ilegal
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Ahora, que la empresa muchas veces lo hace para aburrir a la gente, sí. Otra cosa que hace para aburrir a la gente es también los empresarios que a veces son muy simpáticos, otras veces no son tan malos, es coger y retrasarte las nóminas cuando la cosa está mal. Para que también te aburra y te vaya.
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¿Vale? Por lo que se puede solicitar jurídicamente la extinción del contrato, ¿vale? Por indemnización por despido y procedente. También, por despido y procedente. ¿Sabéis lo que significa despido y procedente?
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improcedente
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es cuando hay alguna causa
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que está justificada y que por el jefe
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te puede echar, por ejemplo, pues dice
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oye, mira, por mal comportamiento
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porque no rindes, porque no estás haciendo tu trabajo
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porque llegas tarde, etcétera, etcétera
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es improcedente cuando el empresario
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no puede justificar
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el motivo
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por el que te despide, no sé si lo entendéis
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Sergio, ¿se entiende?
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Sí. Improcedente es cuando el empresario
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no puede decir, oye, te despido porque me da
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procedente si puedes decir cualquier cosa rara o lo que sea de inicio pero el procedente está
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obligado a indemnizar que vale con 20 o 33 días del caso con 20 días te suelen pagar cuando la
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empresa está en situación económica regular que vamos la empresa por ejemplo cuando lleven dos
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años automáticamente cuando te piden y te dicen que te van a pagar a 20 días que tienen que
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que demostrar las cuentas anuales de la empresa para que tú veas que realmente te están despidiendo
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porque no hay trabajo para ti porque la empresa está en condición económica adversa, o sea,
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si va mal. Y cuando despide el procedente y no hay ninguna causa justificada y la empresa
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no puede demostrar que está en situación de apuro económico, automáticamente te tienes
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que pagar a 33 días. ¿Qué nos dice? Extinción… Vale, más cosas. Dentro de la extinción
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por voluntad del trabajador tenemos… Ah, sí, perdón. Los siguientes casos que estamos
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viendo, el trabajador puede solicitar políticamente la extinción del contrato para indemnizaciones
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por despido y procedencia de estos casos. Hemos dicho de la modificada sustancia de
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las condiciones de trabajo y la falta de pago o retraso en las nóminas. ¿Qué pasa con
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las nóminas, que muchas veces cogen y se retrasan. Legalmente, tú no puedes demandarlo
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hasta que no pasen tres meses sin pagarte las nóminas, cosa que a mí personalmente
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me parece injusto, porque una persona con una familia, por ejemplo, le va a costar mucho
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llegar al final de mes cuando lleva tres meses sin cobrar, pero eso lo hacen para ayudar
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a las empresas, porque puede haber empresas en apuros que no pueden, que tal, y que no
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que no sé cuánto y automáticamente le dan vidilla que hasta los tres meses que estés sin cobrar no
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puede meterle más de meterle manos y poner una demanda contra la empresa judicial es así por
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desgracia ahora la gente que dirá que sea más o menos justo pero empresario de tirar una cosa
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más cosas pero que sepáis que si no paga la nómina podéis demandar
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¿Qué caso más no hay? ¿Qué caso hay más? Cualquier incumplimiento grave por parte del empresario. Por ejemplo, que te hagan trabajar muchas más horas que no te las pague o que hagan alguna burrada, que te falte respeto o, a lo mejor, lo que yo te he comentado, tú estás ejerciendo un puesto de trabajo y te cambian a otro punto inferior.
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Luego también tenemos la extinción por voluntad del trabajador
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Sin tener que ir al juez
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En caso de traslado, modificación sustancial
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Y por decisión de la trabajadora víctima de violencia de género
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¿Vale?
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Ya lo veremos porque, bueno
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Cómo va también toda la violencia de género
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Nada, voy a seguir hablando
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Y ahora pondremos un vídeo
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Mira, aquí tenemos tres puntos
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de la extinción por voluntad del empresario.
