EVIDENCIA - Vídeo subtitulado
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Hola, en este vídeo os voy a explicar la infografía que tenéis colgada en el aula virtual en la unidad 7
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dentro del apartado de Empresa y Empresario.
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En esta infografía lo que os explico son los aspectos que se tienen que tener en cuenta
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a la hora de elegir la forma jurídica de la empresa.
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Ya os he comentado en clase que esta es una decisión muy importante
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puesto que una vez escogida una forma no se puede cambiar a posteriori
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o el cambio sería muy costoso.
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Aquí os voy a decir una serie de claves que son las que tenemos que tener en cuenta.
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En primer lugar, tenemos que analizar cuál es el capital que tenemos disponible,
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ya que para crear algunos tipos de empresa se requiere tener un capital mínimo,
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mientras que en otras no.
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Por ejemplo, para hacer una sociedad de responsabilidad limitada se necesitan 3.000 euros
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y para hacer una sociedad anónima se exige un capital de 60.000 euros.
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En segundo lugar, el número de socios.
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Para muchos tipos de empresa solo se requiere que haya un socio, pero para otras se requieren más.
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Por ejemplo, para hacer una comunidad de bienes como mínimo tiene que haber dos socios.
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También puede estar limitado el número máximo.
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Por ejemplo, en la sociedad limitada nueva empresa puede haber hasta cinco socios como máximo.
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También es importante saber que unos tipos de empresa requieren realizar más trámites de constitución que otras.
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Estos trámites suponen tiempo y dinero
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Por lo tanto, antes de ponernos en marcha
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es importante analizar cuáles van a ser todos esos trámites
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y cuál va a ser su coste
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Como os expliqué en clase
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otro aspecto muy importante es la limitación de responsabilidad
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Por ejemplo, para el empresario individual o autónomo
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no está limitada su responsabilidad
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mientras que en una sociedad sí
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En esta última la responsabilidad está limitada al capital aportado
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El autónomo también tiene la posibilidad de limitar la responsabilidad con la figura del emprendedor de responsabilidad limitada.
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Otro aspecto clave es la tributación. Hay que saber qué impuestos va a tener que pagar la empresa según su forma jurídica.
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En unos casos se paga el impuesto de sociedades, en otros el IRPF. La diferencia económica puede ser muy importante.
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Al final de la infografía os he dejado un enlace que os lleva a un vídeo donde podréis ampliar la información
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Recordad que si tenéis cualquier duda podéis hacer uso del foro de dudas que tenemos en el aula virtual
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donde además podéis leer las consultas hechas por otros compañeros
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- Idioma/s:
- Idioma/s subtítulos:
- Autor/es:
- Olga Diaz Cerezo
- Subido por:
- Olga D.
- Licencia:
- Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
- Visualizaciones:
- 9
- Fecha:
- 2 de julio de 2023 - 1:39
- Visibilidad:
- Clave
- Centro:
- CIFP FEDERICA MONTSENY
- Duración:
- 02′ 57″
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
- Resolución:
- 1920x1080 píxeles
- Tamaño:
- 22.15 MBytes