Saltar navegación

Activa JavaScript para disfrutar de los vídeos de la Mediateca.

Instrucciones para el Acceso a la Fase de Formación en Empresa

Ajuste de pantalla

El ajuste de pantalla se aprecia al ver el vídeo en pantalla completa. Elige la presentación que más te guste:

Subido el 8 de enero de 2025 por Andres A.

304 visualizaciones

Resumen de las instrucciones de la DGESFP y RE sobre la valoración del acceso a la FFE

Descargar la transcripción

El Real Decreto 659, de 18 de julio, regula la ordenación del sistema de formación profesional y en él se indican las pautas que deben informar la sesión de evaluación o valoración del acceso a la fase de formación en la empresa por parte de alumnas y alumnos. 00:00:09
Este Real Decreto está pendiente de ser desarrollado por parte de la Comunidad de Madrid y por 00:00:23
ello mientras se publica la normativa que desarrolla la nueva regulación de las enseñanzas 00:00:28
de FP en la comunidad y con el objeto de asesorar a los centros, la Consejería ha dictado unas 00:00:32
instrucciones que deberemos aplicar en el presente curso. 00:00:38
El Real Decreto 659 establece en sus artículos 9.6 apartados D y E y en el artículo 158 00:00:41
el obligado cumplimiento simultáneo de dos requisitos por parte de alumnos y alumnas para 00:00:51
el acceso a la fase de formación en empresa. Requisito de edad, tener cumplidos 16 años y 00:00:55
la superación de la formación en prevención de riesgos laborales que imparten los centros 00:01:03
docentes. El cumplimiento de estos requisitos deberá verificarse en una sesión de evaluación 00:01:07
que se celebrará previamente a la incorporación de los alumnos al periodo de FFE y en ella se 00:01:12
valorará la adquisición por parte de estos alumnos de las competencias relativas a los 00:01:18
riesgos específicos y las medidas de prevención de riesgos laborales propias de su perfil 00:01:22
profesional. Al inicio de curso, alumnos y alumnas deberán ser informados de manera 00:01:27
fehaciente de dos cuestiones. Que la adquisición de estas competencias relativas a los riesgos 00:01:35
específicos y medidas de prevención son requisito necesario para el acceso a la FFE. 00:01:41
Y también que cada profesor observará de manera continua su conducta en relación con el cumplimiento de las medidas de seguridad asociadas a los diferentes procedimientos de trabajo, valorando positivamente la asunción de conductas seguras y valorando negativamente las conductas inseguras. 00:01:47
Esta observación preventiva de la seguridad se completará con la cumplimentación por parte 00:02:04
de cada uno de los profesores que imparten docencia al grupo y para cada uno de los 00:02:14
alumnos del grupo del anexo 1. Este documento se considerará instrumento de evaluación válido 00:02:19
para justificar la idoneidad o no del alumno para el acceso a la FFE en la sesión de evaluación 00:02:24
efectuada con este fin. 00:02:31
El Arexo 1 es un documento muy sencillo y de fácil cumplimentación. 00:02:35
Simplemente se trata de registrar una serie de ítems que vienen previamente establecidos. 00:02:39
En caso de que un alumno obtuviera una valoración negativa en alguno de los ítems 00:02:44
por llevar a cabo actos inseguros, deficientes, peligrosos o engañosos, 00:02:49
dicha circunstancia deberá ser registrada en el apartado correspondiente, 00:02:54
en el que se incluirá, además, una breve descripción y calificación de la conducta 00:02:57
insegura. También debe señalarse el lugar y la fecha en el que se produjo la incidencia. 00:03:01
Debe indicarse que actos engañosos son aquellos cambios de conducta de la persona que percibe 00:03:09
que está siendo observada. En la sesión de evaluación para el acceso a la FFE se valorará 00:03:14
positiva o negativamente la idoneidad de los alumnos, considerando el cumplimiento simultáneo 00:03:21
de estos dos requisitos. En los ciclos formativos de grado básico, el profesor o profesora que 00:03:26
imparta el módulo itinerario personal para la empleabilidad deberá acreditar en esta sesión 00:03:31
la adquisición por parte de alumnos y alumnas de dos resultados de aprendizaje concretos. Analiza 00:03:36
los conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo, identificando los tipos de riesgos 00:03:42
laborales y los principales daños derivados de su entorno laboral y aplica las medidas de 00:03:47
prevención y protección adecuadas en la empresa, interpreta la señalización de seguridad y conoce 00:03:53
las técnicas básicas de primeros auxilios. Por su parte, para el grado medio o superior, 00:03:58
el profesor o profesora de itinerario personal para la empleabilidad deberá acreditar la 00:04:04
adquisición por parte de alumnas y alumnos del resultado de aprendizaje, adquiere las 00:04:09
competencias necesarias para el desempeño de las funciones de nivel básico en prevención 00:04:13
de riesgos laborales. Este requisito se considerará igualmente cumplido si la alumna o el 00:04:18
alumno acredita haber superado el módulo de formación profesional, formación y orientación 00:04:23
laboral incluido en los ciclos formativos de grado medio o superior LOE o también la unidad formativa 00:04:27
en el caso de los ciclos de grado básico UF05 prevención de riesgos laborales que se incluye 00:04:33
en los antiguos planes de estudios de los ciclos básicos de formación profesional. El resto de 00:04:37
profesores del equipo docente también valorarán la idoneidad de alumnas y alumnos de acuerdo con 00:04:42
los informes previamente emitidos por cada profesor para cada alumno según el modelo de anexo 1. 00:04:47
Se tendrán en especial consideración los informes emitidos por profesores con atribución docente en módulos profesionales asociados a estándares de competencia 00:04:52
El equipo docente determinará, por tanto, la idoneidad de cada alumno o alumna para el acceso a la FFE 00:05:01
Decisión que se trasladará a un informe conjunto, que es el anexo 2 00:05:09
En el supuesto de que la valoración sea negativa, se harán constar los motivos de la misma en el apartado de observaciones que el modelo habilita para ello 00:05:14
Tras la celebración de la sesión de evaluación se emitirá la correspondiente acta en la que se recogerán las decisiones y acuerdos adoptados por el equipo 00:05:21
El centro deberá conservar los documentos de valoración de todos los alumnos y alumnas hasta la finalización de las enseñanzas por parte de los mismos 00:05:33
Idioma/s:
es
Etiquetas:
Evaluación, Prácticas
Niveles educativos:
▼ Mostrar / ocultar niveles
  • Formación Profesional
    • Ciclo formativo de grado básico
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
    • Ciclo formativo de grado medio
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
    • Ciclo formativo de grado superior
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
Autor/es:
Andrés Aldonza Tostón
Subido por:
Andres A.
Licencia:
Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
Visualizaciones:
304
Fecha:
8 de enero de 2025 - 0:22
Visibilidad:
Público
Enlace Relacionado:
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/instrucciones_evaluacion_prl.pdf
Centro:
IES ANGEL CORELLA
Duración:
05′ 53″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
77.21 MBytes

Del mismo autor…

Ver más del mismo autor


EducaMadrid, Plataforma Educativa de la Comunidad de Madrid

Plataforma Educativa EducaMadrid