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Tenemos despido disciplinario 3.3.1.
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El despido disciplinario nos dice
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que es la máxima sanción que puede hacer el empresario
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y es por incumplimiento grave y culpable del mismo.
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Falta justificada también de asistencia de forma repetitiva
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y disciplina y desobediencia en el trabajo,
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ofensas verbales o físicas al empresario
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o a otros trabajadores por la tragresión
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de la buena fe contractual y el abuso de la confianza.
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Luego también en viagra habitual o toxicomanía o casos de racismo y lesión. Lógicamente, si tú tienes un compañero que es de otra raza, pues tú no puedes estar ahí con insultos raciales y faltando de respeto, pero vamos, ni él ni a nadie.
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Y menos por religión, que muchas veces, pues bueno, como hay… religiones también muchas veces son culturas distintas y formas de pensar y de ir diferente, eso también puede llevar a que haya choque entre los trabajadores, ¿vale?
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y por supuesto la embriaguez y la toxicomanía
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pues imaginaros que llegan a los trabajadores borrachos
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eso es inviable
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y lo que tampoco se puede permitir
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es que una persona
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que se tire por ejemplo
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tres meses sin
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perdón tres meses, tres o cuatro días
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sin ir a la empresa pues porque
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se ha ido a la borrachera
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y ponga eso como justificación
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tampoco se puede, que yo le he visto el caso
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por eso lo estoy comentando
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Luego la forma de despido
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Pues tenemos la carta de despido
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El finiquito
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¿Vale? En este caso sin derecho a indemnización
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El finiquito, no sé si la gente sabe lo que es
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Ahora si queréis ponemos un vídeo del finiquito
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¿Vale?
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Que lo vamos a ver un poquito más adelante
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Y luego también tenemos
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Otra forma de despido, el incumplimiento de los requisitos
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Formales del despido
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Ahora es necesario un nuevo despido en el plazo de 20 días
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¿Vale?
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La carta de despido, el finiquito
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Sin derecho a indemnización
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Y luego también el cumplimiento de los requisitos formales
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Del despido, ahora es necesario un nuevo despido
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En el plazo de 20 días
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Me voy a disculpar un momento porque voy a poner un vídeo
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Sobre el finiquito
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Porque eso me interesa
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Que ya había visto uno, pero este no
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Lo vi el otro día
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Pero no lo saqué
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Ahí no, este no
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Ahí se escucha algo
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No está este vídeo
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Mira, este lo dejo en seco antes de firmar un finiquito y me interesa. ¿Cómo se calcula
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el finiquito? No, este no. Ah, bueno, una cosa importante. El finiquito, cuando no estás
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de acuerdo con él, porque te dice que no te puede apagar, automáticamente hay que
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poner no conforme. Segundillo. Bueno, voy a poner otro y ya está. A ver. Este.
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¿Te has preguntado qué es un finiquito?
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Es un documento oficial que emite la Corte de Cuentas de la República a una persona
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en el que se consigna que no tiene responsabilidades establecidas.
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Cuando nos preguntan qué es el finiquito, nos asombramos de que muy pocos trabajadores
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conocen realmente qué es el finiquito.
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El finiquito no es otra cosa que un contrato, un acuerdo que se firma al final del contrato de trabajo,
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de la relación laboral entre empresa y trabajador, mediante el cual el trabajador se compromete
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a no reclamarle ninguna cantidad adicional a la empresa.
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¿Qué ocurre? Que si el trabajador firma ese finiquito, posteriormente puede tener ciertos problemas
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para reclamar cantidades que el trabajador no conozca que le debe la empresa,
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pero que la empresa no le haya pagado.
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Por tanto el finiquito no es la indemnización por despido, finiquito no es la última nómina adeudada detrás del cese o el despido, sino el finiquito desde el punto de vista legal exclusivamente es ese acuerdo, ese contrato al que llegan trabajador y empresa en el que recíprocamente declaran no deberse nada.
