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Solución nómina tarea 2 FOL04 - Contenido educativo

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Subido el 17 de febrero de 2025 por Depfol ies ignacioellacuria alcorcon

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Solución nómina tarea 2 FOL04

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Hola a todos y todas. Vamos a comenzar con la grabación de la solución para la nómina que os pusimos en la tarea 2. 00:00:04
Antes de nada, quería comentar que como visteis, o si no habéis visto el documento para que lo sepáis, 00:00:12
dentro del tema 4 hicimos un pequeño bloque sobre cómo hacer nóminas. 00:00:17
Tenéis una infografía que viene explicada aquí abajo en el vídeo sobre cómo se realiza 00:00:21
y viene ese ejercicio que posteriormente también resolvimos. 00:00:25
Todo en vídeo, queda también la solución aquí abajo y en el fondo es un material que dejamos a vuestra disposición para que trabajase este ejercicio y también de cara al examen, porque la nómina es importante. 00:00:29
Bueno, para ello vamos a comenzar con la resolución de la actividad 7, que pone la evaluación de una nómina, que viene en el apartado 8. 00:00:41
Hemos querido daros el material porque nos parece que viene mejor explicado por nuestra parte que en el tema y en el fondo sirve un poco para completar. 00:00:50
La nómina dice, o el ejercicio dice, confecciona la nómina del mes de enero y calcular el salario neto, es decir, lo que voy a cobrar a finales de cada mes, en este caso en el mes de enero. 00:00:57
Es categoría profesional ayudante titulado, que es del grupo 2 de cotización, tiene un contrato indefinido y además tiene unas retribuciones que son las siguientes. 00:01:08
Salario base, plus de convenio, plus de transporte y luego unas horas extras que realizó en el mes de diciembre de fuerza mayor y que se abonaron un total de 145 euros. 00:01:18
Entonces aquí la cuestión es que se hizo unas horas extras en diciembre, durante ese mes las estuvo haciendo y se pagó al mes siguiente porque tienen hasta cuatro meses para compensarla o bien con descanso o bien pagándolas. 00:01:29
En este caso vamos a suponer y las incluiremos en los devengos del mes de enero. 00:01:41
Una vez aclarado esto, que es importante, y si habéis tenido alguna pequeña rata en el ejercicio no pasa nada, vamos a comenzar con la solución, que la hemos hecho también grabándola. 00:01:45
Lo primero que tenemos que hacer son los debengos. Los debengos es, como veis aquí, el salario bruto. El salario bruto es lo que yo cobro antes de que me quiten dinero para ir a cotizaciones sociales o bien impuestos. 00:01:56
En los devengos que metemos siempre salario base, yo he puesto bases porque me he equivocado, somos así de delantes, por el importe que viene ahí y es un concepto salarial. Voy a diferenciar qué es salarial y no salarial. Luego tenemos plus de convenio con 120,5 que también es salarial. ¿Por qué salarial? Porque viene así especificado en el convenio que por el hecho de realizar X horas en el puesto de trabajo vas a cobrar un dinero. 00:02:09
Diferente es el plus de transporte, que ese es, como veis aquí, no salarial. ¿Por qué? Porque me está retribuyendo el hecho de ir de mi casa al trabajo y viceversa, no me está retribuyendo por trabajar mis ocho horas en el puesto de trabajo. 00:02:35
Es no salarial, solo van a ser no salariales lo que hemos hablado y que está un poco fuera de lo que son horas de trabajo. Por ejemplo, por el transporte de distancia, ropa de trabajo, quebranto de moneda, alguna cosa un poco rara y que no está directamente relacionada con estar horas en el trabajo. 00:02:48
Y, por último, incluimos las horas extras de mes de diciembre, que son de fuerza mayor y, en este caso, también son salariales, aunque se comportan de una forma diferente a la hora de calcular las bases. 00:03:04
