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Mesa redonda: Todo lo que usted siempre quiso saber sobre licencias en el mundo digital y no se atrevió a preguntar (part

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Subido el 24 de noviembre de 2011 por EducaMadrid

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Mesa redonda "Todo lo que usted siempre quiso saber sobre licencias en el mundo digital y no se atrevió a preguntar"

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Vamos a empezar la sesión con Antonio a las presentaciones y luego yo os diré cómo va a ser la mecánica de la mesa. 00:00:00
Pero antes de nada que el director del ITE presente esta mesa. 00:00:06
Muy bien, pues buenos días a todos y a todas. Cerramos con este acto el ciclo de actividades de formación de los becarios del ITE. 00:00:11
Pero es un acto que trasciende ese marco de formación porque hay muchos asesores 00:00:22
muchos jefes, algún jefe de área de servicio en la casa, porque el tema realmente suscita no solamente interés 00:00:29
sino incluso tensión en el trabajo cotidiano. 00:00:36
Yo quería empezar porque el tema es un tema frontera, efectivamente, lo que vamos a ver hoy. 00:00:40
Lo vamos a ver de una manera, pretendemos que sea muy ágil, muy dinámica, 00:00:48
muy de que los problemas afloren más o menos como la erupción de la isla de hierro, 00:00:53
que las burbujas lleguen a la superficie rápido y enseguida. 00:00:58
Nos movemos, decía, en un territorio frontera, en un territorio en que todavía las normas 00:01:02
y las definiciones legales están muchas veces por definir, que no sabemos exactamente en qué terreno nos movemos. 00:01:08
Y eso no es grave, eso es una cosa al menos interesante. 00:01:16
Decía Luis Carroll que en un mundo en continuo movimiento el que se queda quieto retrocede. 00:01:21
Pues realmente estamos ante un mundo en continuo movimiento en que la creación de productos digitales, 00:01:27
de productos en la red, cada día nos sorprenden con versiones, con imágenes nuevas, con modelos distintos 00:01:35
y el problema de la propiedad intelectual, del tipo de licencias que acompañan a ese tipo de objetos 00:01:44
en sus múltiples usos y en sus múltiples utilizaciones, pues es realmente un mundo complejo. 00:01:51
Por otra parte, estamos sometidos, como si se tratase de una previsión meteorológica, 00:01:57
al problema de la nube, de que los materiales están por ahí en ese mundo etéreo 00:02:03
y encima estamos asistiendo a un proceso que nunca se había producido antes en la historia. 00:02:11
Es el proceso de trabajo colaborativo en que un producto no es privativo de una persona 00:02:17
o de un equipo de personas que están próximos físicamente, 00:02:23
sino que un producto puede ser elaborado por cientos o por miles de personas. 00:02:26
Realmente nos situamos ante una situación que no se había producido. 00:02:32
Yo que soy matemático, a mí no me sorprende tanto porque realmente los teoremas de matemática 00:02:36
se han construido a lo largo de la historia, sí. 00:02:41
El problema es que, salvo escasas excepciones, la autoría ha estado compartida pero diluida en el tiempo. 00:02:43
Uno lo hace, el otro lo mejora, el otro mejora la presentación, mejora tal, y al final los teoremas no tienen nombre. 00:02:51
Son de todos, son patrimonio de todos. 00:02:57
Bueno, pues en esa situación, en ese terreno de juego extraño, etéreo, vibrante y cambiante, 00:02:59
es en el que nos movemos en el tema que nos ocupa en esta mesa redonda. 00:03:07
Todo lo que usted siempre quiso saber sobre licencias en el mundo digital y no se atrevió a preguntar. 00:03:12
Con reminiscencias de Woody Allen y cinematográficas, ¿no? 00:03:19
Pues el formato que hemos pensado para esta mesa es un formato en que presento rápidamente a los participantes, 00:03:23
a los que, por cierto, quiero dar mi más sincero agradecimiento por el esfuerzo, por la atención, 00:03:32
algunos de ellos con desplazamientos a estas horas que son un poco extemporáneas, 00:03:39
y por su predisposición y por su voluntad manifiesta y positiva de aclararnos, 00:03:45
de iluminar un poco los problemas que en esta casa y fuera de esta casa han surgido al respecto. 00:03:51
Pues, si os parece, empiezo, bueno, presento primero a todos y luego empezamos por el orden. 00:03:57
Por supuesto, y para darle más tensión y más emoción, no estamos colocados en el orden en que van a intervenir. 00:04:04
Entonces, voy nombrando y se presentan, vamos, saludan, se identifican geográficamente. 00:04:10
Pues tenemos con nosotros a Antonio Muñoz Vico, abogado del bufete de Garrigues, que está situado en el ángulo. 00:04:19
Pascual Barberán, de la Universidad de Alcalá de Henares. 00:04:28
Ignacio Espejo, jefe de área de la asesoría jurídica de Red.es, del Ministerio de Industria. 00:04:31
Óscar Saez, de Santa María, abogado del Estado del Ministerio de Educación. 00:04:39
Ignasi Labastida, de Creatives Common España. 00:04:45
Y Patricia Riera, responsable de la Delegación Territorial de CEDRO en Cataluña. 00:04:49
No, es que como ha habido movimientos de letreritos, no sabía al final dónde habías aterrizado. 00:05:01
Bueno, pues presentados todos, solamente, bueno, si Ismael quiere hacer alguna puntualización. 00:05:06
Si no, empezamos. Vamos a contar cada intervención, pues será de unos cinco minutos. 00:05:13
Es decir, no se pretende que la primera intervención sea exhaustiva. 00:05:18
Uno se puede quedar cosas en la reserva porque habrá luego una rueda, turno de intervenciones, rueda de preguntas. 00:05:22
Y podremos retomar en cualquier momento cosas que se han quedado en el álbum. 00:05:30
Pues Antonio Muñoz Vigo tiene la palabra. 00:05:34
Perdón, ¿me permitís solo un segundo para ordenar un poquito cómo vamos a hacer esto? 00:05:37
Todos tenéis un micrófono encima de la mesa. Por favor, cuando habléis, darle al micrófono. 00:05:42
Porque como bien sabéis, se está grabando y se está retransmitiendo en directo por internet. 00:05:47
Voy a tener esos cinco minutos para hacer esa presentación inicial. 00:05:51
Y luego se abrirá el debate y todos preguntaremos. 00:05:54
Pero insisto mucho, encender el micrófono porque si no, la mesa no lo recoge. 00:05:57
Muchas gracias. 00:06:01
Buenos días. En primer lugar me gustaría agradecer a Ismael, a Ligago y al Instituto de Tecnologías Educativas 00:06:10
la atención que han tenido con Garrigues invitándome hoy aquí a este foro. 00:06:17
Bueno, yo soy Antonio Muñoz Vigo. Trabajo en el despacho de abogados Garrigues. 00:06:22
Nosotros, en el Departamento de Propiedad Intelectual, nosotros representamos a distintos... 00:06:27
tenemos una visión muy amplia del mundo de la propiedad intelectual porque representamos tanto 00:06:34
a empresas tecnológicas, a multinacionales estadounidenses y europeas de la tecnología, 00:06:38
como a titulares, autores, titulares de derechos de propiedad intelectual. 00:06:43
Entonces, nuestra visión es sobre todo muy flexible. 00:06:47
Tenemos un entendimiento muy claro de lo que debe ser la propiedad intelectual. 00:06:51
Creemos que tenemos una visión sobre todo, digamos, moderada, que no significa una visión templada. 00:06:56
Nos gusta entender bien cuáles son las dos posturas que están enfrentadas, por así decirlo, 00:07:02
o quizás simplemente ni siquiera sea un enfrentamiento real, sino que creemos que se pueden conciliar 00:07:08
los intereses tanto de las empresas tecnológicas en la actualidad con los intereses de los autores. 00:07:14
Los autores son unos intereses perfectamente legítimos, los intereses de los autores 00:07:21
y de los titulares de derechos de propiedad intelectual. 00:07:26
Por supuesto, no podemos perder de vista que hay algunas cuestiones. 00:07:29
A mí siempre me gusta remitirme a lo básico cuando se habla de propiedad intelectual. 00:07:33
La propiedad intelectual tiene un sentido y un propósito, una finalidad, 00:07:38
que es lo primero a lo que debemos reflexionar y debemos tener en cuenta. 00:07:43
Y es que yo creo que todos los que estamos hoy aquí estamos de acuerdo, o podemos estar de acuerdo, 00:07:47
y ahora se discutirá, en que el trabajo intelectual debe ser remunerado, 00:07:52
si quien trabaja intelectualmente y se dedica profesionalmente a esa labor intelectual, así lo quiere. 00:07:57
Es decir, la propiedad intelectual lo que hace es que permite a los autores, a los artistas, 00:08:03
a quienes trabajan intelectualmente, les permite ganarse la vida y dedicarse profesionalmente 00:08:09
a eso que saben hacer mejor, a eso para lo que tienen una verdadera vocación. 00:08:14
Entonces, se les otorga una serie de derechos económicos, esos derechos de propiedad intelectual, 00:08:19
que les permiten, le dan una facultad para decidir qué van a hacer con su obra. 00:08:24
Una facultad absoluta, es una propiedad. 00:08:29
Entonces, una facultad absoluta que está limitada en el tiempo, 00:08:32
es decir, las obras, la propiedad intelectual se concede, como sabemos, 00:08:36
durante toda la vida del autor, más 70 años después de su muerte, cuando esas obras pasan al dominio público. 00:08:40
Por lo tanto, desde una perspectiva amplia, la propiedad intelectual es una excepción 00:08:46
dentro de lo que se conoce como dominio público. 00:08:51
La regla general es que las obras culturales están en el dominio público a lo largo de la historia, 00:08:54
pero durante un cierto periodo de tiempo, las leyes de propiedad intelectual lo que quieren hacer es fomentar 00:08:59
e incentivar la creatividad, para eso se instituyeron en el siglo XVIII, 00:09:06
y además también hay otra cuestión que me gusta destacar siempre que hablo de propiedad intelectual, 00:09:11
es que la propiedad intelectual no solamente permite a los autores dedicarse profesionalmente 00:09:16
y ganarse la vida con su obra, además, tampoco todos van a poder vivir de su obra, 00:09:21
porque esto dependerá del favor del público, de cómo lo hagan, del éxito que tengan en el mercado, 00:09:25
pero además la propiedad intelectual, cuando se creó, permitió o trataba de permitir otra cosa, 00:09:31
y es desligar a los autores y a los artistas de los vínculos ideológicos que tenían entonces, 00:09:37
en el siglo XVII, con anterioridad a las primeras leyes de propiedad intelectual, 00:09:43
con la iglesia, con el mecenazgo, con el Estado, por eso lo que la propiedad intelectual, 00:09:47
tampoco debemos perder de vista, es que proporciona a los autores una independencia de criterio, 00:09:53
les permite ser críticos con la sociedad en la que viven y en la que se expresan. 00:09:58
Entonces, estas son cuestiones que en un mundo digital, en el que todo está evolucionando muy rápido 00:10:01
y todo está cambiando, no debemos de perder de vista. 00:10:06
En un mundo digital, lo que debemos permitir es que quien crea, 00:10:10
quien está escribiendo un blog en internet, quien es un dibujante, 00:10:14
quien quiere que sus obras puedan ser utilizadas sin ningún tipo de problema en internet por todo el mundo, 00:10:19
pues debemos facilitar las cosas, desinteresadamente, hay mucha gente que por vocación, 00:10:26
porque tiene una pasión, pues decide trabajar individualmente a través de un blog, 00:10:31
creando vídeos, poniendo dibujos, etcétera, en internet o bien participando en obras colectivas, 00:10:38
como decía muy bien Antonio Pérez, las obras colectivas son también una nueva forma de creación. 00:10:44
Por lo tanto, lo que la propiedad intelectual garantiza es que los autores puedan hacer con sus obras lo que deseen, 00:10:51
bien protegerlas, ganarse la vida con ellas o bien utilizarlas desinteresadamente 00:10:58
para que la comunidad de internautas puedan utilizarlas en internet sin necesidad de autorización. 00:11:03
Por eso existen una serie de licencias, como son las licencias Creative Commons, 00:11:08
el Copyleft en el ámbito del software, que van a permitir que podamos hacer determinadas utilizaciones en internet 00:11:12
sin necesidad de pedir autorización o consentimiento, de forma que vamos a tener muchas más posibilidades 00:11:21
y garantías de que lo que estamos utilizando en internet está abierto. 00:11:27
Pero en fin, recapitulando y para terminar esta breve intervención de presentación, 00:11:32
la propiedad intelectual, desde nuestro punto de vista, es algo totalmente legítimo, 00:11:38
que debe mantenerse en un mundo en el que todo está cambiando, en un mundo digital, 00:11:43
en el que la tecnología digital está haciendo que nos replanteemos incluso la generación de la creatividad, 00:11:49
la generación de los contenidos creativos, efectivamente va a haber que alcanzar nuevos equilibrios 00:11:54
y nuevas formas probablemente de remuneración para los autores, 00:11:59
pero al mismo tiempo, la propiedad intelectual, en cuanto tal, debe sostenerse como institución, 00:12:03
pero habrá que replantearse nuevas formas de flexibilizar esa propiedad intelectual 00:12:11
y esto se consigue mediante licencias estandarizadas, como las licencias de Creative Commons, 00:12:15
y también mediante límites legales, las leyes de propiedad intelectual, 00:12:20
límites que flexibilicen la utilización por parte de todos de las obras de propiedad intelectual. 00:12:25
Es simplemente mi primera intervención. Dejo la palabra, cedo la palabra al siguiente interviniente 00:12:31
e iremos discutiendo sobre todo esto, estoy seguro, a lo largo de la mañana. Muchas gracias. 00:12:37
Muy bien. Muchas gracias, Antonio, sobre todo por ceñirte al tiempo de una manera tan precisa. 00:12:42
