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CAPÍTULO IV b) 2_Organización del trabajo preventivo_Rutinas básicas en PRL
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Además de organizar los recursos para llevar a cabo las actividades preventivas, ya sea
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con medios propios o ajenos, hay una serie de actuaciones y rutinas básicas que son
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indispensables y que deben estar integradas en el sistema general de gestión de la empresa.
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A lo largo del siguiente vídeo vas a poder hacerte una idea de cuáles son esas acciones
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fundamentales. En el manual de la unidad podrás ampliar la información y acceder a la normativa
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de referencia, así como conocer cómo se llevan a cabo estas actuaciones en el ámbito
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concreto de los centros docentes. Es importante que desde la dirección del centro se desarrolle
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una acción permanente de seguimiento de la acción preventiva para la mejora de los niveles de
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protección. La implantación y aplicación de un plan de prevención es el primer paso para integrar
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la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa, en todas sus
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actividades y sus niveles jerárquicos. Para ello debe definirse, entre otras cuestiones, cuál es la
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estructura organizativa de la empresa, quiénes serán responsables de las diferentes actuaciones
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y qué funciones asumen cada uno de ellos, cuáles son las prácticas, procedimientos y procesos para
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llevar a cabo las acciones y con qué recursos se cuenta. Para la implantación real del plan debe
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haber sido aprobado por la dirección de la empresa, debe asumirse por toda la estructura jerárquica y
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será conocido por todos los trabajadores y trabajadoras. En el manual de esta unidad tienes
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acceso al portal en el que está alojado el Plan de Prevención de Riesgos para los Centros
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Docentes Públicos No Universitarios de la Comunidad de Madrid.
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La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva son los elementos
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esenciales para la integración de la prevención en la gestión de la empresa. Podrían considerarse
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parte de un mismo proceso. Por un lado, la evaluación en el punto de partida permite
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estimar la magnitud de los riesgos que no han podido evitarse, utilizando criterios
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objetivos de valoración. De esta forma, facilita la información sobre la necesidad de adaptar
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medidas, el tipo de medidas y su prioridad. La evaluación de un centro debe alcanzar a todos
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los puestos presentes y contará con la participación de los trabajadores y trabajadoras. Es un proceso
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dinámico que debe revisarse periódicamente. Las propuestas de planificación preventiva que
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derivan de cada evaluación se establecen teniendo en cuenta los principios de acción preventiva y
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la normativa específica aplicable y deben adaptarse a la realidad de cada uno de los centros. La
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planificación se realizará para un periodo de tiempo determinado, estableciendo plazos y
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prioridades y debe desarrollarse en programas anuales. Para verificar que las actividades
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planificadas se ejecutan según lo previsto, deberán llevarse a cabo un seguimiento de las
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mismas. Cuando se producen cambios en el centro, en los lugares y locales de trabajo o en las tareas
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y procesos por la adquisición de nuevos equipos o productos o cambios en el procedimiento y esas
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modificaciones se consideran que suponen un cambio significativo y que pueden generar objetivamente
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un nuevo riesgo, esto debe ser tenido en cuenta y comunicarse para, en su caso,
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realizar las evaluaciones oportunas y proponer las medidas de prevención y protección que
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fueran necesarias. Siempre que en un centro desarrollen su actividad personal de dos o
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más empresas o administraciones públicas, éstas deben cooperar en la aplicación de la normativa
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de prevención, estableciendo entre ellos los medios de coordinación que sean necesarios.
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Para que las empresas puedan informar a sus trabajadores y trabajadoras de los riesgos
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derivados de la concurrencia han tenido que establecerse procedimientos para el intercambio
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de esta información. El intercambio será obligatoriamente por escrito cuando los riesgos
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generados sean graves o muy graves. Por su parte, el empresario titular adoptará las
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medidas para que todas las empresas concurrentes reciban instrucciones e información sobre
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los riesgos del centro y las medidas de prevención y protección correspondientes, así como
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sobre las medidas de emergencia a aplicar. En un centro docente, el procedimiento para
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la coordinación de actividades empresariales comenzará a iniciativa de la dirección, que
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determinará a los medios para establecer la coordinación e el intercambio de información.
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Asimismo, debe asegurarse la dirección que cualquier empresa o trabajador que vaya a ser
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contratado para realizar una actividad en el centro reciba toda la información relativa a la
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coordinación. Los trabajadores y trabajadoras deben recibir formación teórica y práctica
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suficiente y adecuada en materia preventiva, centrada en su categoría profesional y funciones.
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Igualmente, recibirán información sobre los riesgos para la seguridad y salud que
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afectan a la empresa en su conjunto o a cada tipo de puesto o función, sobre las medidas
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o actividades de protección y prevención aplicables a dichos riesgos y sobre las medidas
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de emergencia.
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La investigación de los daños a la salud ocurridos con ocasión del desarrollo de las
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tareas es una importante fuente de información.
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Conocer las causas de los sucesos y actuar al respecto permite mejorar las condiciones
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de seguridad y salud y evitar la repetición de sucesos similares.
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En centros docentes debe tenerse en cuenta la existencia de un protocolo de actuación en caso de accidente en acto de servicio, accidente de trabajo y enfermedades profesionales, específico de empleados de centros docentes públicos pertenecientes al régimen general de la seguridad social y a MUFACE.
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Además, debe recordarse que las agresiones sufridas por un empleado o una empleada pública en el desempeño de su trabajo se consideran accidentes de trabajo o accidentes en acto de servicio y que, por tanto, deben ser igualmente comunicados e investigados.
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En función del tamaño del centro, de la actividad de la empresa y de la posible presencia de personas ajenas a la misma, deben analizarse las diferentes situaciones de emergencia, deben adoptarse medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores y trabajadoras y deben designarse al personal encargado de poner en práctica todas estas medidas.
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Además, en aquellas empresas que realizan actividades incluidas en el anexo 1 de la norma básica de autoprotección, se deberá elaborar e implantar un plan de autoprotección conforme al contenido regulado por la misma norma, que se mantendrá actualizado y se revisará con la periodicidad no superior a tres años.
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Aquellas empresas que hayan asumido la actividad con medios propios deben someter a su sistema
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de prevención a una auditoría externa en el momento en el que se disponga de la planificación
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de actividad preventiva y repitiéndola cada cuatro años.
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En algunos supuestos se permite solicitar la exención de auditoría del sistema de
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prevención que debe ser solicitada a la autoridad laboral de la comunidad autónoma correspondiente.
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- Autor/es:
- División de P.R.L. de Centros Docentes. Dirección General de RR.HH. Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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- Fecha:
- 18 de abril de 2024 - 14:31
- Visibilidad:
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- Centro:
- ISMIE
- Duración:
- 06′ 24″
- Relación de aspecto:
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