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Ahora bien, algo diferente pero muy relacionado es la liquidación de finiquito o la liquidación de haberes. ¿Qué significa esa palabra? ¿Liquidación de finiquito o liquidación de haberes?
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Es o son las cantidades económicas, es decir, la parte del salario que la empresa le debe al trabajador justo en el momento en el que la empresa o bien cesa al trabajador o bien despide a éste.
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Seguimos entonces
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con la extinción por causa objetiva
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¿Vale?
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La extinción por causa objetiva, ¿qué nos dicen?
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Pues son las siguientes, causas objetivas
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¿Cuáles pueden ser? Por inactitud del
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trabajador conocida
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con posterioridad a su colocación efectiva
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en la empresa, imaginaros por ejemplo
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por eso están los periodos de prueba
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¿Tú sabes cuáles son los periodos de prueba
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que hay ahora mismo aquí en España?
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Dependiendo
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Pues depende del contrato, ¿no?
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Bueno, te comento un poquito. El despido, por ejemplo, si es un contrato de formación en prácticas, como lo podéis hacer vosotros, me parece que si no recuerdo mal, es una mensualidad.
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Para contrato indefinido que, por ejemplo, de empresas que tengan menos de 25 trabajadores, de 10, se puede tener un periodo de prueba de tres meses.
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Y luego, para las empresas que tengan hasta 25 trabajadores, serían de dos meses, ¿vale? Cuando tengan más de 10 trabajadores. Y luego, para los técnicos ingenieros cualificados, por ejemplo, el periodo de prueba suele ser de seis meses, ¿vale?
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de 2, ¿vale?
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Para empresas que tienen
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más de 10 trabajadores.
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Para empresas que tienen menos de 10,
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el periodo de prueba puede ser 3 meses
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y luego
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para los ingenieros,
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arquitectos,
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todos los que son técnicos cualificados,
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eso suelen ser los periodos de prueba en la mayoría,
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en todas las empresas, de 6 meses.
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Eso es del tema anterior,
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el tema de los contratos, no sé si os acordáis.
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Así,
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más o menos me acuerdo de esto lo que estaba diciendo
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¿no? vale
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luego pues, entonces ¿qué pasa?
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pues que lógicamente
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el empresario pues cuando
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contacta a una persona, por mucho que sea
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mejor una persona que ha sido por enchufe
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o que oye que ha sido por
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recomendación o por lo que sea
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pues automáticamente
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no tiene
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si es la persona
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del empresario B, que realmente esa persona
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ni tiene ganas de trabajar, ni tiene ninguna actitud
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y no obedece nada a lo que está haciendo
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y pasa de todo, pues automáticamente
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para eso está el periodo de prueba. Oye, mira,
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pues si tiene el contrato, pues estoy dando cuenta
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que tú no vales para el puesto
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y tampoco vas a estar para que valga, por ejemplo.
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¿Qué tenemos más? Por falta
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de adaptación del trabajador a las modificaciones
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técnicas operativas en un puesto de trabajo
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cuando dicho cambio sea razonable.
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Imaginadnos, por ejemplo,
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que tenemos
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un Amazon muy grande, ¿no?
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Y que ahora mismo, pues vamos
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a meter un nuevo programa
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de gestión de
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de almacenes, por ejemplo, un recambio de un concesionario. Entonces, ¿qué pasa? Cuando
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nosotros hacemos una actualización, que es para que la mejora de lo que es de la empresa,
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para que se haga una mejor gestión a través de un nuevo programa, por ejemplo, para gestionar
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un almacén, para que sea mucho más fácil localizar las piezas, por ejemplo, o hacer
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los pedidos más rápido, y la persona que estaba en ese puesto de trabajo no se adapta
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tiene que adaptarse a las nuevas medidas porque le gustaba más el programa antiguo, pues
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automáticamente la empresa también puede tomar la opción también de hacer una extinción
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por causa objetiva. ¿Qué pasa en la mayoría de los casos? Que eso no llega a ocurrir.