Pues tiene la palabra Pascual Barberán de la Universidad de Alcalá de Naranjo. 00:12:47
Sí, muchísimas gracias. Bueno, también agradecer a Lite, a Ismael, la invitación para esta mesa redonda. 00:12:51
Yo también, como Antonio, soy abogado, pero voy a explicar en 30 segundos 00:12:59
qué es lo que estamos intentando hacer en la Universidad de Alcalá. 00:13:04
Estamos intentando que la propiedad intelectual, que es una asignatura que yo al menos no recuerdo 00:13:07
haber estudiado en la carrera de Derecho, sea extensible a prácticamente todas las carreras universitarias, 00:13:13
quizás no a nivel de asignatura, pero sí a nivel, a lo mejor, de seminarios, también a nivel de máster, etc. 00:13:21
Para ello estamos utilizando la asignatura de propiedad intelectual como una asignatura transversal 00:13:29
que se puede estudiar en las distintas carreras y también estamos intentando crear distintas líneas 00:13:35
de investigación de aquellos sistemas que ahora mismo son los que priman en materia de propiedad intelectual 00:13:40
y más pueden afectar a los ciudadanos y a los profesionales, como es el tema, por ejemplo, 00:13:48
de repositorios institucionales, licencias abiertas, etc. 00:13:53
La verdad es que el título de la mesa redonda me parece muy sugerente, 00:13:58
todo lo que usted siempre quiso saber sobre licencias en el mundo digital y no se atrevió a preguntar. 00:14:04
Pero yo diría que también se podía haber titulado todo lo que nadie se ha atrevido a leer de las licencias 00:14:08
en el mundo digital y no se atreve a preguntar porque realmente las licencias no se leen. 00:14:15
Excepto los profesionales, a nivel consumidor-usuario, las licencias digitales no se leen, 00:14:21
las licencias de usos de obras protegidas. Se da en acepto, en siguiente y no pasamos de la primera página 00:14:27
cuando realmente el mundo digital ha cambiado prácticamente todo. 00:14:33
Y aceptar esa licencia implica no solamente asumir una serie de compromisos en materia de propiedad intelectual 00:14:37
con respecto a la obra, sino también aceptar una serie de cosas en materia de honor, intimidad, 00:14:43
en materia de protección de datos, que eso la mayor parte de la gente no lo sabe. 00:14:51
Y luego ocurren cosas como las que normalmente oímos, tipo Facebook, etc. 00:14:57
Realmente el mundo digital ha cambiado lo que es el ciclo de vida de una obra desde que nace y hasta que muere. 00:15:02
Antes se seguían una serie de pautas, una serie de mecanismos. 00:15:12
El autor se lo daba a un editor, el editor, si entendía conveniente, lo publicaba, 00:15:16
se lo daba a un impresor, se lo daba a un encuadernador, un distribuidor, a un librero. 00:15:24
Sin embargo, el mundo digital es muchísimo más abierto. 00:15:29
Permite la posibilidad de que el propio autor acceda a todos los usuarios, que son miles de millones a través de Internet. 00:15:33
Y realmente eso crea un problema, y es que desde un punto de vista tecnológico la cosa va muy rápida. 00:15:42
Nosotros hace unos pocos años hablábamos de los libros en la nube y no sabíamos a qué significaba. 00:15:49
Ahora todo el mundo conoce libros en la nube. 00:15:56
Hace un año se decía los libros son o en papel o digitales. 00:15:59
Bueno, pues ahora hay muchísimos libros que utilizan el código QR que a través de un teléfono móvil es una mezcla, te desvía una URL, etc. 00:16:04
Todas esas innovaciones técnicas no se ven acompañadas de las correspondientes adaptaciones legales. 00:16:13
Con lo cual tenemos ahora mismo una ley de propiedad intelectual de 1996 que en buena parte utiliza unos conceptos del siglo no pasado, sino del anterior, del siglo XIX. 00:16:23
Pero realmente existen unas nuevas situaciones, las nuevas licencias, la posibilidad de que, como ha dicho mi compañero, el autor decida. 00:16:35
Porque ahora sí que tiene la posibilidad de decidir qué es lo que va a hacer con su obra, etc. 00:16:44
Eso ha cambiado prácticamente todo. 00:16:49
Por lo tanto yo entiendo que en materia de nuevas licencias tenemos que hacer un esfuerzo todos. 00:16:51
Desde luego organizaciones tipo gubernamentales como el ITE lo están haciendo y en la medida de lo posible pues todos intentamos adaptarnos al tema. 00:16:56
Así que espero que lo que hablemos aquí sea de interés para todos. Muchas gracias. 00:17:07
Muy bien, muchas gracias, Pascual. Se ve que estamos ante gente disciplinada. 00:17:13
Pues tiene la palabra Ignacio Espejo, jefe de área de la Asesoría Jurídica de Red.es. 00:17:18
Muchas gracias y gracias por la invitación. 00:17:26
Yo en vista de que mis compañeros han sido muy claros a la hora de especificar una introducción sobre lo que es la propiedad intelectual y las licencias y la importancia que tiene 00:17:28
y que el título de la reunión es todo lo que se quiere preguntar sobre propiedad intelectual voy a intentar ser muy conciso y práctico para luego dejar más tiempo a lo que pueden ser las preguntas. 00:17:37
Bueno, yo soy jefe de área de la Asesoría Jurídica de Red.es que es una entidad pública empresarial perteneciente al Ministerio de Industria que se encarga de fomentar en la medida de lo posible la social información en España. 00:17:46
En ejercicio de estas funciones tiene acuerdos con diversos ministerios con los que trabaja de forma conjunta para en el ámbito de actuación de cada ministerio tratar de acercar las nuevas tecnologías. 00:17:56
En concreto con el Ministerio de Educación tenemos un acuerdo con el propio ministerio que a través del ITE busca pues eso mismo pues implantar la tecnología en las aulas. 00:18:06
En el marco de este convenio hay una línea de actuación muy importante que está referida a los contenidos digitales educativos. 00:18:17
Y por un lado Red.es junto al ministerio realiza compras tanto de software destinadas a la utilización de estos contenidos como de contenidos. 00:18:24
En el marco de este proyecto lo que hacemos nosotros es comprar a las editoriales los contenidos. 00:18:34
Y en conjunto con el ITE hemos diseñado un sistema de propiedad intelectual para la compra de esos contenidos que creo que es interesante de cara a lo que puede ser una experiencia práctica. 00:18:39
En el diseño de este modelo de propiedad intelectual pues hubo un montón de dudas y de inconvenientes que despejar. 00:18:51
Como por ejemplo cuáles eran las licencias que había que utilizar. 00:18:59
Cómo afectaba la ley de reutilización a este tipo de licencias porque estamos hablando de entidades públicas que adquieren para la administración pública contenidos y obras. 00:19:02
Y luego también en qué o de qué manera las nuevas plataformas que hay que no son propiamente licencias sino que tratan de asegurar las licencias. 00:19:12
Como pueden ser Shift Creative o Color Juris. 00:19:20
Cómo podrían afectar a este tipo de compras o si son útiles para utilizarlas o si simplemente con las licencias vale. 00:19:23
Si la compra de propiedad intelectual es un contrato. 00:19:30
Si una licencia simplemente puesta en una web vale. 00:19:34
Si no vale. 00:19:36
Si es más práctico. 00:19:37
Si es menos práctico. 00:19:38
Y todo en el marco de que nosotros somos una entidad pública que compra obras o software para una administración pública y para el uso de la administración y de los ciudadanos. 00:19:39
Gracias. 00:19:51
Muchas gracias, Ignacio. 00:19:54
Saltamos al otro lado de la mesa. 00:19:56
Ignacio Labastida, abogado de Creative Commons España. 00:20:01
Yo soy el que no soy abogado. 00:20:06
Yo soy casi colocatullo porque soy físico prácticamente. 00:20:10
Vale, pues también agradecer, reiterar el agradecimiento a la invitación que se ha hecho por Ismael y por Elite a participar en esta mesa redonda. 00:20:14
Bueno, todo lo que se ha contado pues sería reiterar un poco las cosas que tenía pensado decir. 00:20:25
Pero yo básicamente lo que quería explicar, bueno, primero que soy físico y con lo cual yo no sé qué hago aquí con tanto abogado. 00:20:31
Pero sí, os explico qué hago aquí y entonces igual entenderemos todos por qué estamos aquí con Creative Commons España. 00:20:39
Bien, yo como físico estaba haciendo mi doctorado y como becario, y aquí me han dicho que hay unos cuantos, pues como becario hacía un poco de todo. 00:20:47
Entre las cosas que hacía, empecé a hacer material docente. 00:20:58
Material docente para la universidad, para los alumnos de la carrera de física. 00:21:03
Y empezamos a crear lo que era el programa de mejora e innovación docente. 00:21:09
Un programa que intentábamos ayudar a los profesores, a los docentes a crear materiales. 00:21:14
Yo dirigía un grupo de becarios y íbamos creando materiales. 00:21:19
Y de repente se nos quedó la duda de, oye, ¿qué hacemos con estos materiales? 00:21:23
¿Los queremos poner en la red? ¿Los queremos ofrecer a la gente? 00:21:30
¿Pero nos sirve este sistema de todos los derechos reservados? 00:21:34
¿O queremos hacer otra cosa? 00:21:40
De hecho, otra de las cosas que aún sigue vigente entre, digamos, la gente es que, bueno, los ponga en la red, no digo nada y ya está. 00:21:43
Entonces, como aquí tenemos abogados, les podemos preguntar y rápidamente dirán que no decir nada es equivalente a todos los derechos reservados. 00:21:50
Con lo cual, queríamos una herramienta para decir a la gente, oye, estos materiales docentes que hemos elaborado aquí en la universidad, 00:21:57
con dinero de la universidad, que principalmente es para nuestros alumnos, ¿por qué no decimos a la gente, están aquí y los podéis reutilizar? 00:22:04
Entonces, claro, esto en el año 2002, 2003, pues empezamos a pensar, ¿qué hacemos? ¿Cómo lo decimos esto? 00:22:14
Y lo primero que se nos ocurrió es, pues bueno, vamos a buscar una licencia de estas de software libre, GPLs, pero claro, en licencias muy pensadas para software. 00:22:22
Hasta que se nos abrió un poquito la luz y alguien dijo, oye, hay una cosa que se llama OpenCourseWare, 00:22:30
que han creado unos americanos del Instituto Tecnológico de Massachusetts, que dicen que van a colgar todos sus contenidos en la red. 00:22:35
Pues bueno, fuimos allí y estos americanos también son muy ordenados, siempre ponen allí sus avisos legales muy bien ordenaditos 00:22:42
y nos encontramos con esto de Creative Commons. Pues bien, ese correo que yo envíe en febrero de 2003, 00:22:49
diciendo la Universidad de Barcelona quiere algo parecido, pues la consecuencia es que hoy me haya levantado a las 5 de la mañana 00:22:55
para venir aquí al ministerio y hablar de Creative Commons, un físico que antes nunca hubiera pensado 00:23:03
que estaría aquí rodeado de abogados hablando de propiedad intelectual. 00:23:09
Pero bueno, yo siempre digo que estoy aquí por una necesidad, por una necesidad que tuvimos nosotros de crear unos materiales docentes 00:23:13
y quererlos compartir con la gente, querer decir a la gente, aquí están nuestros materiales, los podéis reutilizar y necesitábamos justamente esta herramienta. 00:23:21
Muy bien, muchas gracias. Pues Patricia, responsable de la Delegación Territorial de CEDRO en Cataluña, ¿no? 00:23:30
Gracias, buenos días. Yo no me he levantado a las 5 de la mañana, yo vine ayer por la noche. 00:23:41
Agradecer la invitación al ITE. Brevemente explicaros, para aquellos que no nos conozcáis, CEDRO somos entidad de gestión, 00:23:48
somos una asociación, en nuestro caso agrupamos a un tipo de creador específico que son los autores y editores de obra-texto 00:23:58
nacida en cualquier tipo de formato, ya sea en formato impreso, formato digital. 00:24:06
Ahora estamos cerca de los 20.000 socios entre autores y editores y entre las funciones que realizamos 00:24:11
una está la de ser facilitadores de los usuarios de las obras de esos creadores cuando necesitan hacer diferentes tipos de uso. 00:24:18
Por decirlo de alguna forma, la entidad de gestión intenta ser una especie de ventanilla única, es decir, ante la necesidad en un momento determinado 00:24:27
que pueda tener en este contexto un centro educativo o un docente de utilizar materiales que puedan estar en la red 00:24:35
o puedan estar en formato impreso en el mundo analógico, tiene dos opciones o solicitar autorización titular por titular 00:24:44
o bien encontrar a alguien que pueda darles una autorización, llamemos la licencia, llamemos la autorización, que les permita operar con esos materiales. 00:24:51
Las autorizaciones que damos desde CEDRO evidentemente empiezan en el momento en el que, por un lado, se necesitan hacer usos que la ley no tiene cubiertos 00:25:01
con las llamadas excepciones y, por otro lado, cuando es el propio titular el que considera que en determinadas circunstancias 00:25:12
se tienen que dar autorizaciones en su nombre con determinadas condiciones. 00:25:21
Lo digo para empezar también a diluir uno de los primeros cuestiones que puede salir en el debate y es acerca de si esto colisiona o no colisiona 00:25:26
con otro tipo de licencias o autorizaciones como puedan ser las licencias Creative Commons en absoluto. 00:25:34
Es decir, una licencia Creative Commons no es más que un autor, un titular decidiendo cómo quiere que los demás exploten su obra 00:25:38
y las licencias o autorizaciones que damos en CEDRO es otra forma de cómo quieren los titulares también que utilicen sus obras. 00:25:45
Además de este tipo de actividad, en el caso del sector educativo, CEDRO también tiene un programa específico dirigido para los estudiantes de primaria y secundaria, 00:25:52
un poco en la línea de lo que comentaba Pascual antes de lo que ellos intentan hacer en la Universidad de Alcalá de Henares, 00:26:04