Una vez que tenemos todos los conceptos salariales que, en este caso, sumamos, nos da un total de 1.750,5 euros, que es lo que tenemos como salario bruto. 00:03:16
Y en esto considero los devengos. Básicamente sumar todo lo que yo cobro en el mes. Como este trabajador tiene la paga extra en el mes de junio y diciembre, en enero no se mete. Se metería única y exclusivamente como elemento propio dentro de los devengos en el mes de junio y en el mes de diciembre. En este caso los devengos no haría ninguna falta. 00:03:30
Vamos al segundo apartado. En el segundo apartado vamos a ver las bases. Son bases de cotización o bien bases que van al IRPF. Tenemos cuatro bases siempre. La que tenéis aquí subrayadas. 00:03:52
BCCC, base de cotización de contingencias comunes, base de cotización de contingencias profesionales, base de cotización de horas extras y la base de IRPF, que estaría un poquito aparte dado que es un impuesto, no es una cotización social. 00:04:06
¿Cómo se construyen? Y cuidado con esto que ha habido dudas. Lo más importante siempre es calcular bien la BCCC, porque si ya hacéis esta mal, se extiende el error al resto del ejercicio. 00:04:21
Entonces, siempre incluimos salario base, que en este caso son 1450, complemento salarial, que teníamos dos, plus de convenio y horas extras. 00:04:32
Metemos solo el plus de convenio, 120 euros, por una cosa que luego explicaré más adelante. 00:04:43
Teníamos un complemento no salarial, que era el plus de transporte, y se mete íntegro todos los salarios que pongamos en el ejercicio, 00:04:47
se va a meter en la base de cotización de contingencias comunes, aunque es cierto que hay una tabla que indica que algunos cotizan, 00:04:53
otras no, como las dietas, kilometraje y demás, pero para nuestros ejercicios, lo no salarial que haya en el ejercicio, para dentro de la BCCC. 00:04:58
Y luego, muy importante, y es lo que se suele equivocar, incluir la prorata o la parte proporcional de las pagas extraordinarias. ¿Cómo se hacen? Hay que coger siempre, minimizo para que lo veáis, el número de pagas, que dice que tiene dos pagas extraordinarias, de una cuantía que es salario base más plus desconvenio, que como he dicho se cobran en el mes de junio y en el mes de diciembre. 00:05:07
Así pues, lo que hay que hacer es lo siguiente. 00:05:29
Número de pagas, 2 por 1450 más 120,5 entre 12. 00:05:32
Ha habido algún problema a la hora de calcularlo. 00:05:39
Siempre se hace de la siguiente manera. 00:05:41
Cogemos el paréntesis, lo sumamos, una vez sumado se multiplica por 2 y una vez multiplicado por 2 se divide entre 12. 00:05:42
Y eso me da los 261,75 que tenéis abajo. 00:05:50
Ahora ya podemos hacer la suma de todo lo que compone la BCCC, la base de contingencias comunes, 00:05:55
que sería salario base, complemento salarial, el no salarial y la parte proporcional de las pagas extraordinarias, 00:06:01
que es 1.867,25. ¿Qué tenéis aquí? Subrayado. 00:06:08
Vamos a la siguiente base, BCCP. Aquí hay un error, porque me he equivocado yo y he puesto la BCCP es igual a BCCP, 00:06:15
Así que si vamos a cambiar y poner encima una C, que ha sido un error por mi parte, soy yo el único culpable. Ahora, ¿veis? BCCC, es decir, se coge la base anterior y se le suman las horas extraordinarias. Por eso es importante, como pongo aquí, que no incluyáis las horas extras en la base de contingencias comunes. ¿Por qué? Porque la tenemos que introducir dentro de la BCCP. Entonces sería BCCC más horas extraordinarias. 00:06:22
Una vez sumado, nos da que tenemos como base de contingencias profesionales 2.012,25 euros. 00:06:52
Cuando lleguemos a estas dos bases, hacemos una pausa dramática e iremos a comprobar si ambas bases están dentro de la base mínima y máxima que en este caso establece la seguridad social para ver si se puede cotizar. 00:07:02
En este caso es un trabajador del grupo 2 y esta tabla dice que el grupo 2, ayudantes titulados, tiene una base mínima de 1.532 y una base máxima de 4.720 euros. 00:07:15
