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MÓDULO 7.1. Procedimiento de acreditación de competencias profesionales - Contenido educativo
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Mi nombre es Miriam González, soy la Subdirectora General de Cualificación y Acreditación Profesional
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de la Comunidad de Madrid. Durante los próximos minutos vamos a conocer este procedimiento,
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su finalidad, quién puede participar, cómo se desarrolla y una de las cuestiones más
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relevantes, qué beneficios ofrece tanto a las personas como a las empresas. El objetivo
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es que al finalizar esta presentación dispongáis de una visión clara del procedimiento y podáis
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utilizar esta información para orientar a posibles candidatos que deseen obtener un
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reconocimiento oficial de los conocimientos, capacidades y aptitudes que hayan adquirido
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a lo largo de su vida laboral. Las administraciones públicas tienen entre sus competencias el
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desarrollo de actuaciones relacionadas con la evaluación y acreditación de competencias
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profesionales adquiridas mediante experiencia laboral o mediante formación no formal. Esto
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significa que la administración puede reconocer oficialmente conocimientos, habilidades y destrezas
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que una persona ha adquirido trabajando o aprendiendo fuera de los sistemas educativos
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tradicionales. Se trata de una función estratégica porque permite dar valor a trayectorias, experiencias
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profesionales que muchas veces no cuentan con una acreditación oficial. Pensemos por ejemplo en un
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profesional que lleva años trabajando en atención sociosanitaria, en administración o en mantenimiento
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industrial. Puede poseer una amplia experiencia y desempeñar tareas complejas, pero no dispone
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de un título oficial que lo acredite. El procedimiento de acreditación nace precisamente
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para responder a esta realidad. En el caso de la Comunidad de Madrid, esta competencia la tiene
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atribuida la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
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La finalidad principal del procedimiento es reconocer oficialmente las competencias
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profesionales adquiridas por diferentes vías de aprendizaje. El sistema parte de una idea
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muy sencilla. Las personas aprenden a lo largo de toda su vida y ese aprendizaje merece ser
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reconocido. Por ello, la acreditación no se centra únicamente en la formación reglada,
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sino también en la experiencia laboral y en la formación realizada en otros ámbitos.
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El PAC es un procedimiento y como tal proceso requiere unos trámites administrativos.
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Lo más destacable es que se trata de un procedimiento abierto y permanente.
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Cualquier persona que cumpla los requisitos de participación tiene la oportunidad de reconocer sus competencias profesionales en el momento que lo considere.
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La acreditación permite a los ciudadanos mejorar su empleabilidad, facilitar su promoción profesional
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y avanzar en itinerarios formativos que conduzcan a certificados profesionales o títulos de formación profesional.
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Es decir, posibilita continuar itinerarios formativos conducentes a una mayor cualificación,
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así acreditar en el mercado laboral las habilidades y competencias profesionales de que se dispone.
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Por tanto, no es únicamente un reconocimiento del pasado, sino también una herramienta para construir oportunidades futuras.
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El procedimiento está dirigido a personas que disponen de experiencia laboral o formación no formal relacionada con una actividad profesional determinada.
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Pueden participar trabajadores en activo, personas desempleadas, profesionales autónomos y ciudadanos que hayan adquirido competencias mediante diferentes experiencias de aprendizaje.
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Muchas de estas personas cuentan con una experiencia muy valiosa pero carecen de una
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acreditación oficial. En estos casos, el procedimiento se convierte en una oportunidad
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para obtener un reconocimiento formal de aquello que ya saben hacer y que llevan años demostrando
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en su actividad profesional. Asimismo, la acreditación resulta especialmente útil en
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sectores con una elevada demanda de cualificaciones o donde la certificación de competencias constituye
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un elemento importante para el acceso o el mantenimiento de un puesto de trabajo o como
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vía de promoción profesional. Por ejemplo, este procedimiento ha cobrado especial relevancia
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en el sector de atención sociosanitaria. Para participar es necesario cumplir determinados
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requisitos establecidos normativamente. Estos requisitos están relacionados con la edad
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y la experiencia profesional o formación vinculada a los estándares de competencias
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que deseen acreditar. Los requisitos de participación son tener nacionalidad española, certificado
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de registro de ciudad comunitaria o tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea
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o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor.
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El requisito de la edad, tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción
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cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel
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1 y 20 años para los niveles 2 y 3, experiencia laboral y o formación no formal relacionada con
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las competencias profesionales que se quieran acreditar. En el caso de la experiencia laboral
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es necesario justificar al menos tres años de experiencia con un mínimo de 2.000 horas
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trabajadas en total en el periodo de los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación
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de la solicitud para los niveles 2 y 3. Para las unidades de competencia de nivel 1 se requieren
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dos años de experiencia laboral con un mínimo de mil horas trabajadas en total. En el caso de
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la formación no formal es necesario justificar al menos 300 horas en los últimos 10 años
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transcurridos antes de la presentación de la solicitud para los niveles 2 y 3. Para las
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unidades de competencia de nivel 1 se requerirán al menos 200 horas de formación. En los casos en
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los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar
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contemplen una duración inferior se deberán acreditar las horas establecidas en dichos
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módulos. En el caso de la Comunidad de Madrid hay un requisito adicional que es ser residente o
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trabajador en dicha comunidad autónoma. Si la persona cumple con dichos requisitos el
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siguiente paso consiste en presentar la solicitud. Gracias a la convocatoria
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abierta y permanente, las personas interesadas pueden iniciar el
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procedimiento en cualquier momento. Además, actualmente este procedimiento no
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está sujeto a pago de tasas. Durante esta fase es esencial cumplimentar
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correctamente la solicitud y aportar toda la documentación acreditativa
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requerida. Desde la labor de orientación debemos insistir en la importancia de
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revisar cuidadosamente los datos y la documentación antes de su presentación, con el objetivo de evitar
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requerimientos que dilaten el procedimiento y puedan generar frustración en los ciudadanos.