pues CEDRO dentro de los dos niveles educativos, que es el programa de libro, y que está pensado sobre todo para acercar la propiedad intelectual 00:26:08
desde el principio a los estudiantes, con el objetivo de que tanto sus docentes como esos estudiantes aprendan, por un lado, 00:26:15
a valorar la propiedad intelectual y la creación, que yo creo que es una de las cuestiones en las que posiblemente tengamos que hacer más hincapié 00:26:22
en los próximos años, hay una cierta desfenestración de esto de la propiedad intelectual, y, por otro lado, también a que aprendan a cómo reutilizar material en condiciones, 00:26:29
desde acabar con una cosa que me consta que los docentes odian bastante, que es el famoso copiar y pegar, que ahora está bastante de moda, 00:26:39
aprendan a valorar otras fuentes de información y aprendan a cómo utilizar esas fuentes de información. Gracias. 00:26:47
Muchas gracias, Patricia. Pues cerramos este primer bloque de intervenciones con Óscar Sáenz de Santa María, abogado del Estado del Ministerio de Educación, 00:26:55
y que nos sufre con todas estas consultas, y que le sometimos a la tortura de tener que preparar un tocho sobre los distintos tipos de licencias, 00:27:06
sobre todo de esta casa, porque efectivamente debemos tener, para los que venís de fuera, debemos tener algo así como ciento y pico mil o cerca de doscientas mil urls 00:27:16
diferentes ubicadas en los servidores del IT con contenidos educativos en todas ellas, con un mundo complejo y un mare magnum de autores en distintas épocas, 00:27:27
en distintas fases, combinando, recombinando. Es decir, si en algún sitio eso que decía yo de las burbujas de la efervescencia y tal se puede ver cerca 00:27:38
y sentirlo casi, casi bajo el suelo, es en esta casa. Y con esas cosas le torturamos a Óscar de vez en cuando. 00:27:50
Muchas gracias, Antonio. Como me has presentado, bueno, yo soy el abogado del Estado de esta casa, uno de los dos abogados del Estado de esta casa, 00:27:58
y lo primero que debo decir es que soy el más ignorante de todos los de esta mesa en esta materia. Yo sé mucho de derecho administrativo, pero de esto muy poquito, 00:28:04
y cuando tengo que saber de ello es porque me obligan a ello, en definitiva. Pero bueno, ampliar el conocimiento es algo maravilloso, 00:28:13
y es algo maravilloso saber un poco también, incluso por ánimo personal, de qué va este rollo. 00:28:21
A la hora de comenzar esta charla, que mi exposición yo creo que sea breve, pero a lo mejor no lo es tanto, 00:28:28
yo parto de que en la historia hay tres ámbitos que son particularmente oscuros e incluso perversos. 00:28:35
El primero fue la economía, a mi juicio. La economía es un ámbito bastante complejo, que muchos de nosotros, y menos estos días, no entendemos. 00:28:45
El segundo es el derecho, que en eso trabajo y me dedico a complicarlo más, a veces a algunos a facilitarles las cosas y a otros a complicárselas. 00:28:54
Pero es que el tercero es el informático, y al hablar de propiedad intelectual es que estamos mezclando estos tres ámbitos, 00:29:02
el económico, el informático y el derecho. Fijaos vaya mezcla, es una buena mezcla, una mezcla explosiva. 00:29:09
¿Por qué os he hecho esta introducción? Porque de mi charla, de mi breve charla, lo que quiero es sacar un par de conceptos 00:29:18
que os aclaren el mundo proceloso en el que nos movemos. 00:29:25
El primer concepto que os quiero distinguir es qué comprende la propiedad intelectual, qué derechos comprende la propiedad intelectual. 00:29:29
Los derechos que comprende la propiedad intelectual son de dos categorías, los morales y los derechos económicos. 00:29:35
Y cuando alguien hace algo como una obra intelectual, su autoría es irrenunciable. ¿Qué significa eso? 00:29:42
Que eso es la parte inatacable. Yo no puedo ceder a nadie el que yo he hecho algo como autor, porque si no sería un esclavo. 00:29:48
Entonces, el derecho de propiedad intelectual defiende que no haya esa esclavitud. 00:29:57
Entonces, partiendo de esta primera premisa, es que yo, si soy autor de algo y lo soy de manera original, lo voy a ser toda mi vida como autor moral, 00:30:01
está la segunda parte, que es mis derechos económicos como autor. 00:30:07
Como bien ha apuntado Antonio al principio de la charla y de su charla, esto es algo de lo que uno puede disponer. 00:30:12
Uno puede donarle a su prima cien millones si los tiene, o quedárselos él, invertirlos, hacer con sus derechos económicos lo que le venga en real gana. 00:30:18
Y aquí es donde entramos en el tema de las licencias. 00:30:27
En principio, uno puede lanzarse a publicar sus obras intelectuales en plan freelance. 00:30:29
Lo que pasa es que en el mundo que corre hoy en día esto se ha facilitado por las tecnologías de la información, 00:30:38
pero igualmente se ve dificultado porque son mercados muy cerrados en los que hay que tener determinados contactos para que esa obra se difunda y prospere. 00:30:43
Y por eso hablamos de contratos de edición o contratos en los que se ceden derechos económicos a un tercero para que éste te pague una parte, 00:30:50
pero éste se comprometa también a que eso se difunda en el mundo. 00:30:56
Y por otro lado, fuera del freelance están las situaciones en las que no nos interesa tanto ese aspecto económico 00:31:01
cuanto que la ciencia progrese, que haya divulgación. 00:31:08
Y en el ámbito educativo, como bien ha apuntado Antonio, es particularmente útil esta idea de 00:31:11
yo cedo todos mis derechos pero lo que quiero es que la ciencia avance. 00:31:17
En el ámbito científico propiamente dicho, entiendo yo la matemática, la física, son buenos ejemplos. 00:31:20
La difusión de ideas, del conocimiento, ayuda mucho. 00:31:26
Es decir, estaríamos muy paralizados si los distintos científicos no se pusiesen en contacto entre ellos 00:31:29
y sus conocimientos fuesen avanzando, no progresaríamos. 00:31:34
Entonces, de ahí que sea particularmente útil esta perspectiva. 00:31:37
Bueno, este es mi primer punto. 00:31:41
Distinguidos entre derechos morales y renunciables y derechos económicos renunciables, por así decirlo. 00:31:43
Derechos económicos renunciables. Entramos en la segunda etapa. 00:31:48
¿Cómo podemos renunciar a ellos? A través de licencias. 00:31:51
Lo primero que nos encontramos es la no licencia. Es decir, yo no licencio a nadie, que es el copyright. 00:31:53
Yo me reservo todos los derechos. 00:31:59
Cogéis un DVD y lo primero que os sale es un pantallazo negro con letras blancas que os dice advertencia. 00:32:01
Si publicas esto en un autobús, en una cafetería, delante de determinadas personas, te vamos a perseguir con los males del infierno. 00:32:07
Vas a ser penado, vas a ser condenado criminalmente y dará lugar a que te persigamos. 00:32:14
Ya leyendo esa advertencia te piensas si vas a ver la película o no, porque la estás viendo con tu mujer, con tus hijos y a lo mejor os llevan a todos al trullo. 00:32:20
Pues no, con un poco de calma. Es decir, la propia advertencia dice que el uso doméstico se permite. 00:32:28
Pero ojo, no le des a tu hija el DVD para que lo ponga en el autobús, porque al pobre conductor lo llevan al trullo. 00:32:33
Tengamos cuidado. 00:32:39
Bueno, ejemplos exagerados aparte. 00:32:41
Nos encontramos con este primer tipo de, entre comillas, no licencia, que es el copyright. 00:32:43
Me reservo todos los derechos, todos los derechos de contenido económico. 00:32:46
¿Qué puedo hacer con esos derechos de contenido económico? 00:32:49
Cedérselos a un editor. 00:32:51
El editor se encarga de poner en las obras, en un libro, R, copyright, todos los derechos reservados. 00:32:53
Muy fácil de entender. Todos los derechos. 00:32:58
Es decir, no podéis divulgar mi obra, no podéis comercializarla, etcétera, etcétera. 00:33:00
¿Pero cuál es la segunda vertiente? 00:33:04
Y es la segunda vertiente que a principios de los ochenta se va difundiendo sobre todo desde el mundo informático. 00:33:06
Nos encontramos con que queremos que nuestros productos informáticos progresen. 00:33:10
Vamos a ponerlos en la red, vamos a progresar entre todos con estas ideas. 00:33:13
Y aparece lo que se viene a llamar el copyleft, como contrario al copyright. 00:33:18
¿Y qué es el copyleft? 00:33:23
Pues que, bueno, yo como autor intelectual cedo mis derechos económicos parcialmente, totalmente o como quiera cederlos. 00:33:25
Puedo dejar que se transforme mi obra, puedo dejar que se comercialice, puedo establecer un límite de una u otra categoría. 00:33:31
Dentro de estas segundas licencias, los copyleft, nos encontramos variantes como las Creative Commons, que son las más conocidas. 00:33:38
Y en las Creative Commons, me cojo la chuleta, nos encontramos palabras como B, BNC, BNCSA, BNCND, BSA, BND. 00:33:46
Muy comprensible todo, ¿verdad? 00:33:57
Acudiendo a la chuleta lo tenemos muy fácil. 00:34:00
B es que me reconozcáis la obra, hacer con ella lo que queráis, pero mientras me reconozcáis lo que es irrenunciable, que es mi derecho de autor, 00:34:03
haced con ella lo que os dé la gana. 00:34:11
BNC, reconocedme la obra pero que no sea comercial, es decir, no os lucréis con ello, que yo me lo he trabajado y, bueno, pues, hombre, que me déis gusta, 00:34:13
que yo lo pongo para el avance de la ciencia, pero no os lucréis vosotros que yo no me estoy lucrando con esto. 00:34:22
Y así, con todas y cada una de estas letritas que encontramos. 00:34:28
Os he explicado lo que son los derechos morales, lo que son los derechos económicos, os he explicado lo que son las licencias, 00:34:33
la no licencia y las licencias copyleft, Creative Commons como una modalidad de copyleft, quizá la más conocida, 00:34:40
y que llego al final, o a lo que quiero llegar al final, el que mientras el copyright está completamente reconocido por la ley de propiedad intelectual, 00:34:47
incluso hay algún artículo, creo que es el 146, que viene a hablar del copyright como tal, el copyleft no está regulado. 00:34:57
Debemos partir de una premisa, en realidad, como también me lo ha apuntado bien Antonio al principio de su charla, 00:35:03
el derecho económico se puede modular, y se puede modular de muchas y distintas maneras, 00:35:12
y lo que nos encontramos es que para tu derecho de autor va a haber un reconocimiento eterno, al infinito, 00:35:19
pero para tu derecho económico hay una especie de concesión. 00:35:25
¿Te dan una concesión sobre los derechos económicos? La concesión es de 70 años. 00:35:28
Bueno, en una obra literaria a lo mejor tiene su sentido, eso trasciende más, 00:35:34
pero en el ámbito informático, en el que en dos años puede estar absolutamente obsoleto un conocimiento, 00:35:39
¿tiene sentido tantísimo tiempo? No lo sé, a lo mejor habría que verlo. 00:35:44
El caso es que las licencias copyleft no se regulan, ¿y por qué no se regulan? 00:35:47
Porque en realidad estamos hablando de temas de contratos entre partes, entre personas, 00:35:50
es decir, es como si yo regulo mi arrendamiento de una manera, no estoy obligado a regularlo, 00:35:54
salvo en lo que es derecho necesario, por la ley de arrendamientos urbanos puedo modalizarlo, 00:35:59
pues sucede lo mismo con las licencias de uso, uno tiene derecho en ese aspecto económico 00:36:04
a vender su obra como quiera y cuando quiera y con quien quiera. 00:36:10
El problema que me plantea a mí, y esta ya es la primera andanada que suelto para animar un poco la charla luego, 00:36:14
es si procedo a regular estas licencias, procedo a dejarlo al libre albedrío de las partes 00:36:19
por un lado las creative commons, las creative commons en el momento que se suscriban es como un contrato, 00:36:24
es decir, yo he sometido mi obra a un contrato para que se comercialice, no se comercialice, 00:36:29
se me reconozca mi autoría, sea libre la transformación, debe regularse esto. 00:36:34
Si lo regulamos, por un lado muy bien, ganamos definición de conceptos, seguridad jurídica, 00:36:39
pero por otro lado también se puede pervertir el derecho, se puede usar esa licencia creative commons 00:36:44
o licencia copyleft a fin de que el editor la imponga y se lo cree el editor y a lo mejor no, 00:36:49
o buscaros la perversión del uso del derecho que se os ocurra, estamos en esa situación. 00:36:56
Y luego la segunda andanada que suelto, además de esta pregunta al aire si debemos regularlo, 00:37:02
es si estoy protegido con el copyright, y os voy a poner dos ejemplos. 00:37:08
Yo como autor, no me centro en la música ni en la producción audiovisual como podéis imaginaros, 00:37:13
sino que me centro en la producción jurídica. 00:37:17
Como autor, yo jamás firmo un contrato con la editora, jamás, no he firmado nunca. 00:37:20
De hecho, las obras que saco aparecen con el copyright y con el reconocimiento de mi autoría. 00:37:26
Bueno, pues acudo a este otro. ¿Me oís? 00:37:47
Bueno, ya terminando. Estoy protegido con copyright, yo cuando suelto mi obra aparece publicada en un libro, 00:38:12
pero resulta que me la encuentro publicada también en internet. 00:38:24
Se puede hacer un copiar-pegar, incluso a veces es promovido por la propia editora. 00:38:28
La editora es la que cuelga mi contenido en una vía de difusión propia, 00:38:34
puede ser en las bases de datos jurídicas, y cualquiera puede copiar y pegar lo que yo he escrito 00:38:38
y hacer de ello un escrito profesional, por ejemplo. 00:38:44
Le ahorro todo el trabajo, encima, y no recibo un duro por eso, y el que recibo de la editorial es escasísimo. 00:38:46
Incluso a veces me llevo a deberle dinero a la editorial por haber publicado el libro. 00:38:52