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¿Por qué? Porque la gente al final, cuando el jefe pega un toque, se ponen las pilas.
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Luego tenemos también las amortizaciones por puestos de trabajo, por causa económica,
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organizativa o de producción en el número inferior al despido colectivo.
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¿Qué quiere decir la amortización de un puesto de trabajo? Que el puesto de trabajo desaparece. Por ejemplo, una empresa de chupachup, por ejemplo, también se pone a fabricar palomitas y con tanta gente para las palomitas, pues llega un momento que, por ejemplo, las palomitas no se venden.
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Si ya, por ejemplo, esas personas que están trabajando para los puestos, para esos puestos que están relacionados con los palomitas y la empresa ya decide dejar de fabricar palomitas, pues, obviamente, tendrá que o las recoloca, si las puede recolocar y si no, pobre que despedirlas, ¿no?, lógicamente, ¿no?
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Por poner un ejemplo. Más cosas. Extinción de los contratos indefinidos. Dentro también de la extinción por causa adjetiva, tenemos la extinción de los contratos indefinidos por falta de asignación presupuestaria en el caso de contratos con entidades sin ánimo de lucro para llevar a cabo programas públicos financiados por las Administraciones públicas.
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¿Qué pasa, por ejemplo, si nosotros trabajamos
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en una empresa potente que trabaje para el Estado
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y que tenga, por ejemplo, contratos públicos
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por ejemplo, SACIR o Ferrovial
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que son empresas que construyen puentes para el Estado
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Si nosotros tenemos, por ejemplo, esa empresa que tiene Ferrovial
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varios peones haciendo, por ejemplo
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el AVE que va de Almería a Granada, por ejemplo
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y automáticamente, al final
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o un programa presupuestario
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se decida al final cancelar esa obra
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por todas las trabajadoras que se han contratado
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para hacer esa obra, pues lógicamente
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como es un dinero también
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en un programa público
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para una obra pública
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automáticamente
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también sería una causa de extinción por causa objetiva
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¿vale? Se despide a esa gente
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y sería por causa objetiva
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¿Qué más tenemos por aquí?
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Ah, la forma de despido, esto es interesante
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Sergio, ¿tú sabes cómo se despide?
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Sí
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Hablate un poco
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Cuéntale al resto del grupo tu opinión
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De cómo se suele despedir a la gente
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Y hacemos un poquito de debate
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Pues al final
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La carta de despido
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Es lo que más me suena
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Vale, la carta de despido
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La carta de despido está obligada
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Con 15 días de antelación
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La empresa está con obligación
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De darte 15 días antes la carta de despido
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Y para que sea efectiva
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y luego también lo que pasó alguna vez pues que de un día para otro pues se han despedido
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de una persona ya al día siguiente ya no si yo os cuento experiencia laboral
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ya sabéis que estaba un tiempo trabajando por 20 años es que muchas veces las empresas
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como he comentado antes, hacerles el trato.
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Yo he visto casos de llegar y el jefe decir, oye, mira, pues mañana no venga.
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Yo digo, ¿cómo? Sí, sí, aquí tiene la carta de despido.
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¿Y qué hace, por ejemplo? Cuando te dicen que no venga, por ejemplo, ¿qué suelen hacer?
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Pues automáticamente te dicen que como tienes vacaciones, que ahí tienes los 15 días.
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Te mandan de vacaciones y automáticamente te va al paro.
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Eso pasa mucho. La gente que se va al paro, por ejemplo, y le han dado las vacaciones,
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al final, que es lo que suelen hacer todas las empresas, porque tienes que darte 15 días,
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aunque la carta de despido ponga día 1, ya le han dicho el día 1 de marzo o lo que sea,
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automáticamente, como te tienen que dar las vacaciones no disfrutadas,
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automáticamente dice, oye, mira, estos son los 15 días.
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¿Qué pasa? Que esas reglamentarias para comunicártelo.
