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CAPÍTULO I_CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Vídeo I a yb - Contenido educativo
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Formación para el desempeño de las funciones de nivel básico.
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Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.
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¿Qué entendemos por salud?
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¿Cuál es el valor esencial de la persona en su vida personal y profesional, pero asociado también al de las organizaciones y de la propia sociedad en la que se integra?
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Evidentemente, no pueden existir colectivos y organizaciones saludables y eficientes sin personas sanas que dispongan de un trabajo que sea fuente de salud y de bienestar en donde puedan aportar sus competencias e inquietudes.
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La Organización Mundial de la Salud define la salud como el estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de daño o enfermedad.
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¿Qué es la salud?
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Hay que destacar la triple dimensión de la salud y la importancia de lograr que el organismo, la mente y las relaciones sociales estén en equilibrio.
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Los riesgos para la salud en el lugar del trabajo provocan enfermedades ocupacionales y pueden agravar otros problemas de salud.
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Las condiciones de empleo, la ocupación y la posición en la jerarquía del lugar de trabajo también afectan a la salud.
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A continuación, se muestran una serie de definiciones que aparecen recogidas en la Ley 31.1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
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Prevención. Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
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Daños derivados del trabajo. Enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
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Condición de trabajo. Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador.
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Equipo de trabajo. Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.
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¿Qué entendemos por riesgo laboral?
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Riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
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Hay que tener en cuenta todo lo que pueda representar un peligro o afectar a la salud del trabajador,
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por lo que se deben analizar en detalle las condiciones de trabajo y sus posibles consecuencias,
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a fin de identificar aquellos factores de riesgo que pudieran producir daños en él, la trabajador trabajadora.
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Las condiciones de trabajo se refieren a aquellos aspectos del trabajo de naturaleza muy diversa que incluyen desde los locales, instalaciones, equipos y productos,
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hasta los procedimientos de trabajo y, en general, todo el ámbito de la organización del trabajo y su ordenación.
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¿Qué es la protección colectiva y la protección individual?
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Se entiende por protección colectiva aquella técnica cuyo objetivo es la protección simultánea de varios trabajadores expuestos a un determinado riesgo.
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La ley, dentro de los principios de la acción preventiva, especifica que dentro de las medidas a realizar respecto a la prevención de riesgos,
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hay que adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
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Una vez adoptadas tales medidas y como complemento de éstas, se pueden utilizar medidas de protección individual, que son aquellas para uso exclusivo de una persona.
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Ejemplos de medidas de protección colectiva más frecuentes son barandillas, pasarelas y escaleras, sistemas de ventilación y campanas extractoras, sistemas anteincendios, señalizaciones e indicativos.
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La selección y utilización de los equipos de protección individual se deberá realizar aplicando el procedimiento establecido en el Real Decreto 773-1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
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¿Qué es un equipo de protección individual?
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Un equipo de protección individual es cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
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Gracias por su atención.
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- Autor/es:
- División de PRL de Centros Docentes Dirección General de RRHH CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- Subido por:
- Mediateca ismie
- Licencia:
- Reconocimiento - No comercial - Sin obra derivada
- Visualizaciones:
- 514
- Fecha:
- 19 de diciembre de 2023 - 14:07
- Visibilidad:
- Público
- Centro:
- ISMIE
- Duración:
- 06′
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
- Resolución:
- 1920x1080 píxeles
- Tamaño:
- 116.07 MBytes