¿Estoy protegido con copyright? 00:38:56
O por el contrario, ¿me compensa más irme a Wikipedia y hacer la publicación del artículo con un copylead? 00:38:58
Y, por ejemplo, una licencia BY-NC y ND. 00:39:03
Ahí lo dejo. 00:39:11
Bueno, pues hemos cerrado esta primera ronda. 00:39:16
Yo creo que ha sido bastante positiva porque han aflorado un montón de preguntas, 00:39:21
que es mucho mejor empezar preguntándose antes de dar las soluciones. 00:39:26
No sea que cuando lleguemos a las soluciones nos hayan cambiado las preguntas, 00:39:32
que es lo que suele pasar en este mundo. 00:39:35
Pues, Ismael, si te parece, abrimos un turno de preguntas directas a cualquiera de los participantes, 00:39:38
a uno, a dos o a todos. 00:39:48
Bueno, ¿pero se oye algo? 00:40:02
No se oye nada. 00:40:10
No, lo que se quiere es que se oiga también en la retransmisión. 00:40:12
La idea es que ahora mismo yo simplemente no voy a intervenir para nada, 00:40:18
nada más que hacer de a zapato llevando el micrófono a quien pregunte algo. 00:40:21
Igual, quien quiera. 00:40:28
Hola, mi nombre es Ismael. 00:40:43
Hace mucho tiempo que sigo en la media. 00:40:45
Y es que, como ustedes saben, siempre sigo estudiando estas cosas. 00:40:47
Y hoy en el periódico, justamente, yo me dedicaré al tema de los Estados Unidos, 00:40:50
las medidas que se están tratando de hacer para, no sé, 00:40:53
ponerle puertas al campo, de internet, 00:40:57
lo que es exactamente el contenido del mensajista, pero también, 00:41:00
hay aquí un montón de abogados. 00:41:03
Si sabéis de qué va el tema, 00:41:05
están en lo que quieren hacer para proteger los derechos intelectuales, 00:41:07
impedir el acceso a web donde haya enlaces a contenidos protegidos por copyright. 00:41:10
Están en el Senado, están en el Congreso de los Estados Unidos. 00:41:19
¿Qué opinión les merece esto? 00:41:21
¿Creeis que legalmente se puede hacer como lo que se dedica a los usuarios, 00:41:23
a los creadores de contenidos, en otro tipo de formatos? 00:41:29
Bueno, la ley, bueno, sí, es la sopa o la sopa. 00:41:44
Bueno, en Estados Unidos, la verdad es que los temas de propiedad intelectual 00:41:49
son temas que se tratan con una seriedad espectacular 00:41:53
y, vamos, quien los defiende tiene el acceso al Gobierno 00:41:57
y a la legislación de una forma prácticamente directa. 00:42:03
Entonces, esta ley lo único que hace es desarrollar 00:42:06
la capacidad ejecutiva de los derechos de propiedad intelectual 00:42:10
sobre prácticamente cualquier contenido que esté en Estados Unidos. 00:42:15
Es decir, si hay cualquier tipo de incumplimiento o alguien lo detecta, 00:42:18
o un titular de esos derechos lo detecta, que lo pueda bloquear. 00:42:22
Cosa que es complejo, por ejemplo, en Europa 00:42:27
y hay otras iniciativas en Europa que tienden en otra línea a algo parecido. 00:42:30
Esto es importante porque muchos de los contenidos 00:42:35
y hay sobre todo muchos alojamientos de webs que están en Estados Unidos 00:42:39
entonces puede ocurrir y a nosotros en alguna ocasión de forma indirecta 00:42:44
nos ha afectado que, sobre todo por temas de dominios, por ejemplo, 00:42:48
que tú contrates un dominio o un alojamiento en Estados Unidos 00:42:53
y en el que alojes contenidos que tú entiendes que tienes derecho a utilizarlos 00:42:57
o que, por ejemplo, con respecto a la legislación española puedes utilizarlos 00:43:01
que en Estados Unidos alguien considere que no tienes derecho 00:43:05
y active uno de estos mecanismos que esta nueva ley simplemente los hace más ejecutivos 00:43:08
y te bloquea el contenido y te quiten el dominio porque es un .com que está en Estados Unidos 00:43:14
o el alojamiento deja de funcionar porque está alojado en un servidor de Estados Unidos. 00:43:19
Así que, vamos, es una ley importante en Estados Unidos 00:43:24
y luego también muy importante en el resto del mundo 00:43:28
porque puede que afecte a gente que intenta divulgar contenidos 00:43:31
a través de herramientas que están en Estados Unidos. 00:43:36
Para los titulares de los derechos y para quien configure sus derechos como algo restrictivo 00:43:38
es una noticia muy buena. 00:43:46
Y ahora yo voy a ser políticamente incorrecto y decir que es una noticia muy peligrosa. 00:43:49
Muy peligrosa porque Estados Unidos lo que hace es imponer sus teorías a todo el mundo 00:43:56
porque, por ejemplo, cuando organiza tratados de libre comercio como, por ejemplo, con Sudamérica 00:44:01
les impone todas estas leyes y siempre impone su modelo, su cultura y su producción. 00:44:05
Es decir, que van a poner sus leyes a todo el mundo y este es el peligro. 00:44:14
Y el peligro es que internet da miedo. 00:44:19
Da miedo a quien tiene el poder o quien pensaba que tenía el poder y podía controlarlo 00:44:23
y todas estas herramientas son herramientas de control y si no que nos pregunten a los turcos 00:44:27
que no pueden utilizar YouTube o a los chinos que tienen su internet controlada. 00:44:31
Entonces esto es control. 00:44:37
Y hace pocos días aparecía una noticia que Warner Bros. se había dedicado a hacer cerrar webs 00:44:40
y había confesado que había cerrado webs donde no había nada de contenido suyo 00:44:48
pero había conseguido cerrar esas webs mediante estas herramientas por las que vemos que ahora estamos entendiendo. 00:44:53
Es muy peligroso porque cuando se inventó internet, que lo inventaron los físicos en el CERN, 00:45:00
no estaba pensada para estas cosas, estaban pensadas para crear una herramienta, para compartir. 00:45:06
Antes alguien comentaba, creo que era Oscar, lo de los científicos, que bueno, que nos encantaba esto de compartir. 00:45:11
Cuidado porque los científicos lo que hacen es regalar los derechos de autor a las editoriales 00:45:18
y las editoriales se lucran, se forran y como decía hace poco también un artículo en The Guardian… 00:45:24
Con permiso. Y los juristas también. 00:45:28
Los juristas también. Bueno, aquí ya no conozco tanto el tema. 00:45:31
Como científico sé que las editoriales se forran y como decía no hace poco en The Guardian, 00:45:34
Murdoc al lado de las editoriales científicas es un socialista radical. 00:45:39
¿De acuerdo? Porque tendrías que ver, por ejemplo, la cesión de derechos que se hace con el conocimiento científico. 00:45:43
Por lo tanto, antes Pascual hablaba de los repositorios. 00:45:51
Claro que sí, hay que fomentar justamente este conocimiento en abierto, 00:45:53
este conocimiento, intentar volver al ideal de la red, al ideal del compartir, al ideal de decir, 00:45:58
oye, tenemos herramientas, la tecnología nos lo permite, que las leyes o este intento de control 00:46:04
no cierre esto que queremos nosotros. Los científicos cuando poníamos los artículos en la red, 00:46:11
por ejemplo, los físicos tenemos desde el año 91 una herramienta fantástica que se llama Archive. 00:46:16
Esto está totalmente abierto, es que antes de enviar casi el artículo a una revista ya se pone allí. 00:46:20
La noticia esa de los neutrinos que iban tan rápido y todo esto, esto está en abierto. 00:46:27
Cualquiera puede entrar. Luego los periodistas salen las noticias como salen porque claro, 00:46:31
se lo leen de esa manera y interpretan. Pero bueno, eso es abierto, cualquiera puede entrar allí. 00:46:35
No hace falta estar suscrito a revistas. Esto es el ideal. 00:46:40
Está claro que internet se utiliza para muchas cosas, pero lo que tenemos que vigilar es que para hacer un control 00:46:43
o prohibir algunos usos que son inadecuados, no nos carguemos la red. 00:46:52
No intentemos hacer un control absoluto de lo que se hace en la red porque justamente lo que permite la red 00:46:56
es esa generación democrática de decir, voy a hacer lo que quiera. 00:47:01
A la libertad del autor de decir, yo quiero compartir de una manera mis contenidos, crear y ofrecerlos. 00:47:05
Si lo tenemos todo controlado, los italianos por ejemplo, no sé cómo está el tema, 00:47:11
pero tenían una ley planteada de que cualquier vídeo que se subiera en internet tenía que pasar antes 00:47:16
por un organismo que verificara si ese vídeo estaba bien o no. 00:47:21
Porque hubo un caso de que unos estudiantes habían grabado a un niño discapacitado 00:47:25
y se habían reído a él y burlado y no sé qué en Youtube. Vale, pero para controlar esto 00:47:31
vamos a tener que controlar todos los vídeos que colgamos en internet. 00:47:36
Pues no sé hasta dónde podemos llegar. 00:47:40
Creo que hay más opiniones. Patricia y creo que Antonio también quiere comentar algo. 00:47:43
Algunas apreciaciones. La primera en relación a la función de las editoriales 00:47:47
y rompiendo una lanza a favor de las editoriales científico-técnicas. 00:47:53
Han evolucionado mucho. Es decir, las autorizaciones, los contratos que firman actualmente, 00:47:57
los autores que publican en revistas científicas respecto a lo que firmaban hace 5 o 6 años, 00:48:04
han evolucionado mucho. El editor está empezando a entender que no hace falta 00:48:10
que el autor le ceda absolutamente todos los derechos, sobre todo cuando él no lo va a necesitar. 00:48:15
Y por ejemplo, grandes editoriales científico-técnicas como Elsevier, como Emelard, como Springer, 00:48:20
ya tienen dentro de sus políticas cuestiones relativas a cuándo se puede pasar esa obra, 00:48:25
el autor lo puede pasar a un repositorio abierto de su institución, etcétera, etcétera. 00:48:29
Por otro lado, yo creo que vivimos en una sociedad donde nadie quiere asumir 00:48:34
sus propias decisiones, sus propios actos. Me sorprende cuando un abogado dice 00:48:39
que lo que firma con la editorial que le publica es leonino. 00:48:47
Pues quizás ese es el problema, que debería usted firmarlo y leerse el contrato, 00:48:51
como decía antes el profesor Barberán, no nos leemos nada. 00:48:56
De hecho, cogemos una tarjeta del banco, vendemos hasta el alma 00:49:00
y salimos contentos porque la tarjeta me cabe, pero ya está. 00:49:04
No, tenemos que acostumbrarnos a firmar. Un contrato no deja de ser un acto entre partes 00:49:07
y, por tanto, ahí la voluntad contractual deja que cada uno decida. 00:49:13
Evidentemente, no siempre las decisiones las puede tomar uno al mismo nivel, 00:49:17
pero aquí también tenemos que ser conscientes que no es lo mismo cuando uno es un autor 00:49:20
poco conocido, que lo que te interesa es que te conozcan, a cuando uno ya está sentado 00:49:23
o tiene cierto prestigio, que entonces ya es quien impone sus condiciones. 00:49:29
Y, finalmente, respecto al tema de la filosofía, no te puedo opinar acerca 00:49:32
de lo que preguntas de esta ley norteamericana porque lo único que he leído de ella 00:49:36
es a través de prensa, y lo siento si hay algún periodista o familiar de periodista 00:49:40
o amigo de periodista en la sala, pero cada vez me creo menos lo que ponen los periódicos. 00:49:44
Entonces, hasta que no lea algún texto de mayor calado no me puedo formar una opinión. 00:49:49
Pero sí que creo que hay una cuestión a tener en cuenta. 00:49:55
Al margen de cómo sea el marco legal que se articule, y estando de acuerdo con Ignasi 00:49:59
de que no se pueden matar moscas a cañonazos y que hay cierta tendencia, pero no en este tema, 00:50:03
sino en todos, a magnificar las consecuencias de un acto puntual y, a partir de aquí, 00:50:07
hacer regulaciones un poco estrambóticas, lo que es cierto es que lo que son titulares 00:50:11
de derechos que desean que sus obras se exploten de una determinada forma en la red, 00:50:15
ahora mismo no lo están consiguiendo y necesitan y exigen unas reglas de juego un poco más seguras. 00:50:21
Lo que tú dices de volver a conseguir la esencia de Internet al principio, sí, 00:50:26
pero el problema de Internet no lo dan los físicos que quieren compartir su trabajo, 00:50:30
lo da Warner Bros. o lo da Editorial Planeta o lo da Carlos Ruiz Zafón, 00:50:35
que antes de que su novela haya salido al mercado ya la tiene puesta a disposición 00:50:40
en un montón de sitios sin su autorización. Es decir, hay que equilibrar esas dos propuestas 00:50:43
y hay que entender que en ningún caso se está diciendo que el titular 00:50:49
que quiera compartir su conocimiento no lo haga, todo lo contrario. 00:50:53
Para mí, siempre he dicho lo mismo, el Creative Commons es la esencia del derecho de autor. 00:50:56
Usted decía antes que no estaban regulados este tipo de licencias. 00:51:00
Es que no hace falta. Sí que están regulados, perdón. De hecho, el autor lo hace 00:51:04
porque hay una ley de propiedad intelectual que le dice a usted, como creador, 00:51:07
es el titular, es de todos los derechos por el mero hecho de la creación. 00:51:10
Y a partir de aquí haga usted con esos derechos lo que desee. 00:51:14
Si usted lo que desea es compartirlos con el mundo mundial a cambio simplemente 00:51:17
de que la gente le reconozca que es el autor, adelante y magnífico. 00:51:20
Si usted lo que desea es una explotación de otra forma y con otras condiciones, 00:51:23
adelante y magnífico. 00:51:27
Antonio Muñoz quería añadir algo. 00:51:29
Bueno, yo estoy, suscribo básicamente lo que ha dicho Patricia, 00:51:32
pero quería hacer alguna aclaración. 00:51:37
Yo tampoco conozco el texto de este nuevo proyecto de ley 00:51:40
que se está discutiendo en Estados Unidos. 00:51:44
Conozco solamente algunas directrices y algunos principios básicos 00:51:46
que se han publicado en prensa. 00:51:49
Y también estoy de acuerdo con Patricia en que a veces la prensa, 00:51:51
la propiedad intelectual está muy politizada, desafortunadamente es así. 00:51:54