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¿Qué pasa? O mejor dicho, los 15 días con antelación.
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¿Qué pasa? Que antes de que se produzca lo que es la extensión definitiva de la relación laboral.
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¿Qué pasa? Que luego la gente dice, oye, mira, pues como me han mandado de vacaciones, pues mira, pues voy a hacerlo primero porque todo el mundo está desesperado.
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Todo el mundo coge y va directamente al INEM. ¿Y qué le dice el INEM? Mira, pues te tenés que esperar porque sigues dado de alta y que estás de vacaciones.
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Hasta que no termines tus vacaciones no te puedes venir por aquí. Eso le pasa a muchísima gente.
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Y a mí en su día, cuando la primera vez que fui al paro, me pasó igual. Llego allí y digo, bueno, pues ya está, voy a pedir el paro.
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Y el primero que te dice es que no, que lo tenés que pedir dentro de 15 días porque estás de vacaciones.
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Las vacaciones que no ha disfrutado están obligadas a dártelas, ¿vale? ¿Qué nos dice aquí el libro? Forma de despido. Carta de despido. Se notifica al trabajador con un periodo de 15 días, indicando la causa de la extinción, ¿vale? Pues si, por ejemplo, son causas objetivas, causas por producción, causas, pues, sea despido procedente, procedente, etcétera, etcétera.
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lo van indicando en la carta de despido. ¿Y qué nos dice el finiquito? El finiquito
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nos dice que se pondrá a disposición del trabajador y tendrá derecho a 20 días de
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trabajo de salario por año trabajado, ¿vale? Pues retirándose por meses los periodos inferiores
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al año, con un máximo de dos mensualidades. Y aquí tenemos, pues, bueno, tenemos el 3.3.3,
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que son los despidos colectivos. ¿Qué son los despidos colectivos, Sergio?
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Pues cuando la empresa despide a un grupo alto de personas.
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o de producción que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa. Siempre que
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ocupe a 5 trabajadores y cese totalmente la actividad o cuando en un periodo de 90 días
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la extinción afecte a 10 trabajadores con empresas de 100 trabajadores. El 10% de la
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empresa para empresas de más de 100 o 300 trabajadores y para 30 trabajadores a las
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empresas de más de 300 trabajadores. Entonces, para empresas que tienen, por ejemplo, menos
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de 100 trabajadores, automáticamente cuando se despiden a 5 personas en una empresa de
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100 trabajadores, ya es un despido colectivo. Aquí te lo dice. Lo repito, 5 trabajadores
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es totalmente la actividad. ¿Cuándo? En periodo de 90 días o en la extinción a
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cuando son 10 trabajadores, para empresas de 100 trabajadores. Y luego, el 10% de la empresa,
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¿vale?, cuando afecta el 10% de la empresa, para empresas de más de 100 o 300. Y 30 trabajadores,
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la empresa de más de 300 trabajadores. Y aquí viene una cosa muy interesante, que es la apertura
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de los periodos de consulta, que es lo que solemos ver, por ejemplo, cuando se meten los sindicatos
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por medio para luchar por las condiciones
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de los trabajadores y por un despido
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digno, o mejor dicho
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porque se les opone o porque las fábricas
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hagan una reestructuración
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o no se hagan
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tanto despido colectivo
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por ejemplo, una forma de evitar
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por ejemplo, despidos colectivos
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¿cuáles serían que puede ocupar la empresa?
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sobre todo la empresa grande, Sergio
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es tan facilita esta pregunta, ¿cuál sería por ejemplo?
00:32:53
¿un despido colectivo?
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¿dices?
00:33:00
un héroe unerte puede ser un héroe al final atacan despidiendo un héroe sería una de las
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soluciones no un héroe porque hoy a bajar la producción por causa técnica o económica
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porque automáticamente te mandan
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de ERTE, que es temporal
00:33:24
es un ERE pero temporal
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y que pasa
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automáticamente cuando la empresa otra vez
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vuelve a su nivel de producción normal, vuelve a aumentar
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las ventas, te vuelven a reincorporar
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otra forma que tiene
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también la empresa, por ejemplo, si tiene muchos
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trabajadores y tiene que reducir y no quiere
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pedir a nadie, las prejubilaciones
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¿no Sergio?