Entonces, si está entre la base mínima y la base máxima, se acepta. Si no lo estuviera y me paso por arriba, pues como máximo podré cotizar 4.720. Si me quedo corto por abajo, como mínimo, podré cotizar 1.532. 00:07:30
Entonces, volviendo al ejercicio, como veis, ponemos, comparando la BCCC y la BCCP con las tablas, ambas se aceptan. Y una cara sonriente porque vamos bien. ¿Vale? Por lo general, que lo habéis preguntado, casi todas las nóminas de personas que no sean ricas, la BCCC y la BCCP está dentro de base máxima y base mínima y se acepta. ¿Bien? Así que con eso no hay ningún problema. 00:07:47
Y vamos a las más fáciles. La base de cotización de horas extras, simplemente se pone el importe de las horas extras que vengan al ejercicio, da igual que sean de fuerza mayor o voluntarias, que en este caso es 145, y la base de IRPF, que es el total de los devengos que hemos calculado en el apartado anterior, y es 1750, con 5 euros. 00:08:12
Con eso, hacemos un breve resumen para que no quede muy saturada la diapositiva anterior y vemos que el apartado 2 queda con las siguientes bases, que son elementos que calculamos para poder aplicar deducciones en el apartado número 3, que es lo que vamos a ver a continuación. 00:08:31
Aquí pasamos la diapositiva y aquí tenemos las deducciones. ¿Deducciones qué es? Es el dinero que me quitan, que puede ir a la subida social o bien a Hacienda para poder financiar cosas como, por ejemplo, contingencias comunes como bajas, embarazo, contingencias profesionales como accidentes profesionales o enfermedades profesionales u otro tipo de contingencias que puedan llegar a ocurrir. 00:08:51
Entonces tenemos las siguientes contingencias, las que veis aquí. 00:09:17
Es importante, los porcentajes hay que aprendérselos. Eso no lo damos. 00:09:20
La base anterior de base mínima y base máxima, eso lo damos en el ejercicio para que podáis comparar, 00:09:25
en el examen mejor dicho, para que podáis comparar, pero los porcentajes hay que aprenderlos. 00:09:31
Pero bueno, son facilitos una vez que se hace por repetición. 00:09:35
La primera, contingencias comunes. Tiene un 4,7 y la segunda, el MEI, Mecanismo de Equidad Intergeneracional, 00:09:38
intergeneracional, podéis poner siglas, no pasa nada, es el 0,13. Estas dos primeras 00:09:45
siempre se hacen sobre la BCCC. Por eso lo tenemos aquí puesto. Calculamos el 4,7 de 00:09:49
la BCCC y el 0,13 de la BCCC. Aquí se repite el número, aunque esté un poco superpuesto 00:09:56
porque también hubo un pequeño error. Y ya está. Entonces, ¿cómo se hacen los porcentajes? 00:10:04
Pues si acaso alguien tiene dudas, que ya lo explicamos en los vídeos, se coge el número 00:10:09
de la BCCC, 1867,25. Lo multiplicamos por 4,7, estamos poniendo aquí en directo vivo 00:10:13
y en directo como se hace, y se divide entre 100, porque es un porcentaje. Y lo que me 00:10:24
dé, efectivamente, tiene que dar 87,76. Y así con todos los porcentajes. Con el MEI 00:10:29
lo mismo, 0,13 por 1867 y entre 100, y da 2,43. Vienen otros dos conceptos, desempleo 00:10:35
y formación profesional. Desempleo tiene una peculiaridad y es que hay dos tipos de 00:10:42
porcentajes. Uno es si es contrato indefinido, que será 1,55 y otro que será 1,6 en el 00:10:46
caso de que sean contratos temporales. En el ejercicio, como veíamos, hace referencia 00:10:53
a que es un contrato indefinido, por eso ponemos, como habéis puesto en el enunciado, o me 00:10:58
estáis viendo en la pantalla, 1,55. Si fuera temporal, lo especificaremos, 1,6. Y la FP 00:11:04
0,1 siempre nunca cambia y estos dos se aplican sobre la BCCP, base de cotización de contingencias 00:11:11
profesionales. Así pues nada, hacemos los porcentajes, desempleo da 31,19 y la FP da 00:11:17
2,02. Y seguimos. La siguiente que sería horas extraordinarias de fuerza mayor o las 00:11:24
horas extras en general tienen dos tipos de porcentajes. Fuerza mayor que sea 2% o bien 00:11:32