Entonces todo esto se magnifica porque cuando hay un titular, 00:51:58
además la prensa también está pasando un momento de adaptación 00:52:02
a las nuevas tecnologías. 00:52:05
Los propios grupos de comunicación se están viendo en una situación económica 00:52:07
difícil y entonces es mucho más fácil a veces poner un titular 00:52:11
en el que se dice que Estados Unidos va a infringir todas las leyes 00:52:15
de privacidad, etcétera, que poner algo más neutro o menos escandaloso. 00:52:20
No quiero decir con eso que no lo vayan a hacer. 00:52:26
Y de hecho, por lo que he podido leer en prensa, efectivamente 00:52:28
se genera cierta inquietud. 00:52:31
Y a mí me generan suspicacias este tipo de mecanismos. 00:52:35
Lo que sí quiero apuntar es que me parece que tenemos que tener 00:52:38
en cuenta una cosa fundamental. 00:52:43
En Internet, como decía Patricia Riera, los derechos, los autores 00:52:46
y las empresas que tienen legalmente derechos de propiedad intelectual 00:52:51
porque los han adquirido, digamos que tenemos que diferenciar 00:52:55
entre lo que es el mercado y aquellos autores que quieren explotar 00:52:57
económicamente su obra y quieren valerse de esos derechos que la ley 00:53:02
les otorga y por otra parte tenemos, por ejemplo, el ámbito educativo 00:53:05
en el que la problemática es totalmente distinta. 00:53:09
Pero cuando estamos en Internet, cuando lo que queremos hacer 00:53:12
es rentabilizar nuestras obras en Internet, ganar dinero a través de ellas, 00:53:16
hay una cuestión fundamental y yo creo que no debemos olvidar 00:53:20
que si Internet es un ámbito, un espacio en el que podemos generar ingresos 00:53:23
a través de nuestras obras y tenemos derecho a ello, efectivamente 00:53:30
hay que proteger de alguna forma a los titulares de derechos. 00:53:34
Pero yo siempre pongo el ejemplo de Spotify porque yo creo que hay 00:53:37
una cuestión esencial y es que también estaremos todos de acuerdo 00:53:41
en que las empresas que están en Internet tienen derecho a competir 00:53:45
lealmente, a competir en igualdad de condiciones. 00:53:49
Entonces tenemos una empresa que es una empresa totalmente innovadora 00:53:51
que está desarrollando la tecnología como es Spotify, una empresa sueca 00:53:56
además, europea, que está desarrollando, yo creo que además lo están haciendo 00:54:00
de una forma muy intuitiva, muy atractiva, la gente puede acceder 00:54:04
a las canciones que tienen un repertorio muy amplio de canciones, 00:54:07
pueden acceder gratuitamente o bien pagando 9,99 euros al mes. 00:54:11
Es decir, es algo sencillo, accesible, donde tienes un repositorio 00:54:16
de canciones, en este caso de pago financiado por publicidad 00:54:21
y yo creo que es un modelo muy atractivo. 00:54:25
Pues bien, Spotify en primer lugar, lo cierto es que ha tardado mucho tiempo, 00:54:27
ha tardado 3 años hasta que consiguió todas las licencias de las discográficas 00:54:31
para conseguir lanzarse adelante, pero Spotify es un negocio legal 00:54:35
y pongo este ejemplo como podría ser cualquier otra empresa de este tipo 00:54:39
pero yo creo que esta es la más conocida, no tengo ningún tipo de relación 00:54:42
con ellos ni vengo aquí a hacerles publicidad, pero creo que es un ejemplo 00:54:45
bueno. ¿Por qué? Porque Spotify es una empresa legal, atractiva, 00:54:47
que ha conseguido hacerse popular y que la gente entre y utilice 00:54:52
sus servicios y le paga a los autores, le paga a las discográficas 00:54:57
y le paga a los titulares de derechos y a las entidades de gestión. 00:55:01
Es decir, es una empresa atractiva que está desarrollándose, 00:55:04
que ha fomentado el desarrollo de los servicios de la social información 00:55:08
y al mismo tiempo colabora con la propia intelectual. 00:55:11
Pues bien, no hace mucho salió una noticia en prensa en la que se decía 00:55:13
que globalmente Spotify tiene pérdidas millonarias. ¿Por qué? 00:55:18
Pues porque además de Spotify hay otras páginas web como son RapidShare 00:55:21
o Series Junkies por poner algún ejemplo, que son páginas web que 00:55:25
a través de distintos mecanismos están compitiendo deslealmente 00:55:31
con negocios legales porque ponen a disposición música sin pagarle a nadie. 00:55:35
Es el negocio perfecto, es decir, yo incluso, algunas de estas páginas 00:55:38
tienen servicios premium, es decir, págueme usted a mí que yo le voy a dar 00:55:43
más calidad en las descargas, pero yo me lo quedo todo, 00:55:47
yo no le tengo que pagar a nadie. Entonces, propiedad intelectual 00:55:51
pero además competencia leal en el mercado, es decir, si queremos 00:55:55
que haya empresas como Spotify, si queremos que, porque yo por ejemplo 00:55:58
tengo un iPad o tengo un Kindle y quiero descargarme libros digitales 00:56:02
legalmente y lo cierto es que ahora mismo los negocios que hay, pues bueno, 00:56:05
tenemos Amazon, pero en España en concreto parece que todavía 00:56:09
la industria no termina de lanzarse, pero para que puedan lanzarse 00:56:13
estos negocios debe de haber competencia leal en el mercado. 00:56:18
Yo creo que esto es algo que todo el mundo entiende y que tenemos que apoyar. 00:56:22
¿Cuáles son esos sistemas para conseguir que haya competencia leal? 00:56:26
¿Cómo reprimimos que no existan páginas como Series Junkies o algo así 00:56:29
que compiten deslealmente en el mercado? Pues, bueno, 00:56:32
existen mecanismos legales y se están adoptando nuevas propuestas, 00:56:37
se está pensando, la tecnología avanza mucho más rápido que el legislador, 00:56:41
pero yo creo que a veces perdemos de vista la perspectiva, 00:56:45
no se trata tanto de esta ley en concreto, sino que yo creo que 00:56:49
existen determinados principios que todos compartimos y respecto 00:56:53
a los que existe consenso y yo creo que debemos estar a esos principios, 00:56:56
verlo claro y a partir de ahí tomar iniciativas concretas. 00:57:00
Gracias. Pascual quería añadir algo. 00:57:04
Sí, intentaré ser muy breve. Intentando responder a tu pregunta, 00:57:08
creo que es que a veces cuando hablamos de Internet 00:57:13
confundimos un poco lo que es Internet con el tema de los derechos de autor 00:57:18
o más bien con lo que se llama la industria cultural o del entretenimiento. 00:57:23
Yo quitaría la parte cultural. A veces me veo algunas estadísticas 00:57:28
que publica la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, 00:57:34
no sé si como las licencias nadie se las lee, pero yo me las intento leer 00:57:38
y en un estudio que salió hace un par de años se decía que el 70% 00:57:42
de los activos intangibles de las empresas norteamericanas 00:57:47
está hecho por propiedad intelectual. Bueno, ahí meten propiedad intelectual 00:57:51
y propiedad industrial. ¿Qué significa eso? 00:57:54
Que dentro de todo lo que hay en Internet hay una cosa que es efectivamente 00:57:58
industria cultural, que es lo que genera dinero. O para que nos entendamos, 00:58:03
cuando vamos a un burger y pedimos un menú infantil y nos dan 00:58:07
un muñequito de bob esponja, ese muñequito de bob esponja, cuando nos lo dan, 00:58:11
parte de lo que hemos pagado por la hamburguesa lo cobra un señor 00:58:15
que está en California. Es un poco el ciclo básico de lo que es la propiedad intelectual. 00:58:19
Entonces, efectivamente existen una serie de leyes que están dirigidas 00:58:24
a proteger la propiedad intelectual de esas personas, pero ojo, 00:58:31
es la industria del entretenimiento, porque en industria cultural, 00:58:35
como ha dicho Ignacio y como ha dicho Patricia, hay un movimiento 00:58:39
desde hace cerca de diez años de difusión de la cultura, digamos, 00:58:42
en un concepto, al menos sobre todo en las investigaciones científicas, etc., 00:58:49
incluso desde un punto de vista egoísta por parte del autor. 00:58:54
El autor prefiere que su obra sea vista por más personas que no cuando está 00:58:58
bajo una suscripción de una base de datos cerrada, porque así se le citará más 00:59:04
y como se le cita más a la hora de ver el impacto de la publicación, será mayor. 00:59:08
Entonces, todo eso va por una vía distinta. Pero por la parte de la industria 00:59:13
del entretenimiento, efectivamente están saliendo unas leyes que yo entiendo 00:59:18
que siempre que sean aplicadas únicamente para defender los derechos 00:59:22
de ese autor que quiere que su obra sea defendida tipo copyright, 00:59:28
no me parecen mal, siempre y cuando la cosa se quede ahí. 00:59:33
Es decir, cuando nosotros dictamos una serie de leyes que posibilitan 00:59:37
que por parte de las autoridades o incluso por parte de empresas 00:59:42
de la industria cultural o de la industria del entretenimiento, 00:59:48
más bien, se pueda acceder, por ejemplo, a nuestros ordenadores 00:59:53
para ver qué es lo que tenemos, qué nos descargamos, qué compartimos, 00:59:56
yo es donde ahí veo que realmente puede ser un peligro. 01:00:00
Ahora bien, una persona decide una editorial, una discográfica, 01:00:03
que su obra está en copyright y que no quiere que nadie la utilice 01:00:07
si uno es pagando una licencia, pues en el fondo no me parece mal 01:00:11
que las leyes articulen unos sistemas que permitan que aquellas personas 01:00:15
que se saltan esa licencia sean perseguidas. 01:00:20
Bueno, hay sistemas, como por ejemplo el sistema francés 01:00:24
que es bajando velocidades del ADSL, porque claro, en el fondo el ADSL 01:00:27
ya es una especie como de derecho fundamental para la gente 01:00:32
y tampoco se lo vas a cortar o le vas a meter en la cárcel por un pirateo, 01:00:35
que realmente el pirata es el Somalí que va con una lancha detrás de un pesquero, 01:00:39
pero realmente yo entiendo que tenemos que diferenciar todo eso, 01:00:42
no es lo mismo alguien que sube una foto de su perro a Internet 01:00:47
o alguien que utiliza Internet, pues está en una red social, etcétera, etcétera, 01:00:50
que lo que es la industria cultural, que es a donde van dirigidas 01:00:54
todo este tipo de leyes. 01:00:57
Gracias. No sé si hay alguna pregunta y si no voy... 01:00:59
Ah, vale, yo también iba a hacer otra, sí, tú primero, Antonio. 01:01:04
Vale, a mí me interesa llevar el debate y la discusión a mi terreno 01:01:09
que es el mundo de la educación, el mundo de la generación de aplicaciones, 01:01:14
software, contenidos educativos, y lo voy a enmarcar. 01:01:19
A cualquier administración educativa, ¿qué le interesa? 01:01:25
Que los contenidos digitales educativos tengan el máximo de difusión, 01:01:28
que lleguen al último centro y que tengan el coste cero, a ser posible. 01:01:32
Es decir, apostamos, y nosotros en esta casa, 01:01:35
todos los productos nuevos que hacemos los hacemos bajo licencia de Creative Commons, 01:01:38
BY, de Reproductiva Igual, y hasta ahora no comercial. 01:01:42
Bien, si los únicos productos que hubiese en el mercado 01:01:46
fuesen los que generan las administraciones mediante vías de contratos, 01:01:50
de cargos, etcétera, o suficiente con profesores, no habría ningún problema. 01:01:54
Pero surge ya un primer problema, que es por la entidad física del producto. 01:01:58
Y os voy a contar la situación concreta. 01:02:04
Nosotros tenemos esos contenidos, tenemos Agrega, 01:02:07
un repositorio con cientos de miles de objetos digitales educativos 01:02:10
a disposición de cualquier persona libre. 01:02:13
Cuando llega también a nuestra obligación fomentar, por otra parte, 01:02:16
la industria editorial para que cambie el chip 01:02:21
y que pase de la letra impresa, del libro de texto impreso, 01:02:24
a un material que sea susceptible de ser utilizado en el marco del escolarismo. 01:02:26
Eso significa el material digital, ¿no? 01:02:32
Bien, las empresas editoriales hacen lo que llaman ellos libros de textos digitales. 01:02:35
Seguimos teniendo la concepción de que un libro es una cosa cerrada, 01:02:40
es decir, ahí sale en el tiempo. 01:02:44
¿Pero qué hacen las empresas? 01:02:46
Y yo aquí ya viene mi pregunta concreta a mala uva. 01:02:48
Las empresas dicen, bueno, encargan a una serie de expertos, especialistas, 01:02:51
el diseño de ese libro de texto digital, de ese libro. 01:02:54
Ese especialista hace su formulario, 01:02:59
mete sus contenidos, sus actividades más o menos interactivas, 01:03:03
pero sabe que hay páginas oficiales, recursos, 01:03:07
o páginas de profesores, o páginas de centros, o páginas personales, 01:03:11
en las que hay contenidos muy interesantes. 01:03:15
Y dentro de ese libro de texto, 01:03:18
claro, no mete la página entera de un profesor, 01:03:20
que es un especialista en el tema, 01:03:23
pero mete un enlace, con lo cual está generando un valor añadido ese libro de texto, 01:03:25
porque sin ese enlace, que va a un contenido que es externo y que no es suyo, 01:03:29
el libro de texto, lógicamente, tendría muchísimo menos valor. 01:03:34
Bien, ¿qué situación nos encontramos ahí? 01:03:38
Porque, claro, la editorial no es licencia Creative Commons, por supuesto, 01:03:41
es copyright, y encima, bueno, genera otro servicio, 01:03:45
que es conectarte a Internet, un servidor, etcétera, 01:03:50
pero está cobrando por el libro. 01:03:53
¿Veis que ahí tenemos un terreno en que realmente el problema es serio? 01:03:55
Y yo quería hacer, ahora que tengo la palabra, 01:03:59
y como seguramente luego ya no la volveré a tener durante mucho tiempo, 01:04:01
una reflexión en voz alta. 01:04:04
Yo creo que con el tema de licencias estamos pensando todavía en Gutenberg, 01:04:07
estamos pensando en el libro impreso, en el imprimatur, 01:04:12