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¿qué opinas de las prejubilaciones?
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¿es interesante o no?
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si, si a las personas les interesa
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hay
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otra forma también
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que se puede hacer para reducir
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también la
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intentar hacer que se trabaje
00:34:00
por ejemplo la hora extra pues reducirla
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en vez de por ejemplo si la gente está
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echando horas extra automáticamente
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las quito y ya está
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hay varias formas ¿vale?
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luego tenemos aquí la apertura de los periodos
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de consulta
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Vale. Los representantes de los trabajadores nos dicen, el comité de empresas o los sindicatos serán la comisión negociadora. Como ya hemos comentado, pues siempre son los sindicatos los que salen a protestar a la calle y salen diciendo que si están de acuerdo o no están de acuerdo con lo que están haciendo.
00:34:18
¿Vale? Y, por ejemplo, sobre todo cuando son despidos colectivos, ¿no? Que se ponen, sobre todo, sindicatos masacrando pechos y vamos a defender a los trabajadores. En fin. Hay sindicatos que, bajo mi punto de vista, que son mejor que otros. A mí los que no me gustan son los que están politizados. Los que están politizados no son objetivos, no son subjetivos. O sea, dependiendo de sus ideas políticas, pues, defienden más o defienden menos. Pero eso ya es una opinión.
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Luego, ¿qué nos dice? La duración, ¿cuál tiene que ser la duración para un periodo de consulta?
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Pues 30 días naturales o 15 plantillas para las plantillas menores de 50 trabajadores.
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¿Cuál es el objetivo? Evitar y reducir el despido y atenuar sus consecuencias a través de la recolocación o planes de formación.
00:35:25
Y luego también, ¿cómo finaliza? Con un acuerdo o con un comunicado de la decisión final de la empresa. Lógicamente, si una empresa está en una situación económica muy mala y tiene muchos trabajadores, pues no le queda más remedio que despedirlo, porque si no la empresa se va a pique.
00:35:34
¿Cuál suele ser el problema de los trabajadores?
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El coste laboral
00:35:55
Si hay muchos trabajadores
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Cada vez, por ejemplo
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Los costes laborales
00:36:00
Son mucho más caros, más elevados
00:36:03
Para las empresas, ¿qué pasa?
00:36:04
Que la empresa también es lo que provoca que se cae
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Porque se contrata menos
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Y entonces, ¿qué pasa?
00:36:11
La gente que está contratada hace que trabaje más
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Para que sea más rentable
00:36:14
Pero elevar los costes laborales
00:36:15
También supone un lácteo para la gente que no está trabajando
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Sergio, ¿cómo lo ves?
00:36:21
¿Estás de acuerdo o no estás de acuerdo?
00:36:23
Sí, porque al final
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contratan menos personas.
00:36:26
Por ejemplo, ¿qué pasa con el salario mínimo?
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El salario mínimo,
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todos sabemos que como está
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el tema de la inflación y cómo han subido los precios
00:36:34
y que tú vas a comprar un alimento y está carísimo,
00:36:36
hay que subir los sueldos sí o sí.
00:36:40
¿Pero qué pasa?
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Que cuando suben los sueldos también sube el gasto
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para
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el empresario.
00:36:46
Entonces, cuando ve que sube
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cuando ve que tiene que pagar más salario
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o tiene más coste laboral por cada trabajador
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pues le digo, si no te preocupes
00:36:55
entonces pido a los que tengan que despedir
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me quedo con los que son justos y necesarios
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los que están ahí, que trabajen, se apañen como sea
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para sacar el trabajo
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y voy a intentar no contratar
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a nadie porque los costes laborales son muy caros
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eso es el hándicap
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de todo esto
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lo que es bueno para una cosa es malo para otra
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¿vale?