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La documentación constituye uno de los elementos más importantes de todo el procedimiento. Las
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evidencias aportadas serán la base sobre la que trabajarán los asesores y evaluadores, que son
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las personas especialistas que realizarán las tareas de análisis y evaluación de los conocimientos.
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Entre los documentos habituales encontramos currículum vitae europeo, certificados de
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empresa, contratos laborales, informes de vida laboral en caso de no autorizar consulta
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en la solicitud, también diplomas de formación, certificados de cursos que deben contener
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las horas, la fecha de realización, el contenido del curso y cualquier otra evidencia que permita
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justificar las actividades desarrolladas.
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Sin embargo, no se trata únicamente de demostrar que se ha trabajado durante un periodo determinado,
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lo verdaderamente importante es acreditar las funciones realizadas y relacionarlas con las
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competencias profesionales que se pretenden acreditar. Por este motivo, es recomendable
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dedicar tiempo a organizar correctamente toda la documentación y seleccionar aquellas evidencias
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que reflejen con mayor claridad la experiencia profesional o la formación no formal del
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candidato. Informar que también puede presentar la solicitud un representante autorizado. Para
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ello, se dispone de un modelo o anexo de representación. El procedimiento se desarrolla
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en varias etapas. La primera es la información y orientación, que denominamos fase previa,
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donde la persona recibe apoyo en el caso que lo necesite, para identificar las competencias
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que pueda acreditar. Una vez presentada y revisada la solicitud y la documentación
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aportada, la Administración le comunicará la admisión en el procedimiento, dando comienzo
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a la fase de asesoramiento, en la que expertos en el sector profesional habilitados para
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esta función ayudan al candidato a revisar su historial profesional y formativo, identificar
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las competencias profesionales que pueden demostrar y realizará recomendaciones de
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mejora de aquellas otras que consideran que no va a poder demostrar. Estos asesores elaboran
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un informe favorable o desfavorable y no vinculante y lo trasladará a la persona responsable
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de la fase de evaluación. En caso de informe desfavorable, se le indicará al candidato
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la formación complementaria que debería realizar, dando con ello paso a la fase de
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evaluación. Durante esta fase, expertos en el sector profesional habilitados para esta
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función evalúan las competencias profesionales que el candidato desea acreditar, utilizando
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diversos instrumentos y pruebas. Por último, nos queda la fase de acreditación.
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La Administración expide una acreditación de las unidades de competencia, actualmente estándares de competencia, que el candidato haya demostrado.
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Esta acreditación es oficial, acumulable, de cara a solicitar un certificado profesional o a obtener un título de formación profesional.
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Todo el procedimiento está diseñado para garantizar objetividad, calidad, transparencia y fiabilidad.
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La página web de acreditación de competencias profesionales de la Comunidad de Madrid es
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una herramienta fundamental para la ciudadanía y profesionales. En ella se encuentra toda
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la información necesaria para conocer e iniciar el procedimiento. La web permite acceder a
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guías, preguntas frecuentes, información sobre cualificaciones profesionales, estándares
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de competencias, instrucciones para la presentación de solicitudes y materiales de apoyo como
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folletos informativos descargables. Además, incorpora recursos audiovisuales y contenidos
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explicativos como vídeos que facilitan la comprensión del proceso. Os invito a ver
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los dos vídeos, uno dirigidos a la ciudadanía en general y otro para empresas. Por ello,
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recomendamos utilizarla como principal punto de referencia para obtener información actualizada
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y resolver dudas relacionadas con la acreditación. Para los mentores y orientadores constituye
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una herramienta de trabajo imprescindible. Para finalizar, me gustaría destacar tres
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mensajes claves. Primero, la experiencia profesional y formación no formal tiene
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valor y puede convertirse en una acreditación oficial reconocida en todo el territorio nacional.
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Segundo, el procedimiento de acreditación mejora las oportunidades de empleo, facilita el desarrollo
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profesional y permite continuar avanzando dentro del sistema de formación profesional. Y tercero,
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La orientación desempeña un papel fundamental para ayudar a las personas a identificar su
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potencial y aprovechar las oportunidades que ofrece este procedimiento.
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Desde la Comunidad de Madrid seguimos trabajando para que el reconocimiento de competencias
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profesionales sea cada vez más accesible, útil y cercano a los ciudadanos y a las empresas.
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No debemos olvidar el papel fundamental de las empresas en la labor de orientación,
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información y acompañamiento para que sus profesionales puedan ver reconocida la experiencia
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laboral que demuestran en su día a día. La acreditación de las competencias profesionales
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ha demostrado ser una de las medidas que facilita la empleabilidad de nuestros ciudadanos, tanto
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de las personas ocupadas como desempleadas, especialmente de aquellas con un menor nivel
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de cualificación, con mayores dificultades de inserción o integración laboral y contribuye
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a su movilidad, incluyendo no solo el ámbito nacional, sino más allá de nuestras fronteras,
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en el ámbito europeo. Os facilito mis datos de contacto para cualquier aclaración adicional.
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Muchas gracias por vuestra atención y por vuestra colaboración en la difusión del
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procedimiento de acreditación de competencias profesionales de la Comunidad de Madrid.
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- 14 de octubre de 2026 - 12:20
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