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2.1.2. El centro educativo como organización: documentos organizativos de centro - Contenido educativo

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Subido el 11 de enero de 2024 por Mediateca ismie

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Los documentos organizativos del Centro se encuentran regulados con carácter general 00:00:00
en el título V de la Ley Orgánica 2 barra 2006 de 3 de mayo de Educación, que lleva 00:00:09
por título Participación, Autonomía y Gobierno de los Centros. 00:00:15
En concreto el capítulo II, en su artículo 120 apartado I, señala que los Centros dispondrá 00:00:19
de autonomía pedagógica de organización y digestión en el marco de la legislación 00:00:25
vigente y en los términos recogidos en la presente ley y en las normas que la desarrollen. 00:00:29
Y el apartado II precisa, los Centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar 00:00:35
y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización 00:00:41
y funcionamiento del Centro. 00:00:47
Por tanto, sin perjuicio del desarrollo que den a estos artículos las Administraciones 00:00:49
educativas, los documentos organizativos de los Centros son 00:00:54
Proyecto educativo Proyecto de gestión 00:00:58
Normas de organización y funcionamiento 00:01:03
La autonomía pedagógica del Centro se concreta en su proyecto educativo, mucho más detallado 00:01:06
tras la modificación del artículo 121.1 de la LOE, que debe recoger 00:01:12
Los valores, los fines y las prioridades de actuación, es decir, la filosofía propia 00:01:19
del Centro que le confiere su personalidad específica. 00:01:24
La concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa, que corresponde 00:01:28
fijar y aprobar al claustro, adaptados a las necesidades de su contexto educativo en el 00:01:32
marco de los valores, fines y prioridades antes expuestas. 00:01:37
Esta concreción debe basarse en los principios objetivos y metodología propios de un aprendizaje 00:01:42
competencial orientado al ejercicio de una ciudadanía activa. 00:01:46
Asimismo, incluirá un tratamiento transversal de la educación en valores que incluya referencias 00:01:51
a El desarrollo sostenible 00:01:56
La igualdad entre mujeres y hombres La igualdad de trato y no discriminación 00:01:59
Y la prevención de la violencia contra las niñas y las mujeres 00:02:04
Del acoso y del ciberacoso escolar La cultura de paz 00:02:07
Y los derechos humanos El PEC recogerá también 00:02:11
La forma de atención a la diversidad del alumnado 00:02:15
Las medidas relativas a la acción tutorial El plan de convivencia 00:02:17
El plan de lectura Las medidas académicas que se adoptarán 00:02:22
para favorecer y formar en la igualdad, particularmente de mujeres y hombres 00:02:26
Un plan de mejora que se revisará periódicamente en el que a partir del análisis de los diferentes 00:02:32
procesos de evaluación del alumnado y del propio Centro, se planteen las estrategias 00:02:37
y actuaciones necesarias para mejorar los resultados educativos y los procedimientos 00:02:42
de coordinación y de relación con las familias y el entorno. 00:02:47
El PEC deberá hacerse público con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto 00:02:52
de la comunidad educativa. 00:02:56
Deberá impulsarse la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de 00:02:59
educación primaria y de los de educación secundaria obligatoria, con objeto de que 00:03:03
la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva. 00:03:07
Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias y el propio centro en los 00:03:13
que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar 00:03:18
para mejorar el rendimiento académico del alumnado. 00:03:24
La autonomía de gestión económica del centro se concreta en su proyecto de gestión, que 00:03:28
debe recoger. 00:03:33
La ordenación y utilización de sus recursos, tanto materiales como humanos. 00:03:35
Los centros públicos podrán formular requisitos de titulación y capacitación profesional 00:03:41
respecto de determinados puestos de trabajo del centro. 00:03:46
Las administraciones educativas podrán delegar en los órganos de gobierno de los centros 00:03:50
públicos las competencias que determinen, incluidas las relativas a gestión de personal, 00:03:55
responsabilizando a los directores de la gestión de los recursos puestos a disposición del centro. 00:04:01
La Comunidad de Madrid no ha regulado el proyecto de gestión, por lo que los centros siguen 00:04:07
usando presupuesto y cuenta de gestión. 00:04:12
La autonomía de organización del centro se concreta en sus normas de organización 00:04:16
y funcionamiento, que deben recoger. 00:04:20
Un plan de convivencia, que incorporarán a la programación general anual y que recogerá 00:04:24
todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un buen clima de convivencia 00:04:30
dentro del centro escolar. 00:04:35
La concreción de los derechos y deberes de los alumnos y alumnas. 00:04:37
Las medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento. 00:04:42
La realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos, con especial atención 00:04:46
a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación. 00:04:51
Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento. 00:04:59
Deberán concretar los deberes de los alumnos y alumnas. 00:05:04
Las medidas correctoras en caso de incumplimiento, que tendrán un carácter educativo y recuperador 00:05:10
y deberán ser proporcionadas a las faltas cometidas. 00:05:16
Aquellas conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la comunidad 00:05:20
educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso, o que se realicen 00:05:25
contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas, 00:05:31
tendrán la calificación de falta muy grave y llevarán asociada como medida correctora 00:05:38
la expulsión temporal o definitiva del centro. 00:05:43
Las medidas correctoras por la comisión de faltas leves serán inmediatamente ejecutivas. 00:05:47
Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. 00:05:53
En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, 00:06:00
profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio 00:06:06
y disfrutarán de presunción de veracidad iuris tantum, o salvo prueba en contrario, 00:06:12
sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan 00:06:17
señalar o aportar los propios alumnos y alumnas. 00:06:22
Las administraciones educativas regularán los protocolos de actuación frente a indicios 00:06:26
de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra manifestación 00:06:31
de violencia. 00:06:38
También regularán los requisitos y las funciones que debe desempeñar el coordinador o coordinadora 00:06:40
de bienestar y protección, que debe designarse en todos los centros educativos, públicos 00:06:46
y privados. 00:06:52
La concreción anual y la planificación de todos los aspectos relativos a la organización 00:06:54
y el funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas y 00:06:59
todos los planes de actuación acordados y aprobados, serán recogidos por los centros 00:07:05
en una programación general anual. 00:07:10
Necesidades para la elaboración de los documentos organizativos del centro 00:07:15
Los documentos deben ser redactados por el equipo directivo, pero no elaborados por él. 00:07:20
Debe asegurarse el máximo debate y la máxima participación. 00:07:26
Debe analizarse previamente en profundidad el contexto del centro para detectar las verdaderas 00:07:31
necesidades del alumnado. 00:07:36
Debe lograrse que el centro se convierta en una comunidad de aprendizaje que discute, 00:07:39
decide, aplica, evalúa y rectifica bajo el liderazgo pedagógico de la dirección. 00:07:44
Los documentos deben ser sometidos a evaluación constante y modificados en función de las 00:07:50
conclusiones alcanzadas. 00:07:54
Los planes de mejora deben concretar áreas de mejora, objetivos, indicadores de logro, 00:07:57
actuaciones, tareas, responsables, temporalización, medidas de seguimiento y evaluación. 00:08:03
Más información www.alimmenta.com 00:08:14
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Fecha:
11 de enero de 2024 - 10:56
Visibilidad:
Público
Centro:
ISMIE
Duración:
08′ 16″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1280x720 píxeles
Tamaño:
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