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Paloma Ferreño - Contexto Normativo y Pedagógico - Contenido educativo

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Subido el 6 de mayo de 2024 por Mediateca ismie

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Vamos a presentar el primero de los bloques de este curso, de título Programación por 00:00:06
competencias en la formación profesional, que tiene como objetivo profundizar en el 00:00:10
contexto normativo y pedagógico de la programación por competencias en esta etapa. 00:00:14
Comenzando por la normativa que regula la formación profesional, a nivel nacional cabe 00:00:19
destacar la convivencia de dos leyes orgánicas que constituyen la norma básica. Por un lado, 00:00:24
la Ley Orgánica de Educación, la Ley 2.2006, la LOE, con las modificaciones introducidas en 00:00:29
la misma por la Ley Orgánica 3 de 2020, la conocida como LONLOE. Y por otro lado, la 00:00:35
reciente Ley Orgánica 3-2022, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional. 00:00:41
Esta normativa se concreta en el Real Decreto 659-2023, por el que se desarrolla la ordenación 00:00:46
del sistema de formación profesional a nivel nacional. En la Comunidad de Madrid, hasta 00:00:52
que se produzca el desarrollo de esta nueva normativa, la vigente se corresponde con lo 00:00:57
descrito en el decreto 63 de 2019 y en la orden 893 de 2020. Finalmente y al efecto de elaborar 00:01:01
las programaciones didácticas de cada uno de los ciclos formativos debe considerarse el real 00:01:10
decreto por el que se establece el título de carácter nacional que recoge los elementos básicos 00:01:14
del currículo y el decreto por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios de 00:01:19
cada ciclo formativo que concreta los aspectos de los mismos e incorpora los elementos curriculares 00:01:25
de los módulos propios de la comunidad. En la página web de la Comunidad de Madrid se puede 00:01:31
encontrar acceso a toda la legislación vigente en materia de formación profesional, así como una 00:01:36
ficha informativa de cada uno de los títulos en los que se encuentra la referencia legislativa 00:01:42
correspondiente, así como otra información útil para el diseño de la programación didáctica. 00:01:47
La norma recoge los elementos mínimos que se deben incluir en la programación de cada módulo y dice 00:01:54
textualmente. Las programaciones de los módulos profesionales tendrán en cuenta los resultados 00:01:59
de aprendizaje y los criterios de evaluación establecidos en el título. Desarrollarán los 00:02:05
objetivos generales y tomarán como referencia las competencias profesionales, personales y sociales 00:02:11
incluidas en el perfil profesional. Los objetivos se refieren a los logros que el alumno alcanzará 00:02:19
al finalizar el ciclo, las competencias profesionales, personales y sociales describen el conjunto 00:02:25
de conocimientos y destrezas que permiten responder a los requerimientos del sector 00:02:30
productivo. Ambos, objetivos generales y competencias, se describen para el ciclo formativo en el 00:02:34
real decreto correspondiente al título. Analizando estos dos elementos, los objetivos 00:02:41
parecen más fácilmente abordables desde las actividades de aprendizaje que se pueda 00:02:46
plantear en el aula y se orientan a la consecución de las competencias que requieren más de 00:02:50
un entorno laboral para su desempeño. Constituirán, por tanto, un referente en la elaboración 00:02:55
de la programación. En cuanto a los resultados de aprendizaje, 00:03:02
se describen no ya para el ciclo, sino para cada uno de los módulos que componen cada 00:03:06
ciclo. El real decreto correspondiente incorpora para cada módulo que integra el ciclo formativo 00:03:10
sus propios resultados de aprendizaje. Estos constituyen el verdadero eje vertebrador de 00:03:16
la programación. Son aquellas capacidades y conocimientos que los alumnos deben adquirir 00:03:22
para lograr los objetivos planteados. Los criterios de evaluación son las concreciones, 00:03:28
los indicadores que permiten valorar si los resultados de aprendizaje se han conseguido 00:03:33
y expresan el nivel aceptable del mismo. Estos resultados de aprendizaje y los criterios de 00:03:37
evaluación asociados son los que nos orientan en la selección de los contenidos, la metodología, 00:03:43
el diseño de las actividades y los procedimientos e instrumentos de evaluación que deben constituir 00:03:50
cada unidad didáctica de las que compondrán la programación del módulo. La programación didáctica 00:03:56
es, por tanto, un instrumento específico de planificación, desarrollo y evaluación de cada 00:04:02
uno de los módulos que componen el ciclo formativo. Debe acogerse a lo dispuesto en la normativa 00:04:08
a vigente y resultar coherente con las circunstancias en que se produce la actividad docente, el 00:04:13
tipo de centro y su proyecto educativo y las características y necesidades del alumnado. 00:04:19
La programación de un módulo constituye el eje de la planificación didáctica y parte 00:04:24
de la reflexión y el análisis de los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación 00:04:29
a desarrollar en la acción formativa. A partir de este análisis se deberá decidir qué 00:04:34
contenidos y en qué momento se incorpora para generar un proceso de enseñanza-aprendizaje 00:04:40
continuado, coherente y competencial. Se deberán definir las actividades, los materiales curriculares 00:04:46
que le dan soporte y las técnicas e instrumentos de evaluación que garanticen la adquisición de 00:04:54
los resultados de aprendizaje y, por tanto, de los objetivos del módulo. Estas decisiones de 00:04:59
carácter metodológico son las más importantes que debe tomar el profesorado 00:05:06
a la hora de enseñar una programación, ya que los elementos curriculares, 00:05:09
objetivos, competencias, resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y 00:05:14
contenidos, como hemos visto en este bloque, vienen definidos en la propia 00:05:20
normativa. 00:05:24
Subido por:
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Fecha:
6 de mayo de 2024 - 0:08
Visibilidad:
Público
Centro:
ISMIE
Duración:
05′ 33″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
782.22 MBytes

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