Saltar navegación

Vídeo Infografía

Ajuste de pantalla

El ajuste de pantalla se aprecia al ver el vídeo en pantalla completa. Elige la presentación que más te guste:

Subido el 30 de agosto de 2023 por Aitziber N.

5 visualizaciones

Infografía despidos

Descargar la transcripción

Hola, mi nombre es Aicheo Herniño González 00:00:00
y soy profesora de Formación y Orientación Laboral 00:00:02
en el ciclo formativo de Grado Superior de Administración y Finanzas. 00:00:05
Voy a presentar una infografía educativa elaborada con Canva. 00:00:10
A través de esta aplicación y dentro del módulo de FOL 00:00:15
en la unidad de trabajo número 4, 00:00:19
en la que se imparte la extinción de la relación laboral 00:00:22
a instancia del empresario, podemos hablar de un despido. 00:00:24
Por tanto, esta infografía va a ayudar al alumnado a repasar las causas y la calificación que le puede dar un juez en caso de que el trabajador impugne la decisión empresarial. 00:00:28
Vamos a verlo. 00:00:39
Esta infografía, que elaborado con la aplicación Canva, nos muestra los tipos de despido, causas e indemnizaciones. 00:00:40
En caso de que sea la empresa la que decide despedir al trabajador, el alumno podrá apoyarse de este material. 00:00:48
El despido puede ser declarado disciplinario, objetivo o colectivo. 00:00:56
Cuando el trabajador realiza un acto con un incumplimiento grave y culpable, por ejemplo, desobediencia, agresión a compañeros, embriaguez habitual y puntualidad repetida en el trabajo, entre otras, estaríamos hablando de un despido disciplinario. 00:01:01
Este despido no conlleva indemnización. 00:01:17
Por otro lado, el trabajador puede ser despedido por causas objetivas. 00:01:19
¿Esto cuándo ocurre? Cuando hay causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Causas ajenas al comportamiento del trabajador. Aquí un pequeño resumen, como vemos, que puede ayudar al alumnado. 00:01:23
También puede ocurrir que este despido por causas objetivas se realice a un número elevado de trabajadores en la empresa. Cuando esto es así, se trataría de un despido objetivo colectivo, comúnmente conocido como ERE, Experiente de Regulación de Empleo. 00:01:36
En este caso, en el despido objetivo o en el despido colectivo, el trabajador tendrá derecho a 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. 00:01:51
De 10 trabajadores en una empresa de 100 empleados, el 30% de trabajadores en empresas entre 100 y 300 empleados, o bien a 30 trabajadores en empresas de más de 300. 00:02:00
En este caso estaríamos hablando de un despido colectivo. 00:02:12
Puede ser que el trabajador que ha sido despedido bien por causas disciplinarias o bien por un despido objetivo u objetivo colectivo, 00:02:16
que no esté conforme, que crea que la empresa ha actuado mal o a mala fe. 00:02:25
En este caso, el trabajador podrá impugnar la decisión empresarial. 00:02:31
Si impugna la decisión empresarial, el juez podrá calificar el despido como procedente, improcedente o nulo. 00:02:35
En caso de que el despido sea procedente, es decir, había lugar a este tipo de despido, no tendrá indemnización alguna. 00:02:43
En caso de que el juez declare que ese despido no procedía, que era improcedente, tendrá derecho a 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades. 00:02:50
Pero también puede dar lugar a que ese despido sea nulo, es decir, se ha vulnerado un derecho fundamental. 00:03:03
Se ha despedido al trabajador o a la trabajadora por una causa de las recogidas en la Constitución española como derechos fundamentales. 00:03:09
En este caso estaríamos hablando de un despido nulo que conlleva readmisión. En este caso no hay indemnización. 00:03:19
Bien, pues con esta infografía elaborada con Canva puedo descargarla y convertirla en un PDF. 00:03:27
Y este es el documento que subo y pongo a disposición de mis alumnos en el aula virtual. 00:03:34
Muchas gracias por su atención. 00:03:41
Subido por:
Aitziber N.
Licencia:
Reconocimiento
Visualizaciones:
5
Fecha:
30 de agosto de 2023 - 11:10
Visibilidad:
Clave
Centro:
IES JOAN MIRO
Duración:
03′ 48″
Relación de aspecto:
16:9 Es el estándar usado por la televisión de alta definición y en varias pantallas, es ancho y normalmente se le suele llamar panorámico o widescreen, aunque todas las relaciones (a excepción de la 1:1) son widescreen. El ángulo de la diagonal es de 29,36°.
Resolución:
848x480 píxeles
Tamaño:
18.63 MBytes

Del mismo autor…

Ver más del mismo autor


EducaMadrid, Plataforma Educativa de la Comunidad de Madrid

Plataforma Educativa EducaMadrid