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MODIFICACIONES DEL CONTRATO - Contenido educativo

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Subido el 19 de junio de 2026 por M.carmen G.

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Movilidad geográfica y funcional: conceptos y diferencias

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Buenos días, nos hemos reunido con usted para ponerle en conocimiento que AIBUS se está expandiendo. 00:00:07
Como podrá imaginar, dentro de dos semanas se va a poner en funcionamiento la nueva factoría de ensamblaje en Getafe 00:00:14
y necesitamos trasladar trabajadores allí. 00:00:22
Básicamente, hemos considerado que su perfil encaja perfectamente con las labores a desarrollar 00:00:25
e imagino que esto puede suponer un poco un inconveniente para usted, 00:00:32
pero no se preocupe porque dispone de un plazo de una semana para tomar una decisión. 00:00:37
Pero tan solo cuento con una semana, es que no sé, disculpe que se lo diga, 00:00:42
pero me parece poco tiempo para adaptarme a estas circunstancias. 00:00:45
¿Le parece poco tiempo una semana para tomar la decisión? 00:00:50
Vale, pues me lo pensaré y se lo comunicaré una semana. 00:00:54
Movilidad geográfica se traduce por el traslado de... 00:01:02
La movilidad geográfica se produce por el traslado o desplazamiento del trabajador a otro centro de trabajo, en distinta localidad, que exija cambio de residencia. 00:01:05
Esta se regula en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores. 00:01:15
Existen tres modalidades, la movilidad geográfica débil, los traslados y los desplazamientos. 00:01:20
En primer lugar, la modalidad débil, que al no implicar cambio de residencia, queda excluida de la regulación del artículo 40 del Estatuto 00:01:26
y sus supuestos están amparados por el poder de dirección del empresario, con las únicas limitaciones del contrato individual o convenio colectivo 00:01:36
En segundo lugar, los desplazamientos son un supuesto de movilidad geográfica que se basa en el cambio de lugar de la prestación del trabajo a un centro de la misma empresa 00:01:44
con cambio de residencia de forma temporal. Para que un desplazamiento esté justificado, 00:01:54
éste exige la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo 00:01:59
justifiquen, considerándose como tales las que estén relacionadas con la competitividad, 00:02:04
productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones 00:02:09
referidas a la actividad empresarial. La empresa se hará cargo del abono de gastos de viajes y 00:02:13
dietas. Por último, los traslados implican cambio de residencia al igual que los desplazamientos, 00:02:18
La diferencia con esto, sin embargo, radica en que el traslado puede ser indefinido o superior a 12 meses en un periodo de 3 años. A su vez, exigen igualmente una causa. 00:02:24
Un traslado puede ser individual o colectivo. El individual afecta a un trabajador o a una pluralidad de trabajadores sin alcanzar los umbrales fijados en el artículo 40.2 del Estatuto de los Trabajadores. 00:02:34
La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como 00:02:46
a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. 00:02:51
Notificada esta decisión, el trabajador tiene tres opciones. Por un lado, podrá aceptar 00:02:56
el traslado teniendo derecho a una compensación por gastos. Por otro, optar por extinguir 00:03:01
su contrato, recibiendo una indemnización de 20 días de salario por año trabajado. 00:03:06
O por último, podrá impugnar el traslado. El trabajador debe ejecutar el traslado, aunque 00:03:11
después puede reclamar ante la jurisdicción en un plazo de 20 días desde la notificación. 00:03:15
Por el contrario, cabe hablar de traslado colectivo cuando, de acuerdo con lo establecido 00:03:20
en el artículo 42 del Estatuto, en primer lugar afecta a la totalidad del centro de 00:03:25
trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores. Y en segundo término, cabe 00:03:30
hablar de traslado colectivo aunque el traslado se haya producido de forma individual, si 00:03:35
sumados los traslados producidos en un periodo de 90 días, el resultado encaje en alguno 00:03:39
de los siguientes parámetros. O que bien afecte a 10 trabajadores en las empresas que 00:03:43
ocupen menos de 100 trabajadores, que afecta al 10% del número de trabajadores de la empresa 00:03:47
en aquellas que ocupen entre 100 y 300, o que afecta a 30 trabajadores en las empresas 00:03:52
que ocupen a 300 o más. Distinto de la movilidad geográfica es la 00:03:57
movilidad funcional, que se regula en el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Consiste 00:04:05
en la decisión del empresario de cambiar de puesto de trabajo al trabajador. Esto ha de hacerse de 00:04:12
acuerdo a las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y con 00:04:18
respecto a la dignidad del trabajador. La movilidad funcional puede ser descendente cuando se trata 00:04:23
de encomendar funciones inferiores o ascendente cuando se encomiendan funciones superiores. 00:04:30
Idioma/s:
es
Materias:
Formación y Orientación Personal y Profesional
Niveles educativos:
▼ Mostrar / ocultar niveles
  • Formación Profesional
    • Ciclo formativo de grado básico
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
    • Ciclo formativo de grado medio
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
    • Ciclo formativo de grado superior
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
Autor/es:
Mª CARMEN GONZÁLEZ ORDÓÑEZ
Subido por:
M.carmen G.
Licencia:
Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
Visualizaciones:
4
Fecha:
19 de junio de 2026 - 14:40
Visibilidad:
Clave
Centro:
IES PABLO PICASSO
Duración:
04′ 54″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
113.62 MBytes

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