Video modalidades de prevención - Contenido educativo
Ajuste de pantallaEl ajuste de pantalla se aprecia al ver el vídeo en pantalla completa. Elige la presentación que más te guste:
Video subtitulado sobre las modalidades de prevención
Hoy vamos a ver las modalidades de prevención que pueda asumir la empresa
00:00:00
para llevarla a prevención de riesgos laborales. Como sabéis, la prevención de
00:00:05
riesgos laborales es obligatoria por ley en las empresas y tienen que las
00:00:10
empresas diseñar un sistema de gestión preventiva para poder realizar todas las
00:00:14
tareas de prevención que le exige esta ley, como el plan de prevención, la
00:00:19
evaluación de riesgos, determinar prioridades de actuación, formar e
00:00:24
informar a los trabajadores, realizar la vigilancia de la salud y elaborar el plan
00:00:28
de emergencias y actuación ante primeros auxilios. Para ello tendrá que elegir a
00:00:33
través de una o varias modalidades preventivas cómo lo va a llevar.
00:00:39
¿Cómo lo va a elegir esta modalidad? Pues en función del tipo de empresa, el
00:00:43
tamaño de la empresa y la formación y recursos con los que cuente. Vamos a ver
00:00:47
cuatro modalidades preventivas. La primera de ellas
00:00:51
es el servicio de prevención ajeno. Los servicios de prevención ajeno son
00:00:57
entidades especializadas que ofrecen todas las especialidades preventivas. Es
00:01:01
como una empresa externa que nos lleva toda la prevención de riesgos. ¿Cuándo se
00:01:06
podrá contratar un servicio de prevención ajeno? Pues en empresas que
00:01:11
sean inferiores, que tengan menos de 500 trabajadores o 250 si son de riesgo
00:01:14
especial, como pueda ser una empresa de construcción, una de minería, una de
00:01:19
explosivos, etcétera. En estos casos podrán contratar las
00:01:24
empresas de menos 500 trabajadores un servicio de prevención ajeno o empresas
00:01:29
de más de 500 trabajadores. En el caso de que no puedan cubrir todas las
00:01:33
especialidades preventivas podrán cubrir todas aquellas que las que sean
00:01:37
necesarias, como luego veremos más adelante. La segunda modalidad preventiva
00:01:42
es la asunción por parte del propio empresario. El propio empresario en
00:01:47
empresas de menos de 25 trabajadores en un solo centro o 10 en varios centros de
00:01:53
trabajo puede asumir el mismo estas funciones en materia de prevención, pero
00:01:57
siempre y cuando la empresa no sea de riesgo especial. Además el empresario
00:02:03
tiene que tener la formación básica en prevención de riesgos y estar
00:02:06
habitualmente en el centro de trabajo. Pero todas las especialidades o funciones
00:02:10
que no pueda asumir el mismo, como por ejemplo la vigilancia de la salud que no
00:02:15
puede llevar porque no es médico del trabajo, pues tendrá que contratar un
00:02:19
servicio de prevención ajeno. El siguiente de las modalidades preventivas es la
00:02:23
designación de trabajadores. La designación de trabajadores es cuando la
00:02:29
empresa decide designar o decirle a varios trabajadores que lleven
00:02:32
la prevención dentro de la empresa. No es un departamento dedicado a prevención
00:02:38
sino que los trabajadores realizarán su trabajo y además llevarán funciones de
00:02:42
prevención. En este caso se puede dar en empresas de menos de 500 trabajadores o
00:02:47
250 si son de riesgo especial como un servicio de prevención ajeno y además
00:02:52
los trabajadores deberán tener una formación en prevención de riesgos y
00:02:57
tener la capacidad para realizar estas funciones. Además la empresa les debe de
00:03:01
dotar de los medios técnicos necesarios además del tiempo necesario para hacerlo
00:03:05
porque ellos van a tener su función normal de trabajador, a lo que
00:03:10
esté dedicado a la actividad más esta función de riesgos laborales. Entonces en
00:03:14
estos casos además que a lo mejor todo no lo pueden llevar los trabajadores
00:03:19
también se puede contratar un servicio de prevención ajeno para todo aquello
00:03:23
que no puedan asumir. Por tanto una empresa de imaginaros 20 trabajadores
00:03:27
sin riesgo especial, la empresa puede decidir qué modalidad preventiva va a
00:03:32
llevar o bien contratar un servicio de prevención ajeno para todo o bien lo
00:03:37
podría llevar el propio empresario vale y o bien designar trabajadores y si
00:03:42
tanto lo lleva el propio empresario como designar trabajadores pues también puede
00:03:48
contratar un servicio de prevención ajeno para todo lo que no pueda cubrir y
00:03:51
la última de las modalidades que vamos a ver hoy es el servicio de prevención
00:03:55
propio. Este servicio de prevención propio se da en empresas de forma obligatoria
00:04:00
cuando la empresa tiene más de 500 trabajadores o de sus 150 si es de riesgo
00:04:06
especial de forma voluntaria pues cualquier empresa de cualquier número lo
00:04:10
podría tener. En este caso el servicio de prevención propio es que la empresa
00:04:14
contrata personal especializado en prevención de riesgos laborales son
00:04:19
técnicos con una formación superior en prevención de riesgos laborales y tienen
00:04:23
que cubrir al menos dos de las cuatro especialidades de prevención y la
00:04:27
dedicación es en exclusiva de estas personas de decir se dedican
00:04:31
exclusivamente a prevención de riesgos laborales y como os he dicho antes estas
00:04:35
empresas con un servicio de prevención propio en el caso de que pues no cubran
00:04:40
todas las especialidades pues también pueden contratar un servicio de
00:04:45
prevención ajeno para llevar el resto. Y hasta aquí todo lo que vamos a ver hoy.
00:04:48
- Idioma/s:
- Idioma/s subtítulos:
- Autor/es:
- Eva Arribas Ruiz
- Subido por:
- Eva A.
- Licencia:
- Reconocimiento
- Visualizaciones:
- 4
- Fecha:
- 19 de julio de 2023 - 17:31
- Visibilidad:
- Clave
- Centro:
- IES LA POVEDA
- Duración:
- 04′ 54″
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
- Resolución:
- 1920x1080 píxeles
- Tamaño:
- 12.10 MBytes