El IRPF - Contenido educativo
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Contenido módulo Empresa y Administración
El impuesto sobre la renta de las personas físicas IRPF es un tributo de carácter personal
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y directo que agrava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad,
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la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales
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y familiares. Vamos a ver los principales elementos del IRPF.
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El hecho imponible, el sujeto pasivo y contribuyente, la base imponible y la cuota tributaria
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El hecho imponible consiste en la obtención de renta por parte del contribuyente
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Existen diferentes tipos de rentas
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Rendimientos del trabajo, rendimientos del capital, rendimientos de actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de renta
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Los rendimientos del trabajo son todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven directa o indirectamente del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimiento de actividades económicas.
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Por ejemplo, el salario que recibe un trabajador por cuenta ajena de su empresa o un empleado
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público de la Administración. Se entiende por rendimiento del capital la totalidad de
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las utilidades o contraprestaciones, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias
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o en especie, que provengan directa o indirectamente de elementos patrimoniales, bienes o derechos
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cuya titularidad corresponda al contribuyente y no se hallen afectos a actividades económicas
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realizadas por éste. Por ejemplo, los intereses de las cuentas bancarias o el importe recibido
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por el alquiler de una vivienda. Los rendimientos de actividades económicas son los procedentes
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del ejercicio de una actividad económica, entendiendo por tal la ordenación por cuenta
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propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad
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de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Por ejemplo, los ingresos
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que obtiene un profesional autónomo por el trabajo que realiza, como en el caso de un
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dentista o de un abogado. La ley establece tres regímenes para determinar el rendimiento de la
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actividad. Estimación directa, directa simplificada y objetiva. En función de una serie de requisitos
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que fija la administración, como el importe neto de la cifra de negocio y el conjunto de todas sus
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actividades, cada empresario estará incluido en uno de esos tres regímenes. Se consideran ganancias
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o pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se
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pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquel. Por
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ejemplo, la ganancia que obtiene un particular por la venta de su vivienda o por la obtención
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de un premio. Las imputaciones de renta establecidas legalmente son supuestos especiales en los que la
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ley presume la obtención de una renta por el hecho de ser propietarios o titulares de algún bien.
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Por ejemplo, una vivienda que no sea la vivienda habitual, susceptible de uso, pero que no se
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utiliza. En el IRPF son contribuyentes y sujetos pasivos las personas físicas que tengan su
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residencia habitual en territorio español. También las personas físicas que tuviesen
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su residencia habitual en el extranjero en casos especiales, como los miembros de las
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oficinas consulares y de las misiones diplomáticas españolas. Se entiende que una persona física
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tiene su residencia habitual en España cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias.
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Que permanezca en España más de 183 días durante el año natural o que radique en España
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el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o
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indirecta. La base imponible está constituida por el importe total de la renta del contribuyente y
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la base liquidable es el resultado de restar a la base imponible las reducciones y deducciones a
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las que el contribuyente tenga derecho. En este ejemplo vemos como la base imponible de un
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contribuyente está formada por todas las rentas que ha obtenido durante el año, el sueldo que ha
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recibido por su trabajo, los intereses que le abone el banco de una cuenta bancaria y los ingresos
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que ha obtenido por el alquiler de una vivienda. Por ejemplo, la ley establece reducciones de la
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base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. También existen
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deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas y deducciones
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autonómicas que puede establecer cada comunidad autónoma. La cuota tributaria se calcula aplicando
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el tipo de gravamen a la base liquidable. En el IRPF, para calcular el tipo de gravamen
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aplicable a cada contribuyente, se tiene en cuenta su situación personal y familiar,
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así como su nivel de renta. Anualmente debe presentarse la declaración de la renta correspondiente
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al ejercicio anterior. Para saber si estamos o no obligados a declarar, debemos tener en cuenta
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el importe de cada renta y su procedencia, rendimientos del trabajo, rendimientos de
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capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales, actividades económicas o
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imputación de rentas. Para liquidar el IRPF, el empresario debe presentar las siguientes
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declaraciones trimestrales y anuales. Trimestrales. Modelo 111 de retenciones.
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Modelo 130, de pagos fraccionados, estimación directa
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Modelo 131, pagos fraccionados, estimación objetiva
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Anuales, modelo 100, declaración de la renta
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Modelo 190, resumen anual de retenciones
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Desde la página web de la agencia tributaria podemos rellenar y presentar cada uno de los modelos de liquidación del impuesto
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En el apartado Presentación de declaraciones, calendario del contribuyente, accedemos a la opción Todas las declaraciones por modelo
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Presentar y consultar declaraciones
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Desde ahí podemos seleccionar el modelo y una vez que nos identifiquemos tenemos la opción de cumplimentarlo y presentarlo.
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Una vez cumplimentado podremos descargárnoslo en formato PDF.
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Desde la sede electrónica de la agencia tributaria la aplicación RentaWeb permite tramitar y presentar la declaración de la renta de manera sencilla,
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ya que la mayoría de los datos necesarios se incorporarán de forma automática.
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Posteriormente pueden modificarse e incorporarse nuevos datos si fuera necesario.
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Para ayudar a los contribuyentes, la agencia tributaria dispone de la aplicación RentaWebOpen, que permite simular la declaración a presentar sin validar los datos de identificación y sin incorporar la información fiscal.
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Una vez que accedemos a la aplicación, lo primero que debemos hacer es rellenar los datos de identificación del declarante, incluyendo el estado civil, la comunidad autónoma de residencia, así como los datos de descendientes y ascendientes.
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Pulsamos en Aceptar y accedemos a la pantalla de datos económicos.
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En la pestaña Apartados de la declaración elegiremos los que debamos rellenar, por ejemplo, Rendimiento del trabajo.
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Hacemos clic en el lápiz que aparece a la derecha y en la ventana rellenaremos los datos económicos que nos solicitan.
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Por ejemplo, vamos a cumplimentar los datos de un trabajador que ha obtenido durante el año anterior unos rendimientos del trabajo brutos de 30.000 euros.
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Se le ha practicado una retención del IRPF de 5.000 euros y los gastos deducibles por cotización a la Seguridad Social han sido de 1.900 euros.
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Una vez introducidos todos los datos y antes de finalizar comprobaremos si nos corresponde alguna deducción y la incorporaremos en su caso.
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Posteriormente podremos consultar el resumen de nuestra declaración y presentarla, facilitando también nuestros datos bancarios para proceder al pago en caso de que la declaración sea positiva o a la devolución en caso de que sea negativa.
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El impuesto sobre la renta de las personas físicas es un tributo de importancia fundamental para hacer efectivo el mandato del artículo 31 de la Constitución Española, que exige la contribución de todos al sostenimiento de los gastos públicos.
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- Idioma/s:
- Autor/es:
- Jaime José Antón Pérez
- Subido por:
- Jaime Jose A.
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- Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
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- Fecha:
- 21 de agosto de 2023 - 13:04
- Visibilidad:
- Clave
- Centro:
- IES LAS MUSAS
- Duración:
- 09′ 37″
- Relación de aspecto:
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