es decir, en el momento temporal en el que se dice, 01:04:16
la obra está cerrada, la obra está acabada, 01:04:19
y esto es lo que se va a publicar y por esto voy a cobrar. 01:04:21
Y la situación real, ahora mismo, no es esa. 01:04:24
Hay una palabra mágica que se llama blog. 01:04:27
¿Quién es el dueño, el titular de un blog? 01:04:30
El teoría, el que lo tiene licenciado. 01:04:32
Pero allí escribe mucha gente, aporta material mucha gente, 01:04:35
eso es una obra de inteligencia colectiva. 01:04:38
Allí hay reconocimiento de derechos, 01:04:41
los derechos de todo lo que hay ahí es del señor que ha montado el blog, 01:04:43
porque a lo mejor lo que hace, yo sufro personalmente eso, 01:04:47
aparezco por mi página personal en un montón de blogs. 01:04:52
Muchas veces lo único interesante, 01:04:56
una de las pocas cosas interesantes del blog, 01:04:59
es un enlace con un comentario a alguna de las cosas que yo tengo colgadas en mi página web. 01:05:01
Entonces fijaros aquí que la propiedad intelectual es un tema muchísimo más difuso, 01:05:08
no es tan claro y no nos valen los esquemas de decir, 01:05:12
bueno, propiedad intelectual, derechos económicos, derechos morales y tal, 01:05:15
no, no, ahora el tema, y yo creo que ahí es, hay que cambiar, 01:05:21
hay que cambiar un poquillo el término. 01:05:24
Pero lo que me interesa es la primera parte, 01:05:27
cómo atacamos, qué tipo de licencias, 01:05:29
cómo habría que hacer para esa combinación de licencias creative common 01:05:31
con el mundo editorial, con referencias, 01:05:36
que ahora con la red las referencias, 01:05:39
a mí me da igual que un enlace esté embebido dentro de un libro de texto que tiene la editorial 01:05:42
o que directamente saltando a través de internet vayan a otro sitio 01:05:47
donde realmente la editorial se está beneficiando. 01:05:50
Pues ahí quedan las preguntas. 01:05:55
Una pregunta, yo no sé si contestar antes o, a ver, por partes, 01:05:56
yo los enlaces, sin enlaces no existe internet, 01:06:08
el enlace siempre lo hemos definido, 01:06:13
desde una editorial a un usuario, a quien quieras, 01:06:15
que sin enlaces, es que yo siempre digo lo mismo, 01:06:22
yo cuando abro un periódico y me dice que en el cine tal hacen tal película, 01:06:23
pues fantástico, porque sé que allí hay aquello, 01:06:28
si a mí me ponen un enlace diciendo allí hay tal contenido, pues fantástico, 01:06:31
yo creo que justamente la labor del editor pues es esto, 01:06:34
buscar esos contenidos y ofrecerte a ti de una manera organizada esto. 01:06:37
Luego hay otro tema que es que no solo hace falta poner un enlace, 01:06:41
es que se puede reutilizar, 01:06:45
es que hay mucha gente que lo que hace es ofrecer libremente imágenes, 01:06:47
textos, cualquier material con licencias que permiten este gran uso, 01:06:50
entonces las editoriales, pues claro que pueden aprovecharse, 01:06:56
ahora bien, que respeten la licencia, no digo que no lo hagan, 01:07:00
pero por ejemplo, y yo lo siento, los periodistas hoy se ve que les vamos a dar… 01:07:04
¿Cuántos periódicos utilizan imágenes que ellos dicen que son de internet, 01:07:09
sin citar el nombre, sin respetar la licencia, 01:07:15
incluso ha habido casos que han acabado casi en los tribunales justamente por esto, 01:07:20
por no respetar la licencia, 01:07:24
el autor que ha puesto allí una fotografía en un portal como Flickr 01:07:27
o en cualquier otro portal ha decidido libremente poner la licencia X, 01:07:31
si le pone unas condiciones, pues habrá que cumplir con esas condiciones, 01:07:35
ahora bien, si solo quiere reconocimiento, 01:07:38
pues se puede aprovechar una editorial como me puedo aprovechar yo, 01:07:40
como nos podemos aprovechar todos, porque él así lo ha decidido, 01:07:44
entonces lo que hay que hacer es justamente fomentar esto, 01:07:47
por ejemplo, el Departamento de Trabajo de Estados Unidos 01:07:50
ha decidido para los Community College lanzar unas ayudas de 2 billones, 01:07:54
billones americanos, es decir, 2.000 millones de dólares, 01:07:59
para crear contenidos educativos donde solo se pueda poner la licencia de reconocimiento, 01:08:02
¿para qué?, para que cualquier editorial si quiere luego lo pueda reutilizar libremente, 01:08:07
ahora bien, citando, por lo tanto, perfecto, 01:08:12
hay un proyecto muy interesante que os invito a que conozcáis que se llama Conexions, 01:08:17
cnx.org, que está fomentado desde la Universidad de Rice, que es de Texas, 01:08:21
que utilizan para todos los contenidos el solo reconocimiento, 01:08:26
pues bien, hay una editorial, una editorial que se llama Quop, 01:08:31
que lo que se ha dedicado a hacer es a buscar entre todos aquellos módulos, 01:08:33
los módulos que ellos creen interesantes y que creen que hay negocio, 01:08:38
y crear unos libros de texto, y esos libros de texto están en PDF, 01:08:42
tú te los puedes bajar libremente, pero si los quieres en un formato papel, 01:08:47
tienes que pagar un precio, y ahí es su negocio, ellos hacen ese negocio, 01:08:51
porque la licencia lo permite, ahora bien, cuando editan, 01:08:55
siguen manteniendo que la licencia es esa, o sea, yo puedo fotocopiar libremente ese libro 01:08:58
y no tener que pedir permiso tampoco a la editorial, 01:09:03
entonces, esta editorial ha buscado un modelo de negocio que cree interesante, 01:09:06
no todos los contenidos los pone así, porque no cree que todos hayan que utilizar este método, 01:09:09
pero ellos han hecho su proceso editorial y han decidido, pues por aquí vamos. 01:09:15
Referente a lo del blog, bueno, otra gran herramienta es el wiki, 01:09:19
Wikipedia es el gran ejemplo de wiki, ¿qué se hace allí? 01:09:23
Pues allí lleva una licencia, no podrás ponerlo con la licencia que comentabas Oscar, 01:09:27
porque la no comercial sin obra derivada no está permitida, 01:09:30
allí la que está permitida es reconocimiento compartir igual, ¿por qué? 01:09:34
Porque si tú vas al historial, verás toda la gente que ha participado, 01:09:38
con nombre o de manera anónima, esto la ley también lo regula, 01:09:41
tú puedes divulgar tu obra anónimamente, pero bien, 01:09:44
lo que siempre tienen que permitir es que el que venga detrás pueda hacer una obra derivada, 01:09:48
es la esencia del copyleft, yo te dejo hacer lo que quieras, 01:09:54
te dejo hacer una obra derivada, pero tú también tienes que permitir que esa obra derivada se pueda. 01:09:57
Entonces, ¿quién hay allí de autores? Muchísimos, la comunidad. 01:10:03
Ahora, también hay que respetar, hace poco en Alemania justamente hubo una sentencia 01:10:06
que castigaba a un partido alemán por reutilizar una imagen que estaba en Wikipedia 01:10:11
y no hacer el respeto de la licencia, porque no se citaba de dónde era la fotografía ni nada. 01:10:15
Pues bien, entonces yo creo que justamente todo esto se puede ir haciendo, 01:10:21
se puede ir haciendo, pero hay que respetarnos entre todos. 01:10:24
Yo puedo ser muy malo haciendo fotografías, pero si a esa fotografía a alguien le interesa 01:10:28
y yo pongo una licencia, que me la respeten. 01:10:33
Entonces aquí yo creo que hay que quitarse un poco esa manía de que solo hay que respetar a los autores, 01:10:36
artistas que son conocidos, hay que respetarnos entre todos, 01:10:42
si no, rompemos un poco las reglas del juego. 01:10:45
¿Nos dejáis ser más directos y concretar un poco más la pregunta? 01:10:48
Dije que no iba a intervenir, pero tengo que decirlo. 01:10:54
Esta mesa surge de un debate que hubo en el equipo directivo del ITE hace ya dos meses. 01:10:58
Bueno, ¿se me oye? Sí, yo creo que a la cámara sí que me está oyendo, que es mi micrófono. 01:11:04
Bueno, en una de las reuniones del equipo directivo del ITE surgió esta pregunta. 01:11:11
Bueno, no la voy a hacer yo. 01:11:14
Surgió esta petición de una editorial que le llegó a Pilar, con lo cual que lo cuente Pilar. 01:11:16
Bueno, inicialmente la cuestión que nos plantearon fue a partir de un equipo 01:11:21
de personas que estaban haciendo, sin terminar de definir si era una empresa, 01:11:33
si era una editorial, sin terminar de acotar, 01:11:39
nos pidieron permiso para reutilizar en un contexto de una plataforma 01:11:41
de utilización restringida, no abierta, reutilizar algunos de los objetos digitales 01:11:48
que están en agrega bajo un tipo de licencia muy concreto, 01:11:56
que es el reconocimiento de autor, compartir igual y no comerciar. 01:12:00
Para, en principio, investigar una metodología específica dentro del área de ciencias naturales 01:12:08
para alumnos menores de edad, de manera que se facilitase el acceso a redes entre alumnos 01:12:18
para intercambiar, por una parte, conocimientos, actividades, compartir. 01:12:26
Por otra parte, la empresa, sin terminar de definir, nos decía que ese acceso a esa plataforma 01:12:32
iba a ser de pago una pequeña cantidad para poder mantener esa plataforma. 01:12:44
Y, por otra parte, se iban a reutilizar los contenidos, los objetivos digitales 01:12:54
que están colgados en agrega para desarrollar nuevas actividades a partir de los mismos. 01:12:58
Realmente, cuando nos pidieron permiso agrega a los que somos representantes, 01:13:06
de alguna manera, al Ministerio de este repositorio de agrega, 01:13:14
lo que nos estaban planteando era si podían utilizar en ese contexto esos objetos digitales. 01:13:18
El debate se planteó por la interpretación del no comercial. 01:13:25
El no comercial, después, a posteriori, he visto que en Estados Unidos la propia Creative Commons 01:13:30
ha hecho una investigación pulsando un poco la opinión de los usuarios de Internet, 01:13:39
usuarios de dos tipos distintos, usuarios simplemente de Internet 01:13:47
y usuarios con conocimiento profundo del tipo de licencias. 01:13:52
Y la verdad es que ha quedado como muy... 01:13:56
Hay una aceptación, en algunos casos, de que el término no comercial pueda producir algún tipo de beneficios, 01:14:02
cuando puede ser, por ejemplo, organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro. 01:14:11
Y se acotan, de alguna manera, se hace un muestre relativamente amplio 01:14:20
en el cual se acepta que, aunque un objeto tenga el término no comercial, 01:14:27
puedan obtener ciertos beneficios. 01:14:35
En muchos casos, incluso, se entra a cuestionar o se propone que los beneficios no sean muy amplios, 01:14:40
es decir, la cantidad de beneficios que puedan surgir. 01:14:49
Y en esta situación, realmente, con el término no comercial que actualmente está en los objetos 01:14:52
que hay en el repositorio agrega, bueno, pues no supimos tampoco dar una respuesta 01:14:59
a esta propuesta o a esta petición de permiso que nos estaban haciendo desde esta editorial. 01:15:07
Y aquí es un poco lo que a los expertos en el tipo de licencias Creative Commons 01:15:16
queríamos plantear si puede haber un reposicionamiento por una parte de Creative Commons 01:15:22
respecto a lo que puede ser no comercial aceptable en determinadas cuestiones, 01:15:30
en determinados contextos específicos, por una parte. 01:15:36
Y por otra parte, bueno, nos está replanteando también determinadas cuestiones 01:15:41
sobre las licencias que estamos poniendo ahora, 01:15:47
bajo las licencias que se están poniendo ahora los contenidos digitales de las producciones actuales. 01:15:52
Hombre, yo creo que quizá Inás sea la persona. 01:16:03
Sí, no, es que quería un poco matizar lo que acaba de decir Pilar. 01:16:11
Yo no sé de dónde ha sacado, pues yo no lo conozco, o sea, las interpretaciones esas del término no comercial. 01:16:15
Con tanto abogado delante, no sé yo si utilizar lo de fraude de ley puede ser para darme un tirón de orejas, 01:16:21
pero al menos en el sentido popular a mí me parece que si a los autores que en su momento 01:16:26
nos vendieron su producción para hacer los productos digitales que hemos publicado en agrega, 01:16:31
les avisamos de que iban a publicarse con una licencia no comercial, 01:16:38
para mí entender en román paladino no comercial quiere decir que no se va a ganar dinero con ellas. 01:16:42
Por lo tanto, no sé qué interpretarán en Estados Unidos, pero yo, desde luego, no lo comparto. 01:16:48
Entonces, esa es una cuestión. Y segunda, o sea, por situar un poquito el tema, 01:16:55
no es la primera propuesta que tenemos. Ya tuvimos una propuesta de una editorial mexicana 01:17:01
que exactamente igual nos planteaba que iba a incluir, nos pedía permiso para incluir los contenidos 01:17:05
que habíamos publicado aquí en su libro de textos. Y el problema que se plantea en esencia es, 01:17:13
independientemente de que se incluya, en el caso de incluir los contenidos, evidentemente hay un soporte físico. 01:17:19
Pero en el caso ya decía Ignacio que internet son los enlaces, evidentemente. 01:17:26
Pero el problema de fondo es que, ¿qué ocurre cuando un objeto digital adquiere entidad 01:17:31
solo en función de los enlaces que lo soportan? Y ese objeto digital se vende. 01:17:40
Es la idea, alguien publica un libro de texto, ¿y qué ventaja comercial tiene esa editorial 01:17:47
al publicar su libro de texto, en comparación con otras editoriales, que incluye unos materiales? 01:17:54
Esta gente mexicana nos decía que se distribuirán gratuitamente el CD. 01:18:01
Y dice, sí, señor, evidentemente no va a cobrar usted por el CD. 01:18:05
Pero lo que está usted ganando es una ventaja comercial, puesto que usted, o sea, 01:18:08
está incluyendo unos contenidos y le está haciendo generar un beneficio, 01:18:12