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comunicación simultánea, ¿qué nos dice la comunicación simultánea?
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adentro de la apertura del periodo de consulta.
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Nos dice, la comunicación
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deberá indicar la memoria explicada
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de las causas, o sea, porque no me piden
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los trabajadores, cuáles son
00:37:31
los trabajadores afectados, lógicamente,
00:37:34
y el número y cualificación de los trabajadores
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empleados habitualmente en el último año.
00:37:38
Y luego también tiene que
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incluir también los representantes
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de los trabajadores.
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Y voy a dar una cosita
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más que es la autoridad laboral
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y lo voy dejando por aquí, ¿vale? Porque son ya
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11, si no quedan 10 minutos.
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La autoridad laboral puede hacer advertencias y recomendaciones, informar a la entidad gestora responsable del pago de prestaciones por desempleo y recaudar un informe también de la inspección de trabajo y la seguridad social.
00:37:56
Luego también la empresa comunicará a la autoridad laboral el acuerdo alcanzado o la decisión final. La decisión final de quién es, lógicamente, de la empresa. En este caso, los trabajadores decidirán una indemnización cuyo importe será como mínimo de 20 días de salario por año de servicio.
00:38:11
ya como mínimo
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como máximo son 33 días
00:38:30
y como mínimo 20, 20 cuando la empresa
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por ejemplo puede demostrar que está en una situación
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económica adversa y que necesita
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realmente por reducir los costes laborales
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de pedir a gente para poder sobrevivir
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van a 20 días
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¿vale? pero eso es cuando está indefinido, por ejemplo
00:38:44
si estás con un contado
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temporal y te despiden, acordaos que
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¿cuánto era Sergio? lo he dicho
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cuando estás con un contado temporal
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y te despiden, ¿qué pasa? ¿cuál es
00:38:55
la indemnización?
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12, creo que era.
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y así también vamos ya terminado porque no quiero avanzar más por ejemplo sergio cuál sería el
00:39:28
fogasa cuál es la función del foca sé qué significa eso está relacionado con el tema
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de despido el fogasa era una entidad que garantizaba la una parte del pago de los
00:39:39
salarios a los trabajadores cuando la empresa la ha despedido y han ido a juicio en el acto
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de consideración, después han ido a juicio y la empresa, como está en suspensión de
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pago y está en quibra, no tiene dinero para pagarla. Entonces, el último recurso que
00:39:59
tiene el trabajador que no ha cobrado es ir al FOGASA, Fondo de Garantías Salariales.
00:40:04
¿Y qué pasa con este FOGASA? Pues que te suele pagar las nóminas y una parte pequeñita
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del finiquito. Por lo general, lo que te suelen deber es pagar entre un 50 y el 60%.
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La mejor solución, como he dicho alguna vez que otra, es no llegar al FOGASA.
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Lo mejor es que tu jefe te pague, que se recupere y que te vaya pagando poco a poco o llegar a un tipo de acuerdo, ¿vale? Como yo siempre he dicho, va a haber un mal acuerdo con buen juicio. Pero vamos, si la empresa, por ejemplo, no está por la labor de pagarte, también es importante recordar que para vuestro conocimiento y para que lo sepáis, cuando una empresa te pone el finiquito delante y te dice, fírmalo y que te vaya a pagar ahí más adelante, dice, no, si no me apagas, no te lo firmo, porque el finiquito no se firma si no te apagas en el momento.
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A través de un cheque, que por lo general mucha gente lo pide compuesto por el banco, o con un cheque que después se le trae a la empresa. O sea, que un cheque vaya a nombre de la empresa. O un talón.
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¿Qué pasa con todo esto? Pues que muchas veces la gente no lo sabe, pero se tienen 20 días hábiles para poner lo que es el acta de conciliación.