las normales voluntarias, un nombre que le pongamos, siempre y cuando sea diferente a 00:11:37
fuerza mayor, será 4,7. Cotizaría igual que en este caso las contingencias comunes. 00:11:41
Como son de fuerza mayor, cotizan por el 2%. ¿Sobre qué bases se aplican? Sobre la base 00:11:47
de contingencias de horas extraordinarias. Así pues que hacemos 2 por 145 entre 100 00:11:51
y 2,9 euros que cotizamos. Y vamos a la última. Estas tres son cotizaciones 00:11:57
sociales. Las tenéis por separar la resolución y lo hemos hecho por separar la nómina. Pero 00:12:03
da igual que incluyamos ahora también el IRPF, que vamos a hacer, porque en el fondo 00:12:07
son cosas que deducimos de nuestro salario bruto. Y tenemos la base de IRPF. El IRPF, 00:12:11
que es un dato del ejercicio, que es el 14%, lo voy a poner para que lo veáis. IRPF es 00:12:19
el 14%, es el impuesto de la renta a la persona física por el hecho de generar rentas por 00:12:25
El trabajo se me aplica un porcentaje, va por tramos, pues a esta persona le ha tocado 14%. 00:12:29
En este caso, el 14% se aplica sobre la base de IRPF, que es 1.750, y da que tiene una deducción total de 245,07. 00:12:35
Ahora ya podemos hacer el total a deducir. 00:12:48
Que, insisto, lo podéis hacer. Estas tres o por separado, es decir, BCCC, bueno, la contingencia común, el MEI, desempleo, FP y horas extras. 00:12:51
Puedes hacerlo por separado para sumar o bien podéis hacerlo todo junto con la base de IRPF 00:13:01
Y el total a deducir da 371,36 00:13:05
Que esto es lo que me tiene que quitar de lo anterior, que es el total de los debengos 00:13:09
Así que vamos a la última parte, que es el líquido a percibir 00:13:16
Es decir, ese salario neto que recibo al final de cada mes 00:13:20
Y que viene de la siguiente operación 00:13:24
Coger el apartado 1, total de bengos, le quitamos el total a deducir que hemos calculado en el apartado 3 y una vez realizada la resta, cuidado que aquí suele pasar una cosa, tendéis a sumar, que no, que nos quitan, que aquí no se suma nada. 00:13:27
Y aquí ya todo lo que te han sumado ya está puesto en lo de bengos. Aquí es muy importante que entendáis que es un menos. Entonces, al total de lo de bengos le quitamos el total a deducir y nos queda finalmente 1.376,14 euros a final de cada mes, con una cara sonriente porque, bueno, por lo menos ya que trabajamos, que nos pague. 00:13:44
entonces os invito a que veáis este vídeo 00:14:01
os invito a que veáis los anteriores 00:14:04
y al igual que en el caso anterior 00:14:06
vamos a tratar de subir 00:14:08
bueno, la propia solución viene como está hecho cada ejercicio 00:14:09
viene aplicado 00:14:12
sobre el recibo de nómina 00:14:13
también, aunque en el examen solo vamos a pedir estos cálculos 00:14:15
pero bueno, también está 00:14:18
incluido en la solución 00:14:20
cómo se llevaría el recibo de nómina 00:14:21
que era como tomar un chupito 00:14:23
arriba los devengos, abajo las bases 00:14:24
en el medio las deducciones y para adentro el líquido a percibir 00:14:27
Así que con esto acabamos este vídeo de solución de la nómina del ejercicio de la tarea 2. 00:14:30
Materias:
Formación y Orientación Personal y Profesional
Etiquetas:
FOL
Niveles educativos:
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  • Formación Profesional
    • Ciclo formativo de grado básico
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
    • Ciclo formativo de grado medio
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
    • Ciclo formativo de grado superior
      • Primer Curso
      • Segundo Curso
Autor/es:
Departamento FOL IES CIFPD Ignacio Ellacuería
Subido por:
Depfol ies ignacioellacuria alcorcon
Licencia:
Reconocimiento - No comercial
Visualizaciones:
31
Fecha:
17 de febrero de 2025 - 12:23
Visibilidad:
Público
Centro:
IES CIFP a Distancia Ignacio Ellacuría
Duración:
14′ 43″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
87.37 MBytes

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