gracias a esos contenidos que está metiendo, que en principio estaban liberados con licencia. 01:18:16
A mí me parece que es un asunto un poquito peliagudo, el tema de aquellos libros, 01:18:19
vamos, libros digitales, sobre todo, que adquieren entidad en función de los enlaces. 01:18:26
No es tanto que dices, citas un producto y a partir de él haces una explotación didáctica, 01:18:30
generas contenido derivado sobre ese producto. No, no, es que directamente citas el producto, punto. 01:18:37
Entonces, no sé si eso es desrecibo. Y lo que está claro es que eso nos lleva a un siguiente planteamiento, 01:18:43
desde el punto de vista de administración, que es la siguiente disquisición importante. 01:18:52
Podemos, estamos legitimados, como apuntaba Ignasi, por ejemplo, 01:18:59
con el tema este estadounidense de producción, para producir con dineros públicos contenidos, 01:19:05
con licencias que permitan el uso comercial, licencias abiertas que permitan el uso comercial 01:19:10
y que, por lo tanto, favorezcan la reutilización de los mismos sin ningún tipo de limitación. 01:19:16
Y la siguiente pregunta asociada, si optáramos por eso, 01:19:22
¿en qué condiciones tendrían que distribuir las editoriales que utilizaran esos contenidos, 01:19:26
sus nuevos contenidos, puesto que están generándolos a partir de producciones que han hecho otros? 01:19:30
Bueno, respecto de la primera cuestión que se planteaba de la licencia KTIP Commons 01:19:37
y cómo se había solicitado autorización por parte de una página web para utilizarla 01:19:56
y parece que tenía una utilización comercial y esta disquisición sobre que se entiende por no comercial o comercial 01:20:01
yo aquí decía que probablemente Ignasi podrá explicar más en detalle cómo funcionan las licencias KTIP Commons, 01:20:07
pero no nos olvidemos de que una de las características principales de estas licencias es que se conceden de forma no exclusiva, 01:20:14
es decir, nosotros firmamos una licencia KTIP Commons, o sea, como esto es por Internet, 01:20:21
pues ponemos a disposición la obra bajo licencia KTIP Commons, 01:20:28
pero esto no nos impide que si esa licencia KTIP Commons, 01:20:31
si alguien nos solicita autorización para utilizar la obra que se ha difundido bajo licencia KTIP Commons 01:20:36
en otro tipo de publicación, por ejemplo, en un libro que se va a vender, 01:20:41
como la licencia que hemos concedido bajo KTIP Commons no es en exclusiva, 01:20:46
siempre podremos conceder una nueva licencia a esa otra entidad que nos está pidiendo, 01:20:51
que quieren utilizarla con carácter comercial, 01:20:56
es decir, es una cuestión de licencias, por supuesto, 01:20:59
tampoco le podremos dar ya la exclusiva a la editorial o a la página web porque tenemos la licencia KTIP Commons, 01:21:03
no sé si se entiende, pero yo creo que esta es una de las características básicas de las licencias KTIP Commons, 01:21:09
nosotros podemos, por ejemplo, una persona, un escritor novel que tiene interés, 01:21:16
que escribe en su casa y tiene mucha afición por la literatura, 01:21:21
escribe una novela y decide ponerla a disposición bajo licencia KTIP Commons para que la gente, 01:21:24
pues además licencia KTIP Commons sin obra derivada, sin usos comerciales, 01:21:30
la gente va a poder acceder a esa obra en Internet sin ningún tipo de problema, 01:21:34
pero nos encontramos con que tiene éxito y hay una editorial que, 01:21:38
al margen de que esté utilizándose libremente en Internet, quiere editarla, comercializarla, venderla, 01:21:41
pues en libros en papel, para que esté en todo tipo de tiendas, de librerías, etc. 01:21:47
Pues entonces ese autor puede suscribir una nueva licencia, 01:21:51
que ya no va a ser esta licencia estandarizada KTIP Commons, sino una licencia de cesión de derechos, 01:21:55
en la que le va a poder ceder los derechos comerciales para que se explote comercialmente esa obra, 01:22:00
lo que pasa que como tenemos la licencia KTIP Commons, no le podremos dar la exclusiva a esa editorial, 01:22:05
pero yo creo que se entiende, es el mismo supuesto en este caso. 01:22:11
Sí, bueno, yo cuando lo contabas la verdad es que me estaba interesando, 01:22:22
porque nosotros somos coautores de las obras que están puestas en la grada 01:22:25
y la verdad es que no me había enterado de esto. 01:22:29
Bueno, con respecto yo creo que aquí hay tres cosas de las que se han comentado, 01:22:32
una es lo que se entiende en el marco de KTIP Commons por lo que es comerciar, por lo que es el uso comercial, 01:22:36
yo creo que es un tema que tiene un problema porque viene de una licencia 01:22:44
que tiene un concepto que es americano, de un sistema legal americano 01:22:49
y que se aplica en un sistema legal completamente diferente en estos términos que es en España. 01:22:54
Entonces, que yo sepa y si es al contrario, que me corrijan, creo que no hay sentencias todavía que hablen así. 01:22:58
Bueno, digo en España, en España no, pero en el marco de la Unión Europea sí que está más o menos claro, 01:23:08
pero yo en esto prefiero pasar la palabra al representante de KTIP Commons antes de entrar, 01:23:16
porque no soy yo exacto, vamos, porque seguro que sabe más que yo. 01:23:22
En los otros dos temas, en el tema de los enlaces, la verdad es que me ha sorprendido 01:23:26
porque los enlaces es un tema problemático a los efectos de propiedad intelectual 01:23:30
que ha estado de moda el año pasado, pero ha estado de moda en el sentido contrario, 01:23:34
es decir, empresas o gente o iniciativas que en principio no tenían ánimo de lucro 01:23:38
como pueden ser portales, hacían enlaces a contenidos con propiedad intelectual y se lucraban, 01:23:44
y para evitar esto se ha promulgado una ley con nombre de ministra. 01:23:52
Esto es al contrario, estos son contenidos oficiales o contenidos con propiedad intelectual realizados por la industria 01:23:57
que hacen enlaces a contenidos sin ánimo de lucro, o sea, es lo contrario, 01:24:05
pero yo creo que podría entrar en el marco de la ley en el mismo ámbito, 01:24:09
teniendo en cuenta que más o menos se está configurando, aunque yo creo que es un tema discutible, 01:24:14
que hacer el enlace puede suponer disposición, y de esto hay hace poco un artículo de Andiano, 01:24:21
que es socio de Garrigues, sobre lo que se considera acto de disposición en un enlace o no, 01:24:30
que es un tema que en términos jurídicos, que en muchos ámbitos casi son científicos, 01:24:35
se podrían discutir horas, pero vamos, si consideras que enlazar es disponer, 01:24:41
pues ahí se está disponiendo, se está disponiendo con ánimo de lucro, 01:24:46
si se entiende que el ánimo de lucro es contrario a la licencia, eso podría estar prohibido, 01:24:49
pero bueno, yo lo digo en términos de reflexión, más que de... 01:24:53
Y por último, ya por terminar, sobre el modelo de licencia, 01:24:57
yo creo que nosotros, como vosotros, siempre hemos utilizado Creative Commons 01:25:01
para los contenidos de agrega, porque hemos considerado que era la licencia 01:25:05
en el momento en el que lo decidimos más adecuada. 01:25:08
Ahora mismo tenemos la ley de reutilización, que quizás tenemos que tener en cuenta 01:25:12
a los efectos de la nueva jornada de contenidos digitales, 01:25:17
donde se regulan expresamente las cuestiones que has apuntado, 01:25:20
como el reconocer o no carácter comercial al posible uso por parte de terceros 01:25:25
de los contenidos reutilizados por la Administración, 01:25:30
y cuál es después el régimen de las obras derivadas que vengan después de esos contenidos, 01:25:33
que, por ejemplo, empresas auditoriales puedan realizar en ejercicio 01:25:39
y en uso de esas obras que han reutilizado Creative Commons. 01:25:44
Eso más o menos está regulado en la medida que tiene que estar regulado en la ley de reutilización, 01:25:47
y sobre todo es maleable para la Administración, para que elija lo que considera más beneficio 01:25:52
tanto para sus intereses como para los de la ciudadanía, 01:25:56
que es al final lo que todos tratamos de garantizar. 01:25:59
Referente a los enlaces, al menos en las últimas sentencias de los jueces 01:26:06
siempre dicen que aquello enlazar no es ningún acto de propiedad intelectual, 01:26:10
como los que comentaba de los derechos económicos, 01:26:15
y por lo tanto no hay una infracción de propiedad intelectual. 01:26:18
Pero bueno, sí que es un debate que está saliendo, 01:26:23
y supongo que a partir de esa disposición de la Ley de Economía Sostenible, 01:26:26
que tiene apellido. 01:26:31
Referente al no comercial, no comercial, tampoco hay una definición de ánimo de lucro, 01:26:34
o sea, que no es un problema americano, es un problema general, 01:26:38
y justamente no se quiso y no se quiere definir exactamente qué es comercial y no comercial, 01:26:41
de la misma manera que no se define qué es ánimo de lucro y qué no es ánimo de lucro. 01:26:46
Es un concepto que no es un problema de Creative Commons, 01:26:49
es un problema de todos, jurídico, y no americano, sino de todos. 01:26:52
Vale, si vamos al tema vuestro, al de agrega, 01:26:55
mi primera pregunta es ¿quién es el titular de los derechos? 01:26:59
Porque claro, para poner la licencia necesita saber quién es el titular, 01:27:02
puede haber un autor, que puede ser un profesor, un docente, quien sea, 01:27:06
pero si os ha cedido a vosotros los derechos, 01:27:09
primero tendríamos que ver qué tipo de cesión ha hecho, 01:27:12
porque si ha cedido todos los derechos como editorial para entendernos, 01:27:15
vosotros sois los titulares, o RTS, o conjuntamente, quien sea. 01:27:19
Quien sea el titular es quien debe decidir si se permite uso comercial o no se permite uso comercial, 01:27:23
si se permite obra derivada o no se permite obra derivada. 01:27:30
Entonces lo primero que tendríamos que aclarar es quién es el titular. 01:27:33
Una vez tenemos aclarado quién es el titular, entonces hay que decidir si se permite o no se permite. 01:27:37
El caso que me comentáis es un caso clarísimo de uso comercial. 01:27:42
Creative Commons hizo una encuesta que no se llegó a ninguna solución 01:27:46
porque las opiniones eran completamente diversas. 01:27:50
Lo que dice Pilar, yo no lo he leído en ninguna parte, 01:27:53
que las ONGs, aunque justamente he leído todo lo contrario. 01:27:57
Si os vais a la definición del MIT, del OpenCourseWare, de qué es para ellos no comercial, 01:28:01
que vosotros podíais tener vuestra definición de qué es no comercial 01:28:06
desde el punto de vista del Ministerio de Agrega, 01:28:09
el MIT lo dijo muy claro, voy a definir qué es comercial y no comercial, 01:28:11
que una ONG que venda un material educativo del OpenCourseWare está haciendo un uso comercial, 01:28:15
si lo que hace es el uso. 01:28:21
Ellos definen muy claramente que para ellos lo importante es el uso, no el usuario. 01:28:23
Pero también dice, igual por aquí llega un poco la confusión, 01:28:27
de que si un profesor reutiliza contenidos del OpenCourseWare, 01:28:31
los pone en un CD, por ejemplo, y los da a sus alumnos, 01:28:35
puede pedir, a cambio, una pequeña cantidad económica, 01:28:39
pero para el coste de reproducción, no para vender, digamos, el CD, 01:28:45
tiene que ser un precio razonable, pone allí. 01:28:50
Entonces, eso no sería un uso comercial, lo que sería de alguna manera 01:28:53
es que no le costase todo el CD o el DVD, 01:28:57
pero también dice que debe indicar claramente que aquello está en la red, 01:29:00
que está libre, o sea, no obligar al alumno a comprar ese CD. 01:29:04
Por lo tanto, es interesante ver estas definiciones para ver 01:29:09
cómo la gente interpreta lo comercial. 01:29:12
Yo siempre digo lo mismo a la gente, ponedlo. 01:29:15
El grupo de música que quiere, por ejemplo, que su música suene en un bar libremente, 01:29:18
le digo, ponlo, pon no comercial para que una empresa no utilice, 01:29:23
por ejemplo, para hacer publicidad tu canción, pero pon, 01:29:28
cualquier establecimiento comercial tipo bar podrá poner mi música, 01:29:31
que es reconocido como un uso comercial, pero ellos autorizan más allá de la licencia. 01:29:35
Dicen, yo especifico qué usos están permitidos. 01:29:41
Referentes a que si la editorial pone un enlace o no pone un enlace, 01:29:44
es que volvemos a lo que comentabas de la exclusividad, 01:29:49
es decir, ese enlace para que si unos mexicanos quieren poner el enlace, 01:29:53
no estáis obligando a que sólo los mexicanos lo puedan hacer, 01:29:58
lo puede hacer cualquiera, y lo importante es esto, que cualquiera lo puede hacer. 01:30:01
La ley de reutilización justamente habla de esto, de que no hay que dar una exclusividad. 01:30:06
Entonces, hay que ir con mucho cuidado con el tema de ceder derechos comerciales, 01:30:10
porque claro, si estamos dando una exclusividad a una editorial determinada, 01:30:15
cuidado con las otras, porque entonces estaréis entrando aquí en un debate 01:30:20
de por qué a estos sí y a otros no. 01:30:25
Entonces, por esto hay mucha tendencia ahora a decir, oye, 01:30:27
los recursos educativos en abierto vamos a permitir un gran uso, 01:30:30
una gran reutilización y que cualquiera pueda comercializar, 01:30:35
pero nunca dando exclusividades. 01:30:39
Sí que es verdad que con la licencia que comentabais, no como ministerio, 01:30:41
pero cualquier autor podría comercializar en exclusiva con una editorial. 01:30:45
De hecho, hay casos, Planeta, Mondadori, ha hecho publicaciones de libros 01:30:49
donde la licencia es no comercial, pero ellos han adquirido la exclusividad 01:30:55