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si no hay
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y cuando se puede dar esta conciliación suelen ser 15 días más
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si da esta conciliación
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no se ha puesto, automáticamente
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hay que poner la demanda
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entonces yo mi consejo es el siguiente
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cuando haya por ejemplo
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algún tipo de que os despidan
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pues lo mejor, lo mejor, lo mejor
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es que vayáis automáticamente en ese mismo momento
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lo primero es no firmar el finiquito
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o firmar el finiquito y poner no conforme
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que también se puede hacer eso
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si pudo poner no conforme y no firma no pasa nada
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eso para que lo sepáis
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no conforme, tú vas con tus finiquitos
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te busca un asesor y que te lleve
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para una asesoría, que lleve temas laborales
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y automáticamente
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que te dé
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que te lleve tu caso y que ponga
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lo que es el acta de conciliación
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para ver si se pone de acuerdo y te paga la empresa
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si no, automáticamente después del acta de conciliación
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hay que demandar
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que la empresa está en quiebra y no paga
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pues al final tenemos que enfocarse, que ya que no pague
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lo que nos pueda pagar
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vale, un segundillo que voy a apuntar
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cuando no hemos quedado, que luego me vuelvo loco
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vale, no hemos quedado, pues la página
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pues lo voy diciendo, pues lo voy a apuntar
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190
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la 190 ha sido entonces, ¿no?
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despido por fuerza mayor, despido por fuerza mayor
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tampoco tiene mucho criterio, lo despido por fuerza mayor
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es cuando hay una catástrofe, ¿no?
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y por ejemplo la empresa desaparece
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por ejemplo
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vale, nos quedamos con la página 190
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y lo voy a apuntar
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distancia
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luego se me olvida
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Y hoy es 25 del 2
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Ah, por cierto
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A vosotros mando, Lucía, Sergio
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El trabajo ese, ¿no?
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De un comentario
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Sí, un resumen
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Nada, pues olvidadlo, directamente lo olvidáis
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¿Vale?
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A no ser que me digan que lo tenga que hacer
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Pero yo en un principio no voy a hacer eso
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¿Vale? Os busquéis tu trabajo
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Ya tenéis bastante con...
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De eso olvidaros, ya tenéis bastante con el examen
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Y vosotros que estáis a distancia
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Podéis sobrecargaros mucho más
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Y es todo mucho más complicado
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Bueno, esta semana nadie me ha escrito
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Nadie me ha dicho que no se vean los vídeos mal
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Ni nada, o sea que yo entiendo
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Que todo se ha visto correctamente
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Pido disculpas porque hace dos semanas
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Hubo un problema
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En la grabación
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Y bueno, cuando se grabó solamente se escuchaban los audios
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Pero bueno, gracias a Dios
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Al final ya se ha corregido
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Y ya está
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Y por mi parte, no sé, Sergio, ¿tú tienes algo que decir?
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no, nada
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hay una cosa que lo digo en general para todos
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no entiendo por qué no se conecta más gente
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antes cuando estábamos con las prácticas, vale
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pero que tengo entendido, no, Sergio, si me equivoco
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que las prácticas han acabado, ¿no?
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sí, luego en abril, pero
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igualmente en otras asignaturas
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estamos bastante igual, que hay
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a veces cuatro personas
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sí, hay poquita gente conectada
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en mi caso, personalmente
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hay semanas que no puedo
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porque trabajo de tarde
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trabajo es importante, sin trabajo no se puede pagar
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estas cosas, pues ya está
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entonces en abril tenéis otra vez prácticas, ¿no?
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de otras asignaturas, que tendréis que venir por aquí
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bueno, pues ya nos veremos por aquí
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pues bueno, pues por mi parte nada más
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y nada, cualquier cosilla, pues nada, cuelgo el vídeo
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y cualquier cosa tenéis mi correo
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me podéis mandar
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cualquier consulta, cualquier cosa me podéis
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preguntar a través del correo electrónico, chicos
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muchísimas gracias chicas, muchísimas gracias
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venga Sergio, hasta luego
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adiós
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