de la comercialización de esa obra, o por ejemplo, volviendo a las editoriales científicas, 01:31:00
Springer, por ejemplo, permite que tu artículo quede con una licencia 01:31:05
reconocimiento no comercial y ellos se quedan la exclusividad comercial, 01:31:10
que igual es por aquí donde tendríamos que ir tirando en el mundo, digamos, 01:31:14
de editorial científico, de que ellos puedan hacer la exclusividad comercial, 01:31:18
pero el resto sea mucho más abierto. 01:31:22
Entonces, todo esto hay que tenerlo en cuenta a la hora de valorar todos estos temas. 01:31:26
Yo creo, a raíz de lo que ha apuntado Ignasi, varias cosas. 01:31:32
Yo siempre había entendido, cuando yo veo una licencia Creative Commons 01:31:37
que me dice no uso comercial, no me está haciendo una manifestación el titular 01:31:41
de que jamás de los jamases voy a permitir el uso comercial, 01:31:46
lo que me está diciendo es, sin mi autorización no hagas uso comercial. 01:31:49
Por tanto, lo lógico, y ahí 10 puntos, la editorial, si era una editorial 01:31:52
que se puso en contacto con vosotros, muy bien el hecho de ponerse en contacto 01:31:57
con vosotros para preguntaros, porque ya prácticamente lo que veo es 01:32:00
no hay uso comercial, yo creo que el que voy a hacer es comercial, 01:32:03
por tanto, le voy a pedir autorización. 01:32:06
Segundo, habrá que ver toda la cadena como la habéis montado, es decir, 01:32:08
el que hace el material que os ha cedido a vosotros y, por tanto, 01:32:12
qué margen de maniobra tenéis vosotros para autorizar a terceros. 01:32:16
Y tercero, una pregunta que yo creo que es más de política 01:32:19
o de filosofía de la Administración, porque a la Administración le da miedo 01:32:24
a veces ganar dinero con lo que hace, ¿qué problema hay? 01:32:28
Es decir, yo creo, aquí evidentemente hay dos opciones de política legislativa 01:32:32
y que lo decidirá un poco en la línea de la ley de reutilización, 01:32:37
pero con la que está cayendo económicamente, no sé si se lo replantearán 01:32:41
en algún momento, que es decir, bueno, filosofía uno, 01:32:46
la Administración la pagamos todos los ciudadanos, por tanto, 01:32:50
aquello que genera la Administración que después vuelva a revertir en los ciudadanos, 01:32:54
ya sea ciudadanos que lo quieren utilizar de forma altruista, 01:32:59
ya sea ciudadanos que lo quieren utilizar de forma de explotación comercial económica 01:33:02
y ganar dinero con ella, es una opción política legislativa que me parece muy bien. 01:33:07
Política legislativa dos, la Administración la pagamos todos los ciudadanos 01:33:11
aquello que hace la Administración que los ciudadanos puedan reutilizarlo 01:33:15
cuando no persiguen una finalidad económica, pero en cambio cuando haya sectores de ciudadanos 01:33:21
que quieren llevar a cabo o sacar de aquello un beneficio económico 01:33:27
porque lo quieren utilizar en sus empresas, en sus proyectos, etcétera, etcétera, 01:33:30
que paguen o que pidan una autorización a cambio. 01:33:34
Yo no sé por qué a la Administración de verdad le da tanto dinero a veces 01:33:37
ganar dinero con aquello que hace, que no me parece ni bien ni mal, 01:33:40
digo, me llama la atención. 01:33:43
Entonces, aquí y en este caso concreto que vosotros planteáis, 01:33:45
evidentemente sois vosotros los que tenéis que revisar qué tenéis, 01:33:50
qué acuerdos tenéis con los creadores que han hecho este material 01:33:54
y vosotros como titulares, ya sea con titulares compartidos, etcétera, 01:33:58
decidir a partir de ahora qué explotación secundaria quiere hacer. 01:34:02
Yo os pongo un ejemplo, hay, por ejemplo, empresas farmacéuticas químicas 01:34:05
que en un momento determinado encuentran artículos en revistas de acceso abierto 01:34:10
que quieren utilizar para campañas de promoción de sus productos 01:34:17
o para explicar sus productos o a nivel interno 01:34:22
y todas estas revistas de acceso abierto llevan el uso no comercial. 01:34:25
Automáticamente, ¿qué es lo que hacemos? 01:34:29
Cuando nos llega esa petición de estos laboratorios 01:34:31
nos ponemos en contacto con los titulares de esas revistas 01:34:33
y hay tres tipos de respuesta. 01:34:35
Hay los que dicen si es un laboratorio farmacéutico se lo autorizo a tal precio 01:34:36
y si está de acuerdo titular con usuario llegan a un pacto de precio y se autoriza. 01:34:42
Hay revistas que dicen me da igual que sea un laboratorio farmacéutico, 01:34:47
se lo dejo hacer porque yo lo que quiero es difusión, 01:34:51
pues oiga, perfecto, autorizamos con esas condiciones. 01:34:53
Y hay revistas que dicen no, no, 01:34:55
es que yo no puedo aceptar dinero de un laboratorio farmacéutico 01:34:57
porque no es mi objetivo, me parece muy bien, 01:34:59
pues entonces la única lástima que me dan bien estos casos 01:35:01
es que el laboratorio farmacéutico se queda sin poder utilizar un contenido que es válido. 01:35:03
Pero oiga, el titular es el que decide. 01:35:08
Entonces, creo que no es tanto definir cuando es uso comercial o no, 01:35:10
sino entender que no se ha viscerrado en banda en principio 01:35:14
solo por el hecho de ponerlo a que jamás uso comercial, 01:35:18
sino que en todo caso el que lo quiera o considere que tiene un uso comercial 01:35:21
os tiene que pedir autorización. 01:35:24
Gracias. 01:35:33
Solo quería aclarar a Patricia 01:35:45
que la Administración tiene regulado el que se cobre por las publicaciones, 01:35:47
es decir, en el plan de publicaciones 01:35:52
que se regula a través del Ministerio de Presidencia, 01:35:55
deja bien claro que hay que ingresar por esas publicaciones. 01:35:58
Lo que pasa es que también hay que distinguir entre dos tipos de publicaciones. 01:36:03
Una publicación informativa al ciudadano de informes generales, 01:36:07
por ejemplo, en temas educativos, 01:36:11
informes acerca del estado de la educación en España, 01:36:13
pues no parece muy operativo cobrar por eso. 01:36:17
Otro tipo de publicaciones que sí que pueden ser, 01:36:21
estamos en un ministerio muy curioso, 01:36:24
porque claro, la gratuidad de la educación siempre nos lleva a ese punto. 01:36:26
Pero nuestra política en el ministerio, 01:36:33
yo soy la subdirectora de publicaciones para aclarar, 01:36:36
ha sido o está siendo ponerle unos precios absolutamente bajos, 01:36:39
aunque solo sea para que el ciudadano les dé valor, 01:36:45
porque muchísimas veces le regalan las cosas y no entienden qué es eso. 01:36:48
Y bien, es verdad que de las publicaciones que están puestas en la página 01:36:52
del Ministerio de Publicaciones, 01:36:56
que hay ahora mismo tres mil y pico, 01:36:59
hay dos mil y pico que son gratuitas, absolutamente gratuitas, 01:37:01
que el ciudadano se las puede descargar, 01:37:05
y hay como unas ochocientas a un precio, 01:37:07
que desde hace tres años las hemos puesto un tope de doce euros al papel, 01:37:10
a los libros electrónicos de seis euros y al CD de siete. 01:37:14
O sea, es una cosa absolutamente simbólica, 01:37:18
que no recuperamos ni muchísimo menos, 01:37:20
bueno, no recuperamos ni un 0,1%, vamos, o sea, es una cosa increíble. 01:37:23
Pero lo queremos hacer así un poco también para que se le dé un poquito de valor. 01:37:29
Nosotros hemos tenido bastantes discusiones, 01:37:33
bueno, concretamente hace poco, en el curso que tú nos diste, 01:37:36
tuvimos una discusión acerca de esto, 01:37:39
porque ellos son partidarios de la gratuidad. 01:37:42
Y yo también, lo que pasa es que conforme vamos andando camino, 01:37:45
nos vamos dando cuenta de que también hay que darle un valor. 01:37:48
Las obras de descarga gratuita están siendo numerosísimas, 01:37:52
se las están descargando muchísimo, 01:37:57
pero también se están descargando los libros electrónicos, 01:37:59
que tenemos todavía muy pocos hechos. 01:38:01
Pero al precio de seis euros es viable, la gente se las puede descargar, 01:38:03
no hay pega para hacerlo, ¿no? 01:38:07
O sea, que no es exactamente claro esto de que la Administración dice 01:38:10
que no se cobre, todo lo contrario, se dice que se debe de cobrar por todo, 01:38:14
por todo lo que se pueda, salvo este tipo de publicaciones a las que me estoy refiriendo. 01:38:18
No vas a cobrar por un informe educativo que da el estado de la situación, 01:38:22
además que va dirigido a un sector muy concreto, ¿no? 01:38:26
Nada más. 01:38:31
Continuando, tengo mucho miedo con esto, tengo mucho miedo. 01:38:38
Continuando con este debate que se acaba de abrir, 01:38:43
yo quiero también apuntar un poco que las Administraciones tienen su posición 01:38:46
y meterlas en el mercado como si fuésemos editoras, 01:38:50
cobrando precios de editoras, pues hombre, 01:38:53
alguno de competencia seguro que nos da un collejazo. 01:38:55
Por un lado, luego tenemos una editorial especializada al máximo, 01:38:58
que se llama Agencia BOE, que cobra por ello y tiene sus pingües beneficios, 01:39:02
y para eso se autosostiene, porque es una agencia. 01:39:07
Es decir, que hay que colocar las cosas un poco en su sitio. 01:39:09
Yo creo que una invasión lucrativa, digamos, por decirlo de manera vasta, 01:39:12
de las Administraciones públicas en el mercado editorial, 01:39:17
es más perniciosa para el mercado, 01:39:19
incluso las editoriales algunas acabarían saltándonos a la yugular. 01:39:21
Este es mi comentario al respecto. 01:39:24
En cuanto a lo que estábamos hablando con anterioridad, 01:39:26
el tema del comercial o no comercial, 01:39:30
mi criterio es que lo fundamental es distinguir, 01:39:32
como os he dicho antes, entre lo que son los derechos morales y los derechos económicos. 01:39:35
Y como habéis visto, todas las licencias Creative Commons tienen BAE, 01:39:40
todas, porque el derecho moral es inalienable. 01:39:43
Y luego hay modalidades, no comercial, se distribuye igual, 01:39:46
es decir, todo eso son los aspectos económicos. 01:39:51
Entonces, ¿a dónde quiero llegar? 01:39:53
Una cosa es el comercio en sentido lucro y otra la difusión de la obra. 01:39:55
La difusión de la obra es un derecho económico, 01:40:00
por lo tanto también renunciable. 01:40:02
Y como quiera uno que se difunda la obra, 01:40:03
también es un derecho del que el autor puede disponer. 01:40:06
Si el autor quiere que se difunda libremente, 01:40:08
pues es una modalidad que se difunda en determinados sectores, 01:40:10
es otra modalidad. 01:40:13
Otro es el cómo se debe comercializar. 01:40:15
El otro, qué formato debe adoptar esa comercialización. 01:40:17
Es decir, hablamos de distintos derechos económicos fuera del puro lucro, 01:40:19
es decir, el dinero que me vas a pagar por la obra que yo realizo. 01:40:22
Entonces, a lo mejor sería interesante también bucear, 01:40:25
en este tipo de licencias más libres, 01:40:28
en el cómo modalizar lo que se entiende por difusión 01:40:30
y lo que se entiende por comercialización de la difusión. 01:40:34
Además, no podemos olvidar que incluso algunas páginas de enlace 01:40:37
o textos que hacen enlaces son obras en sí mismas. 01:40:40
Es decir, las recopilaciones de obras son obras intelectuales en sí mismas. 01:40:45
¿Por qué? Porque esa recopilación de obras 01:40:48
o esa recopilación implica una tarea intelectual 01:40:51
de reunir esos conjuntos de enlaces para que la gente los utilice de guía. 01:40:54
Eso tiene su propia vertiente intelectual. 01:40:59
Entonces, en la medida en que no estamos hablando de un fusilado, 01:41:02
sino de un enlace que te lleva a... 01:41:04
Es como el ejemplo que ponía Ignasi, 01:41:06
no porque en el periódico me anuncian Harry Potter y la piedra filosofal, 01:41:08
están descargándome el contenido de la película, 01:41:11
me están diciendo dónde está. 01:41:13
No se hace un uso comercial, se está diciendo dónde está, sencillamente. 01:41:15
Entonces, yo creo que es muy necesario distinguir 01:41:19
los distintos derechos económicos o comerciales 01:41:22
a la hora de hablar del comercial o no comercial. 01:41:24
Y una cosa es el lucro directo y otra, 01:41:26
la modalidad de difusión, la modalidad de comercialización, 01:41:29
el formato que quieres que adopte tu obra. 01:41:32
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Idioma/s:
es
Autor/es:
Ministerio de Educación - Instituto de Tecnologías Educativas
Subido por:
EducaMadrid
Licencia:
Reconocimiento - No comercial - Sin obra derivada
Visualizaciones:
511
Fecha:
24 de noviembre de 2011 - 15:24
Visibilidad:
Público
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Ministerio de Educación - Instituto de Tecnologías Educativas
Descripción ampliada:
El pasado 18 de noviembre, tuvo lugar, desde el Instituto de Tecnologías Educativas, la celebración de la mesa redonda "Todo lo que usted siempre quiso saber sobre licencias en el mundo digital y no se atrevió a preguntar".

El evento contó con la presencia e intervención de Antonio Muñoz Vico del bufete Garrigues y coautor del libro "El copyright en cuestión" editado por la Universidad de Deusto; Pascual Barberán de la Universidad de Alcalá de Henares; Ignacio Espejo, Jefe de Área de Asesoría Jurídica de la entidad pública Red.es; Oscar Sáez de Santamaría Abogado del Estado del Ministerio de Educación; Ignasi Labastida de Creative Commons España y Patricia Riera, Responsable de la Delegación Territorial de CEDRO en Cataluña.
Duración:
1h′ 41′ 48″
Relación de aspecto:
5:4 Es el estándar al cual pertenece la resolución 1280x1024, usado en pantallas de 17". Este estándar también es un rectángulo.
Resolución:
480x384 píxeles
Tamaño:
520.61 MBytes

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